GinerMaestro/Cap04/08

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04.08. El ambiente estudiantil de Lérida

También él se acordaba alguna vez de sus tiempos mozos, y no sólo Mateo García. A la altura de sus ochenta y dos años evocaba Calasanz el ambiente bullanguero, tumultuoso, levantisco y perturbador de la Universidad leridana. Y como entonces con su compañero Mateo, también ahora, en abril de 1639, se sentía movido a dar consejos, aunque con mucha más experiencia que en los años de su lejana juventud.

'Su hermano Joaquín —escribía al P. Fedele, residente en Nápoles— es tan ardiente que ha vuelto a reñir con algunos escolares al volver del colegio, y con un cuchillo que le vino a las manos, con otros compañeros, hirió a uno por la espalda y dicen que está gravemente enfermo..., le he aconsejado que vaya a Nápoles... y si no sale de Roma y le cogen, sería difícil librarlo porque ‘est solitus delinquere’ [suele delinquir]'.

Y en junio volvía a escribir al P. Fedele:

'En cuanto a su hermano Joaquín, V. R. hágale confesarse y comulgar todos los domingos, pues haciéndolo con devoción se irán apagando los humores juveniles, de lo contrario encontrará alguien que tal vez le hiera sin poderse confesar. Y Dios suele permitir tales cosas a los que hacen el bravo, como tantas veces se vio en mi tiempo'.[Notas 1]

¡Tantas veces!, dice. Muchas debieron ser, sin duda, pero no sólo en su tiempo, sino en todos los tiempos. Y Lérida no era una excepción; lo que pasaba en su recinto universitario ocurría también en cualquier otro de España y de Europa, desde Heidelberg hasta París y desde Oxford a Salamanca o Bolonia, en siglos medievales o en los del renacimiento y el barroco.[Notas 2] Pero es indudable que el sistema de gobierno del Estudio General de Lérida se prestaba a mayores abusos y desórdenes que en otras partes por ser estudiantes el Rector y sus consejeros, que por muy responsables que fueran, no dejaban de sentir el ardor y apasionamiento propios de la juventud. Y no hay que minimizar los poderes efectivos del Rector, pensando que era simplemente una figura decorativa. Aunque el verdadero dueño y señor del Estudio General era la ‘Pahería’ o Municipio, por ser el que 'conducía', asalariaba a los catedráticos y respondía de los gastos, el Rector y su consejo gozaban por estatutos de plenos poderes en el régimen interior académico y de jurisdicción sobre catedráticos y estudiantes en la “zona universitaria”, o sea, que ellos decidían sobre cuestiones del foro escolar, comportamiento académico de unos y otros, horarios, provisión de cátedras, etc., y todo lo referente a orden público, con penas incluso de encarcelamiento en su zona de jurisdicción.

La ambición del mando y del honor se dejaba sentir en la política de elecciones, creando bandos con sus consiguientes amenazas y sobornos, acrecentados por el hecho de ser anuales. Añádase a ello otra fuente de conflictos: frente a los poderes omnímodos del Rector del Estudio General chocaba muchas veces la autoridad del obispo o el cabildo, que defendían sus derechos jurisdiccionales de foro eclesiástico sobre sus clérigos. Y hay que notar que muchos estudiantes, para acogerse a los privilegios del clero, particularmente el del Foro, recibían la tonsura —se llamaban 'coronados'— sin vocación ni intención alguna de llegar al sacerdocio. No es de extrañar, por tanto, que en los voluminosos ‘Libres de crims’ del Archivo Municipal aparezcan muchos delincuentes que pertenecían jurídicamente al clero. En 1443 escribían los Paheres al Obispo “quejándose de que en la ciudad muchos sujetos, bajo el amparo de las inmunidades eclesiásticas y de sus privilegios, cometían toda clase de excesos y liviandades”.[Notas 3]

Para complicar todavía más la situación de inmunidad, existía la Cofradía de San Salvador de la Seo, fundada en 1318, a pocos años del nacimiento del Estudio General, de la que formaron parte eclesiásticos de todo grado y jerarquía: cardenales, arzobispos, obispos, dignidades canónigos y toda clase de clérigos de la ciudad y diócesis de Lérida. Los cofrades de San Salvador gozaban desde tiempo inmemorial del privilegio de ser liberados de las cárceles episcopales a los tres días de haber entrado, salvo por delitos excepcionales, si el Prior y consejeros de la cofradía lo pedían al oficial eclesiástico bajo fianza.[Notas 4] Y a esta cofradía, naturalmente, procuraban inscribirse —y lo conseguían— aun quienes sólo tenían de clérigos la 'corona'.

He aquí un caso sonado que sin duda alguna conoció Calasanz a sus diecisiete años, siendo legista, aunque dada la fecha —3 de septiembre— lo más probable es que estuviera en Peralta de vacaciones. Se trataba nada menos que del Rector de la Universidad, y era el Cabildo quien lo comunicaba al rey Felipe II, en demanda de protección y defensa de los derechos e inmunidades eclesiásticas. Dice:

'Sacra Cattolica Real Magestad. Viernes a 3 de este mes, dadas las dos horas, el official del Obispo, nuestro Prelado [D. Antonio Agustín Albanell], prendió a un Juan Bautista Boil [valenciano], y como clérigo, lo llevó a la cárcel episcopal y en la misma hora dizen que porque este clérigo o estudiante había sido elegido Rector para este año [1574-1575], y suspendídole el mismo Obispo, como visitador de V. Magestad, la ciudad de Lérida sacó su pendón y van dera, y juntamente con Çaportella, que agora sirve aquí de Veguer, ayuntó mucha gente con diversos géneros de armas y otros instrumentos, contra el dicho nuestro Prelado, dando grandes gritos y alaridos, de modo que el Obispo amedrentado de sus amenazas les dio el preso por estorvar y pacificar su furia. De lo qual por ser vecino este Obispado de Gascuña, y correr el tiempo que corre, y ser el hecho tal que dello podría salir mucho daño, nos ha parecido avisar a V. Magestad y suplicarle que se sirva con su real mano, como defensor que Dios le ha hecho de la Iglesia y como se lo encarga el Santo Concilio de Trento, de remediar este gran mal en estos tiempos y lugar peligroso. De manera que la Iglesia y su inmunidad y libertad y la norma y reputación de un tan equo, justo y santo Prelado, como el nuestro, sean restituydas... De Lérida a 10 de sept. 1574'.[Notas 5]

En este caso, el Veguer se pone al frente de los insurrectos en defensa del Rector encarcelado, pero en 1544, el día 1 de mayo, el recién elegido Rector, Francisco de Loris, con un grupo de quince estudiantes salió en defensa de sus propios derechos jurisdiccionales y dio muerte al Veguer en la plazuela llamada del Peu del Romeu, junto a la muralla de la judería.[Notas 6] Por esta fecha no había nacido aún nuestro estudiante, pero el hecho refleja el ambiente contemporáneo, como también el caso sonado de 1608 en que la víctima fue otro Rector, defendiendo, de nuevo, los derechos del Estudio General. En el libro de difuntos de la Parroquia de San Juan, se lee esta noticia, que, traducida al castellano, dice:

'A 20 de septiembre del año 1608 murió el Dr. Mateo Martí, natural de Tamarite del Campo, Rector de la Universidad de Lérida, a quien mataron repentinamente de una escopetada, defendiendo el Estudio; se le dio la extremaunción y fue llevado por la ciudad con pompa funeraria, con las mazas enlutadas y el vicerrector y los bedeles de luto ‘ad futuram rei memoriam’. Su cuerpo fue depuesto en la Seo'.[Notas 7]

La razón fue que unos soldados detuvieron a dos estudiantes bajo pretexto de que llevaban las espadas al desnudo. Al conducirles presos a la cárcel, se interpuso el Rector exigiendo que los soltaran por estar bajo su jurisdicción en virtud de los privilegios del Estudio. Pero un soldado disparó contra el Rector, que cayó súbitamente muerto al tiempo de exclamar: 'Jesús, confesión'.[Notas 8] El hecho ocurrió en 1608, pero ese final dramático debió de darse varias veces, como recordaba aún en 1639 el octogenario Calasanz: “... encontrará alguien que tal vez le hiera ‘sin poderse confesar...’ como tantas veces se vio en mi tiempo”.

Notas

  1. C.3071 y 3091.
  2. Es interesante constatar que en los tiempos que historiamos hay una cierta opinión general que relaciona espontáneamente el concepto de universidad con el de ‘estudiantes delincuentes’. El Virrey de Aragón era contrario al establecimiento definitivo de una Universidad en Zaragoza, y en 1581 escribe un alegato a Felipe II, en el que dice: 'En tierra donde las leyes son tan cortas y aun contrarias para castigar delinquentes, no puede ser conveniente el ayuntamiento de semejante gente, favorecida no solo de las leyes universales, pero de las particulares que tienen los estudios y señaladamente en donde la naturaleza de los hombres es tan aparejada e inclinada a cometer delictos y assi serían infinitos los que se cometerían en la ciudad de Zaragoza si en ella huviese Universidad por los estudiantes que a ella concurrirían..., la Universidad será una cassa de reffugio de todos los delinquentes a donde se receptarán todos los de la tierra y aun de donde saldrán a cometer otros delitos. Que siendo como son los estudiantes gente libre, moça y briosa, tendrán aparejo muy a la mano los que quieran vengar sus injurias o damnificar a otros de tener personas aptas para hazerlo' (cf. M. JIMÉNEZ CATALÁN-J. SINUÉS y URBIOLA, Historia de la Real y Pontificia Universidad de Zaragoza, t. III, p.55-56).
  3. J. LLADONOSA PUJOL, ‘La zona universitaria de Lérida’: Miscelánea de trabajos sobre el Estudio General de Lérida, vol. II (Lérida 1950) p.19. Léase el principio de dicha carta: 'A la vostra Reverent Senyoria e Paternitat notificam com en aquesta Ciutat molts sots sperança que auran de les corones seran favorits e deffesos se allentexen de comoure rumors e bregues hoch hi cometre altres delictes e crims car tots jorns manifestadament se veu que com algu dels dits coronats malfeytos sia trobat e pres per los Officials Reals prestament per rahó de les corones ab letra de vostre honorable Official o de son lochtinent son demanats e per conseguent son forçadament sotmesos a llur judici. E a cap de tres o quatre jorns sens punició ne castich que nos fa, van palesament per la Ciutat, de ques seguexen dans e inquenyents [inconvenients] grans...' (ib., p.48, n.21).
  4. Curiosamente, este privilegio fue violado el año 1546 por el Dr. Bernardo Calasanz, Vicario General y Oficial de Lérida por el obispo Fernando de Loazes, que mantuvo en prisiones al cofrade mosén Juan Riera, Beneficiado de San Andrés de Lérida. El prior y consejeros de la Cofradía invocaron el privilegio y propusieron fianza, pero el Dr. Calasanz no cedió (cf. J. ALTISENT, ‘Llibre apellat Speculum Prioris’: Analecta Sacra Tarrac. I [1925] 359-360). Sin duda, el canónigo Miguel Jiménez Barber debió conocer esta Cofradía, pero no es probable que pensara en su Prior al aplicar este título al estudiante José Calasanz, pues dados sus miembros parece que la dirección, que era bienal, recaía en personas de mayor dignidad y no en simples estudiantes. El referido artículo gira en torno a lo que puede considerarse como estatutos de la cofradía, cuyo texto íntegro publica.
  5. J. VILLANUEVA, ‘Viaje literario’, vol. 17, p.285-286
  6. Cf. R. GAYÁ MASSOT, ‘Cancilleres y Rectores del Estudio Gen. de Lérida’, p.51.
  7. E. RIBERA, ‘Figuras del Estudio Gen. de Lérida en el Archivo parroquial de S. Juan Bta.’: Miscelánea de trabajos..., vol.I, p.69.
  8. Deferencia del P. Poch, sin cita. El P. A. Vidal insinúa la fuente en el Archivo Municipal de Barcelona, ‘Dietari’, sin más datos, con fecha del 3 de octubre de 1608, en que el Vicerrector del Estudio y tres Consejeros fueron a Barcelona a informar del asesinato (cf. La Academia Calasancia, 764 [1922] 480)