HB23/BREZNO/Regreso o reinstalación

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BREZNO/EXILIO O SALIDA
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HB23/BREZNO/Regreso o reinstalación
Índice

 


Regreso o reinstalación y permanencia

El 5 de junio de 1688 tuvo lugar el comienzo de la reinstalación y posesión. Fue seguido de la visita del Muy Rvdo. Sr. Ladislao Pybet, Abad de San Salvador de Leker, que comenzó el 2 de diciembre del mismo año en la iglesia de Brezno, que está bajo el título de la Asunción de la B.V.M. a los cielos, y su dedicación se celebra cada año el domingo que sigue a la fiesta.

Tiene una torre con campanas. El presbiterio y la sacristía son de ladrillo, el resto de madera. Hay un órgano en el presbiterio con su coro de madera, pintado y dorado. Tiene un altar mayor, en el que se representa en el centro una imagen de la Santísima Trinidad. Tenía otros dos laterales más pequeños. Hay una cátedra de madera, un baptisterio de piedra con recipiente de bronce, dos coros de madera pintados, suficientes asientos para toda la iglesia.

Dote de la iglesia o patrimonio de Cristo

Tierras arables y de siega, o prados, en total hay 34, entre pequeñas y grandes, según el registro de la iglesia. Esta tierra está dada a trabajar a los ciudadanos, y el provecho y fruto que proviene de ella a la iglesia está también específicamente contenido en el citado registro, lo cual es percibido por los guardianes o encargados de la iglesia, con obligación de dar razón, tanto de las entradas como de las salidas, al Ínclito Senado, con conocimiento e información auténtica de los párrocos. Cada domingo hacen ofrendas a un carro que da la vuelta a toque de campana. Además por tocar la campana mayor en los funerales pagan 5 grosos a la iglesia. Los adultos enterrados en el presbiterio pagan 4 florines húngaros. Hay que señalar que si algún senador en activo fallece, tiene el privilegio de ser enterrado allí sin pagar nada. Si quieren enterrar en el presbiterio a un menor, pagan sólo 2 FH. Para enterrar a una persona mayor en el cuerpo de la iglesia se pagan 2 FH, y para un menor, 1 FH. Si entierran a una persona mayor en el cementerio adjunto a la iglesia, pagan a la iglesia 8 grosos; si se trata de un menor, 4. Si se entierra en el cementerio nuevo a una persona mayor, pagan 4 grosos a la iglesia; si es un menor, 2. Por estos ingresos hay actualmente una suma de 960 FH y 37 g. Esta suma está colocada por el Senado y Magistrado en partes entre varios ciudadanos al interés habitual del 6%, para prevenir el peligro de que se pierda a causa de malos tiempos. Y exigen anualmente el interés de manera obligatoria, para los usos y necesidades cotidianas de la iglesia y ajuar que se usa en ella, así como para reparar los edificios de la casa parroquial, capellanía y escuelas.

Ajuar de la iglesia

Hay 3 cálices de plata dorada, con una patena de plata dorada.

Un ciborio de plata dorada, con su cubierta también de plata dorada.

Una custodia de cobre dorada, con una luna de plata dorada, que fue destruida por los rebeldes.

Hay 4 casullas de colores diversos con sus manípulos y estolas de seda. Además hay dos casullas antiguas negras, con estolas y manípulos.
Hay dos albas con sus amitos y cíngulos. Un roquete.
Hay 6 velos. Dos manteles para el altar. Cuatro frontales de seda; un quinto de materia turca simple.
Hay 2 manteles para cubrir la fuente bautismal, una de seda y la otra de algodón.
Hay 19 paños bordados (strophiola); 2 corporales, 4 bolsas, 3 palios, 3 purificadores.
Hay 6 candelabros de estaño, y 6 antiguos de madera.
Un cántaro, una campanilla. Un ritual. Una píxide para líquidos sagrados. Tres pares de botellas de vidrio.
Un incensario de bronce con naveta.

El párroco y sus entradas

Aquí y ahora administran la parroquia y las tareas parroquiales los Rvdos. Padres Escolapios. Esto es lo que hay en cuanto a entradas parroquiales.

En primer lugar están los campos de siembra en el territorio, con la parte que se entrega de manera habitual. Hay 29 fincas arables y de siega, al tercio. Hay dos huertos fuera de las murallas y uno anejo a la parroquia.

Luego están los derechos de estola, que son como siguen:

  • Por un bautismo, 3 grosos, o un pan, una gallina y una vela de cera.
  • Para la introducción de una casada y puérpera, lo mismo.
  • Por la sepultura de un niño y de un inquilino, 5 grosos.
  • Por la sepultura de un huésped, 20 grosos.
  • Por la sepultura de una huésped, 16 grosos. Esto, sin sermón. Con sermón, para cualquiera, 20 grosos.
  • Por el triple anuncio y la boda, 12 grosos.
  • Por una misa leída de funeral, 10 grosos. Por una cantada, 15 grosos.
  • Por la Extremaunción se recibe de la caja del templo 1 imperial a principio de año, lo mismo a Navidad y a Pascua. De esto el Rector no recibe nada.
  • De las ofrendas de Pascua, Navidad y Pentecostés, una tercera parte es para el Rector.
  • De la bendición de las casas en la fiesta de los Tres Reyes Magos, dos partes son para el párroco y un apara el Rector, y los pobres siempre reciben algo.

El Rector y sus ingresos

Actualmente el Rector no es secular, sino que son los Rvdos. Padres Escolapios los que se ocupan de enseñar y forma a la juventud.

  • Desde antiguo se le pagaba al Rector por parte de la ciudad 60 FH.
  • Recibe además 20 sapones de centeno del párroco, del diezmo recibido por él. Lo cual fácilmente se va que va en perjuicio del párroco, pues los tiene que entregar él y no otro, de los diezmos que reciba.
  • Tiene dos campos y un prado, que no corresponden a la escuela, sino a la parroquia, como se ha dicho al hablar del patrimonio de la iglesia, de los cuales recibe el usufructo.
  • Cada año recibe además dos cubos de trigo para hostias, que paga la caja del templo.
  • El Rector tiene además tres herramientas para hacer hostias
  • Están los cantos acostumbrados. En los funerales recibe 4 g. por el primer canto; por los cantos sucesivos, 1 g. por canto. De hecho estos ingresos no los recibía el cantor secular, sino que como era el cantor el que cantaba, él los cedía al cantor.
  • Además de los 60 FH, recibe 20 cubos de centeno y 2 metretas de trigo, que reciben los Rvdos. Padres Escolapios, tanto pro dedicarse a enseñar a la juventud, como para hacer hostias.

Organista

Tomás Padlicio recibía desde antiguo el pago habitual, como se ve claramente desde que comenzó en 1659.

  • A Tomás Padlicio se le pagan 80 FH, y 2 FH para leña.
  • Además los tres tentempiés habituales con taza.
  • Dos metretas de maíz molido para polenta.
  • Una piedra de sal.
  • Un cuartal de queso prensado, vulgo “brinza”.
  • Hospicio, y un huerto para plantar coles.
  • Además el párroco le daba 8 metretas de centeno, no por obligación, pues no hay nada escrito sobre ello, sino por generosidad y gusto suyo.

El cantor y sus ingresos

El cantor es Andrés Farchang, que recibe 6 FH anuales de la ciudad, además de la parte del Rector de los cantos habituales.

Hecho el día y año indicado más arriba. Ladisalo Piber, Archidiácono de Zvolen (m.p.)

Protesta de los ciudadanos de Brezno contra los Padres Escolapios, copiada del Venerable Convento de la B.V.M. de Turocz

“Nos, el convento de la iglesia de la B.V.M. de Turocz, hacemos saber para que conste a todos aquellos a quienes interese.
Que los Egregios y Circunspectos Jacobo Grunel, notario jurado; Martín Lenggel, senador jurado y Juan Faschsl, fiscal público de la libre y real ciudad de Brezno se presentaron personalmente ante nos, y que en nombre propio y de los egregios, prudentes y circunspectos Sres. Tomás Padlicio, juez ordinario, y los demás senadores, y toda la comunidad de la ciudad citada, y presentaron personalmente una carta de protesta, contradicción, prohibición e inhibición ante nosotros, que expresaron de la siguiente manera.
Que en el año 1380, en la vigilia de la fiesta de la Asunción de la B. Virgen, en Lipcha Zvolien, el rey Luis de Hungría, de piadosa memoria, concedió a la ciudad de Brezno la libertad especial para poder elegir libremente a su párroco, y esto consta en un documento de privilegios. Durante siglos han elegido de común acuerdo a su párroco o encargado de sus almas, según el beneficio concedido. Recibieron otro privilegio en 1405, del Rey Segismundo de Hungría, también de feliz recuerdo, la ciudad de Brezno y las villas llamadas Juchu y Planta Pauli, por el cual concedía graciosamente el libre uso de los diezmos a favor de discreto varón D. Juan de Gyba, párroco de la iglesia, y sus sucesores sin interrupción. La ciudad ha gozado de este privilegio y de la libre elección de párroco de manera imperturbada hasta el año 1673. En cuanto a los diezmos, además, tenían un contrato con el Venerable Cabildo de Esztergom, que databa de más de un siglo, y después de 1673 aún los recibieron durante cinco años. Sin embargo en el año 1673 fueron introducidos por los soldados de Collalto, y se apoderaron no sólo de la parroquia, sino también de los diezmos. Y recientemente en 1988 los citados padres pidieron en perjuicio nuestro una carta de donación a Su Majestad N. Sr. actual, Leopoldo, y el 5 de junio del año 1688, fueron instalados contra el derecho concedido a Juan de Gyba, en la parroquia y en la percepción de diezmos de la ciudad de Brezno, por medio del Generoso Sr. Tomás Beniczky, Comisario Imperial en aquel tiempo, en vigor de la citada carta de donación.
Los citados señores que protestan apoyándose en sus derechos se oponen solemnemente a la primera investidura de los mencionados Padres Escolapios obtenida del Excmo. Príncipe Jorge Szelepcheny, Arzobispo de Esztergom, y también a la reciente instalación de los citados padres hecha por el Generoso Tomás Beniczky de Myczina, ante quien protestaron de que la donación era contraria a sus libertades. A pesar de que la carta de donación se implementó, los citados señores en nombre suyo y de sus sucesores protestan solemnemente contra ella, pues va en perjuicio de los privilegios concedidos por los citados reyes de Hungría, y confirmados hasta Fernando III, velando y mirando por sus derechos, y se reservan el derecho de informar humildemente a Su Majestad clementísima citada, y de rogarle les respete la facultad de prohibir e inhibir a los citados Padres de las Escuelas Pías de la posesión de la parroquia, así como del cobro, reserva y posesión de los diezmos citados, y de la percepción de los ingresos parroquiales, ya percibidos o a percibir.
Solemnemente protestaron y se opusieron ante nos, reservándose la facultad, y prohibieron e inhibieron públicamente, y así se manifestaron. De lo cual damos testimonio por las presentes. El jueves anterior al domingo de Rogativas del año 1689.
Fue leído y corregido donde hizo falta por el notario del mismo convento”.

Contra protesta de los ciudadanos católicos de Brezno, invalidando y aniquilando la protesta anterior, hecha en el mismo Convento

“Nos, el convento de la iglesia de la B.V.M. de Turocz, hacemos saber para que conste a todos aquellos a quienes interese.
Que el Circunspecto Sr. Nicolás Petrikovicz se presentó personalmente ante nos, y en nombre y representación de los Egregios, Prudentes y Circunspectos Sres. Tomás Padlicio, Juez ordinario, y los demás senadores y ciudadanos católicos de la ciudad de Brezno, presentó una solemne protesta, que dice como sigue.
Que los ciudadanos luteranos de la citada ciudad de Brezno hace unos días presentaron una protesta contra la reintroducción de los Rvdos. Padres Escolapios a administrar las tareas parroquiales de la citada ciudad de Brezno que obtuvieron por los Comisarios de Su Majestad el 6 de junio del año pasado, en contra de sus privilegios para poseer dicha parroquia con las escuelas y todo lo que les pertenece, haciendo entender que la reintroducción citada y la carta privilegiada por libre y especial gracia de Su Majestad emanada al respecto son perjudiciales a la libertad de los citados protestantes. Del mismo modo ellos introdujeron ante Nos una protesta, diciendo los modernos protestantes que a ellos le pidieron también la opinión y el acuerdo para la protesta anterior, y que en cierto modo por el bien común civil y la utilidad común, actuaron de manera que, ante las razones de los protestantes, debido a su reducido número, no pudieron resistir a los luteranos, sino que para evitar disputas y conservar la paz civil, y el esfuerzo por la tranquilidad con los citados luteranos (con quienes les es necesario convivir a los que protestan) se vieron obligados a adherir a su manera de pensar, y que invitados a unirse a la protesta preparada por los citados luteranos, tuvieron que hacerlo.
Aunque la protesta va en contra de de la benigna Comisión creada por Su Majestad el año pasado, los citados protestantes actuaron sólo en contra de los arriba citados Padres Escolapios, que hasta ahora han promovido con fruto el bien, y más lo promoverán en el futuro, con envidia de los repetidamente citados luteranos. El argumento del juez luterano de que los citados religiosos escolapios entraran en el uso de la administración de la citada parroquia de Brezno en ningún modo va contra las libertades civiles, sino que más bien garantiza su libertad y de ello se puede esperar un gran desarrollo de la fe verdadera en el futuro. Por lo que aunque los citados protestantes protestasen solemnemente en la protesta citada de los ciudadanos luteranos, confesamos espontánea y libremente de ningún modo se quiso consentir, ahora o en el futuro, perjudicar a sus protestantes en sus derechos civiles, tanto con la primera introducción de los citados Religiosos de las Escuelas Pías en la citada ciudad de Brezno, como en la segunda reintroducción, en virtud del clementísimo mandato de Su Majestad, ni los privilegios obtenidos de Su Majestad para el uso continuo de la parroquia de la ciudad va en contra en absoluto de los privilegios civiles. Y hasta ahora la administración de las tareas parroquiales de la mencionada ciudad de Brezno en nada ha dañado a ciudad citada, ni la permanencia continua de los mismos puede dañar en nada a la mencionada ciudad de Brezno.
Protestando y expresándose así libre y espontáneamente ante nos, hacen inválida y sin ningún valor la anterior protesta de los luteranos, en el caso de que por cualquier tipo de derecho se presentara para copiarla y autentificarla, y la proclamaron anulada totalmente públicamente, y así lo manifestaron ante nos. Damos fe en virtud de las presentes.
En el mismo domingo de Rogativas del año 1689. Leída y corregida por el notario del mismo convento”.

Copia de plenipotencia para retirar la protesta de los católicos

“En el nombre del Señor, Amén.
Nosotros infrascritos, ciudadanos católicos de la Libre y Real Ciudad de Brezno, en vigor de las presentes damos plena facultad y potestad al Rvdo. P. Andrés de la Conversión de S. Pablo, superior de las escuelas Pías de Brezno, y párroco actual nuestro, para retirar del Venerable Convento de la B.V. María de Thurocz la protesta de nuestros ciudadanos luteranos contra la permanencia perenne de los religiosos Escolapios en nuestra ciudad, y contra la administración de nuestra parroquia por los mismos religiosos, concedidas por Su Majestad, y también nuestra aniquilación de la protesta luterana.
Reconocemos además libre y espontáneamente, tanto más porque los citados religiosos sirven a nuestros ciudadanos luteranos, pues recientemente en la fiesta de Pentecostés más de trescientas personas adictas a la secta luterana se confesaron públicamente y con toda devoción, fueron absueltas e integradas en el gremio de la Santa Madre Iglesia por obra de los citados religiosos.
Confesamos también sinceramente que daña mucho a la fe verdadera el que, contra la orden de Su Majestad del 22 de noviembre de 1676, carezcamos de un notario católico. Por lo cual por las presentes, por medio del citado superior y párroco nuestro citado más arriba suplicamos humildemente a Su Majestad que, uniendo fuerzas, podamos promover juntos la gloria de Dios y la fe verdadera.
En fe de lo cual esta carta de reconocimiento y autorización las firmamos con nuestra mano. En Brezno, a 6 de julio de 1689. Tomás Padlicio, juez católico de la libre y real ciudad de Brezno. Con sus asesores, Jorge Feldo y Martín Lenggel”.

Copia de la protección de Su Majestad contra la protesta de los luteranos

“Leopoldo, etc. Salud y gracia a nuestros fieles el Conde Jorge Erdeödy de Monyörökörök, designado por Nos Comisario Supremo para los asuntos religiosos en el Reino de Hungría, a los vizcondes, jueces y asesores judiciales del condado de Zvolen, así como al Barón Juan Andrés Vichter de Grueb, camarlengo de nuestras Ciudades de las Montañas, a los demás oficiales de nuestra Cámara de Banska Bystrica, así como a los generales, coroneles, capitanes y adjuntos del ejército de nuestra nación, y también a los militares y civiles, habitantes de la libre y real ciudad nuestra de Brezno, y a todas las demás personas de cualquier estado, grado, condición y oficio, súbditos nuestros, presentes y futuros, que ahora o más tarde tengan noticia.
Puesto que es tarea nuestra por el derecho de patronato en nuestro Reino Apostólico, al ejemplo de nuestros predecesores los santos reyes de Hungría de gloriosa memoria el constituir pastores de almas, conferir beneficios eclesiásticos, dimos y otorgamos la parroquia de la citada libre y real ciudad de Brezno, situada en el condado de Zvolen, como residencia perpetua, con todas las cosas pertenecientes a la parroquia, con sus entradas y utilidades, con los diezmos, tanto los pactados como otros que pudieran venir de cualquier modo, que pertenecen desde antiguo a dicha parroquia, y lo que se aplica en tiempos recientes, a los religiosos Padres Escolapios, e hicimos introducir a los citados padres en la pacífica posesión de la parroquia y las citadas pertenencias, utilidades y emolumentos, y queremos que los mismos Padres Escolapios tengan allí perpetuamente su mansión, y por lo tanto tengan la administración de la parroquia, no obstante algunas protestas en contra, quizás ya hechas o que pudieran hacerse más tarde, según las benignas disposiciones nuestras dirigidas y ordenadas a conseguir lo mejor para nuestra ciudad, que de ningún modo son dañosas a nuestra autoridad real.
Por lo cual a vosotros, que estáis a cargo de todas y cada una de las cosas, os encargamos y mandamos firmemente que cuidéis y protejáis en nombre de nuestra real persona a los mencionados Padres Escolapios, a los actuales y futuros, y a todos sus sucesores, no sólo en el uso y dominio de la pacífica administración de la mencionada parroquia de Brezno y de sus pertenencias, ingresos, diezmos, acuerdos y derechos de estola tal como los establecen los archidiáconos ordinarios, contra todos los que intenten impedírselo, principalmente los ciudadanos de Brezno que se oponen a nuestra clementísima orden y se muestra refractarios, sirviéndoos también de la tropa del citado condado de Zvolen y de los vecinos que están bajo vuestro mando. Debéis asistir y ayudar con todo auxilio y asistencia a los citados padres a mantener sus derechos ante los secuaces de la confesión augustana, imponiéndoles seriamente los artículos y disposiciones marcados por la Comisión, y en el caso de que los citados padres os lo pidieran por encontrar resistencia a su cumplimiento. Haréis lo que os mando con toda la autoridad que os concedo por las presentes.
Después de mostrar y leer esta carta, la devolveréis.
En nuestra ciudad de Viena, Austria, a 18 de julio de 1689, 31º de nuestro reinado de romanos, 34º de Hungría y los demás; 33º de Bohemia.
Leopoldo. Pedro Korumpay, obispo de Nitra m.p. Juan Maholany m.p.”

Copia del Privilegio Real para asistencia en el caso de resistencia y oposición a pagar los diezmos de los corderos y otros

“Leopoldo etc. A nuestros fieles el Magnífico Juan Andrés Vichtes, Barón libre de Grüeb, Consejero de nuestra Cámara de Corte, y Camarlengo de nuestras Ciudades de las Montañas, a los demás oficiales de nuestra Cámara de Banska Bystrica, al Supremo Vizconde judicial y asesores jurídicos, y a todos los señores prelados, magnates y nobles del Condado de Zvolen, constituidos juntos o por separado, que recibirán las presentes: salud y gracia.
Se han quejado gravemente a Nuestra Majestad los religiosos Padres Escolapios de la residencia de Brezno de que los ciudadanos y habitantes de la citada libre y real ciudad nuestra de Brezno se niegan totalmente a pagar os diezmos de corderos, abejas, y también del lino, el mijo, el cáñamo y las demás legumbres similares, que se deben aplicar a la residencia de dichos padres, o a la parroquia de Brezno, sino que lo usan para sí (como si no estuvieran allí), por falta de protección adecuada, con daño y prejuicio muy grande para dichos padres. Puesto que según las leyes del Reino se deben pagar los diezmos de todo lo que sale de la tierra, todos los abusos introducidos, principalmente apoyándose en principios y excusas astutas, como se ve ene caso presente, deben ser eliminados y abrogados.
Por lo tanto a todos vosotros que recibáis la presente os ordenamos y mandamos firmemente que en lo sucesivo apoyéis y defendáis en nombre nuestro a los citados Padres Escolapios en la percepción de todos los diezmos citados, con todo auxilio y asistencia, incluso con el brazo militar del condado, cada vez que fuera necesario. Y por las presentes se os ordena que cada vez que se os pida ayuda, debéis prestarla de todas las maneras, con nuestra autoridad que os concedemos y atribuimos plenamente. Así lo haréis. Leeréis y mostraréis las presentes.
En Viena, Austria, el 8 de junio de 1690, 32º de nuestro reino de romanos, 35 de Hungría y otros, 34º de Bohemia.
Leopoldo (m.p) Juan Maholany (m.p.)”

[1692]

En el año 1692, como los ciudadanos acatólicos, con oculta perfidia y facciones, de lo que había indicios, rehusaron elegir un juez católico que debía suceder en alternancia al herético, comenzaron a celebrar conciliábulos y reuniones nocturnas a las que no permitían asistir a los católicos, que eran pocos en número, suprimiéndoles toda potestad de desempeñar el oficio, el P. Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., habiéndose informado y habiendo seguido este mal, comenzó a deliberar y a esforzarse para introducir un notario católico, para que con su presencia las facciones de la parte contraria no pudieran hacer ni continuar sentencias contrarias, y para quitar al notario herético. Por lo cual con la ayuda del Muy Ilustre y Generoso Sr. Juan Borcziecky, administrador de S.C.R. Majestad de las Trece Ciudades de las Montañas, además de comisario de la Cámara de las Ciudades ya antes, introdujo en la ciudad con el cargo de Notario, y luego al Senado el 4 de febrero de 1693, al Egregio Sr. Martín Herkal, oriundo de Szckolca, hombre perito tanto en letras como en derecho, de vida honrada y conocido por su defensa de la cosa católica frente a los herejes contravinientes y disputantes.

Fue admirable el silencio y la sumisión de los herejes, que si hubieran sido auténticos, los católicos podían pensar que ya habían derribado sus fuerzas. Lo cierto es que actuaban con un disimulo zorruno, y que callando y humillándose mucho, tanto más iban tejiendo astutos fraudes. De nuevo crearon facciones y contribuyeron en los gastos para poder oponerse a nuestra Orden, y luego excluirla de la parroquia y de la ciudad. Para poder llevar a cabo su plan, enviaron secretamente al anterior notario Jacobo Grünel al Ilmo. Sr. Juez de la Corte Esteban Maky, que residía entonces en Levoca, para suplicarle que o bien mandase retirar la contraprotesta de los católicos contra la protesta de los católicos que estaba en el venerable convento de Santa María de Turocz, o bien que se reconociera la firma y el sello del oficio de los protestantes. Así se hizo. Llevaron el reconocimiento, con el cual pronto comenzaron a jactarse con los ánimos exaltados, a insultar públicamente a nuestra Orden, el Miércoles de Ceniza, ante la comunidad reunida. Llegó esto a los oídos del P. Gregorio, quien sin demora llamó a unos testigos, con los cuales compareció el 10 de marzo ante los Magistrados convocados, y preguntó a los Magistrados si estaban de acuerdo con la carta de donación de Su Majestad de la parroquia e iglesia, con todas las propiedades muebles e inmuebles pertenecientes a ellas, a nuestra Orden, y si reconocían a nuestros religiosos como sus legítimos párrocos. Quedaron todos estupefactos ante los inesperados testigos, y dijeron que darían la respuesta al día siguiente. Al día siguiente, convocados los magistrados y los 24 jurados a las seis de la mañana, se deliberó y discutió sobre una y otra parte hasta las nueve y media, y al final llamaron al P. Gregorio con sus testigos, y poco después el P. Lucas de S. Edmundo, Comisario General de Hungría, que estaba haciendo la visita a esta casa de Brezno, y concluyeron que aceptaban la carta de decisión de Su Majestad, y recibían a las Escuelas Pías como párrocos perpetuos, tal como se expresa en la carta de reconocimiento escrita por el Magistrado y que dice lo siguiente:

Carta del Magistrado de Brezno en la que se reciben a las Escuelas Pías como párrocos, con la carta de donación de Su S. Majestad endorsada.

“El 11 de marzo de 1694, fue publicada por mí, Martín Hrkal, Notario jurado de Brezno, la carta de donación y privilegios de S.C.R. Majestad, Señor natural y clementísimo, en la casa del Señor Juez, ante el Senado en pleno, los procuradores y los 24 representantes de la Libre y Real ciudad de Brezno, que había sido reproducida, presentada y exhibida por el Muy Rvdo. Y doctísimo D. Jorge Biely, párroco de Valaska, por el Muy Ilustre y Generoso D. Juan Cristóbal Bunczler, en otro tiempo Capitán de Laidantes del ínclito Regimiento Marsellés de Su S. Majestad, y en la actualidad acuartelado y comandante en Brezno, y por el Generoso D. Juan Wolfgang Wilhelm, en otro tiempo prefecto u oficial del taller de herrería de la ínclita Cámara de Banska Bystrica. Hecha la presentación, los donatarios de la misma, los Muy Rvdos. Padres Escolapios y todos sus sucesores fueron aceptados como párrocos o plebanos de la citada ciudad de Brezno según el sentido y la intención de la carta de donación, y serán considerados como aceptados perpetuamente. Del mismo modo, que los Muy Rvdos. Padres y todos sus sucesores, que ejercerán el oficio y cura espiritual y pastoral de acuerdo con su piadoso instituto y vocación, cultivando la mutua paz, amistad y tranquilidad con la ciudad y los ciudadanos, que no intenten perjudicar en lo más mínimo los privilegios, inmunidades y derechos que tiene la ciudad.
Hecho en la libre y real ciudad de Brezno, el día y año escritos más arriba, en el lugar citado.
Los mismos de más arriba. Lo firma Martín Herkal, notario jurado de la citada ciudad de Brezno”.

Acuerdo de los días 10 y 11 de marzo de 1694 ante testigos

“Nosotros infrascritos significamos por las presentes a todos a quienes concierna, que fuimos debida y especialmente requeridos el 10 del mes y año presentes e infrascritos a instancia de los Muy Rvdos. Padres Lucas de S. Edmundo, Comisario General de la Orden de las Escuelas Pías para Hungría, y Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., de la misma Orden e instituto, superior y párroco de la residencia de la Libre y Real Ciudad de Brezno, y por toda esa santa Orden, en la llamada Casa del Juez de la citada ciudad de Brezno, el Prudente y Circunspecto D. Cristóbal Taxner, en presencia del Senado, compareciendo junto con el citado P. Gregorio el Rvdo. P. Emerico de la Asunción, religioso de la citada santa Orden, predicador en la ciudad de Brezno, y oímos una proposición e instancia del repetido Muy Rvdo. P. Gregorio y del más arriba citado Muy Rvdo. P. Lucas de San Edmundo, Comisario General, y de toda su santa Orden (como se ha dicho) de las Escuelas Pías, ante dicho Senado de Brezno, hecha en presencia mía, y que dice lo siguiente:
‘Como se ha oído decir abiertamente que el Egregio y Circunspecto Jacobo Grünel, senador de la ciudad de Brezno, el pasado 24 de febrero, Miércoles de Ceniza, de este año, en la casa cívica de Brezno, y con ocasión de la renovación del Senado y de los demás oficiales de la ciudad citada, dijo públicamente y declaró expresamente a los Sres. Luteranos reunidos en aquel lugar lo siguiente: que los Sres. Católicos había presentado en el convento de Turocz una contradicción a la protesta que habían presentado en el mismo lugar los Sres. Luteranos de Brezno contra la carta de protección de S.M. Nuestro Señor Clementísimo, en el año 1689, así como contra la carta clementemente entregada de donación de Su Majestad en el año 1690, con ocasión de la colación con derecho a perpetuidad de la Parroquia, sus pertenencias y beneficios de la citada ciudad de Brezno a los Muy Rvdos. Padres de la Orden de las Escuelas Pías, y habían hecho valer aquella contraprotesta contra los Luteranos en el citado convento de Turocz. Pero los luteranos habían mandado extraer aquel documento, que ya tenían en sus manos, por lo cual debían vigilar sus derechos y prerrogativas, y podían promover sus intereses abiertamente. Por lo cual está claro que los citados Sres. luteranos están intentando actuar contra los Muy R. Padres de las Escuelas Pías, y por consiguiente contra las citadas cartas de protección y de donación del Emperador, y por tanto contra la autoridad de Su Majestad. De modo que les pedimos que revelen su intención para con nosotros, y presenten ante el Senado de Brezno y ante nosotros el documento obtenido en el convento de Turocz. Y que declaren ante el citado Senado si quieren cumplir o no la voluntad y el parecer expresado y mandado por la Imperial, Real y Apostólica Autoridad con respecto a los citados Padres, en relación con la parroquia. Ante esta instancia, con respecto a la primera parte, es decir, mostrar el documento extraído del Convento de Turocz con la declaración de los Sres. Luteranos, el citado Sr. Jacobo Grünel se mostró muy remiso, y rehusaba mostrar el documento que tenía consigo, y sólo después que le aconsejaran algunos señores senadores quiso mostrarlo algún tiempo más tarde, por lo que el citado Muy R. P. Gregorio, viendo la resistencia y oposición de Jacobo Grünel, hizo una solemne protesta para que se volviera a presentar en aquel día la citada carta de protección del Emperador y Rey, enviada aquel año y presentadas legítimamente en otra ocasión al Senado de Brezno, y aceptada y endosada por él, en la cual se insistía en la donación de su Majestad. Se volvió a presentar, y fue leída por mí ante el Senado, como la vez anterior. Y entonces el Muy R. P. Gregorio preguntó e insistió si aquel Senado estaba de acuerdo con aceptar y cumplir la Imperial y Real voluntad y mandato, o no. El citado Senado de Brezno respondió que aquella era una pregunta muy ardua, y puesto que concernía a la ciudad y no sólo al Senado, por lo que no querían responder en aquel momento; al día siguiente lo consultarían con los 24 y con algunos jurados de la comunidad, para dar la respuesta. Al día siguiente, 11, nosotros señalados más abajo, junto con el citado M.R.P. Gregorio, y el R. P. Rafael, otro religioso de la misma Orden, fuimos a reunirnos con el citado Senado de Brezno en la casa del juez, y en presencia de todo el Senado, procuradores, los 24 y algunos ciudadanos jurados que estaban presentes, presentamos la anteriormente citada clementísima carta de Donación de Su S. Majestad, que fue leída de nuevo ante todos aquellos ciudadanos jurados y el Senado de Brezno, en la cual se nombraba con validez perpetua a los mismos Muy Rvdos. PP. Escolapios párrocos, y fue aceptada por el Senado de Brezno, los procuradores, los 24 otros reunidos con ellos, en nombre de toda la ciudad, y las declararon aceptadas para siempre.
En fe de lo cual firmamos esta carta testimonial y lo corroboramos poniendo nuestro sello habitual, para las cautelas futuras necesarias de los Muy Rvdos. PP. Escolapios y de toda su Orden, en Brezno, a 11 de marzo de 1694.
Jorge Biely, párroco de Valaska.
Juan Cristóbal Bunczler, Capitán del Regimiento Marsellés
Juan Wolfgang Wilhelm, oficial de la Cámara de Banska Bystrica”.

[1693]

El 3 de agosto de 1693 llegó volando tal multitud de langosta desde el sur hasta nuestro territorio, Telomir y Pohansko, que nublaban el sol, y echó a perder toda la avena y la paja, dejando intacto sólo el centeno, hasta que al fin el 11 de ese mes por medio de ruidos y fuegos encendidos par la gente lograron expulsarla.

[1694]

El 13 de marzo de 1694 el P. Gregorio de la anunciación de la B.V.M., en presencia del P. Lucas de S. Edmundo, Comisario General, compró a D. Jacobo Maratinsky la media casa que poseía, según lo expresa la carta del mismo Jacobo Maratinsky:

[Compra de una casa]

“Yo infrascrito Jacobo Maratinsky, junto con mi querida consorte Ana Urszinny, asumiendo todas las cargas debidamente pagadas por mí, a mis hijos e hijas, a todos mis sucesores de uno y otro sexo y a todos aquellos a quienes pudiera afectar y concernir este asunto, hago saber por las presentes que vendí espontáneamente y por propia voluntad por 90 FR y cedí y entregué con derecho perpetuo e irrevocable mi casa heredada de mis abuelos paternos en la libre y real ciudad de Brezno, situada en la zona cercana a la casa de los compradores, bajo la otra mitad de la casa que pertenece a la ciudad de Brezno, junto con un campo y tres prados que corresponden a la casa por derecho, a esa mitad, dos de los cuales se encuentran en la partida Dubrarcka, cerca del molino inferior de la ciudad, el tercero en la partida llamada Uhlistcze, situado después de la gran explanada, y el cuarto está en la partida llamada Bresaneicz (dos de los tres que pertenecen a esa casa, llamados vulgarmente Erstredky, me los reservo para mí y mis sucesores), a los Muy Rvdos. Srs. y Padres Lucas de S. Edmundo, Comisario General de las Escuelas Pías de Hungría, y Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., superior de la residencia de las Escuelas Pías en Brezno, y párroco de la ciudad citada de Brezno y a sus sucesores. No obstante cualquier tipo de contradicción, inhibición y reclamación de cualquier tipo, ahora o en el futuro. Y asumo todas las cautelas legales, en nombre mío y de mis sucesores, de modo que si alguien quisiera impedir o contradecir la venta y compra acordada, en cualquier tiempo, me obligo y obligo a mis sucesores a correr con los gastos y fatigas para defenderla, y me obligo y obligo a mis sucesores a mantenerla. En fe de lo cual y para mayor firmeza, y para las cautelas necesarias a los citados M.R. Padres y sus sucesores firmo el presente certificado y pongo el sello usual, ante los citados señores, en la real y libre ciudad de Brezno, a 13 de marzo de 1694.
Como más arriba, Jacobo Maratinsky
Ante mí, Martín Herkal, notario jurado y senador de la libre y real ciudad de Brezno
Ante mí, Tomás Padlicio, senador jurado de la libre y real ciudad de Brezno
Ante mí, Miguel Fabián, ciudadano jurado de la libre y real ciudad de Brezno”.

Recibo de Jacobo Maratinsky por la venta de su casa

“Yo infrascrito Jacobo Maratinsky reconozco y confirmo por las presentes que he recibido de los Muy Rvdos. PP. Escolapios Lucas de S. Edmundo, Comisario General de dicha Orden para Hungría, y Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., superior de la residencia de la citada Orden en Brezno y párroco de la Libre y Real ciudad de Brezno, por la venta a los mismos Padres y residencia, de una casa mía heredada de mis abuelos paternos, por la cantidad de 90 FR, que recibí íntegramente, por lo que estoy totalmente satisfecho de la venta de mi casa, por lo cual declaro libres y expeditos de pagar esa suma a los Muy Rvdos. Padres y sus sucesores, y a la citada residencia de Brezno, y a su citada Santa orden o religión de las Escuelas Pías.
En la libre y real ciudad de Brezno, el 25 de marzo de 1694.
Como más arriba, Jacobo Maratinsky
Ante mí, Juan Cristóbal Bunczler, Capitán del ínclito Regimiento Marsellés
Ante mí, Martín Herkal, notario jurado y senador de la libre y real ciudad de Brezno
Ante mí, Tomás Padlicio, senador jurado de la libre y real ciudad de Brezno
Ante mí, Miguel Fabián, ciudadano jurado de la libre y real ciudad de Brezno”.

Ese mismo año 1694, en el que había tal abundancia de cosechas como no se había visto nunca, y cuando ya estaban a punto de comenzar las cosechas, y todos los paterfamilias se veían con abundancia de alimentos, de pronto vinieron unas nubes por el sur, que dejaron caer una granizada terrible, de un palmo de altura, que golpeó todo el territorio de Brezno, destruyendo todos los cultivos de invierno y primavera, de modo que ningún paterfamilias cosechó más de tres metretas de grano.

Ese mismo año el P. Gregorio de la Anunciación de la B.V.M. compró la otra mitad de la casa de Maratinsky que ocupaba la ciudad, y para certificar que quedaba libre con la otra parte de la casa, y que no había deudas con la ciudad, obtuvo el siguiente documento:

“Nosotros, el juez, jurados, senadores, procuradores, veinticuatro jurados y toda la comunidad de la libre y real ciudad de Brezno, hacemos saber por las presentes a quienes pueda interesar que asumimos todas las cargas y gravámenes de cualquier tipo, presentes y futuros, nuestros y de nuestros sucesores, que la media casa de Maratinsky, transferida a nosotros por el egregio D. Daniel Mattor, alias Trangos, situada en la plaza de esta ciudad, situada sobre la otra mitad de la casa de Maratinsky, vendida por Jacobo Maratinsky previamente a los Muy Rvdos. PP. Lucas de S. Edmundo, Comisario General de las Escuelas Pías de Hungría, y Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., superior de la residencia de las Escuelas Pías en Brezno, y párroco por la suma de 90 FR, situada bajo la llamada casa desierta de Zacharowsk, que pertenece a la ciudad, la vendimos, cedimos y enajenamos espontáneamente, de manera voluntaria y tras tener una madura deliberación, al citado Muy Rvdo. P. Gregorio de la Anunciación de la B.V.M., superior de la residencia de las Escuelas Pías en Brezno, y párroco del lugar, y por medio de él a todos sus sucesores y a toda la Orden de las Escuelas Pías, por la suma de 90 FR, para que la posea y tenga con derecho perpetuo e irrevocable, extensible a los tiempos futuros, para construir un colegio en el futuro de la Santa Orden de las escuelas Pías, en la que puedan habitar, sin perjuicio de las libertades y prerrogativas de esta ciudad.
Con el debido respeto, el ya muchas veces citado Muy R.P. Gregorio, superior y párroco, todos los campos y prados y la mitad de la fábrica de cerveza que pertenecen a la mitad de la casa que ya le había vendido Jacobo Maratinsky (como se ha dicho más arriba), nos los cedió y nos la entregó a nosotros, la ciudad, perpetuamente. Nosotros, a las dos mitades de la casa de Maratinsky, tanto la que vendió él antes, como la cedida y alienada por nosotros, es decir, toda la casa de Maratinsky, eximimos de todos los impuestos presentes y futuros, tasas, con cualquier nombre que se designen, tanto ordinarias como extraordinarias, y la vendemos sin reservarnos ningún derecho, ni dominio de propiedad, ni ningún título fiscal sobre ella. De modo que transferimos y entregamos la citada casa de Maratinsky para que sea poseída del modo citado por el Muy Rvdo. P. Gregorio y todos sus sucesores, y por las presentes le concedemos todas las facultades para que nuestra venta, acuerdo y transacción, para mayor cautela, la pueda registrar en cualquier lugar creíble y auténtico, no obstante cualquier tipo de contradicción, inhibición y reclamación por parte nuestra, del fisco de esta ciudad y de nuestros sucesores, que alguien presente ahora o en el futuro, aquí o en cualquier otra parte. Además nos obligamos y obligamos a nuestros sucesores para siempre a asumir las acostumbradas medidas legales para que si se presentaran impugnadores contra los legítimos poseedores de la casa a hora o en futuro a causa de la venta, nosotros y todos nuestros sucesores correremos con los gastos y fatigas para defender a la Santa Orden de las Escuelas Pías, de modo que sigan en pacífica posesión de esta venta, transacción y alienación nuestra.
En fe de lo cual y para dar más fuerza a las presentes, para la cautela necesaria en el futuro al Muy Rvdo. P. Gregorio y sus sucesores y a toda su Santa Orden de las Escuelas Pías, decidimos poner el sello habitual de la ciudad en esta venta, transacción y cesión, firmada por el notario jurado. En la citada libre y real ciudad de Brezno, el 5 de agosto de 1694.
Martín Herkal, notario jurado de la misma ciudad, con el acuerdo y anuencia de os citados más arriba, lo firmó y extendió”.

[1695]

El año 1695 hubo una plaga de ratones que devoraba los diversos cultivos en el condado, de manera que en los territorios de Gömbro y Kishon perecieron todos los cultivos de invierno y la mayor parte de primavera en diversos lugares, pero en el territorio de Brezno y alrededores no sufrieron sino daños pequeños algunos trozos vecinos a los montes vecinos a aquellos lugares.

Ese mismo año, el 1 de agosto tembló la tierra con gran ímpetu, y se oyó un terrible ruido en el aire, de modo que con gran terror de todos, los edificios de Brezno y de todo el condado sufrieron daños en las paredes y los tejados a causa del movimiento sufrido. La tierra comenzó a temblar a media noche, por espacio de un cuarto de hora, y las camas se agitaban de un lado a otro. Pero alabado sea Dios, pues no causó daños a los lugares donde ocurrió.

Concuerda con el original, así lo afirmo. Gregorio de la anunciación de la B.V.M., Superior.

Lo firmo dando fe. Emerico de la Asunción de la B.V.M.

Lo firmo dando fe. Rafael de S. Juan Bautista.




Notas