Diferencia entre revisiones de «LituaniaMateriales/Noticia del pleito de los PP. Escolapios y los Jesuitas de Vilna, 1723-1753.»

De WikiPía
Saltar a: navegación, buscar
(Página creada con «{{Navegar índice|libro=LituaniaMateriales|anterior=Vida del R. P. Matías Dogiel|siguiente=7. Historia de la casa de Poniewiecz}} =Noticia del pleito de los PP. Escolapio...»)
 
(Sin diferencias)

Última revisión de 10:47 23 may 2022

Vida del R. P. Matías Dogiel
Tema anterior

LituaniaMateriales/Noticia del pleito de los PP. Escolapios y los Jesuitas de Vilna, 1723-1753.
Índice

7. Historia de la casa de Poniewiecz
Siguiente tema


Noticia del pleito de los PP. Escolapios y los Jesuitas de Vilna, 1723-1753.

El Obispo de Vilna Constantino Brzoslowski, que había conocido la Orden de las Escuelas Pías en Varsovia, que en aquel tiempo estaban llevando a cabo enormes trabajos a favor de la instrucción pública, los trajo a Vilna en el año 1722, empleando a los Padres de momento en diversos servicios eclesiásticos. Tenía previsto conceder unos fondos a la Orden en el momento de su muerte. Esto ocasionó que Antonio Sapieha, prefecto real de Merecz, que luego fue castellano de Cracovia, con un loable fin, ofreció una fundación a los Padres Escolapios; les dio el palacio que había sido de los Polubinski, y que luego era de los Sapieha, y al mismo tiempo dos casas, con la obligación de que acogieran a seis jóvenes nobles sin recursos económicos y les enseñaran hasta la retórica; tenía pensado además atribuirles un capital. Colocó esta suma bajo la garantía del Nuncio de S.S. en Polonia, del Obispo de Vilna y del Cabildo de Vilna.

Los Jesuitas no ignoraban que los Escolapios tenían como instituto propio la educación de la juventud, así que se opusieron a ella porque iba en contra de su propia fundación. No podían abrir una escuela cerca de su Academia sin ocasionarles perjuicio. No ahorraron ningún esfuerzo en su poder para asegurarse de que las Escuelas Pías fueran arruinadas y expulsadas. En primer lugar intentaron persuadir a los Superiores de otras Órdenes que tenían conventos en Vilna para oponerse a la fundación de las Escuelas Pías. Hace poco había en el archivo del colegio de Vilna una carta del Rector de la Universidad dirigida al Prior de los dominicos referentes a ello, junto con la respuesta del mismo Prior, favorable a las Escuelas Pías. Los Jesuitas quisieron oponerse a los Padres Escolapios apoyándose en la Bula de Clemente VIII estableciendo que los obispos diocesanos no pudieran admitir una orden mendicante en ninguna población sin el permiso de los Superiores de las otras órdenes existentes en la población. Los Escolapios, aunque no son mendicantes, ni se refiere a ellos la bula citada, obtuvieron el permiso de todos los superiores de Vilna menos de los Jesuitas, que se tomaron a mal la cosa. Por lo demás el permiso de los Jesuitas no era necesario, puesto que correspondía al Obispo discernir en el caso de que alguna orden negara el permiso a otra que había sido invitada (cf. Lezaun, Monast., nº 7). Tras recibir el primer golpe, los Jesuitas recurrieron al Prefecto de la ciudad (1725). Era sabido que un año antes el digno magistrado de Vilna con su presidente, reunidos pública y solemnemente en la corte de la ciudad habían escrito una carta al S. Pontífice rogando insistentemente a favor de los Escolapios, expresando su deseo de que se quedaran en Vilna para bien de la ciudad. Debió resultar sorprendente ver que el mismo presidente hizo una declaración contraria a la primera en nombre de la ciudad, pero de manera privada, y firmada solamente por él en su casa. Y fue hermoso ver que al día siguiente (26 de octubre de 1725) este mismo presidente de manera pública, en la corte, hizo otra declaración, la firmó y envió esa tercera declaración a Roma, explicando que la declaración anterior la había hecho impulsado por los ruegos y molestias de los jesuitas: “Confesamos que la carta (contra los Padres Escolapios) no fue escrita según nuestra intención y manera de pensar, sino según la de los Padres de la Compañía de Jesús, y de sus inoportunas instancias”. Hubo muchas incongruencias con las cuales los Jesuitas mostraron claramente su intención.

El Obispo Pancerzynski de Vilna concedió públicamente, por su oficio, el fondo y el colegio de Vilna a los Padres Escolapios. Los Jesuitas por su parte escribieron a Roma oponiéndose a esta fundación, cosa que ignoraron los Escolapios hasta que llegó la respuesta Miramur de Roma. El Obispo Zierikovicz, sucesor de Pancerzynski, favorecía de manera especial a los Escolapios. Los Jesuitas divulgaron una carta apócrifa suya que habían hecho editar, en la cual se decía lo siguiente de los Escolapios: “Abrieron las escuelas sin que Nos lo aprobáramos y consintiéramos”. Mostraron esa carta cinco años después del decreto romano, que permitía abrir las escuelas de Vilna, cuando aún vivía el Obispo Pancerzynski. ¿Acaso podía el Obispo decidir algo en contra de los decretos romanos? Pero no se quedaron satisfechos con ello. Los Jesuitas dieron en secreto instrucciones a los delegados que iban a Grodno, para que actuaran en el congreso en contra de la fundación de los Escolapios en Vilna. Pero contra estas maquinaciones se revolvió la nobleza de la Capitanía de Vilna, con esta protesta que aparece en las Actas de Wilkomierz: “Nosotros, los nobles de la Capitanía de Vilna firmantes abajo, reunidos en el consejo común de Vilna este año 1725, declaramos solemnemente en relación con lo que aparece más abajo: algunos oficiales y otros ciudadanos de esta preclara capitanía entre otros asuntos públicos añadieron una instrucción, de acuerdo con los PP. Jesuitas de Vilna (que actúan de manera retorcida, desconsiderada y escandalosa conspirando contra la futura fundación de los Padres Escolapios, a la que se oponen), en la que contradicen la beneficiosa fundación de las Escuelas Pías, por lo que declaramos que ese añadido hecho para favorecer a los PP. Jesuitas, va contra la intención, el acuerdo y el encargo dado en nuestra reunión, por lo que es inválido y muy perjudicial. En Vilna, a 1 de febrero de 1725”. Siguen muchas firmas.

De este modo fracasó el intento de prohibir la fundación de las Escuelas Pías. Pero aquellos a quienes más perjudicaba la fundación, más se esforzaban en ponerle impedimentos. El 29 de agosto de ese año en el que se hizo la protesta, gracias a sus tretas y obras, el Conde Constantino Pociej, Capitán de Vilna y Duque del G. D. de Lituania, con la excusa de proteger la tranquilidad pública, que podría ser turbada por la apertura de las Escuelas Pías en Vilna, hizo un edicto público contra ella, y prohibió su apertura apoyándose en su autoridad, ejercida esta vez de manera equivocada. Perseguidos, expuestos a la vergüenza del fraude cometido, amenazados por los tribunales, afligidos por las molestias, ya no quedaba otro remedio sino acudir al trono. Pidiendo allí ayuda, Augusto II el 16 de febrero de 1726 les concedió el privilegio expresado con estas palabras: “Aprobamos y ratificamos con nuestra autoridad la nueva fundación (de los PP. Escolapios) en nuestra ciudad de Vilna, y les damos permiso para crear y abrir escuelas en la citada ciudad nuestra de Vilna, en cuanto metrópoli del G. D. de Lituania, y que en ellas según las normas de su instituto eduquen a la juventud”. Como en el tiempo en el que fue concedido el privilegio no estaba presente con el Rey la Cancillería Lituana, se selló con el sello del Reino. Los Jesuitas inmediatamente denunciaron la irregularidad, y con este argumento dijeron que el privilegio era nulo. Olvidándose de sus propias mañas, pues cuando se trató de sus privilegios sobre los bienes de Polock concedidos por Esteban Batory, el Canciller se negó a firmar con su sello, y entonces el rey los firmó con el pomo de su espada[Notas 1]. Entonces, sin embargo, defendieron como pudieron sus derechos. “No lo quieres para mí, ¿y a ti se te permite todo?”.

A pesar de ello, los Escolapios, apoyándose en ese privilegio, abrieron las escuelas, y los Padres se pusieron a enseñar, sin sospechar en absoluto que los Jesuitas estaban afilando sus armas para ir a la guerra. Pues ese mismo año obtuvieron un privilegio real, concedido en Grodno el 19 de noviembre, confirmando todos los privilegios de la Universidad de Vilna, de manera semejante a la de Cracovia, y excluyendo las demás escuelas: “haciendo incompatibles otras escuelas”, por lo cual se ordenaba cerrar todas las escuelas que carecían de los privilegios de la Universidad.

Como Augusto II no revocó formalmente los privilegios de las Escuelas Pías, los Padres pensaron que podían mantenerlas abiertas. Sus defensores apoyaron su causa, confirmando su esperanza vacilante y repeliendo el ímpetu de los adversarios. Estanislao Denhoff, Capitán de Polock, Duque del G. d. de Lituania escribió al Nuncio de S. S. en Polonia, y poco después el Cabildo de Vilna al Colegio de los Cardenales, con cartas a favor de las Escuelas Pías. También el Obispo de Cracovia Constancio Szamiawski escribió al Sumo Pontífice en 1726 defendiendo la fundación escolapia de Vilna, “que la Provincia del G. D. de Lituania desea ardientemente, y a la que invita con sonoras voces”. También este año el Cabildo de Vilna preparó un documento, firmado por tres obispos y prelados, a favor de los Padres, en el cual se lee lo siguiente: “Viendo cuántos indignos y diversos impedimentos opone la parte contraria a la nueva fundación de las Escuelas Pías en Vilna, con ánimo unánime nos pareció oportuno apoyar esta obra y fundación, pues es cosa perfectamente conocida que los PP. Jesuitas han firmado y fabricado documentos en contra de la misma fundación de las Escuelas Pías en Vilna”.

Cuanto más firmemente se defendían los Escolapios, más duramente les atacaban sus adversarios, y cuando ya no quedaba ninguna esperanza en el trono, angustiados ante las maniobras de los Jesuitas, los Escolapios recurrieron al Nuncio de S. S. en Polonia, que transmitió el asunto al Colegio de los Cardenales, y como estos dieron una sentencia a favor de las Escuelas Pías, el procurador o abogado de los Jesuitas en Roma, Pablo Stryjenski, llevó el asunto ante el Papa.

Benedicto XIII, que regía la Iglesia en aquel tiempo, dio una bula el 17 de marzo de 1728, permitiendo a los Escolapios abrir y dirigir escuelas inferiores. Pero esto no satisfacía los deseos de los Jesuitas, así que se dirigieron de nuevo al rey Augusto II, quien renovó su privilegio de incompatibilidad dado el 19 de noviembre de 1726, pero al final del mismo añadió: “Por lo tanto anulamos la fundación de Sapieha de las Escuelas Pías de Vilna de un seminario para enseñar a seis jóvenes hasta la retórica, pues es perjudicial para los derechos de la Universidad. A 6 de septiembre de 1729”. Si nos fijamos en esta última cláusula, resulta evidente que fue conseguida de manera subrepticia. Los Escolapios tenían un derecho legítimo, inscrito en el tribunal del palacio de Vilna, y un fondo que se les había dado. ¿Podía el gobierno privarles de este privilegio? Y si no podía, ¿no está claro que este privilegio había sido conseguido no de manera recta, sino con engaño? ¿Acaso era la intención del Rey ignorar los privilegios y suprimir las donaciones de los nobles inscritas ante magistrado y tribunal? Con esta excusa se podría anular cualquier donación y contrato, junto con sus privilegios.

Este privilegio ocasionó un estrépito enorme, indignando incluso a los amigos de los Jesuitas. Como no se podía retractar o anular la voluntad real, a petición de muchos los Escolapios llevaron de nuevo la cosa ante el Pontífice Clemente XII, sucesor de Benedicto XIII, quien confió el asunto a una comisión de Cardenales. Se trataba de Próspero Marefuschi, Leandro de Porzia y Pedro Caraffa, y como Secretario fue nombrado el Arzobispo de Nacianzo, su auditor. La congregación debía responder a las siguientes preguntas:

1.¿Pueden los Escolapios enseñar ciencias superiores en sus escuelas?
2.¿Pueden admitir en sus escuelas jóvenes ricos y nobles?
3.¿Les está permitido crear y dirigir internados?

Los Padres respondieron de manera favorable a las Escuelas Pías las tres preguntas. Se ditó a continuación la bula entera de Clemente XIII, con fecha de 31 de mayo de 1731, que establece de manera perpetua que los Padres Escolapios pueden tener escuelas superiores; pueden educar jóvenes ricos; pueden abrir internados; por lo que sus adversarios debían callarse para siempre. Después de la publicación de esta bula, que debía producir la paz definitiva, sin embargo los Jesuitas no dejaron de atacar, afirmando que esta bula que permitía enseñar a los Escolapios no se refería en absoluto a Vilna (pues, en efecto, Vilna no se menciona en la bula), por lo que la cosa quedaba incierta. El Nuncio remitió el asunto a Su Santidad, que nombró una segunda comisión de Cardenales: Leandro de Porzia, Pedro Luis Caraffa, y en lugar del difunto Próspero Marefuschi, Juan Antonio Quadogni, procurador de las Escuelas Pías. El Secretario Adjunto era el mismo Arzobispo de Nacianzo. La comisión debía estudiar los privilegios de la Universidad de Vilna, la bula de Clemente XII citada, la de Benedicto XIII y las razones de los Jesuitas presentadas por escrito.

Los Jesuitas presentaban en primer lugar la bula de Gregorio XIII, en la cual el Pontífice les concedía los privilegios en el contexto académico de Vilna. Con ello argüían que poseían en Vilna los mismos privilegios que la Universidad de Cracovia, por lo cual los de Vilna tenían el derecho de excluir otras escuelas (“derecho privativo en relación con otras escuelas”), como ella. En Roma, sin embargo, decretaron: la bula no contiene ninguna palabra acerca de este derecho privativo. Puesto que los privilegios son de dos tipos: universales y particulares, se suelen expresar de dos maneras diferentes. Los particulares en contra, o específicos, si se conceden, se describen y nombran no con términos generales, sino con palabras específicas. Por lo tanto las palabras dichas en la bula de Gregorio XIII, estiman los jueces romanos, se refieren a los privilegios comunes de otras universidades, como conceder títulos académicos, juzgar, libertades, prerrogativas personales… que fueron concedidos a la Universidad de Vilna. Pero ciertamente no aparece el privilegio particular de excluir otras escuelas, que fue concedido expresamente a la Universidad de Cracovia.

Los Jesuitas adujeron los privilegios concedidos por Esteban Batori, pero en ellos el tribunal romano no encontró el derecho de exclusión de la Universidad de Vilna. Los Jesuitas insistían en que Esteban Batori había concedido todos los privilegios de la Universidad de Cracovia a la de Vilna, incluido el de exclusión, pero en ningún lugar se hace mención de ese privilegio. Y aunque Batori dio todos los privilegios a la Universidad de Vilna, lo hizo antes del año 1586, como resulta evidente (1578, 1579, 1585), mientras que la Universidad de Cracovia no recibió el privilegio de exclusión por el Congreso de Varsovia hasta el año 1635, o sea cincuenta años después de que se concedieran a la Universidad de Vilna sus privilegios, por lo que Batori no pudo dar unos privilegios que no tenía la Universidad de Cracovia, es decir, no pudo conceder a Vilna unos privilegios mayores que los que tenía Cracovia. Presentaron en Roma también los Jesuitas la confirmación de los privilegios de Batori por Ladislao IV, Juan Casimiro, Miguel, Juan III y Augusto II, y también por la constitución de la república. Pero acerca de todos estos privilegios el tribunal romano dictaminó que “están confirmados en cuanto se citan”. Hay que hacer notar lo que decía el derecho concedido a la Universidad de Cracovia en el Congreso de Varsovia de 1635, que dictó esta constitución: “Confirmando todos los derechos de la Universidad de Cracovia, prohibimos que se abra ninguna escuela, bajo ningún pretexto, en nuestra ciudad de Cracovia y en los pueblos adyacentes de Casimira, Stradom y Kleparz”. Por lo tanto, si se dio el derecho a la Universidad de Cracovia de prohibir otras escuelas en el congreso, a la de Vilna se lo tenían que haber dado también en el congreso. Por lo tanto en Roma se decidió que ese derecho no lo poseía en absoluto la Universidad de Vilna, pues no había sido concedido por el rey ni por la república.

Por fin presentaron a la comisión romana los jesuitas el privilegio concedido por Augusto II el 19 de diciembre de 1726, en el que se leen las palabras siguientes: “Además damos a la citada Universidad de Vilna, como nuestros serenísimos antecesores, todos los privilegios, incluido el de incompatibilidad de otras escuelas, concedidos hasta ahora a la universidad de Cracovia, etc.” Pero este privilegio fue concedido después del comienzo de las Escuelas Pías, cuando la Universidad de Vilna no contaba aún con ese privilegio; es más, lo obtuvieron nueve meses después de que los Escolapios obtuvieran el privilegio real del 16 de febrero de 1726 que decía expresamente lo siguiente: “Damos y concedemos el privilegio de crear y abrir escuelas en nuestra ciudad de Vilna y de educar en ellas a la juventud”. A favor de las Escuelas Pías estaba además la constitución de 1613 prohibiendo los privilegios contra nuestros privilegios, y anulando los posteriores contrarios a los nuestros anteriores.

El 9 de septiembre de 1732 la comisión romana dio su sentencia: ni los privilegios de la Universidad ni las bulas pontificias impedían abrir las Escuelas Pías en Vilna, y enseñar en ellas filosofía, teología y las demás disciplinas superiores, o inferiores. La sentencia fue aprobada por el Sumo Pontífice y enviada al Nuncio en Polonia, y en virtud de ella se decretaba que se cumpliera estrictamente la Constitución dada por Clemente XII dada el 1 de mayo de 1731, en la que se decía que las Escuelas Pías podían abrir escuelas en Vilna, y en ellas enseñara las disciplinas superiores a los jóvenes. Sin embargo los Jesuitas apelaron al Pontífice, de modo que el 3 de junio de 1733 Clemente XII promulgó una bula confirmando la sentencia de la comisión citada y del Nuncio en todas sus partes, ordenando a los Jesuitas a eterno silencio y prohibiéndoles que volvieran a mover la cosa ante ninguna jurisdicción.

En aquel tiempo, cuando se agitaba y terminaba el pleito entre Escolapios y jesuitas en Roma, y cuando las cosas iban marchando bien, ocurrió un caso en Vilna que indignó tremendamente a los jesuitas, y que perjudicó mucho a las Escuelas Pías. En el año 1732, durante la reunión de la Candelaria surgieron algunas riñas entre estudiantes universitarios de los Jesuitas y algunos nobles que estaban en la reunión. Se hizo una acusación a la Universidad, que castigó quizás con demasiada severidad a los alumnos que habían promovido la riña, expulsándolos. Ofendidos los estudiantes, fueron armados con otros y clavaron en las puertas de la universidad el documento en el que se les comunicaba la expulsión, y luego fueron todos a las Escuelas Pías, pidiendo ser admitidos. Los Padres, presionados por las peticiones d elos padres y los ruegos de los ciudadanos, los admitieron. Con alguna razón, los Jesuitas denunciaron esta injuria que se les había hecho, el cual por esta razón envió al Conde Casimiro Oginski, Capitán de Vilna, y a Miguel Korybut, Canciller del G. D. de Lituania un decreto escrito en polaco el 20 de mayo de 1732 en el cual decía: “Exigimos, y queremos que se haga cuanto antes, que conjuntamente o por separado, a instancia de nuestros delegados o vicedelegados en Lituania, actuando en virtud de su cargo, en cuanto que se trata de un asunto que se refiere a nuestros derechos, a tenor de las presentes, se tenga una vista judicial, y se castigue duramente a los instigadores principales de los tumultos y se readmita a los demás estudiantes que intervinieron en los tumultos, y que todos los privilegios concedidos a la Universidad de Vilna, especialmente los dados y confirmados por Nos, se lleven a efecto, sin que tenga valor nada que vaya en contra”.

El Capitán y el Canciller llevaron a cabo su tarea de presentar una protesta oficial contra la escuela abierta por los Escolapios, a pesar de que los Padres, apoyándose en las sentencias romanas, seguían adelante. En 1737 los Jesuitas, olvidando la bula del Clemente del 31 de junio de 1733, de nuevo presentaron ante el Rey la cuestión, pidiendo que se reconocieran los privilegios de la Universidad. Augusto III el 23 de abril de ese año comunicó la decisión definitiva al nuevo Canciller Juan Sapieha y al fiscal Estanislao Burznisky de Burzyna. Este fiscal, gran partidario de los Jesuitas, llevo ante el tribunal el caso de los jesuitas, diciendo que los Padres de las Escuelas Pías se atrevían a violar los privilegios de la Real Universidad de Vilna, dirigiendo escuelas en perjuicio de esta Universidad. Esta cita estaba destinada a aterrorizar a los Padres de las Escuelas Pías, y sólo se hizo pensando en ellos. Sin embargo no fue dada a los Jesuitas, como afirmó bajo juramento el mensajero Ignacio Klimasnevski, que dijo lo siguiente: que al entregar la citación a los Padres Escolapios, recibió un regalo de 3 tinfones del P. Narvildovicz, jesuita. En realidad el quinto día antes de la cita se había dado sentencia en el tribunal asesor, que se encontraba entonces en Brest, concediendo la victoria a los Jesuitas, y condenando a los Escolapios, que ni llegaron a tiempo al juicio, ni pudieron presentar sus títulos, con lo cual el pleito se decidió antes de que se entregara la citación. Era el mes de marzo de 1738. El patrono de los Jesuitas Martín Olizarovicz, oficial de Grodno, proclamó con fuerte voz: “La Universidad de Vilna tiene los mismos privilegios y derechos que la de Cracovia: por tanto, en virtud de esos privilegios, no puede haber ninguna otras escuela en el mismo lugar, como ocurre en Cracovia, por lo que no puede haber Escuelas Pías”. Poco después de esto. El 28 de marzo de 1738, se publicó un decreto de Augusto III, en polaco, que decía lo siguiente: “De acuerdo con la santa justicia y equidad, queriendo conservar totalmente los derechos justo de todos, para que nuestra Universidad de Vilna pueda educar a la juventud en todas virtudes y enseñanzas, de modo que se eduquen varones dignos que sirvan al bien común, sin ningún impedimento a las escuelas, de modo que florezcan adecuadamente, sin que el detrimento de sus derechos produzca ninguna dispersión, y de este modo la juventud padezca ninguna distracción en sus estudios y formación, mandamos con nuestra autoridad real y el presente decreto que a partir de ahora y para siempre se cierren y se supriman las Escuelas de los PP. Escolapios de Vilna, Blotinia (Werenowo) y Gerianiony, y otros lugares a la misma distancia que las prohibidas con respecto a la Universidad de Cracovia. Y prohibimos que se abran otras escuelas, bajo cualquier pretexto o excusa, incluso las privadas, o en forma de internado, o en conventos o seminarios, excepto las pertenecientes a la Universidad de Vilna de la Compañía de Jesús lo mismo que en nuestra Universidad de Cracovia”. Las Escuelas Pías se dirigieron de nuevo a Roma, y el 7 de mayo de ese año recibieron la inhibición referente a los Jesuitas, en la cual se les prohibía ir contra los decretos de la Sede Apostólica y renovar el pleito ya terminado. Entonces los Padres de las Escuelas Pías acusaron a los Jesuitas de actuar contra el decreto romano de inhibición al recurrir a los tribunales asesores del Reino y al fiscal del G. D. de Lituania. Los Padres Escolapios invocaron como testigos al Canciller del G. D. de Lituania y a su fiscal, para mostrar que ellos no eran los que habían ido contra la inhibición, sino sólo los Jesuitas, y el testimonio les dio la razón.

Este año 1738 los Jesuitas editaron sus privilegios bajo el título La Academia y Universidad de Vilna de la Compañía de Jesús, erigida, confirmada y corroborada en sus privilegios, constituciones y decretos, recientemente reconocida en juzgados asesores de S. R. Majestad, y ahora presentada a la luz pública. Año 1738, en folio, 50 páginas sin numerar. A este escrito, que fue distribuido a senadores, diputados y otros notables en tiempos del congreso por los Jesuitas, los Escolapios dieron respuesta con este título: “Respuesta al escrito editado con el título ‘La Academia de Vilna etc.’, con dos categorías de demostración: la primera, ¿por qué la Academia de Vilna perdió su pleito con los PP. escolapios presentado en Roma ante la Santa Sede? Y la segunda: ¿quién llevó este asunto ante el foro eclesiástico, con ruegos insistentes a la clemencia y justicia del juez, añadiendo el sapientísimo Consejo del Cardenal Ministro Richelieu de Francia? Año 1738, Varsovia, en la imprenta de las Escuelas Pías, en folio, en 24 páginas no numeradas. Esta respuesta ilustra de manera detallada este pleito, y es muy digno de ser leído, pues es fruto de una dialéctica racional. Nos hemos servido de él en este escrito, y hemos copiado algunos puntos del mismo, cambiando un poco su estilo.

“Cuando la Universidad de Vilna pleiteó con las Escuelas Pías en la Nunciatura y en Roma para que no se abrieran las Escuelas Pías de Vilna, quería demostrar abiertamente ante su Santidad, los cardenales y todos los jueces que tenían el derecho de exclusión con respecto a las demás escuelas. Por tanto, si la Universidad hubiera mostrado claramente su derecho, ¿quién iba a dudar que las Escuelas Pías fueran a perder el pleito? ¿Acaso se puede sospechar que Su Santidad y los Cardenales que juzgaron el asunto fueron injustos? ¿O que los Padres Jesuitas fueron negligentes en su atención a este asunto, obrando con tanta ligereza como para perder el pleito, al demostrar sinceramente su derecho y privilegio de exclusión, concedido según ellos por los tribunales del reino, y concedido por la república a la Universidad? Cualquiera conoce cuánta autoridad y fuerza tienen los Jesuitas en Roma; su determinación, diligencia, esfuerzo, necesario conocimiento legal. Nunca fueron iguales a ellos los PP. Escolapios. Está claro, por tanto, que en este pleito los segundos no tenían más autoridad, poder, agilidad o dinero, sino la pura e indefensa justicia. Los Jesuitas perdieron el pleito por la simple razón de que no tenían razón en lo que presentaron ante los jueces del tribunal romano, es decir, ni demostraron, ni pudieron probar ningún privilegio, ninguna bula a favor de su derecho de exclusión”.

El autor de la respuesta demuestra luego que la Universidad nunca había tenido el derecho de exclusión de otras escuelas antes, y pone ante los ojos con sutileza dialéctica que no existía tal privilegio por parte de Augusto II. En cuanto a este último privilegio, en el que se apoyaban principalmente los Jesuitas, se detiene durante bastante rato, y al final concluye así:

“Finalmente, ¿con qué razones pudo estar resuelto Augusto II para conceder este privilegio de incompatibilidad? Ciertamente, por la simple razón de lo que se expresa en el mismo privilegio: que estaba informado por una de las partes, sin escuchar a la otra, de que la Universidad ya había recibido este privilegio de la incompatibilidad de los reyes anteriores, pues eso es lo que significan las palabras ‘lo mismo que nuestros serenísimos predecesores, también nosotros concedemos la incompatibilidad’. Resulta, pues, claro que Augusto II concede la incompatibilidad de la misma manera que la habían concedido los reyes anteriores, y como los reyes anteriores (como hemos demostrado más arriba) nunca la concedieron, por lo tanto Augusto II tampoco la concedió, ‘como los antecesores, lo mismo Nos’”.

La demostración de la primera categoría termina con estas palabras:

“Por lo tanto, puesto que los PP. Jesuitas han obtenido en estos tiempos que se les dé la razón contra las Escuelas Pías, y puesto que hicieron un escrito sobre estas cosas desde el año 1736 al 1738, tan sólo conviene que los PP. de las Escuelas Pías lamenten las siguientes cosas a los PP. Jesuitas vencedores:
1.Que no dieron ejemplo al no aceptar una causa justa y perdida
2.Que los vencedores después de perder el pleito ante el Pontífice, después de perder un largo proceso, y de no pequeño costo para los pobres, nunca demostraron el derecho de exclusión, ni pudieron mostrarlo.
3.Los vencedores actuaron contra la autoridad de los Sumos Pontífices, creando confusión y convulsión de jurisdicciones y decretos en la Sede Apostólica.
4.Los vencedores han mostrado con su representación y exhibición que no poseyeron nunca ningunos derechos en la Universidad, concedidos ni por los reyes, ni por la República, como se demostrado claramente”.

En la segunda categoría el autor, después de mostrar cómo han utilizado los Jesuitas el derecho eclesiástico en este asunto, muestra que en toda Europa, en muchas ciudades junto a las celebérrimas academias existen otras escuelas además de las de los jesuitas, y sigue de este modo: “Y lo que es más: los PP. Jesuitas toleran en Vilna junto a su academia las escuelas luteranas, donde asisten niños luteranos y católicos que estudian en alemán. ¿Por qué, entonces rechazan como incompatibles las Escuelas Pías, aprobadas por la Santa Iglesia y por la república? (…) Con un celo piadoso e inveterado da ejemplo de apoyar la autoridad del Pontífice la misma Capitanía de Vilna, cuando tanto a los ilustrísimos diputados de su S. R. Majestad, designados en nombre del tribunal, como a los ilustrísimos diputados designados ahora al Congreso, se digna recomendar lo siguiente: ‘Procurarán nuestros Ilmos. Sres. Diputados nuestros promover con todo esfuerzo las fundaciones de los PP. de las Escuelas Pías, principalmente la de Vilna, puesto que están aprobados por una constitución de la Sede apostólica para que enseñen en las escuelas según su instituto (cuya observancia se mantenía fielmente, como recomendamos a los Ilmos. Sres. Diputados que se mantenga en este asunto); y del mismo modo las fundaciones de las Escuelas Pías en Poniewiez, etc.” Encontramos similares instancias en muchos otros famosos distritos del G. D. de Lituania y capitanías del reino.

A esta Respuesta respondieron los Jesuitas bajo el nombre del fiscal Burzyinski con un escrito titulado Réplica a la doble categoría contra el escrito titulado La Academia y Universidad de Vilna, editada, en folio, 12 páginas, sin lugar de edición. En esta réplica los Jesuitas procuran demostrar que tienen el derecho de exclusión de otras escuelas, y que lo tienen también otras universidades, y no sólo la de Cracovia, diciendo lo siguiente: “Por lo tanto hay que rechazar (a los que afirman equivocadamente) que el derecho de exclusión sólo compete a Cracovia. Se puede verificar que cuando el rey Juan Casimiro permitió fundar la universidad de Kiev, y otra en Ucrania, allí donde agradase a sus ciudadanos de aquellas regiones, mandó trasladar fuera todas las demás escuelas de Kiev, y prohibió que se abrieran otras escuelas. Constitución de 1659”.

Cuando llegó la inhibición romana, de la que se habla más arriba, después de de hecha su presentación por parte de los delegados de las Escuelas Pías al Rey y al Congreso, amaneció la paz para las Escuelas Pías. Pero cuando los Padres Escolapios decidieron abrir el internado de nobles, y lo abrieron, la envidia de los Jesuitas volvió a aparecer de manera abierta, y volvieron a tomar las armas. Al final desagradaron tanto al trono las perpetuas acusaciones de los Jesuitas y las instancias de sus amigos, que a pesar de ser numerosos les conseguían tan poca gloria, pues la manera como gestionaban su asunto, a menudo contraria a la rectitud, ofendió y apartó a muchos de sus anteriormente amigos fervientes. Por fin se resolvió el pleito entre los beligerantes, dando la razón a los Jesuitas. Los tribunales del G. D. de Lituania, para cumplir los decretos y rescriptos reales sobre cerrar las escuelas de los PP. Escolapios, el 26 de abril de 1741 mandaron cerrar las escuelas tres meses más tarde, sin que sirvieran las bulas de los SS. Pontífices ni el mandato del Nuncio.

Después de cerrar las escuelas, los Padres Escolapios mantuvieron el internado que había en Vilna, pero carecían de escuela, una condición para su existencia, un elemento necesario. Sin él su existencia era débil y enferma. Para apoyarla y fortificarla, los PP. Escolapios reclamaron durante mucho tiempo su derecho, aunque la pelea no era tan vehemente. Finalmente en Niesviez, el 8 de septiembre de 1753, después de terminar el solemne funeral de la esposa del Príncipe Radziwill, capitán de Vilna, y con intervención del castellano de la misma, el P. Provincial de las Escuelas Pías Sebastián Wikovski estableció un acuerdo con los Jesuitas en los que se refería a las Escuelas Pías de Vilna. Se pusieron de acuerdo entre ellos en que los Escolapios no abrirían la escuela, sino que mantendrían sólo el internado de nobles, en el cual no tendrían más de 24 internos, además de los 6 de la fundación, a los que podrían enseñar todas las materias. Así terminó esta larguísima guerra, que se desarrolló con gran estrépito, como hemos visto por los hechos. Sin embargo nunca dejaron los Jesuitas de mirar a las Escuelas Pías con ojos torvos, pues no les perdonaban la audacia de haberse enfrentado a ellos, que les hubieran vencido en Roma, y que hubieran recibido tanta gloria en sus escuelas principalmente gracias a Konarski y que intentaran alcanzar aún más gloria[Notas 2].

Notas

  1. Cf. Sulikowski: Comentario sobre asuntos polacos, pág. 123, donde se habla de las dificultades para firmar con el sello los privilegios de la Universidad de Vilna.
  2. A partir de esta fecha el viento comenzó a soplar en contra de los Jesuitas, que fueron expulsados de diversos reinos católicos (Portugal, 1759; Francia, 1766; España, 1767… hasta ser suprimidos como Orden por el Papa en 1773. También fueron expulsados de Vilna, por supuesto, y entonces varios Escolapios pasaron a ocupar cátedras dejadas vacantes en la Universidad de los Jesuitas. El gobierno, además, entregó a los Escolapios algún edificio y tierras de Vilna que habían pertenecido antes a los Jesuitas… (N. del T.)