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03.12. El bandolerismo ribagorzano

Desde que vino al mundo hasta que se fue de España (1557-1592), José Calasanz vivió en el largo reinado de Felipe II (1556-1598). Y hasta Peralta llegarían los ecos, atrasados de meses, de las andanzas de los Tercios Españoles por los caminos de Europa, y de las naves y galeones de nuestra Armada por todos los mares del mundo. Precisamente aquel verano de 1571 se estaban concentrando en Sicilia las fuerzas navales de la Liga Santa —España, Venecia y Roma—, que con más de 250 naves y 25.000 hombres iban a enfrentarse con los turcos en aguas de Lepanto.

Estas y otras noticias similares mantenían en vilo a los pueblos de España con la esperanza de las victorias y el temor de las posibles derrotas. Y desde que empezó la gran aventura imperial con Carlos V, apenas si quedaba tiempo de sosiego. Batalla tras batalla, derrotas y victorias en la vieja Europa, mezcladas con las conquistas del Nuevo Mundo, o los nuevos descubrimientos de islas en mares desconocidos y todavía sin nombre, llenaban de satisfacción —y de angustias— a los españoles que quedaban en la península. Y el niño, el joven y el adulto José Calasanz no podía quedarse indiferente.

No obstante, junto a las glorias de aquel imperio en que no se ponía el sol, quedaban en casa las miserias de todos los días, que parecían no tener solución. Y una de ellas, como plaga endémica, incurable, era el bandolerismo. No era un fenómeno propiamente casero. Aunque sus orígenes se pierdan en la noche de los siglos y se advierta su presencia constante en toda la cuenca del Mediterráneo,[Notas 1] fue particularmente virulento en la segunda mitad del siglo XVI en toda la Corona de Aragón.[Notas 2] El futuro sacerdote José Calasanz vivirá momentos de angustia en sus meses de permanencia en Urgel y repartirá arcabuces a los canónigos de la catedral, quedándose él con uno para defenderse de los bandoleros. Y algunos años antes, cuando reside durante un tiempo en Montserrat, le hablarán de sus fechorías en el mismo monasterio y oirá los disparos de sus trabucos retumbar en las oquedades de la montaña.

Pero no sólo eso. En realidad, desde niño se acostumbró a oír contar casos y cosas de bandoleros. Y no eran cuentos para no dormir. Se hablaba de ello con nombres concretos de pueblos y de personas. Efectivamente, tras unos años de relativa calma, 'el bandolerismo... volvió a reaparecer con mayor fuerza en la década de los sesenta. Durante más de diez años todo el Norte será recorrido sin cesar por cuadrillas, sin que las autoridades pudieran controlar la situación hasta 1572. Una vez más, Ribagorza, la comarca de la Litera —a la que pertenece Peralta de la Sal— y Barbastro fueron las zonas donde con mayor fuerza prendió el bandolerismo. “Entendido avemos —escribía Felipe II— que en la villa de Monçón y su castillo y en Tamarite y otros lugares alrededor se recogen muchos bandoleros y salen de allí y saltean los caminantes y cometen otros delitos dignos de reparo'“. Don Juan de Gurrea por su parte, en un informe a la Corte, comunicaba la situación del condado: “donde los insultos verdaderos y atroces se cometen y andan los lacayos con toda soltura es en el condado de Ribagorza... [y] estando el condado limpio de vellacos, lo está todo él [el reino de Aragón] y particularmente la tierra de Monçón, Balbastro y Tamarite, por estar más propinqua dél”.[Notas 3]

Las amenazas, el soborno y el miedo forzaban a los vecinos de aquellos pueblos a acoger a los bandoleros, con las consiguientes quejas de las autoridades y los inevitables choques sangrientos, como el ocurrido, por ejemplo, en abril de 1561 en Binaced, diez kilómetros al sur de Monzón. Allí se había refugiado el bandolero Amendaño con treinta y cinco delincuentes, todos condenados a muerte. Acudió Lorenzo Juan, un terrateniente de Fonz, pueblo vecino de Peralta, acompañado de más de cien hombres, y en el enfrentamiento murió Amendaño con veinticinco de los suyos y otros veinte del bando de Lorenzo.[Notas 4]

La gravísima situación movió a Felipe II a escribir el 20 de junio de 1561 a los concejos municipales de Barbastro, Monzón, Sariñena, Tamarite, los lugares de la Casa de Castro y del condado de Ribagorza y al Justicia de Aragón, para que unieran sus fuerzas contra el enemigo común, el bandolerismo.[Notas 5] Por esas fechas, Pedro Calasanz, padre del Santo, era baile general de toda la Baronía de Peralta; más todavía, precisamente en ese período de mayor virulencia del bandolerismo que abarca la década de los sesenta hasta 1572, estuvo al frente de la bailía local y general de Peralta,[Notas 6] y debió tratar muchas veces en el concejo cuestiones de bandoleros, tanto más si se piensa que los pasos de 'Calasanz y el Coll de Gabassa' eran particularmente peligrosos.[Notas 7] Y por ese Coll de Gabassa tuvieron que pasar algunas veces los Calasanz-Gastón de Peralta, camino de Benabarre, donde vivía al menos desde 1565 una de las hijas, Juana, casada con Pedro Juan Blanch.[Notas 8]

Uno de los factores que influían en la persistencia del bandolerismo en aquella zona era la ausencia habitual de los señores, tanto los condes de Ribagorza y duques de Villahermosa como los barones de la Laguna, Señores de la Casa de Castro, que tenían su residencia normal en sus palacios de Zaragoza.[Notas 9] Por ello, 'en la década de los sesenta, Felipe II recordaba al barón de La Laguna su promesa de residir en los lugares de la casa de Castro “para effecto de no permitir que por ellos anduvieran bandoleros y gente de mal vivir'“.[Notas 10]

Contra esta plaga insanable recurrió también el Rey a la Santa Sede diversas veces, consiguiendo de Gregorio XIII la derogación del derecho de asilo para los facinerosos y bandoleros que se refugiaban en lugares sagrados, en toda la Corona de Aragón,[Notas 11] y también penas gravísimas contra toda clase de provocadores, protectores y participantes en banderías, tanto si se trataba de príncipes, marqueses, condes, barones y demás gente titulada como de cualquier clase de señores temporales.[Notas 12] Pero la amplitud de posibles implicaciones en tales condenas pontificias causó desazón y graves escrúpulos de conciencia en muchísima gente, particularmente en Aragón, por lo que la Diputación tuvo que recurrir al Rey suplicando la abolición de la constitución pontificia por 'el daño que reciben las almas de muchos deste Reyno con las censuras del motu proprio de los vandoleros no obedeciéndolo como manda su Majestad, ni habiendo fuerças para hazérseles guardar por ser muchos y andar por las montañas en quadrillas y el peligro y escrúpulo de otros muchos que los tratan sin poderlo escusar de donde se siguen grandes inconvenientes y clamores y los habrá mayores en las Cortes'.[Notas 13]

Pero en todo esto entraba ya el aspecto político y social del bandolerismo, que complicó todavía más el problema y del que volveremos a hablar más adelante.

Notas

  1. Cf. F. BRAUDEL, ‘El Mediterráneo y el mundo mediterráneo en la época de Felipe II’ (México 19762), t.II, p.123-125.
  2. Cf. S. GARCÍA MARTÍNEZ, ‘Bandolerismo, piratería y control de moriscos en Valencia durante el reinado de Felipe II’ (Valencia 1977); ID., ‘Bandolers, corsaris i Moriscos’ (Valencia 1980); J. REGLA, ‘El bandolerisme catalá al temps del barroc’ (Barcelona 19662); G. COLAS-J. A. SALAS, ‘Aragón en el siglo XVI. Alteraciones sociales y conflictos políticos (Zaragoza 1982).
  3. Cf. G. COLAS-J. A. SALAS, o.c., p.163.
  4. Ib., p.164.
  5. Ib.
  6. Cf. J. POCH, ‘Aportación documental biográfico-calasancia...’, p.266; ID., ‘Aportación documental a la historia de la Universidad de Huesca...’: AnCal 15 (1966) 236, n.189.
  7. Cf. G. COLAs-J. A. SALAS, o.c., p.170 y 186.
  8. Cf. J. POCH, ‘Tres testamentos...’, p.449, n.7.
  9. 'El muy Iltre. señor don Alonso de Gurrea y Aragón, conde de Ribagorza, domiciliado en la ciudad de Çaragoza...' (28 de junio de 1544) (cf. J. LÓPEZ NAVÍO, ‘Testamento de Micer Juan Calasanz’ (Zaragoza 1966) p.17; 'Yo Don Martín Despés, varón de la Laguna y señor de la Casa de Castro, domiciliado en la ciudad de Çaragoza...' (19 de diciembre de 1592) (Arch. Prot. Zaragoza, D. Fecet, 1592, f.1129).
  10. Cf. G. COLAS-J. A. SALAS, o.c., p.184.
  11. Un primer decreto para Cataluña, Rosellón y Cerdaña fue expedido el 1 de octubre de 1572 (cf. Bullarium Romanum, t.VIII [Nápoles 1883], p.19-21); en los mismos términos, casi literales, se expidió otro para Aragón y Valencia el 23 de junio de 1573 (cf. ib., p.49-50).
  12. Hubo otros dos decretos o constituciones pontificias contra las banderías o sus fautores, ambas dirigidas a Aragón, Valencia, Cataluña, Rosellón y Cerdaña: la primera (15 de mayo de 1573) condenaba a la vez el duelo y los bandos (cf. ib., p.45-48); la Segunda (15 de febrero de 1577) referente sólo a las banderías y en términos casi literalmente idénticos a la anterior (cf. ib., p.169-171)
  13. Cf. G. COLAS-J. A. SALAS, o.c., p.172-173.