Mora de Rubielos (ES) Intentos de fundación

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Este texto es el original publicado en su día en el DENES. No se ha hecho sobre él ninguna rectificación. Su contenido, pues, puede no reflejar la realidad actual

Datos

Demarcación Aragón

(1756, 1805-1809)

Historia

En esta fundación de Mora de Rubielos (Teruel) hay que distinguir dos momentos. El primero parte de un documento del 16-9-1756. Escribe don Marcelo Escriche a su amigo don Francisco Cruzeta, residente en Madrid; dice haber podido hablar con el P. Ignacio Romance y que éste le ha comunicado que el intento de fundación les ha parecido bien al Provincial, Tomás Plana, y a los capitulares, reunidos en Albarracín. El P. Provincial puso condiciones y don Marcelo pide a Cruzeta que intervenga ante el P. Juan Miguel Casajús, Procurador provincial en la Corte. Dice que podrán tener los escolapios el sueldo que se da al maestro, otros 30/40 pesos que se daban al convento por enseñar gramática y otros 100 pesos más. Para habilitación, la casa del canónigo Vicente con su capilla y su huerto. Hay que lograr ayude el señor obispo, para conseguir ciertos legados y porque tiene amigos en la Corte, a quienes hay que empeñar: es poderoso don Pedro Martínez de la Mata y su esposa doña Coleta, que tienen un hijo educándose con los escolapios. Fundado el colegio, tendría estudiantes de toda la serranía y sería uno de los mejores de la provincia.

El intento no prosperó. Pero surgió de nuevo en 1805. Sobre esta segunda iniciativa existen veintidós documentos. Por esas fechas estaba vacante la escuela de gramática y la regentaba interinamente don Miguel Garides, tejedor de oficio. Hay que notar que en la fundación del magisterio de latinidad por don Miguel Estevan Pérez el 22-5-1765 se establecía que de fundarse en la localidad un colegio de Escuelas Pías, se le adjudicarían las rentas. Las tentativas formales comenzaron a finales de 1804 o principios de 1805, pues el 31-1-1805 confiesa el ayuntamiento haber recibido carta del Provincial, Marcelino Boira, y expresa que cuenta con propiedades para la fundación. Un mes más tarde, en un documento legalizado, el ayuntamiento pide formalmente un colegio de escolapios, a los que alaba, y hace ver el provecho que sacarían de él los hijos de la villa y de la zona. Hace recuento de los bienes raíces con que se cuenta, y acuerdan escribir al P. Provincial, con copia de este acuerdo: que ayuntamiento y escolapios unidos consigan permiso del Consejo, que se dé cuenta al obispo de Teruel, para que favorezca la fundación, que se comunique al prior y cabildo de la colegiata para que ayuden. Así se hizo. Escriben al P. Provincial el 10-3-1805. El señor obispo bendice la obra, según carta de su secretario Alonso Flores el 29-3-1805. Las autoridades de la villa elevaron un memorial al Consejo. El 16-3-1806 responde el fiscal y exige datos más concretos: permiso del obispo y cabildo, acuerdo con las Escuelas Pías, testamento de los fundadores y detalles sobre rentas, arbitrios y lugar. El 18-12-1806 la Congregación provincial de Aragón estudia un nuevo memorial que pide destinar algunos religiosos para la fundación y destaque una persona, debidamente autorizada, para ajustar las condiciones. El Vicario general, Gabriel Hernández, da permiso el 24-12-1806 a la Congregación provincial para que proceda a las capitulaciones con la villa. Fueron a Mora de Rubielos los PP. Rafael Paracuellos y Lucas Torres. En la sesión del 20-1-1807 dieron cuenta de su viaje y de lo acordado y la Congregación provincial determinó destinar a la nueva fundación siete religiosos, conformarse con una dotación de 8.000 reales vellón y exigir se construyera establecimiento con iglesia y huerto. Todo parecía resuelto, cuando don Manuel Antonio Santisteban comunica el 11-6-1807, en nombre del Consejo real, que aunque todo está conforme, el Consejo «consultará lo mejor». Todavía el 1-4-1809 don Antonio Cavañero, en nombre de la villa, acude al Provincial, Braulio Cavero. Los tiempos eran de guerra y Mora de Rubielos se quedó por fin sin colegio escolapio.

Bibliografía

  • Archivo Aragón: caja 8 B, leg. IX.

Redactor(es)

  • Dionisio Cueva, en 1990, artículo original del DENES I