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Los agustinos tenían tres provincias en nuestra Península: Castilla, Portugal y la Corona de Aragón. La primera acogió con éxito la reforma, pero las otras dos se mostraron reacias. Felipe II estaba decidido a introducir la 'observancia' en la Corona de Aragón y para ello se fijó en una de las figuras más egregias de la Provincia de Castilla para que fuera Reformador y Vicario General de la Provincia de la Corona de Aragón. Era el P. Fray Rodrigo de Solís, prior de Sevilla y definidor de la provincia castellana.
 
Los agustinos tenían tres provincias en nuestra Península: Castilla, Portugal y la Corona de Aragón. La primera acogió con éxito la reforma, pero las otras dos se mostraron reacias. Felipe II estaba decidido a introducir la 'observancia' en la Corona de Aragón y para ello se fijó en una de las figuras más egregias de la Provincia de Castilla para que fuera Reformador y Vicario General de la Provincia de la Corona de Aragón. Era el P. Fray Rodrigo de Solís, prior de Sevilla y definidor de la provincia castellana.
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Debiendo contar siempre con el beneplácito de la Santa Sede, escribía Felipe II a su embajador, con fecha del 9 de marzo de 1568, solicitando las bulas o breves pertinentes:
 
Debiendo contar siempre con el beneplácito de la Santa Sede, escribía Felipe II a su embajador, con fecha del 9 de marzo de 1568, solicitando las bulas o breves pertinentes:
  
:'''Será necesario se tomen para este officio, de los frayles reformados de la provincia de Castilla, pues en ella havrá el cumplimiento de frayles que se requiere, etc. Al P. Fray Rodrigo de Solís se le dará particular y expressa facultad [en el Breve pontificio] que pueda llevar de acá de Castilla tantos frayles de buena y exemplar vida y entre ellos tantos predicadores como fueren menester para que sean elegidos priores y en otros officios necesarios a la reformación de aquellas casas y monasterios [de la Corona de Aragón]'.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.336-337. Para todo este asunto de la reforma agustiniana véase el cap. 6 (p.319-356) del mencionado estudio del P. Poch, basado en documentos inéditos de primera mano.</ref>
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:'' 'Será necesario se tomen para este officio, de los frayles reformados de la provincia de Castilla, pues en ella havrá el cumplimiento de frayles que se requiere, etc. Al P. Fray Rodrigo de Solís se le dará particular y expressa facultad [en el Breve pontificio] que pueda llevar de acá de Castilla tantos frayles de buena y exemplar vida y entre ellos tantos predicadores como fueren menester para que sean elegidos priores y en otros officios necesarios a la reformación de aquellas casas y monasterios [de la Corona de Aragón]'.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.336-337. Para todo este asunto de la reforma agustiniana véase el cap. 6 (p.319-356) del mencionado estudio del P. Poch, basado en documentos inéditos de primera mano.</ref>
  
Entre los cincuenta religiosos castellanos elegidos por el P. Solís para esta empresa&lt;ref group='Notas'&gt;En un Breve del 12 de septiembre de 1570 se lee: 'Fratri Roderico de Solis, priori monasterii Scti. Augustini Hispalensis, conceditur facultas reformandi et ad observantiam redeundi fratres conventuales dicti Ordinis Coronae Aragonum, etc.' (ib., p.336).&lt;/ref&gt; figuraban los PP. Francisco Mansilla, Francisco Castroverde, Diego de Orellana, Rodrigo de Ayala, Hernando de Peralta, Juan de Tolosa, Gaspar de Sama y Francisco de Aguilar. Este último fue elogiado por Calasanz como 'gran predicador', garantizando con ello que se cumplían los deseos del Rey que pedía que fueran predicadores.
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Entre los cincuenta religiosos castellanos elegidos por el P. Solís para esta empresa<ref group='Notas'>En un Breve del 12 de septiembre de 1570 se lee: 'Fratri Roderico de Solis, priori monasterii Scti. Augustini Hispalensis, conceditur facultas reformandi et ad observantiam redeundi fratres conventuales dicti Ordinis Coronae Aragonum, etc.' (ib., p.336).</ref> figuraban los PP. Francisco Mansilla, Francisco Castroverde, Diego de Orellana, Rodrigo de Ayala, Hernando de Peralta, Juan de Tolosa, Gaspar de Sama y Francisco de Aguilar. Este último fue elogiado por Calasanz como 'gran predicador', garantizando con ello que se cumplían los deseos del Rey que pedía que fueran predicadores.
  
Al morir el P. Solís a principios de 1583, todos los conventos que tenía la Orden en la Corona de Aragón habían sido reformados. Le sucedió como Reformador y Vicario General el P. Francisco Mansilla, primer Provincial de la Observancia en Aragón, quien reunió Capítulo Provincial en Valencia, en mayo de 1583. Fue elegido nuevo Provincial el P. Juan Gregorio Satorre —antes 'claustral'—, siendo exonerado de su cargo el P. Mansilla al ser abolido por Roma el título y oficio de Reformador y Vicario General. El P. Mansilla se volvió a su Provincia de Castilla. Más todavía, poco a poco, el nuevo Provincial, acuciado por los oriundos de la Corona aragonesa, fue desplazando a los castellanos “observantes” de sus puestos de mando y sustituyéndolos por “ex claustrales” de la Corona de Aragón.&lt;ref group='Notas'&gt;En el Memorial que el P. Aguilar dirigió a Felipe II decía: 'prometió el Provincial [P. Satorre] delante de muchos de ‘los naturales’, de hazer toda su posibilidad para echar desta provincia a los ‘castellanos’, y luego en la primera visita que hizo començó a cumplir su promesa, dexando mandatos en las cassas donde se pueden recevir novicios, que no se puedan recevir novicios castellanos. Començó también luego a quitar priores que le parecía que no estavan a su (...) o ha necessitarlos con malos tratamientos a que ellos dexassen officios, particularmente a los que eran castellanos, poniendo a otros que eran de su hu(...) de suerte que de 33 conbentos que hay en esta provincia apenas hallarán diez que conserven los priores por su manera' (ib., p.429-430).&lt;/ref&gt; No hubo brusquedades, ni provocaciones, ni alardes de represalias, pero lo cierto es que el arrinconamiento de los “castellanos” pareció que llevara consigo implícitamente el de la “observancia”, y en cierto modo así era.&lt;ref group='Notas'&gt;En el citado Memorial, decía el P. Aguilar: 'en solos quatro años que puede haber que el dicho fray Rodrigo de Solís murió ha desdicho tanto esta Reformación de sus buenos principios, que con mucha razón se deve temer que bolverá en breve a la ruyna y estrago primero si la mano piadossíssima de V. M. que le dio principio no la repara para que no caiga' (ib., p.428).&lt;/ref&gt; Cundió la alarma entre los que quedaban del grupo de “reformadores”, cuyo representante —el P. Aguilar, prior de Lérida— se llegó a Monzón para conseguir de Felipe II un frenazo a lo que se creía el fin de la reforma por él promovida.
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Al morir el P. Solís a principios de 1583, todos los conventos que tenía la Orden en la Corona de Aragón habían sido reformados. Le sucedió como Reformador y Vicario General el P. Francisco Mansilla, primer Provincial de la Observancia en Aragón, quien reunió Capítulo Provincial en Valencia, en mayo de 1583. Fue elegido nuevo Provincial el P. Juan Gregorio Satorre —antes 'claustral'—, siendo exonerado de su cargo el P. Mansilla al ser abolido por Roma el título y oficio de Reformador y Vicario General. El P. Mansilla se volvió a su Provincia de Castilla. Más todavía, poco a poco, el nuevo Provincial, acuciado por los oriundos de la Corona aragonesa, fue desplazando a los castellanos “observantes” de sus puestos de mando y sustituyéndolos por “ex claustrales” de la Corona de Aragón.<ref group='Notas'>En el Memorial que el P. Aguilar dirigió a Felipe II decía: 'prometió el Provincial [P. Satorre] delante de muchos de ‘los naturales’, de hazer toda su posibilidad para echar desta provincia a los ‘castellanos’, y luego en la primera visita que hizo començó a cumplir su promesa, dexando mandatos en las cassas donde se pueden recevir novicios, que no se puedan recevir novicios castellanos. Començó también luego a quitar priores que le parecía que no estavan a su (...) o ha necessitarlos con malos tratamientos a que ellos dexassen officios, particularmente a los que eran castellanos, poniendo a otros que eran de su hu(...) de suerte que de 33 conbentos que hay en esta provincia apenas hallarán diez que conserven los priores por su manera' (ib., p.429-430).</ref> No hubo brusquedades, ni provocaciones, ni alardes de represalias, pero lo cierto es que el arrinconamiento de los “castellanos” pareció que llevara consigo implícitamente el de la “observancia”, y en cierto modo así era.<ref group='Notas'>En el citado Memorial, decía el P. Aguilar: 'en solos quatro años que puede haber que el dicho fray Rodrigo de Solís murió ha desdicho tanto esta Reformación de sus buenos principios, que con mucha razón se deve temer que bolverá en breve a la ruyna y estrago primero si la mano piadossíssima de V. M. que le dio principio no la repara para que no caiga' (ib., p.428).</ref> Cundió la alarma entre los que quedaban del grupo de “reformadores”, cuyo representante —el P. Aguilar, prior de Lérida— se llegó a Monzón para conseguir de Felipe II un frenazo a lo que se creía el fin de la reforma por él promovida.
  
No pretendía el P. Aguilar presentar su problema como asunto para tratarse en las Cortes. No lo trataron de hecho. Quiso sencillamente aprovechar la coyuntura de que en Monzón, que 'está de Lérida a seis leguas'&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. E. COCK, o.c., p.13. Hoy día cincuenta y un kilómetros.&lt;/ref&gt; —y el P. Aguilar residía en la ciudad del Segre como prior del convento de agustinos y catedrático de la Universidad—, se hallaban algunos personajes muy interesados desde un principio por la reforma agustiniana en la Corona de Aragón. Y eran, además del rey, Juan de Lanuza, Justicia de Aragón, y el nuevo obispo de Lérida, Mons. La Figuera.&lt;ref group='Notas'&gt;En el recordado Memorial, el P. Aguilar decía respecto a La Figuera, que habia sido Canónigo Regular de San Agustín, 'que dende los principios le ha mostrado [a la Reforma]... affición y hecho grandes favores' (J. PocH, o.c., p.43O).&lt;/ref&gt; Ambos le aconsejaron que hablara con el confesor del rey, el dominico P. Diego de Chaves, a quien presentó un Memorial, escrito por Calasanz;&lt;ref group='Notas'&gt;Véase fotocopia en J. POCH, o.c., Iám. contigua a la p.341.&lt;/ref&gt; el P. Chaves —escribe el P. Aguilar al Rey— “me embió al conde de Chinchón al qual yo he dado cuenta de todo lo que en este memorial digo y del medio por el qual me pareze a mí que se podrá bien reparar el daño y es muy necessario que por esta razón o por otra vía que fuere del gusto de Vuestra Magestad se ponga remedio en él para el capítulo venidero que se celebrará en esta provincia a 22 de abril del año siguiente de 1586”.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. POCH, o.c., p.43O.&lt;/ref&gt;
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No pretendía el P. Aguilar presentar su problema como asunto para tratarse en las Cortes. No lo trataron de hecho. Quiso sencillamente aprovechar la coyuntura de que en Monzón, que 'está de Lérida a seis leguas'<ref group='Notas'>Cf. E. COCK, o.c., p.13. Hoy día cincuenta y un kilómetros.</ref> —y el P. Aguilar residía en la ciudad del Segre como prior del convento de agustinos y catedrático de la Universidad—, se hallaban algunos personajes muy interesados desde un principio por la reforma agustiniana en la Corona de Aragón. Y eran, además del rey, Juan de Lanuza, Justicia de Aragón, y el nuevo obispo de Lérida, Mons. La Figuera.<ref group='Notas'>En el recordado Memorial, el P. Aguilar decía respecto a La Figuera, que habia sido Canónigo Regular de San Agustín, 'que dende los principios le ha mostrado [a la Reforma]... affición y hecho grandes favores' (J. PocH, o.c., p.43O).</ref> Ambos le aconsejaron que hablara con el confesor del rey, el dominico P. Diego de Chaves, a quien presentó un Memorial, escrito por Calasanz;<ref group='Notas'>Véase fotocopia en J. POCH, o.c., Iám. contigua a la p.341.</ref> el P. Chaves —escribe el P. Aguilar al Rey— “me embió al conde de Chinchón al qual yo he dado cuenta de todo lo que en este memorial digo y del medio por el qual me pareze a mí que se podrá bien reparar el daño y es muy necessario que por esta razón o por otra vía que fuere del gusto de Vuestra Magestad se ponga remedio en él para el capítulo venidero que se celebrará en esta provincia a 22 de abril del año siguiente de 1586”.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.43O.</ref>
  
El Rey —precisaba Calasanz en su atestado de 1637— 'diputó una congregación para ajustar este negocio y hallábanse en ella el dicho Obispo, el dicho Confesor del Rey, y el Conde de Chinchón, el Justicia de Aragón y el dicho Padre Aguilar', y hubiera podido añadir con Dante: “si ch’io fui sesto tra cotanto senno”,&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. DANTE, ‘La Divina Commedia. Inferno’, canto IV, v.102: 'de modo que yo fui el sexto entre tan digno consejo'.&lt;/ref&gt; aunque no como miembro deliberante, sino que “yo fui llamado —añade— como secretario para hazer los despachos, que se avían de embiar a Roma. Y esto fue el mes de Agosto o Setiembre del dicho año de 1585. Y los papeles fueron embiados por orden del Rey a su Embaxador”.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. el texto correspondiente a la n.81 anterior.&lt;/ref&gt;
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El Rey —precisaba Calasanz en su atestado de 1637— 'diputó una congregación para ajustar este negocio y hallábanse en ella el dicho Obispo, el dicho Confesor del Rey, y el Conde de Chinchón, el Justicia de Aragón y el dicho Padre Aguilar', y hubiera podido añadir con Dante: “si ch’io fui sesto tra cotanto senno”,<ref group='Notas'>Cf. DANTE, ‘La Divina Commedia. Inferno’, canto IV, v.102: 'de modo que yo fui el sexto entre tan digno consejo'.</ref> aunque no como miembro deliberante, sino que “yo fui llamado —añade— como secretario para hazer los despachos, que se avían de embiar a Roma. Y esto fue el mes de Agosto o Setiembre del dicho año de 1585. Y los papeles fueron embiados por orden del Rey a su Embaxador”.<ref group='Notas'>Cf. el texto correspondiente a la n.81 anterior.</ref>
  
Estos despachos autógrafos de Calasanz aún no se han encontrado, a pesar de las pesquisas, pero su contenido nos es perfectamente conocido, pues junto con ellos y con fecha del 21 de septiembre mandaba el Rey una carta a su embajador Olivares, en la que 'ofrece la síntesis de las resoluciones o acuerdos de la congregación por su mandato adunada para repristinar la observancia agustiniana en los monasterios de la Corona de Aragón'.&lt;ref group='Notas'&gt;Así asegura Poch en o.c., p.344. Cf. la carta real, íntegra, en ib., p.431.433. A esta Carta añadía el rey otra, dirigida al Papa, para que atendiera a las súplicas que en su nombre le haría el embajador Olivares (cf. ib., p.434).&lt;/ref&gt; Además, el secretario de la embajada romana hizo a su vez una síntesis de las peticiones, que expresaba al Rey en la referida carta de Olivares. Léase:
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Estos despachos autógrafos de Calasanz aún no se han encontrado, a pesar de las pesquisas, pero su contenido nos es perfectamente conocido, pues junto con ellos y con fecha del 21 de septiembre mandaba el Rey una carta a su embajador Olivares, en la que 'ofrece la síntesis de las resoluciones o acuerdos de la congregación por su mandato adunada para repristinar la observancia agustiniana en los monasterios de la Corona de Aragón'.<ref group='Notas'>Así asegura Poch en o.c., p.344. Cf. la carta real, íntegra, en ib., p.431.433. A esta Carta añadía el rey otra, dirigida al Papa, para que atendiera a las súplicas que en su nombre le haría el embajador Olivares (cf. ib., p.434).</ref> Además, el secretario de la embajada romana hizo a su vez una síntesis de las peticiones, que expresaba al Rey en la referida carta de Olivares. Léase:
  
:'''Sumario: Su Magestad 21 septiembre 1585.
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:'' 'Sumario: Su Magestad 21 septiembre 1585.
  
 
:''Monçon. Secretario Gassol.
 
:''Monçon. Secretario Gassol.
  
:''Que se nombre por Vicario General de la Provincia de Aragón en la Orden de San Agustín a frai Francisco Mansilla de la dicha Orden, natural de Córdova, con la misma autoridad i poder que tuvo frai Rodrigo de Solís en el tiempo que la reformó. O a frai Gaspar de Saona que está en Barcelona. O a frai Hernando de Peralta. Con declaración que si antes que se acabe la reforma muriese el que fuere nombrado por Vicario General, pueda su Magestad nombrar uno de los otros dos para que la acabe, a al que la provincia de Castilla le pareciere. Que tenga el Vicario General facultad de unir monasterios de los que por su pobreza no pueden guardar observancia. Que pueda tomar dos Religiosos de la Provincia de Castilla, los que quisiere. Que todo se haga con recato y secreto'.&lt;ref group='Notas'&gt;Ib., p347-348.&lt;/ref&gt;
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:''Que se nombre por Vicario General de la Provincia de Aragón en la Orden de San Agustín a frai Francisco Mansilla de la dicha Orden, natural de Córdova, con la misma autoridad i poder que tuvo frai Rodrigo de Solís en el tiempo que la reformó. O a frai Gaspar de Saona que está en Barcelona. O a frai Hernando de Peralta. Con declaración que si antes que se acabe la reforma muriese el que fuere nombrado por Vicario General, pueda su Magestad nombrar uno de los otros dos para que la acabe, a al que la provincia de Castilla le pareciere. Que tenga el Vicario General facultad de unir monasterios de los que por su pobreza no pueden guardar observancia. Que pueda tomar dos Religiosos de la Provincia de Castilla, los que quisiere. Que todo se haga con recato y secreto'.<ref group='Notas'>Ib., p347-348.</ref>
  
Eso fue todo lo tratado y decidido en Monzón por aquella comisión especial, nombrada por el rey, pero que nada tuvo que ver con la temática que se agitaba en las Cortes. Ni parece acertado reducir la intervención de Calasanz a la escueta redacción de los 'despachos' que se enviaron a Roma y que fueron la conclusión de la junta, pues su colaboración empieza antes de la designación de sus miembros, al redactar la “Suma del Memorial” que se dio al P. Chaves en la etapa preparatoria.&lt;ref group='Notas'&gt;Así lo hace notar Poch, contra la opinión minimizante del P. Antonio Vidal, que negó la asistencia de Calasanz a las sesiones de la junta y limitó su actuación al redactado final de los despachos (cf. ib., p.364).&lt;/ref&gt; Además, su oficio de secretario exigía lógicamente una presencia normal y continua en todas las sesiones de la junta.
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Eso fue todo lo tratado y decidido en Monzón por aquella comisión especial, nombrada por el rey, pero que nada tuvo que ver con la temática que se agitaba en las Cortes. Ni parece acertado reducir la intervención de Calasanz a la escueta redacción de los 'despachos' que se enviaron a Roma y que fueron la conclusión de la junta, pues su colaboración empieza antes de la designación de sus miembros, al redactar la “Suma del Memorial” que se dio al P. Chaves en la etapa preparatoria.<ref group='Notas'>Así lo hace notar Poch, contra la opinión minimizante del P. Antonio Vidal, que negó la asistencia de Calasanz a las sesiones de la junta y limitó su actuación al redactado final de los despachos (cf. ib., p.364).</ref> Además, su oficio de secretario exigía lógicamente una presencia normal y continua en todas las sesiones de la junta.
  
 
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06.12. La reforma de los agustinos

Los agustinos tenían tres provincias en nuestra Península: Castilla, Portugal y la Corona de Aragón. La primera acogió con éxito la reforma, pero las otras dos se mostraron reacias. Felipe II estaba decidido a introducir la 'observancia' en la Corona de Aragón y para ello se fijó en una de las figuras más egregias de la Provincia de Castilla para que fuera Reformador y Vicario General de la Provincia de la Corona de Aragón. Era el P. Fray Rodrigo de Solís, prior de Sevilla y definidor de la provincia castellana.

Debiendo contar siempre con el beneplácito de la Santa Sede, escribía Felipe II a su embajador, con fecha del 9 de marzo de 1568, solicitando las bulas o breves pertinentes:

'Será necesario se tomen para este officio, de los frayles reformados de la provincia de Castilla, pues en ella havrá el cumplimiento de frayles que se requiere, etc. Al P. Fray Rodrigo de Solís se le dará particular y expressa facultad [en el Breve pontificio] que pueda llevar de acá de Castilla tantos frayles de buena y exemplar vida y entre ellos tantos predicadores como fueren menester para que sean elegidos priores y en otros officios necesarios a la reformación de aquellas casas y monasterios [de la Corona de Aragón]'.[Notas 1]

Entre los cincuenta religiosos castellanos elegidos por el P. Solís para esta empresa[Notas 2] figuraban los PP. Francisco Mansilla, Francisco Castroverde, Diego de Orellana, Rodrigo de Ayala, Hernando de Peralta, Juan de Tolosa, Gaspar de Sama y Francisco de Aguilar. Este último fue elogiado por Calasanz como 'gran predicador', garantizando con ello que se cumplían los deseos del Rey que pedía que fueran predicadores.

Al morir el P. Solís a principios de 1583, todos los conventos que tenía la Orden en la Corona de Aragón habían sido reformados. Le sucedió como Reformador y Vicario General el P. Francisco Mansilla, primer Provincial de la Observancia en Aragón, quien reunió Capítulo Provincial en Valencia, en mayo de 1583. Fue elegido nuevo Provincial el P. Juan Gregorio Satorre —antes 'claustral'—, siendo exonerado de su cargo el P. Mansilla al ser abolido por Roma el título y oficio de Reformador y Vicario General. El P. Mansilla se volvió a su Provincia de Castilla. Más todavía, poco a poco, el nuevo Provincial, acuciado por los oriundos de la Corona aragonesa, fue desplazando a los castellanos “observantes” de sus puestos de mando y sustituyéndolos por “ex claustrales” de la Corona de Aragón.[Notas 3] No hubo brusquedades, ni provocaciones, ni alardes de represalias, pero lo cierto es que el arrinconamiento de los “castellanos” pareció que llevara consigo implícitamente el de la “observancia”, y en cierto modo así era.[Notas 4] Cundió la alarma entre los que quedaban del grupo de “reformadores”, cuyo representante —el P. Aguilar, prior de Lérida— se llegó a Monzón para conseguir de Felipe II un frenazo a lo que se creía el fin de la reforma por él promovida.

No pretendía el P. Aguilar presentar su problema como asunto para tratarse en las Cortes. No lo trataron de hecho. Quiso sencillamente aprovechar la coyuntura de que en Monzón, que 'está de Lérida a seis leguas'[Notas 5] —y el P. Aguilar residía en la ciudad del Segre como prior del convento de agustinos y catedrático de la Universidad—, se hallaban algunos personajes muy interesados desde un principio por la reforma agustiniana en la Corona de Aragón. Y eran, además del rey, Juan de Lanuza, Justicia de Aragón, y el nuevo obispo de Lérida, Mons. La Figuera.[Notas 6] Ambos le aconsejaron que hablara con el confesor del rey, el dominico P. Diego de Chaves, a quien presentó un Memorial, escrito por Calasanz;[Notas 7] el P. Chaves —escribe el P. Aguilar al Rey— “me embió al conde de Chinchón al qual yo he dado cuenta de todo lo que en este memorial digo y del medio por el qual me pareze a mí que se podrá bien reparar el daño y es muy necessario que por esta razón o por otra vía que fuere del gusto de Vuestra Magestad se ponga remedio en él para el capítulo venidero que se celebrará en esta provincia a 22 de abril del año siguiente de 1586”.[Notas 8]

El Rey —precisaba Calasanz en su atestado de 1637— 'diputó una congregación para ajustar este negocio y hallábanse en ella el dicho Obispo, el dicho Confesor del Rey, y el Conde de Chinchón, el Justicia de Aragón y el dicho Padre Aguilar', y hubiera podido añadir con Dante: “si ch’io fui sesto tra cotanto senno”,[Notas 9] aunque no como miembro deliberante, sino que “yo fui llamado —añade— como secretario para hazer los despachos, que se avían de embiar a Roma. Y esto fue el mes de Agosto o Setiembre del dicho año de 1585. Y los papeles fueron embiados por orden del Rey a su Embaxador”.[Notas 10]

Estos despachos autógrafos de Calasanz aún no se han encontrado, a pesar de las pesquisas, pero su contenido nos es perfectamente conocido, pues junto con ellos y con fecha del 21 de septiembre mandaba el Rey una carta a su embajador Olivares, en la que 'ofrece la síntesis de las resoluciones o acuerdos de la congregación por su mandato adunada para repristinar la observancia agustiniana en los monasterios de la Corona de Aragón'.[Notas 11] Además, el secretario de la embajada romana hizo a su vez una síntesis de las peticiones, que expresaba al Rey en la referida carta de Olivares. Léase:

'Sumario: Su Magestad 21 septiembre 1585.
Monçon. Secretario Gassol.
Que se nombre por Vicario General de la Provincia de Aragón en la Orden de San Agustín a frai Francisco Mansilla de la dicha Orden, natural de Córdova, con la misma autoridad i poder que tuvo frai Rodrigo de Solís en el tiempo que la reformó. O a frai Gaspar de Saona que está en Barcelona. O a frai Hernando de Peralta. Con declaración que si antes que se acabe la reforma muriese el que fuere nombrado por Vicario General, pueda su Magestad nombrar uno de los otros dos para que la acabe, a al que la provincia de Castilla le pareciere. Que tenga el Vicario General facultad de unir monasterios de los que por su pobreza no pueden guardar observancia. Que pueda tomar dos Religiosos de la Provincia de Castilla, los que quisiere. Que todo se haga con recato y secreto'.[Notas 12]

Eso fue todo lo tratado y decidido en Monzón por aquella comisión especial, nombrada por el rey, pero que nada tuvo que ver con la temática que se agitaba en las Cortes. Ni parece acertado reducir la intervención de Calasanz a la escueta redacción de los 'despachos' que se enviaron a Roma y que fueron la conclusión de la junta, pues su colaboración empieza antes de la designación de sus miembros, al redactar la “Suma del Memorial” que se dio al P. Chaves en la etapa preparatoria.[Notas 13] Además, su oficio de secretario exigía lógicamente una presencia normal y continua en todas las sesiones de la junta.

Notas

  1. Cf. J. POCH, o.c., p.336-337. Para todo este asunto de la reforma agustiniana véase el cap. 6 (p.319-356) del mencionado estudio del P. Poch, basado en documentos inéditos de primera mano.
  2. En un Breve del 12 de septiembre de 1570 se lee: 'Fratri Roderico de Solis, priori monasterii Scti. Augustini Hispalensis, conceditur facultas reformandi et ad observantiam redeundi fratres conventuales dicti Ordinis Coronae Aragonum, etc.' (ib., p.336).
  3. En el Memorial que el P. Aguilar dirigió a Felipe II decía: 'prometió el Provincial [P. Satorre] delante de muchos de ‘los naturales’, de hazer toda su posibilidad para echar desta provincia a los ‘castellanos’, y luego en la primera visita que hizo començó a cumplir su promesa, dexando mandatos en las cassas donde se pueden recevir novicios, que no se puedan recevir novicios castellanos. Començó también luego a quitar priores que le parecía que no estavan a su (...) o ha necessitarlos con malos tratamientos a que ellos dexassen officios, particularmente a los que eran castellanos, poniendo a otros que eran de su hu(...) de suerte que de 33 conbentos que hay en esta provincia apenas hallarán diez que conserven los priores por su manera' (ib., p.429-430).
  4. En el citado Memorial, decía el P. Aguilar: 'en solos quatro años que puede haber que el dicho fray Rodrigo de Solís murió ha desdicho tanto esta Reformación de sus buenos principios, que con mucha razón se deve temer que bolverá en breve a la ruyna y estrago primero si la mano piadossíssima de V. M. que le dio principio no la repara para que no caiga' (ib., p.428).
  5. Cf. E. COCK, o.c., p.13. Hoy día cincuenta y un kilómetros.
  6. En el recordado Memorial, el P. Aguilar decía respecto a La Figuera, que habia sido Canónigo Regular de San Agustín, 'que dende los principios le ha mostrado [a la Reforma]... affición y hecho grandes favores' (J. PocH, o.c., p.43O).
  7. Véase fotocopia en J. POCH, o.c., Iám. contigua a la p.341.
  8. Cf. J. POCH, o.c., p.43O.
  9. Cf. DANTE, ‘La Divina Commedia. Inferno’, canto IV, v.102: 'de modo que yo fui el sexto entre tan digno consejo'.
  10. Cf. el texto correspondiente a la n.81 anterior.
  11. Así asegura Poch en o.c., p.344. Cf. la carta real, íntegra, en ib., p.431.433. A esta Carta añadía el rey otra, dirigida al Papa, para que atendiera a las súplicas que en su nombre le haría el embajador Olivares (cf. ib., p.434).
  12. Ib., p347-348.
  13. Así lo hace notar Poch, contra la opinión minimizante del P. Antonio Vidal, que negó la asistencia de Calasanz a las sesiones de la junta y limitó su actuación al redactado final de los despachos (cf. ib., p.364).