DelMonteVisitaGeneral/APÉNDICES/ ORDENANZAS Rzeszów

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ORDENANZAS para nuestra casa de Rzeszów de nuestro P. Juan Francisco de S. Pedro, Prepósito General y Delegado y Comisario de la Sede Apostólica. Mes de marzo, año 1696.

Sobre cuestiones de la iglesia

1.Cada sábado[Notas 1]. y la víspera de todas las solemnidades se barrerá la iglesia, y se quitará el polvo y las arañas.
2.Todos en orden y de rodillas los sábados y en las vísperas de la Virgen dirán las letanías.
3.El sábado después de la cena, el Superior de manera acostumbrad repartirá las misas de la semana entre los sacerdotes, por orden, y estos no se negarán a celebrarlas.
4.Todos los estipendios por misas o por funerales se entregarán íntegramente a la caja, y si no hay intenciones de misa, celebrarán a intención del P. General, y al final de cada trimestre informe cuántas han celebrado.
5.Los confesores no oirán confesiones de mujeres fuera de los confesonarios destinados para ello en la iglesia.
6.Para evitar problemas en el presbiterio y la sacristía, la cancela ante el altar mayor esté siempre cerrada.
7.Ante el Santísimo Sacramento expuesto, no haya menos de doce cirios encendidos, y ante el sagrario haya siempre una lámpara encendida. Decórese cuanto antes el suelo del sagrario, cuya llave debe ser de plata o dorada.
8.No se admitan mujeres en el presbiterio, en la sacristía y en las salas vecinas.
9.Renuévense las casillas usadas, las bolsas de corporales pequeñas y el cáliz mal dorado, y otro ajar sagrado. Auméntese cada año, y guárdese todo en sus armarios bien cerrados, ordenado y limpio. De dos purificadores demasiado pequeños hágase uno, y los que están desgastados no se usen.
10.Cómprense al menos dos misales nuevos.
11.Para guardar los frontales y otras prendas sagradas de manera mejor dispuesta, háganse estantes en la sala próxima a la sacristía.
12.En la iglesia háganse sepulturas diferentes para depositar los restos de los nuestros, hombres seglares y mujeres, y estos no se mezclen con los nuestros.
13.Si alguien de los nuestros se atreve a hacer bromas o burlas contra alguien preciso mezclándolas con la Palabra divina en sermones privados o públicos será suspendido a perpetuidad como predicador.

Sobre la observancia regular

1.Se procederá exactamente como dicen nuestras Constituciones, con caridad, con respecto a los enfermos, por lo cual entre los oficios domésticos cada año se nombrará un enfermero.
2.Los confesores de los nuestros, en los días señalados para la Santa comunión no irán al lugar de la oración de la mañana hasta haber oído las confesiones de toda la comunidad, que podrán comenzar en la segunda media hora de la meditación.
3.Tanto antes como después de la comunión, al menos durante un cuarto de hora, en presencia del prefecto para cosas espirituales, los clérigos y operarios se reunirán en e oratorio a toque de campana para tener la respectiva preparación.
4.Nadie, ni siquiera el Superior, bajo pena de un mes de estar encerrado en su habitación, vaya solo a casa de seglares. Declaramos clausura toda la casa, la habitación caliente de la comunidad, y todo el huerto cercano al colegio. Hágase al menos un seto para separar la parte del huerto próxima a la casa adyacente de los seglares, sin dejar ninguna puerta de comunicación. O, una vez terminado el contrato con ellos, destínese esa casa para los pensionistas, o incorpórese a la clausura.
5.Condenamos los desacuerdos provenientes de disputas, improperios, difamaciones y burlas, con ayuda de las penas de nuestros cánones penitenciales, y suspenderemos la autoridad de todos los superiores que se relajen lo más mínimo en ello.
6.Prohibimos a todos, de cualquier grado y condición, que vayan a comer y beber a casa de seglares, o que las tengan en su habitación de manera privada, excepto en los casos permitidos por las Constituciones o los decretos generales.
7.Quien se emborrache no podrá salir de casa en tres meses enteros, y tres veces a la semana (lunes, miércoles y viernes) estará a pan y agua. Si la embriaguez es escandalosa, y sucede ante seglares, servatis servandis se considerará al delincuente como incorregible.
8.Condenamos la pseudopolítica como veneno para la simplicidad religiosa, y mandamos que se hagan desaparecer los libros que tratan de ella.
9.Los que revelen de manera oral o escrita los secretos privados o públicos de la Orden, y esparzan rumores de casa en casa, sufrirán irremisiblemente las penas canónicas.
10.Obsérvese estrictamente el horario marcado en el cartel.
11.A los que se refieran mutuamente de manera oral o por escrito con palabras que puedan herir los sentimientos, se les castigue como perturbadores de la caridad religiosa.
12.Arda una lámpara durante toda la noche en la esquina del oratorio, en medio del dormitorio.
13.Antes de un mes pónganse reclinatorios en el pasillo de la puerta del colegio, con las oraciones para los que salen de casa y los que vuelven, con un vasito de agua bendita, y con el catálogo habitual de los religiosos.
14.A los que van de una casa a otra, se les dará un viático para el camino, y la comodidad religiosa de acuerdo con nuestra pobreza, para que por falta de ello no se nos cuele la condenable propiedad. Pedimos a los Superiores en conciencia que con su paterna discreción tomen seriamente las medidas necesarias.

Sobre el ministerio de las Escuelas Pías

1.Cada sábado por la tarde después de las clases de la tarde téngase al menos una conferencia de un cuarto de hora a los estudiantes en la iglesia desde el ambón.
2.En la primera reunión mensual de la congregación de los estudiantes se recitará el oficio de difuntos por las almas de sus miembros difuntos.
3.Se castigará a los maestros que con motivo del ministerio pidan dones a sus alumnos o a sus familiares, en contra de su profesión solemne, volando el voto de pobreza, lo cual se entiende igual de cualquier tipo de contribución extraordinaria pedida a los escolares. Si en tiempo de invierno se suele pedir una contribución para las estufas, cada vez se solicitara el permiso del Superior, quien señalará lo que cada cual debe traer. Y estas contribuciones no queden en poder de cada maestro, sino que por mandato del mismo Rector o del Prefecto de las Escuelas, o por Ecónomo, o por otra persona a discreción de Superior, se distribuya para que se gaste para el fin establecido.
4.Todos los maestros con habilidad promuevan sólidamente la piedad en sus alumnos mediante las reflexiones y explicaciones de los autores.
5.A los que hablen mal ante los estudiantes y seglares de un maestro o de alguien de los nuestros, se les castigará sin perdón como dilapidadores de de la fama fraterna con los cánones penitenciales.
6.Si está ausente el prefecto de las escuelas, hará sus veces el maestro más antiguo en profesión, o quien fuera señalado por el Superior.
7.Los alumnos no pasen de una clase a otra superior sin el oportuno examen por el Rector, el Vicerrector y el Prefecto, que se tendrá en las fechas señaladas, en el cual se ha de ver que tienen un buen fundamento en la case inferior.
8.Según lo establecido en nuestras Reglas, cada profesor acompañará a su clase cuando vayan a la iglesia.
9.Recuerden los confesores que poniendo dificultades para oír confesiones de los niños hacen una grave injuria a nuestras Constituciones.
10.Los que se sirvan de algún niño para que le haga un servicio, o que los hagan entrar en sus habitaciones, cada vez comerán de rodillas en el comedor.
11.Refórmese la escalera que sube a las escuelas para hacerla más segura, la cual, lo mismo que las escuelas, deberán limpiarse más a menudo.

Sobre cuestiones domésticas y económicas

1.En lo referente a la ropa, distribúyanse a todos según nuestras ordenanzas previamente dadas, de modo que sea honesta, hecha del mismo material y conforme a las reglas en cuanto a la forma. Que nadie se atreva a comprarse por su cuenta el hábito y lo que va con él, sino que según lo prescrito por los Superiores, todos sean comprados y hechos de la misma materia y forma por el Ecónomo.
2.Según la carta apostólica de Inocencio XI de feliz memoria, cuanto antes se disponga y dirija la Biblioteca, y cada año, según lo dispuesto por los decretos generales, aumente el número de libros.
3.Señalamos los jueves de semanas alternas como día para el corte común del pelo.
4.Los gastos hechos con los huéspedes, según lo establecido por los decretos apostólicos que tratan de ello, anótense por separado en el registro de economía.
5.Se prohíbe que los lunes y miércoles, así como en tiempo de Adviento, se usen grasa para condimentar los alimentos.
6.Arréglense las celdas construidas en el oratorio provisionalmente para los neoprofesos, hasta que haya un profesorio según lo rescrito. Y no estén dos en la misma celda.
7.En las escaleras de una y otra casa póngase una cancela, y la única llave se guarde en la comunidad.
8.Resérvese al menos una de las habitaciones inferiores para los huéspedes, y úsese con ellos solamente se use la religiosa hospitalidad en cuanto a gastos, tal como está establecido en los Decretos de Clemente VIII. De ningún modo se les trate en habitaciones particulares, sino que el receptor de huéspedes haga con ellos lo que el Superior le indique.
9.Ordénese inmediatamente el archivo, en el cual se guarden un ejemplar auténtico de nuestras Constituciones con las Reglas, Ritos, Capítulos Generales, Cánones penitenciales y Ordenanzas de los Superiores, reunidos en un volumen. Además habrá otro libro con un sumario de los capitales de la casa, las cosas memorables descritas cronológicamente, las conclusiones de los Capítulos, los cambios de Superiores, las visitas, los salidos y llegados, las renovaciones de votos, profesiones de fe, nuestros difuntos, y también los seglares enterrados en nuestra iglesia, por capítulos indicados en lo alto de la página. El archivo estará en una estantería alejada de la humedad, tendrá dos llaves, guardadas por el P. Rector y el archivero. Estos libros y otros relacionados con cosas de la comunidad tendrán las páginas numeradas.
10.Ténganse libros oficiales de entradas y salidas de la botica, para que al final de cada mes sean revisados como los demás libros de la economía y la sacristía por el P. Rector y dos sacerdotes que no tengan nada que ver con las cosas señaladas más arriba para revisarlos, y los revisarán cuidadosamente.
11.En las cuestiones económicas y todas las demás se observará al pie de la letra todo lo decretado por Clemente VIII de feliz memoria sobre la Reforma, recientemente renovado por Su Santidad Inocencio XII, bajo las penas establecidas en los mismos.

Queremos recomendar la observancia de todas las demás ordenanzas nuestras y de nuestros antecesores, así como las de los visitadores anteriores y Provinciales, que no repugnen a las presentes. Ordenamos que consecuentemente estas se lean tres veces durante la cena, con voz clara e inteligible, de modo que nadie se excuse diciendo que lo las conoce. Encargamos la observancia de todas y cada una al celo en primer lugar de los Superiores, y de todos los religiosos, y nos reservamos cualquier tipo de casación o revocación de las mismas, con autoridad generalicia y apostólica.

En Rzeszów, en nuestra casa de las Escuelas Pías de San Miguel Arcángel y Santa Bárbara Virgen y Mártir, a 28 de marzo de 1696.

Notas

  1. Acta Visitationis Gener. Scho. Piar. P. Ioa. Fr. Foci a S. Petro annis 1692-98, en Reg. Gen. A 64, pág. 226-228.