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- CAPÍTULO 18 Nuestros Padres de Nápoles Eligen Procurador en Roma [1646]
Todos nosotros, Religiosos Profesos de las Escuelas Pías, residentes en Nápoles, con el consentimiento de todas las Casas de este Reino, habiendo sabido que el Serenísimo Gran Duque de Toscana había dado especial incumbencia a Monseñor Ilmo. y Revmo. Biscia, para que defendiera los intereses de nuestra pobre Orden ante Su Santidad y ante todas sus Sagradas Congregaciones, en nombre y de parte de Su Alteza Serenísima; y sabiendo la integridad, diligencia y afecto de dicho Prelado hacia nuestra pobre Orden, --como escolar de ella y alumno de N. V. P. Fundador General, en cuya persona Su Divina Majestad ha obrado cosas grandes, como se contará en otros libros—confiados en tan buenas amistades y en la integridad de dicho Ilmo. Prelado; reunidos todos, --leídas las cartas de las demás Casas nuestras, en las que declaraban aprobar y dar por rato y firme cuanto nosotros hubiéramos hecho y establecido en Nápoles, a favor de nuestra Orden y de N. V. P. Fundador General—nombramos como Procurador nuestro en Roma a dicho Ilmo. Monseñor, le hicimos Procura auténtica, y le escribimos a tenor siguiente:
“Ilmo. y Revmo. Sr. y Excmo. Dueño:
Nosotros, los infrascritos, Padres y Hermanos de la Orden de las Escuela Pía, suplicamos Vos, Ilmo. y Revmo. Monseñor Bernardino Biscia que, por amor de Dios, se sirva llevar humildemente nuestras súplicas ante Su Santidad Nuestro Señor, y ante la Sagrada Congregación de Emmos. Cardenales, o a otro Tribunal de la Corte Romana, para la pronta expedición de los asuntos concernientes a la unión y tranquilidad de esta nuestra Orden, porque cada día experimentamos más el grandísimo daño que nos aporta la dilación de dicha expedición. Pues, al estar actualmente desunida y dividida entre sí en facciones, no puede atender con la debida unión al servicio de Dios y a la utilidad del prójimo, a cuyo fin ha sido fundada; y porque con la mayor eficacia deseamos ardentísimamente volver a vivir juntos, con la unión y caridad religiosa de antes, y con una puntualísima comunicación, observancia de las Reglas de nuestra Orden. Con ésta, os constituimos, Ilmo. Señor, como nuestro legítimo Procurador, con plenísima autoridad, para tratar este asunto en nombre nuestro, y hacer todo lo que pudiéramos hacer nosotros mismos si estuviéramos presentes, para el buen fin de este asunto; suplicándole además, como Ilmo. Protector nuestro, que dedique a ello la mayor diligencia, prometiendo considerar como rato y firme todo lo que para este fin Su Señoría haga en nombre nuestro.
En Nápoles, etc.”
Aquí se puso la firma de cada uno de nosotros, y los demás requisitos, etc. Y como a mí, Vicente [Berro] de la Concepción, me dieron el encargo de este particular, yo envié dicha Procura, y obtuve la siguiente respuesta:
Fuera
“Al P. Vicente de la Concepción, Sacerdote de las Escuelas Pías. Nápoles.
Dentro
M. R. Padre:
Si bien V. P. ha sabido por el P. Gabriel [Bianchi], que me ha concedido la Procura de esas casas, a pesar de ello se lo notifico yo, para confirmarle la prontitud y voluntad que tengo de servir a esa Orden y al P. General. Quiera Dios ayudarme, como se lo suplico, y usted también con sus Religiosos, en sus santa oraciones, a las que me encomiendo. Por mi parte dedicaré todo el pequeño talento que encuentro en mí.
De Roma, a 10 de febrero de 1646.
Al servicio de V. P.,
Bernardino An. Biscia