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CAPÍTULO 34 Fórmula de la Profesión Para los Operarios laicos [1641]

Esta fórmula está inserta en una Breve del Papa Urbano VIII, expedido en dicho año 1641 para obviar los disturbios, y cortarlos de raíz, como se suele decir. Además, el Capítulo General del año 1641 decretó que los Operarios, en el futuro, hicieran cuatro años de noviciado, como, en efecto, se observó, aunque, para nuestra desgracia, duró poco.

FÓRMULA

“Yo, N. de N., llamado en el siglo N., hijo de N., de X años de edad, hago mi profesión solemne para Hermano Operario laico en la Orden de los Clérigos Regulares Pobres de la Madre de Dios de las Escuelas Pías, y prometo a Dios Omnipotente, Padre, Hijo y Espíritu Santo, y a la Bienaventurada Virgen María, y a usted, P. N., en nombre y de parte del Revmo. P. N., Superior General, y de sus legítimos sucesores, y hago voto solemne de Obediencia, Pobreza y Castidad todo el tiempo de mi vida. También prometo, y hago el cuarto voto, de no ambicionar el estado clerical, ni ninguna voz activa ni pasiva, ni llevar coronilla ni birrete hasta mi muerte. Esta profesión y votos, no obstante cualesquiera cosas en contrario, a las que ahora libre y enteramente renuncio, deseo y quiero que sean ratos y válidos en todo tiempo.

En fe lo cual, he suscrito la presente con mi mano, en N. a N. del mes N.

Presentaré mis votos al Señor en presencia de todo el pueblo, en los atrios de la casa del Señor, en medio de ti, Jerusalén.

Yo, N. de N. confirmo de mano propia cuanto he escrito arriba”.

Notas