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c) respecto a la precedencia, debe suprimirse entre sacerdotes, entre clérigos y entre Hermanos respectivamente, como se dice qué observan los jesuitas.
 
c) respecto a la precedencia, debe suprimirse entre sacerdotes, entre clérigos y entre Hermanos respectivamente, como se dice qué observan los jesuitas.
  
d) de nuevo se pide que por una vez se pueda prescindir de las disposiciones de la reciente Bula ‘de apostatis et eiectiis’, concediendo la facultad.de expulsar de la Orden a algunos inquietos incorregibles.<ref group='Notas'>Véase el memorial en EGC X, p.308-309.</ref>
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d) de nuevo se pide que por una vez se pueda prescindir de las disposiciones de la reciente Bula ‘de apostatis et eiectiis’, concediendo la facultad.de expulsar de la Orden a algunos inquietos incorregibles.<ref group='Notas'>Véase el memorial en EGC X, p.308-309.</ref>
  
Es digno de notarse que todavía a estas alturas, en agosto de 1641, después de los Capítulos Generales de 1637 y 1641 que tantas limitaciones expusieron a los Hermanos, particularmente el primero, en que se intentó acabar de raíz con los Clérigos Operarios y la dedicación de Hermanos a la enseñanza, todavía sigue firme la actitud defensiva del General y los Asistentes a favor de ellos. Más todavía, lo que piden son consecuencias lógicas de lo que les concedió el discutido breve ‘Religiosos viros’ y las aclaraciones oficiales de la Comisión Pontificia, es decir, se ponen de parte de los Hermanos en lo que tenían de justicia sus Peticiones.&lt;ref group='Notas'&gt;Recuérdese la c.2829, del 27 de marzo de 1638, ya citada en el texto relativo a la n.168 de este capítulo.&lt;/ref&gt;
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Es digno de notarse que todavía a estas alturas, en agosto de 1641, después de los Capítulos Generales de 1637 y 1641 que tantas limitaciones expusieron a los Hermanos, particularmente el primero, en que se intentó acabar de raíz con los Clérigos Operarios y la dedicación de Hermanos a la enseñanza, todavía sigue firme la actitud defensiva del General y los Asistentes a favor de ellos. Más todavía, lo que piden son consecuencias lógicas de lo que les concedió el discutido breve ‘Religiosos viros’ y las aclaraciones oficiales de la Comisión Pontificia, es decir, se ponen de parte de los Hermanos en lo que tenían de justicia sus Peticiones.<ref group='Notas'>Recuérdese la c.2829, del 27 de marzo de 1638, ya citada en el texto relativo a la n.168 de este capítulo.</ref>
  
 
A las propuestas del General y Asistentes respondió la Comisión el 23 de agosto de 1641 simplemente:
 
A las propuestas del General y Asistentes respondió la Comisión el 23 de agosto de 1641 simplemente:
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en cuanto a la precedencia: los Superiores, según su rango, preceden a todos los demás; los sacerdotes a los que no lo son, sin orden de precedencia entre ellos, y lo mismo todos los demás entre sí, tanto si son diáconos, subdiáconos, clérigos o Hermanos;
 
en cuanto a la precedencia: los Superiores, según su rango, preceden a todos los demás; los sacerdotes a los que no lo son, sin orden de precedencia entre ellos, y lo mismo todos los demás entre sí, tanto si son diáconos, subdiáconos, clérigos o Hermanos;
  
c) quedaban suspendidas las disposiciones anteriores que limitaban el tiempo de comparecencia a exámenes de órdenes, dejándolo al arbitrio del cardenal, aclarando, además, que el General es libre de dar o negar dimisorias a quienes los examinadores declararen aptos.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. G. SÁNTHA, ‘Probatio et institutio…’; EphCal 6 (1966) 247-248,n.172.&lt;/ref&gt;
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c) quedaban suspendidas las disposiciones anteriores que limitaban el tiempo de comparecencia a exámenes de órdenes, dejándolo al arbitrio del cardenal, aclarando, además, que el General es libre de dar o negar dimisorias a quienes los examinadores declararen aptos.<ref group='Notas'>Cf. G. SÁNTHA, ‘Probatio et institutio…’; EphCal 6 (1966) 247-248,n.172.</ref>
  
d) No parece inexacto afirmar que por estas fechas de la segunda mitad del año 1641 el problema de los Hermanos 'reclamantes' había quedado canónicamente resuelto en su núcleo fundamental, que era la declaración de clérigos y su ordenación sacerdotal.&lt;ref group='Notas'&gt;A la complejidad del problema se añade la confusión de fechas atribuidas a documentos, con lo que parecen seguir reclamando en 1641 o 1643,.por ejemplo, quienes lo habían hecho en 1639 (cf. EC, p.696,2228,2587, cotejados con EGC X. p.305).&lt;/ref&gt; Todo hace pensar que después de las últimas determinaciones de la Comisión de prelados, prácticamente quedó la puerta abierta para que fueran presentándose a examen de capacitación al sacerdocio los que cumplían con las condiciones requeridas. No hubo excesos, sino más bien moderación en conceder el sacerdocio.&lt;ref group='Notas'&gt;Según cálculos efectuados en el Catal. Rel. y otros datos biográficos de los Epistolarios editados, en 1627, en que se establecen los Clérigos Operarios, había en la Orden 81 Hermanos, y desde 1627 a 1637 vistieron para Clérigos Operarios 25 y para Hermanos 82. De todos estos 188, sólo se ordenaron sacerdotes 38, de los cuales 16 siendo General Calasanz (1636 a 1642) y los otros 22 desde su deposición hasta su muerte (1643-1648), es decir, no todos con su consentimiento. Y de esos 38 sacerdotes. 15 abandonaron la Orden en los años difíciles.&lt;/ref&gt; Con todo, alguno que otro estuvo insistiendo durante años ante los superiores para que le concedieran la ordenación, que se le negaba quizá por su inadecuada preparación o por otros motivos desconocidos.&lt;ref group='Notas'&gt;Por ejemplo, el H. Antonio Canellas, que desde 1641 persiste hasta 1647, en que consigue ordenarse (cf. EHI, p.485-486; EC, p.464-472) y no con el apoyo del Padre Fundador.&lt;/ref&gt;
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d) No parece inexacto afirmar que por estas fechas de la segunda mitad del año 1641 el problema de los Hermanos 'reclamantes' había quedado canónicamente resuelto en su núcleo fundamental, que era la declaración de clérigos y su ordenación sacerdotal.<ref group='Notas'>A la complejidad del problema se añade la confusión de fechas atribuidas a documentos, con lo que parecen seguir reclamando en 1641 o 1643,.por ejemplo, quienes lo habían hecho en 1639 (cf. EC, p.696,2228,2587, cotejados con EGC X. p.305).</ref> Todo hace pensar que después de las últimas determinaciones de la Comisión de prelados, prácticamente quedó la puerta abierta para que fueran presentándose a examen de capacitación al sacerdocio los que cumplían con las condiciones requeridas. No hubo excesos, sino más bien moderación en conceder el sacerdocio.<ref group='Notas'>Según cálculos efectuados en el Catal. Rel. y otros datos biográficos de los Epistolarios editados, en 1627, en que se establecen los Clérigos Operarios, había en la Orden 81 Hermanos, y desde 1627 a 1637 vistieron para Clérigos Operarios 25 y para Hermanos 82. De todos estos 188, sólo se ordenaron sacerdotes 38, de los cuales 16 siendo General Calasanz (1636 a 1642) y los otros 22 desde su deposición hasta su muerte (1643-1648), es decir, no todos con su consentimiento. Y de esos 38 sacerdotes. 15 abandonaron la Orden en los años difíciles.</ref> Con todo, alguno que otro estuvo insistiendo durante años ante los superiores para que le concedieran la ordenación, que se le negaba quizá por su inadecuada preparación o por otros motivos desconocidos.<ref group='Notas'>Por ejemplo, el H. Antonio Canellas, que desde 1641 persiste hasta 1647, en que consigue ordenarse (cf. EHI, p.485-486; EC, p.464-472) y no con el apoyo del Padre Fundador.</ref>
  
 
El problema de la precedencia fue largo y espinoso. Como consecuencia de la promoción de Hermanos al clericato y al sacerdocio, fue sin duda el aspecto más perturbador de toda la contienda. En pocas palabras: consistía en decidir qué lugar debían ocupar los que, habiendo sido hasta el momento Hermanos Operarios (‘legos’), recibían la tonsura y demás órdenes, hasta el sacerdocio. ¿Debían mantener el lugar que les correspondía según la fecha de su profesión entre los Hermanos -como hasta entonces- o entre los sacerdotes y los clérigos? Hubo soluciones en ambos sentidos, así como hacer depender la precedencia del día de la ordenación sacerdotal o de la fecha de emisión del breve ‘Religiosos viros’, que decidía quiénes eran clérigos, etc.
 
El problema de la precedencia fue largo y espinoso. Como consecuencia de la promoción de Hermanos al clericato y al sacerdocio, fue sin duda el aspecto más perturbador de toda la contienda. En pocas palabras: consistía en decidir qué lugar debían ocupar los que, habiendo sido hasta el momento Hermanos Operarios (‘legos’), recibían la tonsura y demás órdenes, hasta el sacerdocio. ¿Debían mantener el lugar que les correspondía según la fecha de su profesión entre los Hermanos -como hasta entonces- o entre los sacerdotes y los clérigos? Hubo soluciones en ambos sentidos, así como hacer depender la precedencia del día de la ordenación sacerdotal o de la fecha de emisión del breve ‘Religiosos viros’, que decidía quiénes eran clérigos, etc.
  
El Capítulo General de 1637 dio soluciones al problema, pero el de 1641, al llegar al examen de ellas, prefirió abstenerse, dejando la cuestión a la Comisión de Prelados.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. Actas, p.41 y 62. El Fundador llegó incluso a pedir a los nuevos sacerdotes que renunciaran 'espontáneamente' a sus supuestos derechos 'de profesión' y tuvieran en cuenta sólo el día de la ordenación (cf. RegCal 19, 306-344). Pero tampoco fue solución satisfactoria.&lt;/ref&gt; Esta Comisión trató el asunto en sus sesiones del 29 de septiembre de 1640 y del 25 de marzo de 1641, esquivando también la respuesta con un genérico 'providebitur' (se proveerá),&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. Actas, p.76 y 78.&lt;/ref&gt; hasta que por sugerencia expresa del P. General y sus asistentes decidieron la cuestión en su última sesión del 23 de agosto de 1641, como hemos visto. No obstante, algunos sacerdotes 'ex operarios' siguieron impertérritos luchando por sus pretendidos derechos de ocupar el puesto que les correspondía por profesión, como Agustín Pucci en Florencia, Domingo di Rosa en Nápoles, Anselmo Lunadeo en Poli, Domingo Morinelli en Génova, los cuatro firmatarios de aquel primer memorial de los 21 reclamantes, y de ellos, salvo el último, los otros tres abandonaron luego la Orden en los años 1646-1648.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. EC, p.155-161, 1291-1295, 1693-1694, 1886-1887.&lt;/ref&gt; por otra parte, el reducido número de estos sacerdotes 'ex operarios' -treinta y ocho ordenados desde 1636 hasta 1648 hemos calculado-, y el atenuante de que no todos tomaron las cosas tan a pecho, nos hace pensar que se ha exagerado demasiado el asunto.
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El Capítulo General de 1637 dio soluciones al problema, pero el de 1641, al llegar al examen de ellas, prefirió abstenerse, dejando la cuestión a la Comisión de Prelados.<ref group='Notas'>Cf. Actas, p.41 y 62. El Fundador llegó incluso a pedir a los nuevos sacerdotes que renunciaran 'espontáneamente' a sus supuestos derechos 'de profesión' y tuvieran en cuenta sólo el día de la ordenación (cf. RegCal 19, 306-344). Pero tampoco fue solución satisfactoria.</ref> Esta Comisión trató el asunto en sus sesiones del 29 de septiembre de 1640 y del 25 de marzo de 1641, esquivando también la respuesta con un genérico 'providebitur' (se proveerá),<ref group='Notas'>Cf. Actas, p.76 y 78.</ref> hasta que por sugerencia expresa del P. General y sus asistentes decidieron la cuestión en su última sesión del 23 de agosto de 1641, como hemos visto. No obstante, algunos sacerdotes 'ex operarios' siguieron impertérritos luchando por sus pretendidos derechos de ocupar el puesto que les correspondía por profesión, como Agustín Pucci en Florencia, Domingo di Rosa en Nápoles, Anselmo Lunadeo en Poli, Domingo Morinelli en Génova, los cuatro firmatarios de aquel primer memorial de los 21 reclamantes, y de ellos, salvo el último, los otros tres abandonaron luego la Orden en los años 1646-1648.<ref group='Notas'>Cf. EC, p.155-161, 1291-1295, 1693-1694, 1886-1887.</ref> por otra parte, el reducido número de estos sacerdotes 'ex operarios' -treinta y ocho ordenados desde 1636 hasta 1648 hemos calculado-, y el atenuante de que no todos tomaron las cosas tan a pecho, nos hace pensar que se ha exagerado demasiado el asunto.
  
Finalmente, en el decreto emanado el día 23 de agosto de 1641 nada dijo la Comisión respecto a la exención de la bula ‘de apostatis et eiectis’, y concesión de expulsar de la Orden a los incorregibles. Trataron, sin embargo, la cuestión y aconsejaron al P. General que presentara un memorial pidiendo solamente la gracia de que tales religiosos pudieran dejar la Orden para entrar en otra, incluso menos exigente (‘ad laxiorem’), con tal de que se les admitiera. Por lo visto, era lo único que se podía conseguir. El memorial fue cursado y Urbano VIII atendió la petición el 3 de septiembre de 1641.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf . EGC X, p.303. La práctica normal era que se concediera el paso a otra Orden 'más rigurosa', pero no a una 'más laxa' (ad laxiorem). En nuestro caso, pues, podían pasar a cualquier Orden.&lt;/ref&gt; No era lo que se deseaba, pues no siempre los incorregibles o indeseables son propensos a marcharse voluntariamente. Pero, sin duda, se aprovechó la oportunidad para que algunos se fueran a otras Ordenes, además de los que consiguieron que sus profesiones se declararan nulas y volvieron al siglo.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. Reg. Cal. 66 (sentencias de nulidad de profesiones desde 1639 a 1645).En los años 1641 - 1643 consta en esas sentencias que cinco pasaron a los franciscanos. Por otra parte, de los 21 'reclamantes' iniciales, 13 llegaron al sacerdocio, y de ellos, siete dejaron la Orden; los restantes nueve quedaron Hermanos, pero de ellos se fueron ocho, es decir, que permanecieron en la Orden seis sacerdotes y un Hermano.&lt;/ref&gt;
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Finalmente, en el decreto emanado el día 23 de agosto de 1641 nada dijo la Comisión respecto a la exención de la bula ‘de apostatis et eiectis’, y concesión de expulsar de la Orden a los incorregibles. Trataron, sin embargo, la cuestión y aconsejaron al P. General que presentara un memorial pidiendo solamente la gracia de que tales religiosos pudieran dejar la Orden para entrar en otra, incluso menos exigente (‘ad laxiorem’), con tal de que se les admitiera. Por lo visto, era lo único que se podía conseguir. El memorial fue cursado y Urbano VIII atendió la petición el 3 de septiembre de 1641.<ref group='Notas'>Cf . EGC X, p.303. La práctica normal era que se concediera el paso a otra Orden 'más rigurosa', pero no a una 'más laxa' (ad laxiorem). En nuestro caso, pues, podían pasar a cualquier Orden.</ref> No era lo que se deseaba, pues no siempre los incorregibles o indeseables son propensos a marcharse voluntariamente. Pero, sin duda, se aprovechó la oportunidad para que algunos se fueran a otras Ordenes, además de los que consiguieron que sus profesiones se declararan nulas y volvieron al siglo.<ref group='Notas'>Cf. Reg. Cal. 66 (sentencias de nulidad de profesiones desde 1639 a 1645).En los años 1641 - 1643 consta en esas sentencias que cinco pasaron a los franciscanos. Por otra parte, de los 21 'reclamantes' iniciales, 13 llegaron al sacerdocio, y de ellos, siete dejaron la Orden; los restantes nueve quedaron Hermanos, pero de ellos se fueron ocho, es decir, que permanecieron en la Orden seis sacerdotes y un Hermano.</ref>
  
 
Mientras tanto, algo nuevo estaba ocurriendo en Florencia; algo totalmente distinto de lo que hasta entonces hubiera podido ser problema en la Orden. Era como un huracán, y como los huracanes llevaba también un nombre: Mario Sozzi.
 
Mientras tanto, algo nuevo estaba ocurriendo en Florencia; algo totalmente distinto de lo que hasta entonces hubiera podido ser problema en la Orden. Era como un huracán, y como los huracanes llevaba también un nombre: Mario Sozzi.

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22.16. Atando cabos sueltos

Entre los descontentos hay que colocar al grupito de Hermanos cuyas condiciones personales no lograban encajar con las soluciones de la Comisión Pontificia para ser declarados clérigos. Seguía también sin resolver el problema de las precedencias, causa de muchas inquietudes y escándalos. Y no se había conseguido tampoco de la Sánta Sede la facultad de despachar a los inquietos, rebeldes e indeseables.

La Comisión de Prelados tuvo una cuarta y última sesión el día 23 de agosto de 1641, a la que presentaron un memorial el p. General y sus Asistentes, pidiendo la solución a los tres problemas antedichos.

Las que ellos sugerían eran las siguientes:

a) todos los Hermanos que habían profesado antes de los 21 años habían sido declarados clérigos en la sesión del 29 de septiembre de 1640; por tanto, a todos ellos se les debe permitir llevar tonsura y bonete. El tiempo concedido para presentarse a exámenes de órdenes ha sido demasiado exiguo, ni pudo siquiera notificarse a algunos. Por ende, se ruega una prórroga definitiva de otros seis meses;

b) los Hermanos que profesaron después de los 21 años, con cuarto voto de enseñar, como Clérigos Operarios, deben mantener ese nombre y el uso del bonete, según decidieron los prelados en el Capítulo General de 1637, y llevar también coronilla los que fueron tonsurados, siguiendo en las clases de leer, escribir y contar, como hasta ahora.

c) respecto a la precedencia, debe suprimirse entre sacerdotes, entre clérigos y entre Hermanos respectivamente, como se dice qué observan los jesuitas.

d) de nuevo se pide que por una vez se pueda prescindir de las disposiciones de la reciente Bula ‘de apostatis et eiectiis’, concediendo la facultad.de expulsar de la Orden a algunos inquietos incorregibles.[Notas 1]

Es digno de notarse que todavía a estas alturas, en agosto de 1641, después de los Capítulos Generales de 1637 y 1641 que tantas limitaciones expusieron a los Hermanos, particularmente el primero, en que se intentó acabar de raíz con los Clérigos Operarios y la dedicación de Hermanos a la enseñanza, todavía sigue firme la actitud defensiva del General y los Asistentes a favor de ellos. Más todavía, lo que piden son consecuencias lógicas de lo que les concedió el discutido breve ‘Religiosos viros’ y las aclaraciones oficiales de la Comisión Pontificia, es decir, se ponen de parte de los Hermanos en lo que tenían de justicia sus Peticiones.[Notas 2]

A las propuestas del General y Asistentes respondió la Comisión el 23 de agosto de 1641 simplemente:

a) que todos los que antes o después de entrar en la Orden hubieran recibido órdenes menores o simple tonsura, aunque hubieran profesado después de los 21 años, eran clérigos;

b) si alguien dice haber sido recibido en la Orden como clérigo por alguna otra razón, presente sus derechos al Cardenal Protector, quien decidirá si es clérigo o Hermano;

en cuanto a la precedencia: los Superiores, según su rango, preceden a todos los demás; los sacerdotes a los que no lo son, sin orden de precedencia entre ellos, y lo mismo todos los demás entre sí, tanto si son diáconos, subdiáconos, clérigos o Hermanos;

c) quedaban suspendidas las disposiciones anteriores que limitaban el tiempo de comparecencia a exámenes de órdenes, dejándolo al arbitrio del cardenal, aclarando, además, que el General es libre de dar o negar dimisorias a quienes los examinadores declararen aptos.[Notas 3]

d) No parece inexacto afirmar que por estas fechas de la segunda mitad del año 1641 el problema de los Hermanos 'reclamantes' había quedado canónicamente resuelto en su núcleo fundamental, que era la declaración de clérigos y su ordenación sacerdotal.[Notas 4] Todo hace pensar que después de las últimas determinaciones de la Comisión de prelados, prácticamente quedó la puerta abierta para que fueran presentándose a examen de capacitación al sacerdocio los que cumplían con las condiciones requeridas. No hubo excesos, sino más bien moderación en conceder el sacerdocio.[Notas 5] Con todo, alguno que otro estuvo insistiendo durante años ante los superiores para que le concedieran la ordenación, que se le negaba quizá por su inadecuada preparación o por otros motivos desconocidos.[Notas 6]

El problema de la precedencia fue largo y espinoso. Como consecuencia de la promoción de Hermanos al clericato y al sacerdocio, fue sin duda el aspecto más perturbador de toda la contienda. En pocas palabras: consistía en decidir qué lugar debían ocupar los que, habiendo sido hasta el momento Hermanos Operarios (‘legos’), recibían la tonsura y demás órdenes, hasta el sacerdocio. ¿Debían mantener el lugar que les correspondía según la fecha de su profesión entre los Hermanos -como hasta entonces- o entre los sacerdotes y los clérigos? Hubo soluciones en ambos sentidos, así como hacer depender la precedencia del día de la ordenación sacerdotal o de la fecha de emisión del breve ‘Religiosos viros’, que decidía quiénes eran clérigos, etc.

El Capítulo General de 1637 dio soluciones al problema, pero el de 1641, al llegar al examen de ellas, prefirió abstenerse, dejando la cuestión a la Comisión de Prelados.[Notas 7] Esta Comisión trató el asunto en sus sesiones del 29 de septiembre de 1640 y del 25 de marzo de 1641, esquivando también la respuesta con un genérico 'providebitur' (se proveerá),[Notas 8] hasta que por sugerencia expresa del P. General y sus asistentes decidieron la cuestión en su última sesión del 23 de agosto de 1641, como hemos visto. No obstante, algunos sacerdotes 'ex operarios' siguieron impertérritos luchando por sus pretendidos derechos de ocupar el puesto que les correspondía por profesión, como Agustín Pucci en Florencia, Domingo di Rosa en Nápoles, Anselmo Lunadeo en Poli, Domingo Morinelli en Génova, los cuatro firmatarios de aquel primer memorial de los 21 reclamantes, y de ellos, salvo el último, los otros tres abandonaron luego la Orden en los años 1646-1648.[Notas 9] por otra parte, el reducido número de estos sacerdotes 'ex operarios' -treinta y ocho ordenados desde 1636 hasta 1648 hemos calculado-, y el atenuante de que no todos tomaron las cosas tan a pecho, nos hace pensar que se ha exagerado demasiado el asunto.

Finalmente, en el decreto emanado el día 23 de agosto de 1641 nada dijo la Comisión respecto a la exención de la bula ‘de apostatis et eiectis’, y concesión de expulsar de la Orden a los incorregibles. Trataron, sin embargo, la cuestión y aconsejaron al P. General que presentara un memorial pidiendo solamente la gracia de que tales religiosos pudieran dejar la Orden para entrar en otra, incluso menos exigente (‘ad laxiorem’), con tal de que se les admitiera. Por lo visto, era lo único que se podía conseguir. El memorial fue cursado y Urbano VIII atendió la petición el 3 de septiembre de 1641.[Notas 10] No era lo que se deseaba, pues no siempre los incorregibles o indeseables son propensos a marcharse voluntariamente. Pero, sin duda, se aprovechó la oportunidad para que algunos se fueran a otras Ordenes, además de los que consiguieron que sus profesiones se declararan nulas y volvieron al siglo.[Notas 11]

Mientras tanto, algo nuevo estaba ocurriendo en Florencia; algo totalmente distinto de lo que hasta entonces hubiera podido ser problema en la Orden. Era como un huracán, y como los huracanes llevaba también un nombre: Mario Sozzi.

Notas

  1. Véase el memorial en EGC X, p.308-309.
  2. Recuérdese la c.2829, del 27 de marzo de 1638, ya citada en el texto relativo a la n.168 de este capítulo.
  3. Cf. G. SÁNTHA, ‘Probatio et institutio…’; EphCal 6 (1966) 247-248,n.172.
  4. A la complejidad del problema se añade la confusión de fechas atribuidas a documentos, con lo que parecen seguir reclamando en 1641 o 1643,.por ejemplo, quienes lo habían hecho en 1639 (cf. EC, p.696,2228,2587, cotejados con EGC X. p.305).
  5. Según cálculos efectuados en el Catal. Rel. y otros datos biográficos de los Epistolarios editados, en 1627, en que se establecen los Clérigos Operarios, había en la Orden 81 Hermanos, y desde 1627 a 1637 vistieron para Clérigos Operarios 25 y para Hermanos 82. De todos estos 188, sólo se ordenaron sacerdotes 38, de los cuales 16 siendo General Calasanz (1636 a 1642) y los otros 22 desde su deposición hasta su muerte (1643-1648), es decir, no todos con su consentimiento. Y de esos 38 sacerdotes. 15 abandonaron la Orden en los años difíciles.
  6. Por ejemplo, el H. Antonio Canellas, que desde 1641 persiste hasta 1647, en que consigue ordenarse (cf. EHI, p.485-486; EC, p.464-472) y no con el apoyo del Padre Fundador.
  7. Cf. Actas, p.41 y 62. El Fundador llegó incluso a pedir a los nuevos sacerdotes que renunciaran 'espontáneamente' a sus supuestos derechos 'de profesión' y tuvieran en cuenta sólo el día de la ordenación (cf. RegCal 19, 306-344). Pero tampoco fue solución satisfactoria.
  8. Cf. Actas, p.76 y 78.
  9. Cf. EC, p.155-161, 1291-1295, 1693-1694, 1886-1887.
  10. Cf . EGC X, p.303. La práctica normal era que se concediera el paso a otra Orden 'más rigurosa', pero no a una 'más laxa' (ad laxiorem). En nuestro caso, pues, podían pasar a cualquier Orden.
  11. Cf. Reg. Cal. 66 (sentencias de nulidad de profesiones desde 1639 a 1645).En los años 1641 - 1643 consta en esas sentencias que cinco pasaron a los franciscanos. Por otra parte, de los 21 'reclamantes' iniciales, 13 llegaron al sacerdocio, y de ellos, siete dejaron la Orden; los restantes nueve quedaron Hermanos, pero de ellos se fueron ocho, es decir, que permanecieron en la Orden seis sacerdotes y un Hermano.