Diferencia entre revisiones de «GinerMaestro/Cap24/07»
(Página creada con «{{Navegar índice|libro=GinerMaestro|anterior=Cap24/06|siguiente=Cap24/08}} {{OCR}} '''''24.07. En torno a la segunda sesión El 10 de marzo de 1644 se tuvo la 'segunda'...») |
(Sin diferencias)
|
Revisión de 14:08 23 oct 2014
Aviso OCR
Este texto ha sido obtenido por un proceso automático mediante un software OCR. Puede contener errores. |
24.07. En torno a la segunda sesión
El 10 de marzo de 1644 se tuvo la 'segunda' sesión en el palacio del cardenal Roma, a la que asistieron, además del mencionado Presidente, los cardenales Spada, Falconieri y Ginetti con los Mons. Pao-¡lucci y Albizzi y el P. Pietrasanta, es decir, los mismos de la sesión 'primera', pues faltó también el cardenal Pamfili, cuya ausencia nadie ha justificado hasta ahora.
Según las notas personales de Paolucci, se trató en primer lugar de la cuestión propuesta en la sesión anterior, es decir, la validez de los breves de Gregorio XV de erección de la Orden y aprobación de las Constituciones. Paolucci solucionó el problema concluyendo que no había ni obrepción ni subrepción, y por consiguiente los breves eran válidos. Los cardenales Ginetti y Falconieri estaban de acuerdo, pero Spada, Roma y Albizzi se quedaron con dudas.<ref group='Notas'>Cf. PAOLUCCI, doc. 4, p.30. Aunque anónimo, probablemente el 'voto' de Paolucci es el doc. 3(p27-29), al que hay que añadir el acta de la ‘Congr. de Religiosis’ en que se aprobaron las Constituciones, pedida también en la sesión anterior (cf. doc.28, p.89-92).</ref>
Es probable que se hablara de los tres problemas propuestos por Pietrasanta en su Relación a la sesión primera, considerados como 'los tres principales desórdenes', es decir, las pretensiones de que las profesiones eran nulas; de los aspirantes al clericato y al sacerdocio, y de las precedencias. En efecto, las notas incompletas de Paolucci hablan del primer asunto, tratado por él y considerado ya resuelto en la sesión del 12 de mayo de 1639 de la Comisión Pontificia, de la que formó parte. No hay indicio de que se aludiera a los otros dos. Más aún: aunque entre los treinta y cinco documentos que componen el dossier Paolucci, una docena de ellos se refieren a estos tres temas,<ref group='Notas'>Cf. PAOLUCCI, doc.9, 11-18, 25-27.</ref> todo hace pensar que, si se trataron, ocuparon poco tiempo y preocuparon menos aún, quedando marginados ante otros problemas más graves, que fueron la supresión o reducción de la Orden, su reforma y la rehabilitación del P. General.
En la sesión primera, del 1 de octubre de 1643, Roma y Spada habían votado por la extinción absoluta; todos los demás, por la no extinción; pero Albizzi ya propuso la 'reducción al primer estado', o sea, a Congregación Paulina, anulando simplemente los breves de Gregorio XV que la habían elevado a orden. Y añadía que debería someterse a los Ordinarios. Ahora, en esta sesión del 10 de marzo de 1644, Spada, Roma y Albizzi votaron por la reducción a simple Congregación, como al principio, sometida a los Ordinarios; los profesos mantendrían sus votos y los nuevos profesarían votos simples. Y añadían que se reformaran las Constituciones y que no se fundaran nuevas casas sin permiso del papa. Nótese que la opinión de Albizzi es la que se va imponiendo y la que se impondrá hasta el final.
Falconieri, Ginetti y Paolucci abogan por su continuación como Orden, pero -ya empiezana cedér- 'se han de moderar muchas cosas, que parecen convenir al buen gobierno y al género de vida'.<ref group='Notas'>Ib., p.30.</ref> El P. Pietrasanta apoya a estos últimos, diciendo que era más conveniente que se mantuviera como Orden y 'que había gente idónea para gobernarla'.<ref group='Notas'>Ib.</ref> Mas como el P. Visitador no tenía voto, la Comisión quedaba empatada: tres por la 'reducción y tres por la conservación como Orden. De modo que para desempatar había que nombrar a otro miembro. Y así quedó el asunto.
Tal como estaban los ánimos en esas fechas, no sólo de los escolapios, sino también de Albizzi,Pietrasanta y aun los demás miembros de la Comisión, parece imposible que no se tratara el asunto de Cherubini en todos sus graves aspectos; es decir: la oposición general a su superiorato; la petición de que se investigara su vida; el atestado del P. General sobre su pasado en Nápoles; el nombramiento hecho sin breve alguno; las acusaciones contra el modo de procede del Visitador y de Mons. Asesor. En los apuntes de Paolucci no hay alusión alguna a estos asuntos, por lo que si no se trataron, alguien debió encomendar su solución al omnipotente secretario ALbizzi, o él mismo asumió la tarea -de acuerdo quizá con el Presidente Roma- de acallar el tumulto imponiendo a la fuerza a Cherubini como Superior mediante un breve apostólico. Lamentable hubiera sido que la Comisión entera o su Presidente consintieran semejante desacato a la justicia y dejaran una vez más las manos libres al trapacero Monseñor, que no tendría escrúpulo en sonsacar un breve a destiempo con fecha atrasada. Parece ser, sin embargo, que Albizzi se arrogó poderes que no tenía, pues –escribe Baldi- 'los Emos. Sres. Cardenales [atestiguaron] y entre ellos el Cabeza de la Comisión, que es el Emo. Roma, no haber sabido ni saber nada de dicho breve'.<ref group='Notas'>EC, p.216.</ref>
En efecto, la carta escrita y firmada por Albizzi el 11 de noviembre de 1644, al dia siguiente a la muerte de Mario, en la que se dice que la Comisión nombraba a Cherubini sucesor de Mario, estaba dirigida personalmente al P. Pietrasanta para que la leyera en San Pantaleón, como lo hizo. Una vez leída, la devolvió a Albizzi o la conservó hasta estas fechas de marzo de 1644, en que de nuevo fue a parar a manos del autor, quien la remitió a Mons. Maraldi, secretario de breves, ordenándole que expidiera uno recomponiendo el texto de la carta, pero poniéndole fecha de 11 de noviembre y no de abril.<ref group='Notas'>En el reverso de la carta se lee: 'Facta relatione Smus. annuit et mandavit expediri Breve sub data Aprili. Fr. Albitius' (G. SÁNTHA, ‘Tria Brevia Pontificia P. Stephano Cherubini concessa…’: EphCal 9-10 [1960] 272, n.26). La minuta de este breve no se encuentra en noviembre de 1643, sino en el volumen intitulado Urbanus VIII, 1644, Aprilis (ib., n.23).</ref> Y efectivamente, Maraldi obedeció a Albizzi, y saltándose la honestidad profesional, puso fecha del 11 de noviembre de 1644.<ref group='Notas'>Cf. EGC IX, p.136-137.</ref>
A nadie pudieron engañar, sin embargo, pues el chanchullo era demasiado evidente. Si el nombramiento de Cherubini y los poderes que se le confirieron el 11 de noviembre por la simple carta de Albizzi -sin decreto alguno de la Comisión Diputada- eran legítimos, no había por qué sacar un breve en abril simulando fecha de noviembre, pues le concedía exactamente lo mismo sin alusión alguna de que fuera confirmación de lo ya concedido. Luego con la publicación del breve se reconocía implícitamente que el nombramiento anterior no era a todas luces válido. Y, por consiguiente, razón tenían los religiosos que no habían querido reconocer al P. Cherubini por legítimo Superior General y pedían que se mostrara el breve o decreto de nombramiento. Temiendo, empero, probables represalias, esperaron el momento oportuno para denunciar este atropello.<ref group='Notas'>La denuncia Ia hará el P. Baldi y la Comunidad de Nikolsburg (al parecer), en sendas larguísimas cartas circulares con que responderán a la larga autodefensa de Pietrasanta, como veremos luego.</ref>
Una de las acusaciones de Pietrasanta contra la Orden en general había sido que los religiosos -muchos o algunos- habían incurrido en 'notable contumacia, calificando a dicho P. Esteban sólo como Procurador general y no reconociéndolo y nombrádolo Superior al presente de dicha Religión, a pesar de que hay decreto de la Sda. Congregación, publicado por mí -decía el Visitador- de viva voz en San Pantáleón y luego por carta a toda la Orden'.<ref group='Notas'>EC, p.2102.</ref> No hubo decreto alguno. Pietrasanta sólo pudo leer la carta de Albizzi en la que expresamente se dice que SS. Emcias. habían elegido al P. Esteban para el gobierno de dicha Religión'… 'dándole al P. Esteban la plena autoridad de poder junto con V. P. y no de otro modo…',<ref group='Notas'>Cf. G. SÁNTHA, o.c., p.263.</ref> pero no le dan título alguno, a no ser expresamente el de 'Procurador General'. ¿Qué era, pues? Con Mario se habían inventado el título de 'Primer Asistente', que nunca tuvo poder alguno especial en la Orden. Ahora no podían llamarlo así, porque no había Asistentes, y la figura de este Superior era totalmente inexistente en las Constituciones. Hubiera podido definirse más en el breve, después de la desagradable polémica del visitador. pero lo único que se les ocurrió a Albizzi y a Maraldi fue llamarle 'Gobernador' (sic),<ref group='Notas'>'… praedictum StePhanum.una cum dicto Silvestro ‘gubernatorem’ praedictae Congregationis…' (EGC IX, p. 137).</ref> además de las perífrasis traducidas directamente de la carta italiana de Albizzi. No faltan, por otra parte, en la redacción del breve indicios de prisas y nerviosismos<ref group='Notas'>La primera vez que se nombra al Visitador se le llama sin más 'dilecto filio Petra Sancta', sin anteponerle el nombre propio, y luego, olvidándose de ello, se le llamá 'praedicto Silvestro'.</ref> Y, sin embargo, aunque se obtuvo en abril, tardó todavía algunos meses en publicarse. ¿por qué?<ref group='Notas'>Baldi, en su carta del 18 de agosto de 1644, dice que el breve fue presentado por Pietrasanta 'alcune settimane fa' a tres o cuatro confidentes suyos y notificado al P. General (EC, p.216), el cual, con fecha del 20 de agosto de 1644, escribe que el breve no ha sido aún intimado ni publicado en Roma (c.4214).</ref>
De lo tratado en la 'sesión segunda' trascendió muy poco al exterior, pues con fecha del 19 de marzo escribía el Fundador a Berro que los cardenales no habían 'resuelto otra cosa sino que se continúe la obediencia al P. Esteban hasta que decidan otra cosa'.<ref group='Notas'>C.4162. Lo mismo dice Baldi (cf. EC, p.212-213).</ref> De ello nada decían las 'actas' de Paolucci. Pero el Santo Viejo siguió aconsejando y exigiendo a todos constantemente plena obediencia al P. Cherubini, con fórmulas tan perfectas como éstas al escribir a las recalcitrantes comunidades de Pisa y Génova:
- Yo no he escrito nunca a nadie de esa casa de Pisa que no obedecieran las órdenes del difunto P. Mario, ni al P. Esteban, actualmente Superior de la Religión, antes bien con la presente les exhorto cuanto sé y puedo a ser obedientes no sólo a las órdenes de dicho P. Esteban, sino aun a su meras insinuaciones'. 'V. R. exhortará de mi parte particularmente a los PP… y algunos más de su opinión, que no contradigan a cuanto se les ordene, particularmente si el P. Esteban Superior ordenara o insinuara algo, pues como Superior de toda la Religión debe ser obedecido por todos'. 'Me parece que en esta ocasión que se trata de arreglar nuestra Religión puede ser de grandísimo daño contradecir las órdenes mandadas por el P. Visitador Apostólico y P.Esteban de los Ángeles, Superior de la Religión…'.<ref group='Notas'>C.4165, 4167, 4170, y además cf . c.4169, 4171, 4173, 4174, 4180, 4188, 4190, 4198, 4212, etc.</ref>
Es fácil comprender que la obediencia de los santos -como todas las demás virtudes- haya de ser heroica. Pero es difícil exigir que toda una corporación, en la que la inmensa mayoría no pueden ser héroes, tenga que someterse forzadamente a un Superior, cuya personal indignidad es de dominio público, cuya elección no consta que haya sido legítima y sobre cuyos electores -Albizzi y Pietrasanta- recaen tantos indicios de parcialidad, malevolencia y aun soborno. Y no había apelación posible a otro tribunal, a no ser el papa.