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20.12. EI Capítulo General de 1631

El 28 de abril de 1622 había nombrado Gregorio XV Prepósito General de las Escuelas Pías al P. José de Calasanz para nueve años, saliendo al paso de la situación jurídica del momento, pues para ser elegido en Capítulo General era necesario, según Constituciones, que los electores tuvieran 'al menos siete años de profesión y tres de sacerdocio.<ref group='Notas'>CC, n.2l9. </ref> Y como al transformarse en Orden la Congregación y los votos simples en solemnes se había decidido repetir los dos años de noviciado como preparación a la profesión solemne, lógicamente se debía esperar nueve años a fin de que hubiera Capitulares aptos para elegir legítimamente al General vitalicio.

Aunque el nombramiento de la Bula Pontificia expiraba el 28 de abril de 1631, en realidad los futuros Capitulares electores habrían podido cumplir ya los nueve años requeridos en la segunda mitad de noviembre de 1630, pues la bula de aprobación de la Orden llevaba fecha del 18 de noviembre de 1621, en la que había comenzado para todos oficialmente el bienio de noviciado. Por ello, al celebrarse el primer Capítulo General en 1627, convocaron el siguiente para 1630, sin determinar todavía la fecha,<ref group='Notas'>En la respuesta dada por Calasanz a las observaciones de la Visita Apostólica de 1625 aclaraba: 'Quanto alla congregazione Generale si è falta I'anno sesto della Religione, che fu 1627, conforme le Costituzioni approvate I'anno 1622 et tre anni dopo la prima si è intimata altra Congregazione Generale, che sarà I'anno 1630', es decir, el año noveno de la orden (Cf. Ephcal 5 [1959] 202). Recuérdese que en las Constituciones se usan como sinónimos ‘Congregatto Generalis’ y ‘Capitulum Generale’ (CC, n.217 256). </ref> mas, sin duda, unos meses antes de que se cumplieran exactamente los nueve años de gobierno.

Cuando a principios de abril de 1630 el Fundador llamó a Roma al P. Casani y al P. Castelli, ambos Asistentes generales, para tratar la cuestión de la fundación en Florencia y designación de personal, algunos interpretaron maliciosamente la finalidad de la reunión diciendo e incluso divulgando a propios y extraños que el P. General iba a dimitir. Pero él dejó bien sentado que no habría nueva elección hasta pasados los nueve años de la Bula y que para entonces -y por primera vez-se reunirían los cuatro Provinciales de Génova, Nápoles, Roma y Florencia con dos compañeros cada uno, no sólo con el fin de elegir al P. General vitalicio, sino también para tratar asuntos de interés para la Orden.<ref group='Notas'>Cf. c.1359, 1361, 1366, 1373. </ref>

No obstante, en los meses que transcurrieron hasta la anunciada celebración del Capítulo, no dejó de manifestar varias veces su deseo de que se eligiera a otro para librarse él de la carga del gobierno y poderse retirar plácidamente a Nápoles, que le había robado el corazón. En abril de 1630, en dos cartas distintas dirigidas a Nápoles, decía: 'Yo espero, cuando tenga oportunidad, dejar bajo el gobierno de persona adecuada esta casa que está en presencia del Papa y de tantos Cardenales, y si el Señor me da salud, tengo gran deseo de retirarme a Nápoles'; “Dios sabe el deseo que he tenido y tengo todavía de volver a Nápoles, pero esto debería ser cuando quede la casa de Roma con el gobierno adecuado, lo cual quizá nos lo conceda el Señor”.<ref group='Notas'>Cf. c.1359 y 1361 </ref> Estos deseos y planes de futuro los manifestó igualmente en Roma, llegando a oídos de altas jerarquías de la Curia Romana, que se lo desaconsejaron, pero -insistía él-”el tiempo dirá lo que hay que hacer”.<ref group='Notas'>'Quanto poi al venir mio costi -escribe a Nápoles-l’hanno inteso alcuni Prelati et alcuni Signori Cardinali et me I'hanno per adesso sconsigliato peró il tempo dirà quello che si doverà fare' (c.1375. Fecha del 27 de abril de 1630). </ref> Y el tiempo dijo que no. Jamás volvería a Nápoles.

En agosto de aquel año nefasto de 1630, la temida ‘peste manzoniana’ llegó a Florencia. Ya vimos con qué zozobra seguía Calasanz su trayectoria de norte a sur. En septiembre se cerraron las escuelas florentinas y se extremaron las medidas de Seguridad, rompiéndose cualquier contacto entre Toscana y Roma. Iban pasando los meses sin que amainara el contagio. No era posible pensar en reunirse el Capítulo General hasta que desapareciera el peligro. Y en Roma seguían manteniendo un control riguroso en todas las puertas de la ciudad.<ref group='Notas'>He aquí un permiso de entrada para el P. García, que venía simplemente de Frascati: 'Ai Signori Custodi Signori Deputati delle Porte per la guardia della sanitâ. Roma. Si compiaceranno di lasciar passare il P. Castiglia economo (?) delle Scuole Pie col P. Bernardino della Visitatione la licenza dell’Emmo. Sign. Cardinale Ginetti...Addi 18 febraro 1631. (c.1577) El original está muy estropeado </ref> Ante la inminencia de la fecha del 28 de abril de 1631, en que expiraban los nueve años de gobierno, optaron por pedir prórroga hasta finales de octubre, de modo que el Capítulo General pudiera celebrarse se en las vacaciones de otoño, antes de que empezara el nuevo curso. Y el papa lo concedió.<ref group='Notas'>En un memorial dirigido al papa en noviembre de 1631 se lee: ' per essere spirati fin dall’ulttmo di ottobre prossimo, non solo i nov’anni dell’elettion, fatta dalla f. m. di Gregorio XV della persona del sudetto P. Giuseppe per Ministro Generale di detta Religione, ma quei pochi mesi ancora, che la S. V. restó servita di servtta dl aggungere a detti nov’anni, resta la sudetta Religione, dal primo del presente mese in quà, senza capo e senza alcuno offitiale' (PosCas, p.841). </ref>

La prórroga acentuaba en el Santo Viejo los deseos sinceros de dejar las riendas del gobierno en otras manos, y así escribía a su confidente Cherubini en noviembre de€ 1630: 'Infinitas veces he deseado ser más bien portero o enfermero en cualquier casa, que tener el oficio que tengo, y Dios me es testigo de que es así;<ref group='Notas'>C.1516. </ref> y a su amigo del alma, P. García, en abril de 1631, le decía: “yo no espero más que la comodidad de hacer el capítulo general para quitarme de encima este peso continuo, al que solo el Papa me puede obligar',<ref group='Notas'>C.1609. </ref> y, en efecto no será el Capítulo que tanto esperaba, sino, el papa, quien le obligará a continuar llevando el peso. Y a mediados octubre de 1631 escribía al P. Alácchi: “Espero que a fines de este mes se tenga el capítulo general para arreglar las cosas del gobierno de la Religión ‘tam in capite quam in membris”.<ref group='Notas'>C.1693. Fecha del 11 de octubre de 1631. </ref>

Efectivamente, el día 22 de octubre llegó el Provincial de Nápoles, P. Pedro Casani, con dos compañeros vocales,<ref group='Notas'>C.1704 </ref> que eran los pp. Carlos Casani y José Fedele. Por esas fechas estaban-ya en Roma el Provincial de Génova, P. Juan Esteban Spinola, y sus dos vocales, PP. Octavio Zacarías Bianchi y Pedro Pablo Berro.-Estaba también el Provincial de Roma, P. Jacobo Graziani, y quizá sus dos vocales eran el P. Esteban Cherubini, visitador General, y el P. Mateo Rigale o Reale, Rector de Nursia, que llegaron a Roma el 27 de dicho mes de octubre.<ref group='Notas'>Cf. BERRO I p.181-182, con confusiones que aclara y completa BARTLIK ‘Annales: EphCal 3 (1942) 74 75. Ni uno ni otro dice quienes eran los vocales de Roma. </ref> A ellos hay que añadir al P. Esteban Busdraghi, que desde el 28 de marzo de 1631 es Procurador y Asistente general.<ref group='Notas'>Cf. el nombramiento en BARTLIK, o.c., 1 (1942) 10 </ref> Los otros tres Asistentes generales eran los PP. Pedro Casani, Jacobo Graziani<ref group='Notas'>Así lo asegura Berro. (L.c., p.182) De hecho, será confirmado en el cargo en 1632. </ref> y Francisco Castelli. Sólo faltaba este último con sus vocales, que no llegaban, impedidos por la peste.<ref group='Notas'>Con fecha del 12 de julio de 1631 escribía Calasanz: 'in Fiorenza è ritornato di nuovo il male et per la Toscana piutosto cresce che cala' (c.1644). Y el 22 de noviembre aún se temía su entrada en Roma: 'In Roma vi manca grandissima gente che si è partita per andar allí paesi propri et non vi viene ne forastierí ne mercancia' (c.1718) </ref> Se les esperó más allá de lo debido, pues el día 31 de octubre expiró la prórroga del nombramiento del General y Asistentes dada por el papa.

La situación jurídica resultó embarazosa, pues la Orden se había quedado sin cabeza legítima; de los vocales presentes algunos no tenían aún siete años de profesión solemne o tres de sacerdocio, como exigían las Constituciones;<ref group='Notas'>No habían cumplido aún el septenio de profesión los PP. Bianchi, Busdraghi y Pedro P. Berro; ni el trienio de sacerdocio los PP. Fedele y Berro </ref> habían sido nombrados la mayor parte por el Provincial y no por Capítulos Provinciales, que no se habían celebrado, salvo en la provincia de Nápoles, pero aun en este caso, uno de los elegidos, e l P. Fedele, aún no tenía dos años de sacerdocio; los vocales de Génova, habiendo empezado el nuevo curso a primeros de noviembre, sin visos de que empezara el Capítulo, se volvier.on a su Provincia, pues parecían indispensables para sus respectivas casas, y fueron nombrados como sustitutos los PP. Andrés Sorbino y Vicente Berro, que se hallaban en Roma, pero ninguno de los dos había cumplido el séptimo año de profesión ni Berro el tercero de sacerdocio.<ref group='Notas'>Cf. BERRO I, p 182 y BARTLIK, o.c., 3 (1942) 74. Berro ignora la prórroga pontificia de seis meses (cf. n.160 anterior) y supone que la Orden eatuvo sin cabeza legítima desde el 28 de abril de 1631. </ref>

Los diez u once capitulares presentes comprendieron que en semejantes circunstancias no se podía celebrar legítimamente el Capítulo ni tampoco elegir al General. Y no cabía otra solución que recurrir al papa. Además, había que proponerle expresamente un nombre para General, que debería ser vitalicio, según Constituciones. Hablaron entre sí y concluyeron que tenía que seguir siendo el mismo: el P. José de la Madre de Dios, el Fundador. No era procedente que el recurso al papa lo hiciera el P. José, proponiéndose a sí mismo. Por tanto, el más indicado parecía ser el P. Pedro Casani, primer ex asistente. Y así lo hizo con un memorial, en noviembre.<ref group='Notas'>En su afán exagerado de exaltar los méritos del P. Casani, escribe el P. Vilá, a propósito de este recurso al Papa: 'es clarísimo que el memorial dicho fue de iniciativa privada y personal del P. Casani y en nombre suyo propio sin hacer mención de los demás. De modo que de él y de ninguno más es el mérito de haber logrado el generalato vitalicio para Calasanz y de haber sacado la Orden del callejón sin salida en que se hallaba'. (PosCas, p.808) Y lo mismo repite en otras páginas (cf; ib., p.807 y 840). Tal hipótesis parece absurda, pues la solución urgente para salir de aquella situación debieron buscarla y concretarla entre todos los Capitulares presentes y no esperar pasivamente que les llegara por sorpresa. No podía Casani presentarse como representante del Capítulo, pues tal Capítulo no existía en realidad, pero, en efecto, recurría al papa pidipndole el Generalato vitalicio para Calasanz 'a nome dell’Ordine, como dijo acertadamente Picanyol (cf. EGC V, p.22). En sentido contrario exageró Talenti, suponiendo que sólo estaban presentes en Roma los capitulares de Nápoles, y:por tanto Casani escribió a los otros tres Provinciales ausentes (Graziani, Castelli y Spinola) pidiéndoles que cada uno votara con sus dos respectivos vocales y le mandaran los votos. Y resultó que 'furono i voti di tutti concordissimi a quelli de’Padri che erano in Roma. Y entonces cursó Casani el memorial (cf. TALENTI, ‘Vita’, p.224). No hay un solo texto que apoye esta hipótesis. El memorial de Casani no lleva fecha, pero habla del día último de octubre y del primero del presente mes de noviembre (cf, n.160 anterior). </ref>

Es muy probable, sin embargo, que el P. Casani redactara el memorial a su gusto, y sin contar con la opinión común de los presentes añadiera ciertas peticiones en las que implícitamente se criticaba el modo de gobernar del P. José, exigiendo un control por parte de los Asistentes que iba más allá de lo que prescribían las Constituciones.<ref group='Notas'>He aquí las propuestas de Casani: 1) que nombrara a Calasanz General vitalicio; 2) que él se eligiera cuatro Asistentes; 3) cada Asistente tendrá cuidado especial de una de las cuatro Provincias actuales; 4) que el General ‘estp obligado’ (sia obligato) a tener siempre consigo a los Asistentes, que han de residir en Roma, excepto cuando haya necesidad de visitar su Provincia respectiva; 5) que el General esté obligado (sia tenuto) a aconsejarse con dichos Provinciales (sic) en todas las cuestiones pertenecientes a su oficio, ‘siendo irrito, nulo y de ningún peso y valor todo acto que intentase hacer’ sin el consejo de dichos Asistentes, o al menos de la mayor parte de ellos; 6) que elija a uno de ellos como amonestador personal (cf. el memorial en PosCas, p.841). </ref> Prudentemente, Urbano VIII, habiendo recibido dicho memorial, quiso cerciorarse de la opinión de los capitulares sobre la elección y los demás problemas presentados, y para ello dejó el asunto en manos del cardenal Vicario, Marzio Ginetti, quien -dice Berro-reunió varias veces en su propio palacio a los Padres (y oyó el parecer de todos y lo refirió a S. S., del cual recibió de viva voz (‘oretenus’) la autorización de declarar que S. S. confirmaba para General vitalicio a N. V. P. José Fundador y dicho Emo. Señor convocó de nuevo a nuestros Padres en su palacio y dijo ser voluntad de S. S. que N. V. P. José de la Madre de Dios fuese nuestro general de por vida .<ref group='Notas'>BERRO I, p.182-183. </ref>

El nombramiento tendría que ser avalado por un breve apostólico, pero Calasanz era ya General vitalicio, y en calidad de tal presentó una súplica al cardenal Ginetti pidiéndole que impetrara del Papa un breve con el nombramiento de los cuatro Asistentes, que serían: 1º, Pedro Casani, 'teólogo de 49 años de edad'; 2º, Francisco Castelli, “Doctor en leyes, de 46 años”; 3º, Jacobo Graziani, de 60 años; 4º, Juan García o P. Castilla, de 46 años.<ref group='Notas'>El memorial, sin fecha, empezaba así: 'Il Generale delle Scuole Pie supplica humildemente V. Eza (véase íntegro en EphCal 2 (1961) 68 n. 37). El nombramiento del P. Castilla fue un caso excepcional. Llevaba 20 años trabajando junto a Calasanz, pero no había entrado en la Orden, aunque había hecho ‘tácitamente’ la profesión. Para nombrarle Asistente general tentan que legalizar su situación. Para ello, el 12 de diciembre de 1631, hizo Calasanz un atestado, como ‘Ministro General’, aceptando al P. Garcta como novicio (cf. 1.c., n.39). Y luego lo presentó al Cardenal Ginetti como 4º Asistente, aclarando: 'Il P. Castilla segoviense, hora detto Giovanni di Giesù Maria (luego era ya novicio), di etá di 46 anni incirca, quale da più di 20 anni ha-servito in diversi essercitii con gran profitto delli scolari et è ordinato al sacerdotio ad titulum mensae et farà la professione solenne sempre che le sará ordinato da V. E.' (l.c., n. 37) Hizo la profesión solemne el 18 de abril de 1634, precisando: ' facio meam solemnem professionem, confirmando tacitam a multis annis iam factam in Religione Pauperum Matris Dei Sch. P.' (1.c., n.45). Vpase el atestado de Calasanz respecto al ‘curriculum vitae’ del P. Garcta en c.4077a. Probablemente se debe a error de transcripción la edad de Casani, pues tenía 59 años y no 49, habiendo nacido el 8 de septiembre de 1572 (Cf. PosCas, p.27-28). </ref> Con ello quedaba resuelto el asunto principal por el que se había convocado el Capítulo, es decir, la elección del P. General vitalicio y sus cuatro Asistentes. El breve apostólico vendría luego.

Aprovechando, sin embargo, la presencia de los Capitulares, aun sin haberse celebrado canónicamente el Capítulo, se trataron en presencia del cardenal Ginetti algunos puntos importantes para el bien de la Orden. Los recordaba Calasanz unos meses después en un documento de 1632, en que decía:

En el pasado mes de octubre se tuvo reunión de algunos Padres para hacer Capitulo General, pero como no pudieron venir algunos de los principales, por respeto al capítulo se trato en presencia del Emo. Sr. Vicario de la elección del General y Asistentes y se hizo y fue confirmado con Breve Apostólico. También se trató y decidió que en adelante no se aceptaran nuevas casas sin el consentimiento de S. S.; se trató igualmente que el noviciado estuviera solamente en Roma, donde se formaran los novicios, según ordenan las Constituciones, y así se ha hecho y se está cumpliendo. También se decidió que se abriera un estudio para los jóvenes de la religión y se ha puesto en ejecución, pues ya hay siete jóvenes que estudian humanidades sin ocuparles en otra cosa, y cuatro que estudian lógica y otros cuatro filosofía, todos con maestros dentro de la Religión'.<ref group='Notas'>Cf. EGC V, p.23. </ref>

Según esta declaración, tan cercana a los hechos, tanto la designación del General vitalicio como la de sus Asistentes fue tratada en reunión ante el cardenal y no fue iniciativa personal de Casani respecto al General, ni de Calasanz respecto a los Asistentes, a pesar de los memoriales, aparentemente personales.<ref group='Notas'>Cf. n.17 anterior. En el atestado de 1643, antes citado, aún recordaba Calasanz: ' in una congregatione fatta dinanzi l’Emmo, Sig. Card. Gineti, Vicario di N. S. esaminati li soggeti che all’hora v’erano d’ordine del detto Sig. Carl fu posto (el P. Garcta) nel numero dell’Assistenti (c.4077a) </ref> De las otras cuestiones tratadas, la primera tiene particular interés, pues manifiesta de nuevo la clara conciencia que se tenía de que la excesiva y rápida expansión de la orden era perjudicial, y se intenta desde dentro frenarla, exigiendo cada vez permiso expreso del papa, o, lo que es lo mismo, invocando su prohibición, como ya se había hecho en mayo de 1627 para dos años.<ref group='Notas'>Cf la petición de Calasanz al papa, del 21 de mayo de-1627 y el correspondiente decreto del 27 de junio de 1627 en EphCal 5 [1959] 199, n.38 </ref> También eran de gran interés el noviciado y juniorato romanos para una mejor formación de los candidatos, y ambos proyectos son objeto de promesa -que en este informe consta ya realizada-en el memorial a Ginetti, en que Calasanz da los nombres de los Asistentes que deben ser designados por Breve.<ref group='Notas'>'Et spedito il breve si ritireranno li novitii a Roina et parimente se metterá lo studio per il lo govani professi atti a far profitto nelle lettere' (EphCal 2 [1961] 69 n.37) </ref>

Se habló igualmente en el 'Capítulo' ante Ginetti del tema de los Asistentes generales, pero en un tono muy distinto al que había usado Casani en su memorial al papa. Para Casani, los asistentes debían estar siempre en Roma para controlar y fiscalizar el gobierno del General, siendo nulo todo lo que hiciera sin consejo de ellos. Calasanz, sin embargo, en una carta del 13 de febrero de 1623, dice que “en este Capítulo nuestro se ha resuelto con orden de N. S. que el General fuera confirmado en vida y fueran nombrados cuatro Asistentes que tuvieran la residencia en Roma y ayudaran a soportar el peso del Gobierno al Genera”.<ref group='Notas'>C.1749. Ese es el concepto de Asistentes según las Consituciones (CC. n.276). Frente a la crudeza de términos y conceptos usados en las exigencias de Casani (cf. el punto 5 de la n.173 anterior), las constituciónes decían simplemente: 'Insupere et concilio in rebus dubiis discernendis (ei assistant); quorum sententiis quoad fieri poterit, utetur (CC, n.277). Sólo eso. </ref> Más todavía: si Casani proponía que los Asistentes, además de controlar al General, fueran Provinciales, en el “capítulo” se decidió Io contrario, es decir, que los Provinciales, sin autoridad como tales, fueran Asistentes, de modo que el Gobierno central mandara directamente en las Provincias. Así se expresa Calasanz:

En cuanto al Gobierno, para quitar la autoridad a los provinciales, se ha ordenado ante el Sr. Vicario de N. S.: que tres de los Provinciales que estaban en Roma [Casani, Castelii y Graziani] vengan a Roma con título de Asistentes, los cuales junto con el General atiendan al Gobierno común y alguno de ellos, en tiempo oportuno, vayan de visita a los lugares más necesitados'.<ref group='Notas'>EGC V, p.24. Cf. c. 1747. </ref>

Con estas disposiciones, aunque no capitulares, quedaba confirmada y robustecida la autoridad del Gobierno central, particularmente la del General, quien dispone libremente de todos los religiosos, cambiándolos de casa continuamente, según las necesidades, sin tener en cuenta para nada los límites geográficos de las diversas Provincias.

Pero ni de estas cuestiones relativas al Gobierno, ni de las otras tratadas por los Capitulares en presencia de Ginetti, se ocupó el breve pontificio del 12 de enero de 1632, en el que Urbano VIII simplemente nombraba 'Ministro General de dicha Congregación, mientras viva, al querido hijo José de la Madre de Dios, clérigo y Fundador de la misma, quien laudablemente ha desempeñado ya el oficio de Ministro General de dicha Congregación'. Y nombraba para Asistentes generales a los cuatro propuestos, es decir, los PP. Casani, Castelli, Graziani y García.<ref group='Notas'>Cf. el breve íntegro en BERRO I, p.183-184. El ‘Bullarium Sch.P. (P.37) abrevia la introducción. Hay que lamentar el descuido del secretario Maraldi, quien sin pedir información pertinente, alude en el breve 'a los que en otro tiempo fueron Ministros Generales de dicha Congregación', siendo así que desde su fundación no hubo otro más que Calasanz. </ref>

Terminaba así el período de nueve años de Gobierno temporal,<ref group='Notas'>Prácticamente habían sido casi diez años: desde e! breve de Gregorio XV, del 22 de abril 1622, al de Urbano VII del 12 de enero de 1632 </ref> en que los religiosos habían llegado a 300, las casas eran 23; se habían constituido canónicamente cuatro Provincias y se habían rebasado los Alpes, poniendo los cimientos de las futuras Provincias de Europa Central. y no era poco todo ello. Lo que era mucho era la edad del P. General: cumpliría los setenta y cinco años en el próximo septiembre.

Notas