Diferencia entre revisiones de «GinerMaestro/Cap08/08»

De WikiPía
Saltar a: navegación, buscar
(Página creada con «{{Navegar índice|libro=GinerMaestro|anterior=Cap08/07|siguiente=Cap08/09}} {{OCR}} '''''08.08. Tremp: villa, colegiata y oficialato Para quien viene del norte bordeando...»)
 
m
Línea 5: Línea 5:
 
'''''08.08. Tremp: villa, colegiata y oficialato
 
'''''08.08. Tremp: villa, colegiata y oficialato
  
Para quien viene del norte bordeando el Noguera Pallaresa, encajonado en las angosturas y desfiladeros impresionantes de estas estribaciones pirenaicas, quizá sea de alivio contemplar la planicie, verde y fértil, donde descansa la villa de Tremp. Así lo sentía al menos a principios del siglo pasado el incansable viajero setabense Jaime de Villanueva, anotando: 'del Monasterio de Gerri…, vine a la villa de Tremp, que es del Señorío del Obispo de Urgel… el susto y sinsabor que causan los montes que habíamos atravesado se templó con la vista del valle de Tremp, que llaman conca…'.<ref group='Notas'>J. VILLANUEvA, ‘Viaje literario’, vol. 12, p.67.</ref>
+
Para quien viene del norte bordeando el Noguera Pallaresa, encajonado en las angosturas y desfiladeros impresionantes de estas estribaciones pirenaicas, quizá sea de alivio contemplar la planicie, verde y fértil, donde descansa la villa de Tremp. Así lo sentía al menos a principios del siglo pasado el incansable viajero setabense Jaime de Villanueva, anotando: 'del Monasterio de Gerri…, vine a la villa de Tremp, que es del Señorío del Obispo de Urgel… el susto y sinsabor que causan los montes que habíamos atravesado se templó con la vista del valle de Tremp, que llaman conca…'.<ref group='Notas'>J. VILLANUEvA, ‘Viaje literario’, vol. 12, p.67.</ref>
  
Como villa señorial de antiguo lustre estaba cerrada con murallas, cuyas puertas eran defendidas por torres redondas, de las que todavía hoy quedan cuatro. El ábside saliente de la colegiata románica formaba parte del perímetro amurallado, como una torre más, y tal vez por eso ha permanecido casi intacto a pesar de las devastaciones de las que hubiera podido ser víctima. En efecto, a finales del siglo XIV un incendio destruyó casi por completo la venerable colegiata románica, salvándose el ábside y algún otro muro. Entre 1638 y 1642 se construyó el templo actual, aprovechando el antiguo ábside-muralla. Pero desde la destrucción del edificio románico hasta la construcción del actual van casi dos siglos y medio en los que tuvo que haber otra iglesia de la que no se tienen noticias concretas, a no ser el detalle de que constaba de tres naves y no de una sola, como la actual.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. M. LLEDÓS y MIR, o.c., p.108-1O9 y 171.&lt;/ref&gt; Quizá, dados los tiempos, tuvo traza gótica Y ese precisamente fue el templo que conoció Calasanz. El actual fue declarado basílica menor en 1923 Su robusto campanario, en sustitución de la antigua espadaña, se levantó en 1909, con poco sentido de la proporción y de la armonía con el conjunto medieval de ábside, torre y murallas.
+
Como villa señorial de antiguo lustre estaba cerrada con murallas, cuyas puertas eran defendidas por torres redondas, de las que todavía hoy quedan cuatro. El ábside saliente de la colegiata románica formaba parte del perímetro amurallado, como una torre más, y tal vez por eso ha permanecido casi intacto a pesar de las devastaciones de las que hubiera podido ser víctima. En efecto, a finales del siglo XIV un incendio destruyó casi por completo la venerable colegiata románica, salvándose el ábside y algún otro muro. Entre 1638 y 1642 se construyó el templo actual, aprovechando el antiguo ábside-muralla. Pero desde la destrucción del edificio románico hasta la construcción del actual van casi dos siglos y medio en los que tuvo que haber otra iglesia de la que no se tienen noticias concretas, a no ser el detalle de que constaba de tres naves y no de una sola, como la actual.<ref group='Notas'>Cf. M. LLEDÓS y MIR, o.c., p.108-1O9 y 171.</ref> Quizá, dados los tiempos, tuvo traza gótica Y ese precisamente fue el templo que conoció Calasanz. El actual fue declarado basílica menor en 1923 Su robusto campanario, en sustitución de la antigua espadaña, se levantó en 1909, con poco sentido de la proporción y de la armonía con el conjunto medieval de ábside, torre y murallas.
  
La imagen titular románica de la Virgen de Valldeflors,&lt;ref group='Notas'&gt;El P. Poch escribe: 'Decimos ‘Virgen Davall de Flors y no Virgen del Valle de Flores’, como escriben otros. En la forma primera la denominan los habitantes de Tremp (según personalmente lo hemos averiguado); así consta en los 'Gozos' a la Excelsa Patrona de Tremp y la tradición… dice… que un pastorcito halló la venerable imagen 'bajo un rosal en flor', y de ahí la 'Virgen Davall de Flors'…, esto es, 'Virgen debajo las Flores' en traducción literal' (cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.388, n.8). Y tanto en este artículo como en otro ya citado en la n.74 anterior (‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico' de la villa de Tremp’) usa sistemáticamente esa denominación. En otros posteriores cambió en 'Verge de Vall de Flors' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 [1977] 10-11). Y ése es el título histórico, como puede verse en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p. 137-139, en que cita a otro historiador de 1623, y escribiendo ambos en castellano traducen 'Na. Sra. de Valle de Flores'. Curiosamente, Poch, citando estas páginas castellanas, cambia por su cuenta el título en 'Virgen Davall de Flors' (cf. J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'’…, p.332-333,. n.20). En la bula de Gregorio XIII ‘Super Gregem’ (13 de diciembre de 1581), en que concede indulgencias a la Cofradía de la Virgen de Tremp, la llama ‘beatae Mariae Vallis de Floribus’ (cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.580-582). Y en un documento del obispo Capilla se lee 'intus ecclesiam collegiatam Beatae Mariae ‘Vallis Floris’ suae villae Trempi' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’, p.11). En los 'gozos' editados en 1986 se lee 'Goigs a la Mare de Déu ‘de Valldeflors’'.&lt;/ref&gt; antes llamada 'Santa María de Pallars', pereció entre las llamas que devora.ron la iglesia medieval. Al construirse el nuevo templo —quizá gótico- fue tallada en madera una nueva imagen en ese estilo, que se remonta por tanto, a aquellos años entre finales del siglo XIV y principios del XV y que se ha conservado hasta hoy. En 1646 un nuevo incendio destruyó el retablo mayor, pero la venerable imagen sólo sufrió alguna leve quemadura.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.108-109.&lt;/ref&gt; Esta es, pues, la imagen que vio y veneró en los años 1589-1591 el Oficial eclesiástico José Calasanz.
+
La imagen titular románica de la Virgen de Valldeflors,<ref group='Notas'>El P. Poch escribe: 'Decimos ‘Virgen Davall de Flors y no Virgen del Valle de Flores’, como escriben otros. En la forma primera la denominan los habitantes de Tremp (según personalmente lo hemos averiguado); así consta en los 'Gozos' a la Excelsa Patrona de Tremp y la tradición… dice… que un pastorcito halló la venerable imagen 'bajo un rosal en flor', y de ahí la 'Virgen Davall de Flors'…, esto es, 'Virgen debajo las Flores' en traducción literal' (cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.388, n.8). Y tanto en este artículo como en otro ya citado en la n.74 anterior (‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico' de la villa de Tremp’) usa sistemáticamente esa denominación. En otros posteriores cambió en 'Verge de Vall de Flors' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 [1977] 10-11). Y ése es el título histórico, como puede verse en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p. 137-139, en que cita a otro historiador de 1623, y escribiendo ambos en castellano traducen 'Na. Sra. de Valle de Flores'. Curiosamente, Poch, citando estas páginas castellanas, cambia por su cuenta el título en 'Virgen Davall de Flors' (cf. J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'’…, p.332-333,. n.20). En la bula de Gregorio XIII ‘Super Gregem’ (13 de diciembre de 1581), en que concede indulgencias a la Cofradía de la Virgen de Tremp, la llama ‘beatae Mariae Vallis de Floribus’ (cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.580-582). Y en un documento del obispo Capilla se lee 'intus ecclesiam collegiatam Beatae Mariae ‘Vallis Floris’ suae villae Trempi' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’, p.11). En los 'gozos' editados en 1986 se lee 'Goigs a la Mare de Déu ‘de Valldeflors’'.</ref> antes llamada 'Santa María de Pallars', pereció entre las llamas que devora.ron la iglesia medieval. Al construirse el nuevo templo —quizá gótico- fue tallada en madera una nueva imagen en ese estilo, que se remonta por tanto, a aquellos años entre finales del siglo XIV y principios del XV y que se ha conservado hasta hoy. En 1646 un nuevo incendio destruyó el retablo mayor, pero la venerable imagen sólo sufrió alguna leve quemadura.<ref group='Notas'>Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.108-109.</ref> Esta es, pues, la imagen que vio y veneró en los años 1589-1591 el Oficial eclesiástico José Calasanz.
  
Junto a la colegiata, y precisamente dando a la puerta lateral, frente al pórtico o pasaje de Casa Admetlló y Alejo Creus, en el centro de la calle Peresall, en el edificio llamado ‘Casa Vilaró’, estuvo hasta mediados del siglo XIX el que fuera palacio episcopal donde residía el Oficial eclesiástico o Vicario General de Tremp.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.385.&lt;/ref&gt;
+
Junto a la colegiata, y precisamente dando a la puerta lateral, frente al pórtico o pasaje de Casa Admetlló y Alejo Creus, en el centro de la calle Peresall, en el edificio llamado ‘Casa Vilaró’, estuvo hasta mediados del siglo XIX el que fuera palacio episcopal donde residía el Oficial eclesiástico o Vicario General de Tremp.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.385.</ref>
  
En 1521 el munífico canónigo y Deán de la catedral de Barcelona, don Jaime Fiella, natural de Tremp, fundó con sus bienes el 'Santo Hospital', edificado en la calle del Horno, que —como ocurría con los hospitales de la época— era más bien hospicio para pobres peregrinos o transeúntes, sanos o enfermos, a quienes se atendía por caridad y constituía, por tanto, una de tantas “obras pías” a las que eran tan aficionados los fieles cristianos de entonces.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.132-136.&lt;/ref&gt;
+
En 1521 el munífico canónigo y Deán de la catedral de Barcelona, don Jaime Fiella, natural de Tremp, fundó con sus bienes el 'Santo Hospital', edificado en la calle del Horno, que —como ocurría con los hospitales de la época— era más bien hospicio para pobres peregrinos o transeúntes, sanos o enfermos, a quienes se atendía por caridad y constituía, por tanto, una de tantas “obras pías” a las que eran tan aficionados los fieles cristianos de entonces.<ref group='Notas'>Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.132-136.</ref>
  
De mayor prestigio histórico fue el convento de dominicos, fundado en 1490, bajo el nombre de San Jaime de Pallars,&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. FR. M. M. DE LOS Hoyos, O.P., ‘Registro documental’, t.I (Madrid 1961) p.72-71&lt;/ref&gt; al que luego el P. Fr. Gaspar Estevan 'quitóle el nombre antiguo y quiso se llamasse ‘Escuela de la doctrina de Christo’'.&lt;ref group='Notas'&gt;FR. F. DIACIO, ‘Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores’ (Barcelona 1599) f.81r. Merece la pena explicar la idea de la nueva denominación: la Escuela de Cristo debía componerse de 87 religiosos, de los cuales 15 serían sacerdotes y 72 estudiantes; los primeros simbolizarían los 13 apóstoles y los 4 evangelistas (de ellos 2 eran ya apóstoles); los estudiantes representaban a los 72 discípulos evangélicos; había además 33 estudiantes seglares, simbolizando los años de Cristo. Todos juntos suman 120, como los que componían la primera comunidad de Jerusalén, sobre la que vino el Espíritu Santo (cf. ib.). En versión latina se llamó ‘Schola Christi’.&lt;/ref&gt; Estaba situado fuera de las murallas, a la orilla izquierda del barranco Riu-Tremp, sobre el que los frailes construyeron un puente, todavía en pie. En tiempo del P. Estevan, y gracias a la ayuda y protección del emperador Carlos V y del papa Clemente VII, fue elevado a la dignidad de Colegio o Estudio General.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. A. COLLELL, O.P., ‘Ayer de la Provincia dominicana de Aragón’: Anal. Sacra Tarrac., 39 (1966) 228, n.13.&lt;/ref&gt; “Hizo tanto por él —dice el P. Diago del P. Estevan— que estuvo muy a pique de ser uno de los más famosos de toda la Orden assí en número de religiosos y concierto dellos como en letras y devoción”.&lt;ref group='Notas'&gt;FR. F. DIAGO l.c.&lt;/ref&gt;
+
De mayor prestigio histórico fue el convento de dominicos, fundado en 1490, bajo el nombre de San Jaime de Pallars,<ref group='Notas'>Cf. FR. M. M. DE LOS Hoyos, O.P., ‘Registro documental’, t.I (Madrid 1961) p.72-71</ref> al que luego el P. Fr. Gaspar Estevan 'quitóle el nombre antiguo y quiso se llamasse ‘Escuela de la doctrina de Christo’'.<ref group='Notas'>FR. F. DIACIO, ‘Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores’ (Barcelona 1599) f.81r. Merece la pena explicar la idea de la nueva denominación: la Escuela de Cristo debía componerse de 87 religiosos, de los cuales 15 serían sacerdotes y 72 estudiantes; los primeros simbolizarían los 13 apóstoles y los 4 evangelistas (de ellos 2 eran ya apóstoles); los estudiantes representaban a los 72 discípulos evangélicos; había además 33 estudiantes seglares, simbolizando los años de Cristo. Todos juntos suman 120, como los que componían la primera comunidad de Jerusalén, sobre la que vino el Espíritu Santo (cf. ib.). En versión latina se llamó ‘Schola Christi’.</ref> Estaba situado fuera de las murallas, a la orilla izquierda del barranco Riu-Tremp, sobre el que los frailes construyeron un puente, todavía en pie. En tiempo del P. Estevan, y gracias a la ayuda y protección del emperador Carlos V y del papa Clemente VII, fue elevado a la dignidad de Colegio o Estudio General.<ref group='Notas'>Cf. A. COLLELL, O.P., ‘Ayer de la Provincia dominicana de Aragón’: Anal. Sacra Tarrac., 39 (1966) 228, n.13.</ref> “Hizo tanto por él —dice el P. Diago del P. Estevan— que estuvo muy a pique de ser uno de los más famosos de toda la Orden assí en número de religiosos y concierto dellos como en letras y devoción”.<ref group='Notas'>FR. F. DIAGO l.c.</ref>
  
En aquellos años postreros del siglo, en que Calasanz fue Oficial eclesiástico de Tremp, todas aquellas glorias imperiales de la ‘Schola Christi’ se habían desvanecido desde la muerte del Maestro Fray Gaspar, pues —sigue diciendo Fray Diago— 'faltándole él, le faltó todo y no dio un passo adelante hasta que el Rey don Felipe el segundo de buena memoria le dio poco ha [1592] para siempre el Priorato de Manlleu'.&lt;ref group='Notas'&gt;Ib., f.286. Diago termina su obra 'oy a 18 de deziembre de MDXCIX'. El 13 de agosto de 1592 Clemente VIII extinguió y secularizó a los Canónigos Reg. de S. Agustín en Cataluña, Rosellón y Cerdaña y el 22 del mismo mes transfería las rentas del Priorato de Manlleu, que poseían dichos religiosos, a los dominicos de Tremp (cf. la Bula papal en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.584-586&lt;/ref&gt; Mas por esas fechas Calasanz estaba ya en Roma. Con las nuevas rentas volvieron días de prosperidad y desde 1610 se empezó a resucitar el viejo Estudio General y se enseñó Dialéctica, Lógica, Filosofía y Artes y Teología tanto a religiosos internos como a seglares, incluso con la facultad de dar títulos universitarios de doctorado en Filosofía y Teología, parece ser.&lt;ref group='Notas'&gt;Sobre esta facultad académica habría que decir que el P. Diago, en un informe de 1613, es muy parco y escribe simplemente que el convento 'puede sustentar 7 frailes; tiénelos hoy, a saber: 6 sacerdotes y un lego. Hay ‘un lector de Artes para seglares y dos frailes’' (cf. A. COLLELL, o.c., p.228). El doctor Grima, en su relación histórica de 1630 sobre Tremp dice —no sin cierto empaque— 'que de 20 años a esta parte se enseña en el Convento de Predicadores la Dialéctica, Lógica, Filosofía y la Sda. Teología, habiendo siempre en dicho Convento Profesores doctísimos para enseñar dichas facultades no sólo a los religiosos de la Casa y Convento, sino también a todos los estudiantes que quieran asistir…' (cf M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.165-166). Ni Grima ni Lledós al citarle aluden a la titulación universitaria. Madoz, en su ‘Diccionario Geog.’, t.XV, p. 146-147, dice que 'sus cursos eran admitidos en las Universidades del Reino'. El P. Passante, en 1690, escribía a Armini, después de haber estado en Tremp: 'é Collegio dove i Padri possono dare la laurea di doctorato (sic) in Philosophia e Theologia. Il Convento si dice Scola Xti' (RegCal 13, 6’-16). Poch admite repetidas veces que podían dar títulos académicos (cf J. POCH, en RevCal 4 [1955] 381, n.1; AnCal 4 [1960] 316-317; Cat 195 [1977] 43; etc.). También Picanyol admite el hecho, invocando, sin citar fuentes, los Cap. Gen. de los dominicos (cf. EGC II, p.36; Rass 26-27 [1957] 62). Todo este asunto tiene especial importancia para la cuestión del doctorado posterior de Calasanz.&lt;/ref&gt;
+
En aquellos años postreros del siglo, en que Calasanz fue Oficial eclesiástico de Tremp, todas aquellas glorias imperiales de la ‘Schola Christi’ se habían desvanecido desde la muerte del Maestro Fray Gaspar, pues —sigue diciendo Fray Diago— 'faltándole él, le faltó todo y no dio un passo adelante hasta que el Rey don Felipe el segundo de buena memoria le dio poco ha [1592] para siempre el Priorato de Manlleu'.<ref group='Notas'>Ib., f.286. Diago termina su obra 'oy a 18 de deziembre de MDXCIX'. El 13 de agosto de 1592 Clemente VIII extinguió y secularizó a los Canónigos Reg. de S. Agustín en Cataluña, Rosellón y Cerdaña y el 22 del mismo mes transfería las rentas del Priorato de Manlleu, que poseían dichos religiosos, a los dominicos de Tremp (cf. la Bula papal en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.584-586</ref> Mas por esas fechas Calasanz estaba ya en Roma. Con las nuevas rentas volvieron días de prosperidad y desde 1610 se empezó a resucitar el viejo Estudio General y se enseñó Dialéctica, Lógica, Filosofía y Artes y Teología tanto a religiosos internos como a seglares, incluso con la facultad de dar títulos universitarios de doctorado en Filosofía y Teología, parece ser.<ref group='Notas'>Sobre esta facultad académica habría que decir que el P. Diago, en un informe de 1613, es muy parco y escribe simplemente que el convento 'puede sustentar 7 frailes; tiénelos hoy, a saber: 6 sacerdotes y un lego. Hay ‘un lector de Artes para seglares y dos frailes’' (cf. A. COLLELL, o.c., p.228). El doctor Grima, en su relación histórica de 1630 sobre Tremp dice —no sin cierto empaque— 'que de 20 años a esta parte se enseña en el Convento de Predicadores la Dialéctica, Lógica, Filosofía y la Sda. Teología, habiendo siempre en dicho Convento Profesores doctísimos para enseñar dichas facultades no sólo a los religiosos de la Casa y Convento, sino también a todos los estudiantes que quieran asistir…' (cf M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.165-166). Ni Grima ni Lledós al citarle aluden a la titulación universitaria. Madoz, en su ‘Diccionario Geog.’, t.XV, p. 146-147, dice que 'sus cursos eran admitidos en las Universidades del Reino'. El P. Passante, en 1690, escribía a Armini, después de haber estado en Tremp: 'é Collegio dove i Padri possono dare la laurea di doctorato (sic) in Philosophia e Theologia. Il Convento si dice Scola Xti' (RegCal 13, 6’-16). Poch admite repetidas veces que podían dar títulos académicos (cf J. POCH, en RevCal 4 [1955] 381, n.1; AnCal 4 [1960] 316-317; Cat 195 [1977] 43; etc.). También Picanyol admite el hecho, invocando, sin citar fuentes, los Cap. Gen. de los dominicos (cf. EGC II, p.36; Rass 26-27 [1957] 62). Todo este asunto tiene especial importancia para la cuestión del doctorado posterior de Calasanz.</ref>
  
La institución eclesiástica más antigua y prestigiosa de Tremp, sin embargo, no eran los dominicos de la ‘Schola Christi’ de extramuros, sino el cabildo. 'Desde Carlomagno… el cabildo tuvo por prelado un Arcediano, con jurisdicción espiritual y temporal… Esta preeminencia y dominio temporal duró unos cuatro siglos y medio, o sea, desde últimos del siglo octavo hasta 1257 en que fue suprimida la dignidad de Arcediano y el Señorío de la villa de Tremp pasó al señor Obispo de Urgel'.&lt;ref group='Notas'&gt;M. LLEDÓ5 Y MIR, o.c., p.81.&lt;/ref&gt; El cabildo estuvo compuesto de ocho canónigos hasta finales del siglo XIV en que fueron admitidos los Beneficiados, con lo cual se constituyó la Colegiata, en 1391. Y quien heredó en cierto modo la prelacía del antiguo Arcediano —incluso en su doble aspecto espiritual y temporal— fue el Oficial eclesiástico, que en su mismo título de Vicario General expresaba su dependencia del obispo diocesano.
+
La institución eclesiástica más antigua y prestigiosa de Tremp, sin embargo, no eran los dominicos de la ‘Schola Christi’ de extramuros, sino el cabildo. 'Desde Carlomagno… el cabildo tuvo por prelado un Arcediano, con jurisdicción espiritual y temporal… Esta preeminencia y dominio temporal duró unos cuatro siglos y medio, o sea, desde últimos del siglo octavo hasta 1257 en que fue suprimida la dignidad de Arcediano y el Señorío de la villa de Tremp pasó al señor Obispo de Urgel'.<ref group='Notas'>M. LLEDÓ5 Y MIR, o.c., p.81.</ref> El cabildo estuvo compuesto de ocho canónigos hasta finales del siglo XIV en que fueron admitidos los Beneficiados, con lo cual se constituyó la Colegiata, en 1391. Y quien heredó en cierto modo la prelacía del antiguo Arcediano —incluso en su doble aspecto espiritual y temporal— fue el Oficial eclesiástico, que en su mismo título de Vicario General expresaba su dependencia del obispo diocesano.
  
 
A las pingües dotaciones de los tiempos pasados sucedieron las estrecheces económicas de las que nos da idea Felipe II en esta carta del 25 de septiembre de 1595, dirigida a su embajador en Roma, el Duque de Sessa:
 
A las pingües dotaciones de los tiempos pasados sucedieron las estrecheces económicas de las que nos da idea Felipe II en esta carta del 25 de septiembre de 1595, dirigida a su embajador en Roma, el Duque de Sessa:
  
:'''Los canónigos y clero de la Iglesia Colegiada de la Villa de Tremp, en el Obispado de Urgel del mi Principado de Cataluña, me han hecho entender que en ella hay ocho canonicatos con tres Dignidades a ellos anexas y 26 Beneficios simples, todos los quales continuamente celebran los Oficios Divinos diurnos y nocturnos con la misma solemnidad que si fuesse Yglesia Cathedral y que por averse disminuido y perdido mucha parte de las rentas de que fue dotada… se ha reducido el dicho número a solas 14 personas que en ella el día de hoy residen, los siete canónigos y los demás Beneficiados, todos los quales se sustentan con mucha necesidad, por la tenuidad y menoscabo de las dichas rentas, y que por augmento dellas… dessean obtener de su Santidad la unión y aplicación perpetua de la mitad de las rentas de las Rectorías de Limiana y de Orcau que son del dicho Obispado de Urgel y de tanta consideración que con la restante mitad podrán congruamente sustentarse los Rectores dellas…'.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. PocH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 (1977) 43.&lt;/ref&gt;
+
:'''Los canónigos y clero de la Iglesia Colegiada de la Villa de Tremp, en el Obispado de Urgel del mi Principado de Cataluña, me han hecho entender que en ella hay ocho canonicatos con tres Dignidades a ellos anexas y 26 Beneficios simples, todos los quales continuamente celebran los Oficios Divinos diurnos y nocturnos con la misma solemnidad que si fuesse Yglesia Cathedral y que por averse disminuido y perdido mucha parte de las rentas de que fue dotada… se ha reducido el dicho número a solas 14 personas que en ella el día de hoy residen, los siete canónigos y los demás Beneficiados, todos los quales se sustentan con mucha necesidad, por la tenuidad y menoscabo de las dichas rentas, y que por augmento dellas… dessean obtener de su Santidad la unión y aplicación perpetua de la mitad de las rentas de las Rectorías de Limiana y de Orcau que son del dicho Obispado de Urgel y de tanta consideración que con la restante mitad podrán congruamente sustentarse los Rectores dellas…'.<ref group='Notas'>Cf. J. PocH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 (1977) 43.</ref>
  
No era, pues, tanta la prestancia y dotación de rentas como a veces se ha dicho,&lt;ref group='Notas'&gt;'El Cabildo de Tremp era el más prestante de todo el obispado urgelitano; sin duda, el más dotado de rentas y el de más derechos y privilegios, que ostentaba desde antaño' (J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'…’, p.275).&lt;/ref&gt; y más bien da la impresión de asemejarse al precario nivel económico en que se debatía el cabildo catedralicio y la misma mitra urgelitana, como ya vimos.
+
No era, pues, tanta la prestancia y dotación de rentas como a veces se ha dicho,<ref group='Notas'>'El Cabildo de Tremp era el más prestante de todo el obispado urgelitano; sin duda, el más dotado de rentas y el de más derechos y privilegios, que ostentaba desde antaño' (J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'…’, p.275).</ref> y más bien da la impresión de asemejarse al precario nivel económico en que se debatía el cabildo catedralicio y la misma mitra urgelitana, como ya vimos.
  
Por lo que a Calasanz se refiere, indudablemente, sus nuevos cargos de Oficial, Visitador y Vicario General de Tremp supondrían un aumento de sueldo considerable, pero es inadmisible el testimonio del canónigo leridano Miguel Jiménez Barber al afirmar que tenía Calasanz dos mil escudos de entrada por tales cargos eclesiásticos.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. BAU, BC, p.175. Recuérdese lo dicho sobre las rentas de las diócesis catalanas y especialmente las de Urgel que rondaban en torno a los 4.000 ducados o escudos (cf. cap. 7, núm.4). ¿Cómo iba a cobrar Calasanz 2.000 escudos? En la catedral de Barbastro —dice Cock— 'tiene cada canónigo cinco mil sueldos cada año poco más o menos' (cf. E. COCK, o.c., p. 1368), es decir, 250 escudos anuales. Y a una de esas canonjías barbastrenses aspirará Calasanz, cuando vaya a Roma. La renta anual será de 170 ducados, y no 250 como dice Cock. ¿Y por ella hubiera renunciado a los dos mil escudos anuales que percibía en Tremp?&lt;/ref&gt;
+
Por lo que a Calasanz se refiere, indudablemente, sus nuevos cargos de Oficial, Visitador y Vicario General de Tremp supondrían un aumento de sueldo considerable, pero es inadmisible el testimonio del canónigo leridano Miguel Jiménez Barber al afirmar que tenía Calasanz dos mil escudos de entrada por tales cargos eclesiásticos.<ref group='Notas'>Cf. BAU, BC, p.175. Recuérdese lo dicho sobre las rentas de las diócesis catalanas y especialmente las de Urgel que rondaban en torno a los 4.000 ducados o escudos (cf. cap. 7, núm.4). ¿Cómo iba a cobrar Calasanz 2.000 escudos? En la catedral de Barbastro —dice Cock— 'tiene cada canónigo cinco mil sueldos cada año poco más o menos' (cf. E. COCK, o.c., p. 1368), es decir, 250 escudos anuales. Y a una de esas canonjías barbastrenses aspirará Calasanz, cuando vaya a Roma. La renta anual será de 170 ducados, y no 250 como dice Cock. ¿Y por ella hubiera renunciado a los dos mil escudos anuales que percibía en Tremp?</ref>
  
Entre los Oficialatos de Urgel —dice Mir Durán— 'era uno de los más extensos el de Tremp, que abrazaba 66 parroquias con sus numerosos anejos, extendidas entre los hoy arciprestazgos de Tremp, Pobla de Segur, Gerri de la Sal (excepto el Abadiado con sus pueblos inscritos, que eran independientes, ‘nullius diocesis’) y la mayor parte de Arén'.&lt;ref group='Notas'&gt;J MIR DURÁN, o.c., p.342-343.&lt;/ref&gt; El P. Passante, en su descripción de 1690, exageraba un poco más los números, diciendo: “tendrá unos 300 lugares entre tierras y aldeas… con la jurisdicción de Vicario [General] sobre 72 parroquias… Tremp es tierra de 200 fuegos [o vecinos]”.&lt;ref group='Notas'&gt;RegCal 13, 6’-16. Trad. BAU, BC, p.173.&lt;/ref&gt;
+
Entre los Oficialatos de Urgel —dice Mir Durán— 'era uno de los más extensos el de Tremp, que abrazaba 66 parroquias con sus numerosos anejos, extendidas entre los hoy arciprestazgos de Tremp, Pobla de Segur, Gerri de la Sal (excepto el Abadiado con sus pueblos inscritos, que eran independientes, ‘nullius diocesis’) y la mayor parte de Arén'.<ref group='Notas'>J MIR DURÁN, o.c., p.342-343.</ref> El P. Passante, en su descripción de 1690, exageraba un poco más los números, diciendo: “tendrá unos 300 lugares entre tierras y aldeas… con la jurisdicción de Vicario [General] sobre 72 parroquias… Tremp es tierra de 200 fuegos [o vecinos]”.<ref group='Notas'>RegCal 13, 6’-16. Trad. BAU, BC, p.173.</ref>
  
La realidad, en cuanto a este último dato, fue muchísimo más modesta, pues en el censo de 'fuegos' de 1553 se le atribuyen a la villa de Tremp 113&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. IGLESIES, ‘El fogatge de 1553’, t.I (Barcelona 1979), p.75.&lt;/ref&gt; es decir, unos 565 habitantes, más aceptable si se piensa que Seo de Urgel tenía 1.135 almas, según este mismo censo. En cuanto a las parroquias, hay más coherencia (72 ó 66). Lo cierto es que este oficialato era, en efecto, el más extenso, pues abarcaba el espacio —áspero y montañoso— limitado aproximadamente al oeste por el Noguera Ribagorzana; al norte, por los valles pirenaicos de Tahull y de Bohí, bajando en diagonal hasta las inmediaciones de Gerri; al este, por las sierras de Boumort y de la Conca, y al sur, por la de Montsech.
+
La realidad, en cuanto a este último dato, fue muchísimo más modesta, pues en el censo de 'fuegos' de 1553 se le atribuyen a la villa de Tremp 113<ref group='Notas'>Cf. J. IGLESIES, ‘El fogatge de 1553’, t.I (Barcelona 1979), p.75.</ref> es decir, unos 565 habitantes, más aceptable si se piensa que Seo de Urgel tenía 1.135 almas, según este mismo censo. En cuanto a las parroquias, hay más coherencia (72 ó 66). Lo cierto es que este oficialato era, en efecto, el más extenso, pues abarcaba el espacio —áspero y montañoso— limitado aproximadamente al oeste por el Noguera Ribagorzana; al norte, por los valles pirenaicos de Tahull y de Bohí, bajando en diagonal hasta las inmediaciones de Gerri; al este, por las sierras de Boumort y de la Conca, y al sur, por la de Montsech.
  
Es obvio que en todo ese vasto territorio no gozaba Calasanz de plenos e idénticos poderes espirituales y temporales, como tampoco los tenía el obispo en toda su diócesis. Como Vicario General y Arcipreste, o bien Oficial eclesiástico, tenía plenos poderes de jurisdicción eclesiástica, delegada por el Obispo, en todo el ámbito territorial del arciprestazgo y en todas sus parroquias. Mas como Oficial eclesiástico tenía todos los poderes temporales propios de cualquier señorío —delegados también por su auténtico señor, que era el obispo— exclusivamente en la villa de Tremp y su término municipal o incluso, quizá, en otras villas o lugares de todo el Oficialato que fueran de señorío episcopal, como eran Vilamitjana, Galliner, Puigdelanell y Montesquiu, al menos.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. M. LLEDÓ5 y MIR, o.c., p.157. Véanse otras de señorío episcopal, todavía en 1808, en POCH, Cat 195 (1977) 13.&lt;/ref&gt; En los demás lugares tenía que recurrir a los respectivos señores territoriales para solucionar problemas que superaban los límites de su jurisdicción espiritual, como lo puso de manifiesto en una preciosa carta al señor temporal de Monfalcó, don Antonio Labata, de quien invoca no ya 'el brazo secular', sino un simple mandato enérgico para reducir a obediencia a un súbdito impertinente.&lt;ref group='Notas'&gt;'Hanme venido y vienen de cadal día tantas quexas de un súbdito de V. m. del lugar de Monfalcó llamado Sebastián Albano, el qual no solo menosprecia los mandatos y censuras de la Iglesia… pero aun ha querido poner manos en el Vicario ques su propio Pastor por corregirle… que he sido forçado valerme del favor de V. m. como de señor temporal a quien sin comparación tendrá más temor y respeto y así recibiré muy particular merced que por su orden y mandamiento buelva el dicho Albano a la obediencia que deve y se reconcilie y haga amistad o pazes con el Vicario… De Tremp y junio a los 8 de 1590… Joseph Calasanz off. de Tremp' (EGC II, c.2). Respecto a su destinatario, A. Labata, cf. J. L. NAVÍO, ‘Ambiente histórico y sociaL…’: AnCal 26 (1971) 215-216.&lt;/ref&gt;
+
Es obvio que en todo ese vasto territorio no gozaba Calasanz de plenos e idénticos poderes espirituales y temporales, como tampoco los tenía el obispo en toda su diócesis. Como Vicario General y Arcipreste, o bien Oficial eclesiástico, tenía plenos poderes de jurisdicción eclesiástica, delegada por el Obispo, en todo el ámbito territorial del arciprestazgo y en todas sus parroquias. Mas como Oficial eclesiástico tenía todos los poderes temporales propios de cualquier señorío —delegados también por su auténtico señor, que era el obispo— exclusivamente en la villa de Tremp y su término municipal o incluso, quizá, en otras villas o lugares de todo el Oficialato que fueran de señorío episcopal, como eran Vilamitjana, Galliner, Puigdelanell y Montesquiu, al menos.<ref group='Notas'>Cf. M. LLEDÓ5 y MIR, o.c., p.157. Véanse otras de señorío episcopal, todavía en 1808, en POCH, Cat 195 (1977) 13.</ref> En los demás lugares tenía que recurrir a los respectivos señores territoriales para solucionar problemas que superaban los límites de su jurisdicción espiritual, como lo puso de manifiesto en una preciosa carta al señor temporal de Monfalcó, don Antonio Labata, de quien invoca no ya 'el brazo secular', sino un simple mandato enérgico para reducir a obediencia a un súbdito impertinente.<ref group='Notas'>'Hanme venido y vienen de cadal día tantas quexas de un súbdito de V. m. del lugar de Monfalcó llamado Sebastián Albano, el qual no solo menosprecia los mandatos y censuras de la Iglesia… pero aun ha querido poner manos en el Vicario ques su propio Pastor por corregirle… que he sido forçado valerme del favor de V. m. como de señor temporal a quien sin comparación tendrá más temor y respeto y así recibiré muy particular merced que por su orden y mandamiento buelva el dicho Albano a la obediencia que deve y se reconcilie y haga amistad o pazes con el Vicario… De Tremp y junio a los 8 de 1590… Joseph Calasanz off. de Tremp' (EGC II, c.2). Respecto a su destinatario, A. Labata, cf. J. L. NAVÍO, ‘Ambiente histórico y sociaL…’: AnCal 26 (1971) 215-216.</ref>
  
 
=Notas=
 
=Notas=
  
 
{{listaref|grupo='Notas'}}
 
{{listaref|grupo='Notas'}}

Revisión de 15:37 23 oct 2014

Cap08/07
Tema anterior

GinerMaestro/Cap08/08
Índice

Cap08/09
Siguiente tema


Aviso OCR

Este texto ha sido obtenido por un proceso automático mediante un software OCR. Puede contener errores.

08.08. Tremp: villa, colegiata y oficialato

Para quien viene del norte bordeando el Noguera Pallaresa, encajonado en las angosturas y desfiladeros impresionantes de estas estribaciones pirenaicas, quizá sea de alivio contemplar la planicie, verde y fértil, donde descansa la villa de Tremp. Así lo sentía al menos a principios del siglo pasado el incansable viajero setabense Jaime de Villanueva, anotando: 'del Monasterio de Gerri…, vine a la villa de Tremp, que es del Señorío del Obispo de Urgel… el susto y sinsabor que causan los montes que habíamos atravesado se templó con la vista del valle de Tremp, que llaman conca…'.[Notas 1]

Como villa señorial de antiguo lustre estaba cerrada con murallas, cuyas puertas eran defendidas por torres redondas, de las que todavía hoy quedan cuatro. El ábside saliente de la colegiata románica formaba parte del perímetro amurallado, como una torre más, y tal vez por eso ha permanecido casi intacto a pesar de las devastaciones de las que hubiera podido ser víctima. En efecto, a finales del siglo XIV un incendio destruyó casi por completo la venerable colegiata románica, salvándose el ábside y algún otro muro. Entre 1638 y 1642 se construyó el templo actual, aprovechando el antiguo ábside-muralla. Pero desde la destrucción del edificio románico hasta la construcción del actual van casi dos siglos y medio en los que tuvo que haber otra iglesia de la que no se tienen noticias concretas, a no ser el detalle de que constaba de tres naves y no de una sola, como la actual.[Notas 2] Quizá, dados los tiempos, tuvo traza gótica Y ese precisamente fue el templo que conoció Calasanz. El actual fue declarado basílica menor en 1923 Su robusto campanario, en sustitución de la antigua espadaña, se levantó en 1909, con poco sentido de la proporción y de la armonía con el conjunto medieval de ábside, torre y murallas.

La imagen titular románica de la Virgen de Valldeflors,[Notas 3] antes llamada 'Santa María de Pallars', pereció entre las llamas que devora.ron la iglesia medieval. Al construirse el nuevo templo —quizá gótico- fue tallada en madera una nueva imagen en ese estilo, que se remonta por tanto, a aquellos años entre finales del siglo XIV y principios del XV y que se ha conservado hasta hoy. En 1646 un nuevo incendio destruyó el retablo mayor, pero la venerable imagen sólo sufrió alguna leve quemadura.[Notas 4] Esta es, pues, la imagen que vio y veneró en los años 1589-1591 el Oficial eclesiástico José Calasanz.

Junto a la colegiata, y precisamente dando a la puerta lateral, frente al pórtico o pasaje de Casa Admetlló y Alejo Creus, en el centro de la calle Peresall, en el edificio llamado ‘Casa Vilaró’, estuvo hasta mediados del siglo XIX el que fuera palacio episcopal donde residía el Oficial eclesiástico o Vicario General de Tremp.[Notas 5]

En 1521 el munífico canónigo y Deán de la catedral de Barcelona, don Jaime Fiella, natural de Tremp, fundó con sus bienes el 'Santo Hospital', edificado en la calle del Horno, que —como ocurría con los hospitales de la época— era más bien hospicio para pobres peregrinos o transeúntes, sanos o enfermos, a quienes se atendía por caridad y constituía, por tanto, una de tantas “obras pías” a las que eran tan aficionados los fieles cristianos de entonces.[Notas 6]

De mayor prestigio histórico fue el convento de dominicos, fundado en 1490, bajo el nombre de San Jaime de Pallars,[Notas 7] al que luego el P. Fr. Gaspar Estevan 'quitóle el nombre antiguo y quiso se llamasse ‘Escuela de la doctrina de Christo’'.[Notas 8] Estaba situado fuera de las murallas, a la orilla izquierda del barranco Riu-Tremp, sobre el que los frailes construyeron un puente, todavía en pie. En tiempo del P. Estevan, y gracias a la ayuda y protección del emperador Carlos V y del papa Clemente VII, fue elevado a la dignidad de Colegio o Estudio General.[Notas 9] “Hizo tanto por él —dice el P. Diago del P. Estevan— que estuvo muy a pique de ser uno de los más famosos de toda la Orden assí en número de religiosos y concierto dellos como en letras y devoción”.[Notas 10]

En aquellos años postreros del siglo, en que Calasanz fue Oficial eclesiástico de Tremp, todas aquellas glorias imperiales de la ‘Schola Christi’ se habían desvanecido desde la muerte del Maestro Fray Gaspar, pues —sigue diciendo Fray Diago— 'faltándole él, le faltó todo y no dio un passo adelante hasta que el Rey don Felipe el segundo de buena memoria le dio poco ha [1592] para siempre el Priorato de Manlleu'.[Notas 11] Mas por esas fechas Calasanz estaba ya en Roma. Con las nuevas rentas volvieron días de prosperidad y desde 1610 se empezó a resucitar el viejo Estudio General y se enseñó Dialéctica, Lógica, Filosofía y Artes y Teología tanto a religiosos internos como a seglares, incluso con la facultad de dar títulos universitarios de doctorado en Filosofía y Teología, parece ser.[Notas 12]

La institución eclesiástica más antigua y prestigiosa de Tremp, sin embargo, no eran los dominicos de la ‘Schola Christi’ de extramuros, sino el cabildo. 'Desde Carlomagno… el cabildo tuvo por prelado un Arcediano, con jurisdicción espiritual y temporal… Esta preeminencia y dominio temporal duró unos cuatro siglos y medio, o sea, desde últimos del siglo octavo hasta 1257 en que fue suprimida la dignidad de Arcediano y el Señorío de la villa de Tremp pasó al señor Obispo de Urgel'.[Notas 13] El cabildo estuvo compuesto de ocho canónigos hasta finales del siglo XIV en que fueron admitidos los Beneficiados, con lo cual se constituyó la Colegiata, en 1391. Y quien heredó en cierto modo la prelacía del antiguo Arcediano —incluso en su doble aspecto espiritual y temporal— fue el Oficial eclesiástico, que en su mismo título de Vicario General expresaba su dependencia del obispo diocesano.

A las pingües dotaciones de los tiempos pasados sucedieron las estrecheces económicas de las que nos da idea Felipe II en esta carta del 25 de septiembre de 1595, dirigida a su embajador en Roma, el Duque de Sessa:

Los canónigos y clero de la Iglesia Colegiada de la Villa de Tremp, en el Obispado de Urgel del mi Principado de Cataluña, me han hecho entender que en ella hay ocho canonicatos con tres Dignidades a ellos anexas y 26 Beneficios simples, todos los quales continuamente celebran los Oficios Divinos diurnos y nocturnos con la misma solemnidad que si fuesse Yglesia Cathedral y que por averse disminuido y perdido mucha parte de las rentas de que fue dotada… se ha reducido el dicho número a solas 14 personas que en ella el día de hoy residen, los siete canónigos y los demás Beneficiados, todos los quales se sustentan con mucha necesidad, por la tenuidad y menoscabo de las dichas rentas, y que por augmento dellas… dessean obtener de su Santidad la unión y aplicación perpetua de la mitad de las rentas de las Rectorías de Limiana y de Orcau que son del dicho Obispado de Urgel y de tanta consideración que con la restante mitad podrán congruamente sustentarse los Rectores dellas…'.[Notas 14]

No era, pues, tanta la prestancia y dotación de rentas como a veces se ha dicho,[Notas 15] y más bien da la impresión de asemejarse al precario nivel económico en que se debatía el cabildo catedralicio y la misma mitra urgelitana, como ya vimos.

Por lo que a Calasanz se refiere, indudablemente, sus nuevos cargos de Oficial, Visitador y Vicario General de Tremp supondrían un aumento de sueldo considerable, pero es inadmisible el testimonio del canónigo leridano Miguel Jiménez Barber al afirmar que tenía Calasanz dos mil escudos de entrada por tales cargos eclesiásticos.[Notas 16]

Entre los Oficialatos de Urgel —dice Mir Durán— 'era uno de los más extensos el de Tremp, que abrazaba 66 parroquias con sus numerosos anejos, extendidas entre los hoy arciprestazgos de Tremp, Pobla de Segur, Gerri de la Sal (excepto el Abadiado con sus pueblos inscritos, que eran independientes, ‘nullius diocesis’) y la mayor parte de Arén'.[Notas 17] El P. Passante, en su descripción de 1690, exageraba un poco más los números, diciendo: “tendrá unos 300 lugares entre tierras y aldeas… con la jurisdicción de Vicario [General] sobre 72 parroquias… Tremp es tierra de 200 fuegos [o vecinos]”.[Notas 18]

La realidad, en cuanto a este último dato, fue muchísimo más modesta, pues en el censo de 'fuegos' de 1553 se le atribuyen a la villa de Tremp 113[Notas 19] es decir, unos 565 habitantes, más aceptable si se piensa que Seo de Urgel tenía 1.135 almas, según este mismo censo. En cuanto a las parroquias, hay más coherencia (72 ó 66). Lo cierto es que este oficialato era, en efecto, el más extenso, pues abarcaba el espacio —áspero y montañoso— limitado aproximadamente al oeste por el Noguera Ribagorzana; al norte, por los valles pirenaicos de Tahull y de Bohí, bajando en diagonal hasta las inmediaciones de Gerri; al este, por las sierras de Boumort y de la Conca, y al sur, por la de Montsech.

Es obvio que en todo ese vasto territorio no gozaba Calasanz de plenos e idénticos poderes espirituales y temporales, como tampoco los tenía el obispo en toda su diócesis. Como Vicario General y Arcipreste, o bien Oficial eclesiástico, tenía plenos poderes de jurisdicción eclesiástica, delegada por el Obispo, en todo el ámbito territorial del arciprestazgo y en todas sus parroquias. Mas como Oficial eclesiástico tenía todos los poderes temporales propios de cualquier señorío —delegados también por su auténtico señor, que era el obispo— exclusivamente en la villa de Tremp y su término municipal o incluso, quizá, en otras villas o lugares de todo el Oficialato que fueran de señorío episcopal, como eran Vilamitjana, Galliner, Puigdelanell y Montesquiu, al menos.[Notas 20] En los demás lugares tenía que recurrir a los respectivos señores territoriales para solucionar problemas que superaban los límites de su jurisdicción espiritual, como lo puso de manifiesto en una preciosa carta al señor temporal de Monfalcó, don Antonio Labata, de quien invoca no ya 'el brazo secular', sino un simple mandato enérgico para reducir a obediencia a un súbdito impertinente.[Notas 21]

Notas

  1. J. VILLANUEvA, ‘Viaje literario’, vol. 12, p.67.
  2. Cf. M. LLEDÓS y MIR, o.c., p.108-1O9 y 171.
  3. El P. Poch escribe: 'Decimos ‘Virgen Davall de Flors y no Virgen del Valle de Flores’, como escriben otros. En la forma primera la denominan los habitantes de Tremp (según personalmente lo hemos averiguado); así consta en los 'Gozos' a la Excelsa Patrona de Tremp y la tradición… dice… que un pastorcito halló la venerable imagen 'bajo un rosal en flor', y de ahí la 'Virgen Davall de Flors'…, esto es, 'Virgen debajo las Flores' en traducción literal' (cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.388, n.8). Y tanto en este artículo como en otro ya citado en la n.74 anterior (‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico' de la villa de Tremp’) usa sistemáticamente esa denominación. En otros posteriores cambió en 'Verge de Vall de Flors' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 [1977] 10-11). Y ése es el título histórico, como puede verse en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p. 137-139, en que cita a otro historiador de 1623, y escribiendo ambos en castellano traducen 'Na. Sra. de Valle de Flores'. Curiosamente, Poch, citando estas páginas castellanas, cambia por su cuenta el título en 'Virgen Davall de Flors' (cf. J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'’…, p.332-333,. n.20). En la bula de Gregorio XIII ‘Super Gregem’ (13 de diciembre de 1581), en que concede indulgencias a la Cofradía de la Virgen de Tremp, la llama ‘beatae Mariae Vallis de Floribus’ (cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.580-582). Y en un documento del obispo Capilla se lee 'intus ecclesiam collegiatam Beatae Mariae ‘Vallis Floris’ suae villae Trempi' (cf. J. POCH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’, p.11). En los 'gozos' editados en 1986 se lee 'Goigs a la Mare de Déu ‘de Valldeflors’'.
  4. Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.108-109.
  5. Cf. J. POCH, ‘Presencia de S. José de Calasanz…’, p.385.
  6. Cf. M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.132-136.
  7. Cf. FR. M. M. DE LOS Hoyos, O.P., ‘Registro documental’, t.I (Madrid 1961) p.72-71
  8. FR. F. DIACIO, ‘Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores’ (Barcelona 1599) f.81r. Merece la pena explicar la idea de la nueva denominación: la Escuela de Cristo debía componerse de 87 religiosos, de los cuales 15 serían sacerdotes y 72 estudiantes; los primeros simbolizarían los 13 apóstoles y los 4 evangelistas (de ellos 2 eran ya apóstoles); los estudiantes representaban a los 72 discípulos evangélicos; había además 33 estudiantes seglares, simbolizando los años de Cristo. Todos juntos suman 120, como los que componían la primera comunidad de Jerusalén, sobre la que vino el Espíritu Santo (cf. ib.). En versión latina se llamó ‘Schola Christi’.
  9. Cf. A. COLLELL, O.P., ‘Ayer de la Provincia dominicana de Aragón’: Anal. Sacra Tarrac., 39 (1966) 228, n.13.
  10. FR. F. DIAGO l.c.
  11. Ib., f.286. Diago termina su obra 'oy a 18 de deziembre de MDXCIX'. El 13 de agosto de 1592 Clemente VIII extinguió y secularizó a los Canónigos Reg. de S. Agustín en Cataluña, Rosellón y Cerdaña y el 22 del mismo mes transfería las rentas del Priorato de Manlleu, que poseían dichos religiosos, a los dominicos de Tremp (cf. la Bula papal en M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.584-586
  12. Sobre esta facultad académica habría que decir que el P. Diago, en un informe de 1613, es muy parco y escribe simplemente que el convento 'puede sustentar 7 frailes; tiénelos hoy, a saber: 6 sacerdotes y un lego. Hay ‘un lector de Artes para seglares y dos frailes’' (cf. A. COLLELL, o.c., p.228). El doctor Grima, en su relación histórica de 1630 sobre Tremp dice —no sin cierto empaque— 'que de 20 años a esta parte se enseña en el Convento de Predicadores la Dialéctica, Lógica, Filosofía y la Sda. Teología, habiendo siempre en dicho Convento Profesores doctísimos para enseñar dichas facultades no sólo a los religiosos de la Casa y Convento, sino también a todos los estudiantes que quieran asistir…' (cf M. LLEDÓS Y MIR, o.c., p.165-166). Ni Grima ni Lledós al citarle aluden a la titulación universitaria. Madoz, en su ‘Diccionario Geog.’, t.XV, p. 146-147, dice que 'sus cursos eran admitidos en las Universidades del Reino'. El P. Passante, en 1690, escribía a Armini, después de haber estado en Tremp: 'é Collegio dove i Padri possono dare la laurea di doctorato (sic) in Philosophia e Theologia. Il Convento si dice Scola Xti' (RegCal 13, 6’-16). Poch admite repetidas veces que podían dar títulos académicos (cf J. POCH, en RevCal 4 [1955] 381, n.1; AnCal 4 [1960] 316-317; Cat 195 [1977] 43; etc.). También Picanyol admite el hecho, invocando, sin citar fuentes, los Cap. Gen. de los dominicos (cf. EGC II, p.36; Rass 26-27 [1957] 62). Todo este asunto tiene especial importancia para la cuestión del doctorado posterior de Calasanz.
  13. M. LLEDÓ5 Y MIR, o.c., p.81.
  14. Cf. J. PocH, ‘Mossén Josep Calassanç a la diócesi d’Urgell’: Cat 195 (1977) 43.
  15. 'El Cabildo de Tremp era el más prestante de todo el obispado urgelitano; sin duda, el más dotado de rentas y el de más derechos y privilegios, que ostentaba desde antaño' (J. POCH, ‘S. José de Calasanz 'Oficial eclesiástico'…’, p.275).
  16. Cf. BAU, BC, p.175. Recuérdese lo dicho sobre las rentas de las diócesis catalanas y especialmente las de Urgel que rondaban en torno a los 4.000 ducados o escudos (cf. cap. 7, núm.4). ¿Cómo iba a cobrar Calasanz 2.000 escudos? En la catedral de Barbastro —dice Cock— 'tiene cada canónigo cinco mil sueldos cada año poco más o menos' (cf. E. COCK, o.c., p. 1368), es decir, 250 escudos anuales. Y a una de esas canonjías barbastrenses aspirará Calasanz, cuando vaya a Roma. La renta anual será de 170 ducados, y no 250 como dice Cock. ¿Y por ella hubiera renunciado a los dos mil escudos anuales que percibía en Tremp?
  17. J MIR DURÁN, o.c., p.342-343.
  18. RegCal 13, 6’-16. Trad. BAU, BC, p.173.
  19. Cf. J. IGLESIES, ‘El fogatge de 1553’, t.I (Barcelona 1979), p.75.
  20. Cf. M. LLEDÓ5 y MIR, o.c., p.157. Véanse otras de señorío episcopal, todavía en 1808, en POCH, Cat 195 (1977) 13.
  21. 'Hanme venido y vienen de cadal día tantas quexas de un súbdito de V. m. del lugar de Monfalcó llamado Sebastián Albano, el qual no solo menosprecia los mandatos y censuras de la Iglesia… pero aun ha querido poner manos en el Vicario ques su propio Pastor por corregirle… que he sido forçado valerme del favor de V. m. como de señor temporal a quien sin comparación tendrá más temor y respeto y así recibiré muy particular merced que por su orden y mandamiento buelva el dicho Albano a la obediencia que deve y se reconcilie y haga amistad o pazes con el Vicario… De Tremp y junio a los 8 de 1590… Joseph Calasanz off. de Tremp' (EGC II, c.2). Respecto a su destinatario, A. Labata, cf. J. L. NAVÍO, ‘Ambiente histórico y sociaL…’: AnCal 26 (1971) 215-216.