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Formación y estudios de los nuestros

Debido a menudo a la disminución de la observancia religiosa, y a otras causas que se pueden investigar mejor, el P. Viñas no podía dejar de darse cuenta de los muchos peligros que se derivaban para nuestro Instituto del incierto programa de estudios de los nuestros, que en no pocas casas se llevaban a cabo a menudo de manera privada en casas que no estaban destinadas para ello, y cada cual según su genio y voluntad, de manera que se descuidaban no solo las materias filosóficas y teológicas, sino también los estudios de humanidades y de ciencias. El resultado era que los nuestros no eran ni sacerdotes doctos, ni maestros bien preparados, ni, tras interrumpir al acabar el noviciado toda formación religiosa, probados religiosos. Por lo cual el P. Viñas, promotor de una formación religiosa bien fundada y celoso de la correcta ejecución de nuestro ministerio pedagógico, puso la mano en ello con gran esfuerzo y asiduidad, para que los estudios eclesiásticos y magisteriales se restauraran y mejoraran debidamente con un nuevo espíritu, y que se hicieran además en ciertas sedes de formación.

Ya hemos hablado lo suficiente sobre el deplorable estado de la formación y los estudios de los nuestros en Austria y Polonia, cuando tratamos sobre la reforma de esas provincias, emprendida con tanto ímpetu y con tantos sacrificios por el P. Viñas. El problema en estas provincias consistía sobre todo en la dificultad para conseguir vocaciones, prepararlas en el aspirantado y probarlas sólidamente en el noviciado por maestros irreprensibles. Lo que se consiguió en Austria nombrando maestro de novicios al mismo Delegado General, y en Polonia al benemérito P. Juan Borrell.

En lo referente a la formación y los estudios en Hungría, el P. Viñas no tuvo que hacer ni tocar nada, pues encontró perfectamente organizados les estudios sagrados, y sobre todo los profanos, organizados anteriormente por los Padres Provinciales Emérico Lévay y Gabriel Magyar, y sobre todo por el P. Andrés Fekete, Asistente Provincial. De modo que la provincia de Hungría desde el año 1895 disponía de dos junioratos superiores para estudios filosóficos y teológicos, concretamente en Cluj y en Budapest, y dos junioratos menores para los estudios de humanidades en Rózsahegy y Kecskemet, y un amplio noviciado en Vac. Incluso después de cerrarse la casa de Rózsahegy en 1917, la provincia de Hungría contaba con tres junioratos, de los cuales la sede de Cluj fue quitada más tarde a Hungría, quedando solo dos. Lo lamentable de estos junioratos fue que los juniores hacían al mismo tiempo los estudios sagrados en casa y los profanos en la universidad, siguiendo el ejemplo de los Cistercienses y Premonstratenses, con no poco detrimento de los primeros y evidente desprecio de los cánones sagrados[Notas 1]. Sin embargo, el P. Viñas no quiso tocar ni cambiar este régimen de estudios, apremiado por mayores y más urgentes problemas, ni el primer septenio, ni después. Sólo se dieron los primeros pasos en el cuarto decenio del siglo XX, cuando el P. Vicente Tomek, entonces Asistente Provincial encargado de la formación, llevó a cabo la debida separación de los estudios sagrados y profanos, de manera que no se hicieran al mismo tiempo por los nuestros, sino sucesivamente, dando a cada uno el tiempo necesario.

El P. Viñas urgió y apremió para que se crearan sedes estables y ordenadas de estudios en Italia, donde en su tiempo ninguna provincia tenía un sede estable y ordenada de formación, y donde la materna vigilancia de la Iglesia podía vigilar y castigar los rampantes e inveterados abusos. Por lo cual ya en el mes de agosto de 1913 el P. Viñas envió una carta al Papa por medio de Excmo. y Rmo. P. Mistrangelo, y, no mucho después, el 17 de agosto de 1913, escribió otra al Ilmo. y Rmo. Juan Bressan, Secretario personal del Sumo Pontífice, pidiendo humildemente que, en memoria de sus cinco lustros de sacerdocio que, con la ayuda de Dios, se cumplirían en 1914, el mismo Sumo Pontífice ordenara la pronta erección de un Juniorato Central o Interprovincial para las provincias de Italia, el cual, una vez fundado, pudiera servir para llevar a cabo la reforma de las provincias de Italia de manera más eficaz y segura[Notas 2]. El P. Viñas esperaba poder erigir en Frascati ese juniorato, como se lee en su carta al P. Soler Biel, Delegado General en Viena, de fecha 11 de junio de 1913, en la cual habla de un “juniorato central de Italia para los estudios normales”, de cuya puesta en marcha quiso encargar al P. tito Bianchini, llamado de Cracovia para ello[Notas 3].

En el mes de octubre del año siguiente 1914, entre los 16 artículos propuestos a los Provinciales para la intentada reforma de Italia, el nº 15 se refería a erigir cuanto antes una casa central de estudios en Italia[Notas 4]. Pero este artículo no tuvo ningún efecto, ya que los provinciales rechazaron entonces todo proyecto de reforma[Notas 5]. Sin embargo, desde entonces la idea fundar de un juniorato común no dejó de inspirar a algunos de los superiores, y especialmente al P. Luigi Del Buono, Provincial de Liguria, los cuales al fin decidieron crear en nuestra casa de la Abadía Fiesolana un juniorato para estudiantes de liceo, aunque el programa era deficiente en muchos aspectos[Notas 6]. También se instituyó un tipo de noviciado interprovincial por aquel tiempo, en 1914, en nuestra casa de Santa María del Sufragio de Florencia, al que acudían novicios de las provincias Toscana, Liguria y Romana, reducidos en total al exiguo número de 8[Notas 7], cuya disciplina y reglamento estableció el mismo P. Viñas en la Sesión de la congregación General del 6 de noviembre de 1914, declarando: 1º, los novicios no podían habitualmente encargarse de una clase, aunque por motivos de práctica escolapia se les podía permitir a dirigir la clase dos o tres veces a la semana; 2º, podían colaborar en la práctica del turno eucarístico y en los oratorios; 3º, no debían destinarse los novicios a trabajar con alumnos vigilados o externos[Notas 8].

Pero estas casas interprovinciales de formación tuvieron vida breve, y tras la incorporación de Italia a la guerra, poco a poco fueron suprimidas[Notas 9]. De modo que el asunto de la casa interprovincial de formación solo fue retomado cuando ya había terminado la guerra, en el Capítulo General de 1919, en el cual la Provincia de Nápoles propuso que se establecieran un noviciado y un juniorato comunes en Italia. Los Padres Capitulares decidieron que se estableciera una casa común en Italia para los neoprofesos, pero cada provincia debía tener su propio noviciado[Notas 10]. Se confió al P. General la creación del nuevo juniorato, con ayuda de los PP. Provinciales. Sin embargo, este juniorato común no se fundó durante el generalato del P. Viñas. Pues, a pesar del deseo del P. Viñas, ni el P. Homs ni el P. Luigi Del Buono quisieron que se creara ese juniorato en Roma[Notas 11]. De modo que solo al final del primer año del Vicariato del P. Giuseppe Del Buono, 1924, por mandato de la misma Santa Sede, se crearon el Juniorato Interprovincial Italiano en Génova, y el Noviciado Interprovincial en Finalborgo[Notas 12]. Luego, en septiembre de 1926, fueron trasladados a Florencia, a nuestra casa de Santa María del Sufragio[Notas 13], de donde el juniorato en 1936 pasó a Monte Mario en Roma, donde permaneció muchos años[Notas 14]. El noviciado italiano en 1930 fue trasladado a Finalborgo; luego en 1948 a Poli, y por fin, en 1952, a Monte Mario[Notas 15].

Además de su deseo de que los estudios de filosofía y teología fueran cursados en casas de estudios regulares, el P. Viñas tuvo mucho empeño por que algunos de los mejores entre los nuestros, ya ordenados sacerdotes, y recomendables por su trabajo educativo bien hecho, pudieran hacer estudios superiores en academias o universidades, en naciones extranjeras o en otras provincias durante un trienio. Esperaba así lograr en poco tiempo que religiosos bien formados pudieran ayudar a mejorar nuestra pobre situación escolar más eficazmente, y que pudieran enseñar las materias en que se habían especializado a nuestros juniores. Su proposición sobre este tema presentada al Capítulo General de 1919 fue aprobada por unanimidad e inmediatamente cuatro Padres fueron enviados a hacer estudios superiores[Notas 16].

Por lo demás, a causa del celo en que ardía por los estudios superiores, inmediatamente después de comenzar su generalato, en octubre de 1912, acompañado del Luis Fábregas, Provincial de Cataluña, visitó nuestra casa de Lovaina, fundada a propuesta de Cataluña en 1908 para estudios de los nuestros[Notas 17], para dotarla paternalmente de medidas canónicas y económicas. Tras pensarlo todo maduramente, el 27 de noviembre de 1912 se pidió a la Santa Sede permiso para erigir canónicamente la Casa de Lovaina, y se obtuvo el dicho permiso el 16 de diciembre de 1912, como casa perteneciente a Cataluña y sometida a la jurisdicción del Vicario General de España[Notas 18]. Se decidió entonces, a causa de la gran fama de que el Centro Hispano-americano para estudios sociales, fundado allí por los nuestros, gozaba entre todos, incluido el Cardenal Désiré Mercier[Notas 19], la compra del edificio que ocupaban los nuestros, y la construcción de otro nuevo en un terreno adyacente, con ayuda de la Caja General[Notas 20]. Cuando por fin se llevó todo a cabo felizmente[Notas 21], tuvo lugar la terrible invasión de los alemanes, y nuestra casa fue destruida por un incendio[Notas 22]. Todas las esperanzas de los nuestros, alimentadas durante muchos años de que los alemanes nos resarcieran por los daños causados se mostraron vanas[Notas 23]. Y si bien a partir del curso escolar 1921-22 se trató de que enviar de nuevo algunos Padres de España a estudiar a la Universidad de Lovaina[Notas 24], sólo en 1933 la provincia de Cataluña decidió volver a abrir la casa restaurada de Lovaina[Notas 25], aunque solo estuvo abierta durante un breve periodo de tiempo.

Los estudios y los junioratos de las provincias españolas estaban bajo el gobierno inmediato del Vicario General de España; sin embargo, el P. Viñas tuvo que atender con solicitud paterna varios problemas y asuntos relacionados con ellos. El P. Pedro Díaz de Sta. Teresa, Vicario General, envió a Roma en 1910, es decir, dos años antes del comienzo del Generalato del P. Viñas, el primer Programa de Estudios (“Plan de Estudios Generales”)[Notas 26]. Este Programa de Estudios, más la Declaración al artículo 6”, aprobado el 7 de septiembre con el decreto Auctis admodum[Notas 27], mandaba que nuestros postulantes hicieran durante cuatro años estudios literarios y latinos, y los juniores 5 años de estudios filosóficos y científicos, y luego 3 años de teología y pedagogía[Notas 28].

En el año 1915 la Congregación Interprovincial de España aprobó y mandó editar un nuevo Programa de Estudios para los juniores de España, más acomodado a las normas de los recientes decretos pontificios y a las nuevas leyes españolas sobre el servicio militar que debían prestar incluso los clérigos ordenados de mayores. Según este Programa, dejando fuera lo señalado por la Santa Sede con respecto a los cursos de cada año, los estudios humanísticos de los aspirantes tenían que hacerse en cuatro años; los estudios de filosofía y fundamentos de teología, en el primer juniorato durante tres años, y los estudios de teología en el segundo juniorato, durante dos años[Notas 29].

En el año 1921, después de que aparecieran en el nuevo código de Derecho Canónico claros preceptos sobre los estudios filosóficos y teológicos que debían hacer los clérigos, los Padres del Juniorato de Irache y de diversas provincias Valentín Caballero, Ramón Navarro, Manuel Bordás, Benjamín Navarro, Ignacio Casañ, Patricio Mozota, Pantaleón Galdeano y José Carbonell, por mandato de los Superiores, prepararon un nuevo Programa General de Estudios (“Plan General de los Estudios”), aprobado por los mismos Superiores, según el cual los estudios literarios del aspirantado duraban tres años; los estudios filosóficos, científicos y de fundamentos de teología, llamados primer juniorato, otros tres, y los estudios propiamente teológicos, pedagógicos y científicos, otros tres[Notas 30].

Sin embargo, aunque este Programa respondía a los contenidos por años según lo ordenado por la Santa Sede, descuidaba claramente el estudio de algunas materias sagradas y profanas, aun permitiendo hacerlas juntos en los últimos años, por ejemplo, de Derecho Canónico, Historia de la Iglesia y Patrología, para las que apenas quedaba tiempo, cosa que desagradó al P. Viñas[Notas 31]. Sin embargo, sobre estudiar conjuntamente teología y estudios profanos por parte de los nuestros, no puso ninguna objeción.

No se hizo nada en España, durante el gobierno del P. Viñas, para que los nuestros obtuviesen los mismos diplomas universitarios y títulos oficiales de maestros para gozar de los mismos derechos que los maestros seglares. Pues cuando se presentó el peligro, para que el Estado no exigiera a los nuestros esos títulos o diplomas, los nuestros enviaron una súplica al Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes por medio del P. Moisés Pérez, Procurador General de España, y obtuvieron un decreto ministerial el 1 de septiembre de 1914 por el que, según las leyes y decretos regios anteriores, también en adelante los nuestros pudieran enseñar sin ese tipo de títulos oficiales[Notas 32]. Así, sin este estímulo externo de las leyes civiles, los nuestros no se inquietaron mucho por este asunto de suma importancia.

En cuanto a Italia, el Capítulo General de 1919 prohibió que los nuestros obtuvieran títulos civiles antes del sacerdocio[Notas 33].

Por último, como curiosidad y en honor a la verdad histórica, debemos mencionar en este capítulo el magnífico proyecto del P. Antonio Bartolomé Barreneche, presentado en agosto de 1922 y aceptado inmediatamente y aprobado para fundar en Burgos un “Seminario de vocaciones para la propagación de las Escuelas Pías en países extranjeros, y principalmente en los sometidos a la jurisdicción de la Congregación de propaganda Fide”. El proyecto de esta fundación fue aprobado también por el Vicario General de España, pero consideró que un seminario de ese tipo debía ser fundado por el Supremo Moderador de la Orden. También el Arzobispo de Burgos aprobó la idea de fundar el seminario, y prometió su ayuda moral y económica. Sin embargo, a causa de que el subsidio prometido por el municipio de Burgos era muy pequeño, y de la escasez de religiosos que trabajaban en aquel tiempo en las provincias españolas, el proyecto del P. Barreneche, emprendido con tanto ardor, fue abandonado bastante pronto, en el mismo año 1922[Notas 34].

Considerando todo lo anterior, se puede ver que, aunque el P. Viñas hiciera o intentara hacer mucho por la formación de nuestros juniores, después de haberlo pensado bien (pues se puede ver que se preocupó mucho por la cuestión de los estudios y de los estudiantes, urgiendo que al menos se separaran los estudios sagrados y los profanos), no pudo llevar a cabo sus planes a causa de la penuria de personas, de la inercia y negligencia de los Superiores a los que concernía el asunto, y también de nuestra gran pobreza. De modo que solo la Visita Apostólica comenzada en el año 1923 pudo resolver de algún modo el problema de los estudios, en Italia en 1924, y en España en 1928, y ordenando que se arreglaran cuanto antes los demás en el decreto del 27 de noviembre de 1929, con el que se cerraba la Visita. Principalmente en lo referido a la separación de estudios sagrados y profanos en los programas de filosofía y teología, a los Junioratos Interprovinciales y al Juniorato Internacional de S. Pantaleo. Lo cual fue uno de los frutos más saludables de la larga visita de 1923 a 1929, que duró más de un sexenio, y que comenzó con la finalidad de llevar a cabo todo lo necesario para organizar y elevar el Instituto de las Escuelas Pías[Notas 35].

Para que no parezca que intentamos echar cenizas o sombras sobre la memoria del P. Viñas, acerca de las casas y programas de estudios, debemos decir que ya en el primer borrador de las Constituciones que el P. Viñas preparó para el Capítulo General de 1909, en los Capítulos 13-15 de la I Parte ya escribió sobre este problema, pidiendo a la Santa Sede que respondiera a los deseos de Nuestra Orden[Notas 36]. Se puede decir lo mismo del segundo borrador presentado por el mismo P. Viñas a la Santa Sede el 23 de mayo de 1921[Notas 37], salvo que en este segundo borrador el tiempo destinado a los estudios filosóficos y científicos se reduce a dos años.

Para terminar, por curiosidad y también por fidelidad a la historia, debemos señalar que el P. Viñas ni en la práctica ni en los citados borradores de las Constituciones hizo nunca mención de restaurar el Juniorato Internacional de Roma, y ello probablemente porque ya desde el año 1905, cuando el P. Brattina manifestó a la Congregación Interprovincial reunida en Zaragoza el deseo del Romano Pontífice de que, siguiendo el ejemplo de otras Órdenes, nuestra Orden tuviera también un Juniorato Internacional en Roma, al que se enviaran también estudiantes de España, hizo todo lo posible ante el P. Mistrangelo para que disuadiera al P. Brattina de este consejo. Pues temía que los juniores españoles que fueran a Roma adquirieran las costumbres y la debilitada observancia regular de las provincias de Italia, y al volver a España quisieran imitarlas[Notas 38]. Así que la erección de este Juniorato Internacional de San Pantaleo debió hacerse por el decreto de la S. Congregación de Religiosos de fecha 27 de noviembre de 1929[Notas 39]. La primera mención sobre él aparece en nuestras reglas promulgadas el 27 de noviembre de 1956[Notas 40].

Notas

  1. Cf. BALANY-LANTOS, o.c., pp. 236-240.
  2. Cf. la carta del P. Viñas dirigida a D. Juan Bressan el 17 de abril de 1913 (RG 265): “Excelencia Reverendísima. Ante todo, agradezco a su Santidad por su paterna solicitud por el bien y el decoro de las Escuelas Pías, y ruego a V.S. que haga llegar a S. Santidad mi humilde súplica. Con ocasión de ofrecer a su Santidad el II y III volumen del ‘Index Bio-Bibliographicus Scriptorum Scholarum Piarum’ por medio del Emmo. Cardenal Secretario de Estado, y pedir a Su Santidad una bendición especial para mí que celebro este año el 25º aniversario de mi ordenación sacerdotal. rogué al Excmo. Sr. Arzobispo de Florencia que expresase a Su Santidad que deseando yo, con la ayuda de Dios, ayudar a las provincias escolapias de Italia, ya que, aunque se trabaja mucho, hay que pensar en el porvenir, y queriendo además reformar esta provincia romana, la cual se va degradando día a día, a causa de la falta de espíritu religioso y de educación y formación en los jóvenes, agradecería de todo corazón que Su Santidad se dignara indicar en la carta de respuesta por los volúmenes recibidos y por la bendición apostólica, la imperiosa necesidad de reunir a los jóvenes religiosos estudiantes en un Colegio Central, donde se formaran en el espíritu calasancio y en los estudios filosóficos y teológicos, para poder de este modo continuar mejor las glorias y tradiciones escolapias, que yo precisamente intento recordar y despertar en los volúmenes indicados. Como hace muchos años que conozco nuestro ambiente romano, preveo no pocos ‘¿cómo se hace?’, y estoy seguro de que, si cuento con una indicación de Su Santidad, la partida será ganada sin duda”.
  3. RG 252 j, 14.
  4. Cf. lo dicho en el apartado sobre la reforma de las provincias italianas.
  5. Idem.
  6. Cf. la carta de este Padre al P. General, con fecha 15 de septiembre de 1915 (RG 253 b1, 44): “Pido permiso a V. Paternidad para tratar con el Provincial de Toscana para enviar al juniorato de la Abadía algunos juniores de esta Provincia estudiantes de liceo, y algún novicio al Pellegrino, no pudiendo tenerlos aquí por ahora a causa de la falta de personas adecuadas. Creo que no sería inoportuno estudiar las condiciones de aquel juniorato para hacer un Centro para los italianos, siendo un luego aislado y tranquilo”.
  7. Cf. la carta enviada por los 8 novicios al P. General el 22 de diciembre de 1914 (RG 252 de 3, 14).
  8. Cf. Actas de la Congregación General, 6 de noviembre de 1914, RG 22, f. 320.
  9. Cf. Actas de la Congregación General, 4 de octubre de 1916, RG 22, f. 389.
  10. Cf. Actas del Capítulo General de 1919, pp. 36-37.
  11. Cf. la carta del P. L. Del Buono al P. General de fecha 14 de mayo de 1920 (RG 254 b 2, 21): “Ante todo le presento mi más sincero pésame por la muerte del venerado P. Homs. Era verdaderamente un santo varón, se hacía querer por su bondad. Lo conocí por primera vez en el Capítulo General de 1892: me agradó su eficacia práctica. Recuerdo las conversaciones que tuvimos entonces sobre la oportunidad de un juniorato en Roma; él vivía allí desde hacía dos años y medio, sucediendo al P. Baroja. A una pregunta mía sobre su conveniencia o no, me respondió que Roma no era un lugar oportuno por múltiples causas”.
  12. Cf. Libro Registro del Secretario de Oficios Generales (RG 22 d) f. 158: “El 26 de julio de 1924 el Rmo. Visitador Apostólico informó al P. Vicario Provincial de Liguria sobre el decreto de la S. Congregación de Religiosos nº 398, de fecha 24 de julio de 1924, para que se creara en Liguria un Noviciado y un Juniorato para las provincias italianas de las Escuelas Pías”. Cf. también Actas de la Congregación General, 1 de agosto de 1924, RG 22 a, ff. 215-216. “A continuación el visitador Apostólico informó a la Congregación General sobre el decreto de la S. Congregación de Religiosos para los estudios filosóficos y teológicos de las Escuelas Pías en Italia. Pues la S. Congregación de Religiosos, aprobando la petición y deseo del Visitador Apostólico, mandó que se erigiera un juniorato en Génova, en el que residan nuestros profesos de Italia, y que asistan a las clases de filosofía y teología del Seminario Archidiocesano. El noviciado estará donde se encuentra ahora, en Finalborgo. En cambio, el prenoviciado, que se encuentra ahora en Finalborgo, será trasladado a otra ciudad”.
  13. Cf. Libro Registro del Secretario de Oficios Generales (RG 22 d) f. 197: “El Prepósito Provincial de Toscana informó con una carta de fecha 18 de octubre de 1926 que habían llegado desde Liguria a Florencia los juniores, junto con el Maestro de Juniores P. Angelo Casai del Smo. Sacramento el 25 de septiembre”. Cf. también la carta del P. G. Del Buono al P. Viñas con fecha 17 de noviembre de 1927 (RG 255 n, 42): “Pocas novedades en Italia. El juniorato y el noviciado, que en septiembre de 1926 se han transferido a Florencia, al Pellegrino, van bastante bien, y espero de ellos algún buen fruto para nuestras provincias de Italia”.
  14. Cf. E.C. 1963, pp. 63-64.
  15. Sobre el traslado del Noviciado Interprovincial a Finalborgo el 22 de octubre de 1930, cf. Actas de la Congregación General, 30 de octubre de 1930, RG 22 a, f. 282.
  16. Cf. Actas del Capítulo General de 1919, pp. 53-55.
  17. Cf. Actas de la Congregación General, 17 de marzo de 1908, RG 22, f. 63: “Se lee una carta del Rmo. P. Prepósito General en la que da buenas noticias de su salud e informa y consulta sobre el viaje del P. Tarín a Bélgica para ver junto con el Provincial de Cataluña si hay alguna ciudad comercial para fundar allí una nueva casa nuestra, en la que nuestros estudiantes puedan perfeccionarse, si quieren”. Cf. también Actas de la Congregación General, 4 de junio de 1908, RG 22, f. 75: “Con respecto a nuestro futuro colegio a fundarse en Bélgica, se ha decidido que se envíen a principios del curso próximo dos o tres Padres de Cataluña con algún Presidente nombrado por el P. General a propuesta del P. Vicario General de España que residan en una casa alquilada o en pensión en el Colegio de Filosofía, y asistan a clase a la Universidad de Lovaina, que se enteren de todas las cosas e informen a la congregación General, para proceder más seguros en el Señor. Se informe de esto también al Vicario General de España”. Una breve historia de esta fundación se encuentra en la relación del P. Viñas al Capítulo General de 1919 sobre Administración de la Curia General en lo referente a las Escuelas Pías de Lovaina (RL-Sc 370).
  18. Cf. la Relación de la nota anterior, ff. 1-4. Cf también Actas de la Congregación General, 16 de enero de 1913, RG 22, f. 249. Y Libro de Actas del Secretario de oficios Generales (RG 22 c), f. 66 bis.
  19. E.C. 1913, pp. 123-124; Rev. Cal. 1913, pp. 414-415.
  20. Cf. la relación del P. Viñas al Capítulo General de 1919 sobre Administración de la Curia General en lo referente a las Escuelas Pías de Lovaina (RL-Sc 370), 4-5.
  21. Se colocó la primera piedra del nuevo edificio el 18 de marzo de 1913 (RL-Sc 370, Lovaina).
  22. Cf. Circular VII, pp. 3-4.
  23. Cf. la citada relación sobre Lovaina, ff. 5-6. Cf. también las cartas enviadas a Roma por el P. Juan Carné sobre este asunto en RG 254 i, 96-104.
  24. Cf. la carta del P. Antonio Mirats, Vicario General, al P. General, enviada el 4 de junio de 1921 (RG 254 i, 113).
  25. E.C. 1933, p. 279.
  26. Cf. la carta del P. Pedro Díaz enviada a Roma el 9 de marzo de 1910, que trata sobre este asunto, y la corregida de la anterior enviada a Roma afínales de 1909 (RP 64, Vicaría General).
  27. Cf. Enchiridion de Statibus perfectionis, Roma, 1949, punto 260, pp. 247-277. En cuanto a la ejecución de estas declaraciones, cf. la Circular de la S. Congreg. de Religiosos de fecha 6 de junio de 1910, y la Circular del P. Manuel Sánchez del mismo mes de junio de 1910 sobre este tema a todos los Provinciales en Libro de Actas del Secretario de oficios Generales (RG 22 c), f. 38 bis, que dice lo siguiente: “Enviamos a Vuestras Reverencias una Circular de la S. Congreg. de Religiosos, para que V.R. respondan cuanto antes a las preguntas que se hacen en dicha carta. La Circular dice lo siguiente (RG 2, 435): ‘Secretaría de la S. Cong. de Religiosos. nº 2202. Roma, 6 de junio de 1910. Rmo. Padre: en las declaraciones emanadas de esta S.Congregación de Religisoos el 7 de septiembre de 1909, sobre la interpretación del artículo 6 del decreto Acutis admodum, referente a los estudios, el Santo Padre se había dignado disponer que se pidiera a todos los Superiores Generales una relación exacta de los estudios que se llevan a cabo en sus respectivas Órdenes y Congregaciones Religiosas. Examinadas todas estas relaciones en la Sagrada Congregación Plenaria, deberá someterse luego para aprobación por Su Santidad un esquema de instrucción para la buena marcha de los estudios en todas las Corporaciones religiosas sacerdotales. Ruego por tanto a V.P. Rma. que transmita a esta S. Congregación de Religiosos, antes de un mes, las respuestas al cuestionario adjunto. Card. Vives”. Cuestionario: Cuántos años de estudio se dan en el gimnasio, liceo, filosofía y teología. Cuántos meses duran los cursos académicos en cada uno de los estudios de la Orden o Instituto. Cuántas y cuáles son las materias que se estudian, tanto durante los estudios de filosofía como en los de teología. Hágase un cuadro comprensivo de las mismas, con las horas dedicadas a cada una durante la semana. Si existen escuelas propias en la Orden o Instituto, y, si no las hay, a qué escuelas y con qué cautelas son enviados los estudiantes. Cuántas son las casas de estudios en cada provincia, y cuántos estudiantes hay actualmente en cada una de las casas. Si la Orden o Instituto tiene aspirantados o seminarios menores propios; cuántos son, con qué programas y cuántos profesores están destinados a ellos. Cuántos son los profesores dedicados a cada una de las materias principales y a las disciplinas accesorias. Si un mismo profesor enseña varias materias, y cuántas. Qué garantías se toman para asegurarse sobre la pericia literaria de cada profesor dedicado a ellas. Si, además de los profesores, hay en los junioratos un religioso que controle la regularidad de los estudios. Cuál es la manera para aprobar, suspender o rechazar a los estudiantes: a) a final de curso; b) en cada materia y disciplinas secundarias; c) sobre todos los estudios al final de cada ciclo. Qué garantías se exigen a los jóvenes con respecto a los estudios primarios y de gimnasio ya hechos, antes de que pasen a los estudios de filosofía. Si al enviar a los jóvenes a las escuelas universitarias, donde es necesario, se observan las normas prescritas por la S. Congregación de Obispos y Regulares en la instrucción ‘Perspectum est’, del 21 de julio de 1896. Si en las casas de estudios hay, para ayuda de los profesores, una biblioteca suficientemente equipada según la exigencia de la sana cultura eclesiástica. Cuántos son los días de vacaciones durante el curso escolar, y cuánto duran las vacaciones de verano. Envíese copia de todos los reglamentos, horarios y otros documentos que regulan los estudios y la disciplina de los estudiantes. Aunque se transmitan tales reglamentos, horarios y documentos, se deberá siempre responder a cada una de las preguntas anteriores’. Roma, 6 de junio de 1909. M. Sánchez”.
  28. El texto de este Programa de Estudios es como sigue: “Plan de Estudios Generales que comprende las materias que deben ser estudiadas por todos los Juniores Escolapios de España. Asignaturas cuyo estudio debe preceder al Noviciado. Materias que constituyen la instrucción primaria. 1er año: Primer curso de Latín y Castellano. Historia Sagrada. Doctrina Cristiana. 2º año: Segundo curso de Latín y Castellano. Nociones de Aritmética y Geometría. Religión. 3er año: Tercer curso de Latín. Literatura perceptiva. Geografía. 4º año: Literatura filosófica (nociones) e histórico-crítica. Perfección latina. Historia de España. Asignaturas cuyo estudio debe seguir a la profesión simple y preceder a las Órdenes Mayores. 1er año. Primer semestre: A. Lógica, B. Aritmética, C. Historia Universal, E. Prácticas de latinidad, I. Caligrafía. Segundo semestre: A. Ontología y Cosmología, B. Álgebra, C. Lengua griega 1er curso, E. Prácticas de Latinidad, I. Caligrafía. 2º año. Primer semestre: A. Psicología, B. Lengua griega 2º curso, C. Geometría, E. Latín y Composición, I. Dibujo y Caligrafía. Segundo semestre: A. Ética y Teodicea, B. Francés 1er curso, C. Trigonometría y Topografía, E. Latín y composición, I. Dibujo y Caligrafía. 3er año. Primer semestre: A. De vera Religione; de locis theologicis. B. Francés, 2º curso; C. Física, E. Prácticas de Física, I. Dibujo y Caligrafía. Segundo semestre: A. De Deo Uno, Trino e Creatore; B. Química General, C. Historia Natural y Fisiología, E. Prácticas de Análisis y Clasificación, I. Dibujo y Caligrafía. 4º año. Primer semestre: A. De Incarnatione et Gratia, B. Cálculo y Teneduría de Libros, C. Agricultura, E. Inglés o Alemán, I. Dibujo y Caligrafía. Segundo semestre: A. 1º de Moral (Del Vecchio), hasta “de Virtutibus”, B. Hermenéutica, C. Hebreo, E. Inglés o Alemán, I. Dibujo y Caligrafía. 5º año. Primer semestre: A. 2º de Moral. De Virtutibus et Restitucione, B. Derecho Canónico General y Nociones de Disciplina. E. Historia Eclesiástica. E. Pedagogía, I. … Segundo semestre: A. De Sacramentis, Dogma. C. De Sacramentis, Moral. B. Derecho Regular. E. Pedagogía. I. … Asignaturas a cuyo estudio pueden acompañar las Sagradas Órdenes Mayores. 6º año. Primer semestre: A. Summa Theologica I, B. Exégesis Bíblica, C. Álgebra Superior, E. Liturgia y Sagradas Rúbricas, I. Pedagogía. Segundo semestre: A. Summa Theologica II, De Gratia, de Merito, y III, de Incarnatione. B. ¿Geometría Analítica?, C. ¿Cálculo infinitesimal?, E. Liturgia y Sagradas Rúbricas, I. Pedagogía. 7º año. Primer semestre: A. Casos de Moral, Prácticas de Pedagogía, B. Catequesis. Segundo semestre: B. Patrística, Prácticas de Pedagogía, E. Sagradas Rúbricas. 8º año. Primer semestre: A. Repaso general de Dogmática, Prácticas de Pedagogía, E. Oratoria Sagrada. Segundo semestre: A. Repaso General de Teología Moral, Prácticas de Pedagogía, E. Sagradas Rúbricas. Advertencias. Las asignaturas señaladas con la letra A serán de lección diaria: seis lecciones semanales de 1 hora y media cada lección. Las señaladas con la letra B tendrán cinco lecciones semanales de 1 hora cada una. Las señaladas con la letra C tendrán cinco lecciones semanales de 1 hora y cuarto cada una. Las señaladas con las letras E y I serán de una sola clase semanal de hora y media. Los exámenes serán semestrales. En el 5º año queda libre I para ocuparla según circunstancias. Las asignaturas del 6º año álgebra Superior, Geometría analítica y Cálculo Infinitesimal se sustituirán por otras adecuadas para aquellos jóvenes que manifestasen poca aptitud para las Matemáticas. Existiendo en España legalmente las enseñanzas Oficial, Privada, Doméstica y Libre, y unas y otras con o sin validez académica, y variando tanto los programas de una misma asignatura según los diferentes Centros docentes, todos los Aspirantes a entrar en el Noviciado deberán sufrir un Examen de Reválida de las materias estudiadas ante un Tribunal designado por el P. Provincial respectivo, y completar los estudios correspondientes que no fueren aprobados. Marzo de 1910. Pedro Díaz de Sta. Teresa”.
  29. el título completo de este Programa es: Escuelas Pías. Plan de Estudios para nuestros Jóvenes. Aprobado por la Congregación Interprovincial. Madrid. Hijos de T. Minuesa de los Ríos. 1925. 24 páginas.
  30. Acerca de este programa, cf. la carta del P. Antonio Mirats, Vicario General de España, enviada al P. General el 11 de septiembre de 1921 (RG 255 i, 116): “Mando a V. Rma. el ‘Plan de Estudios’ para nuestros Juniores. con motivo de los exámenes de los Juniores de Irache, y principalmente para estudiar este plan, reuní Padres reputados por su saber. Confeccionado el Plan en Irache, envié copia del mismo a los cuatro Provinciales, para que lo estudiasen con sus Congregaciones respectivas y emitiesen dictamen. algunos hicieron observaciones que me parecieron atendibles, y volví a reunir algunos Padres para estudiarlas, y, discutido todo, ha quedado el Plan de Estudios como V.P. Puede ver. Los Padres que han tomado parte más principal en la confección del Plan son: Valentín Caballero, Ramón Navarro, Manuel Bordás, Benjamín Navarro, Ignacio Casañ, Patricio Mozota, Pantaleón Galdeano y José Carbonell. Pertenecen a las diferentes provincias. El día 5 de este mes se dio la última mano al Plan, y anteayer lo presenté a los PP. Asistentes Interprovinciales reunidos casualmente en Barcelona (excepto el P. Melchor), y lo aprobamos”. Cf. también la carta del P. Valentín Caballero al P. General con fecha 8 de junio de 1921: Amadísimo y venerado Padre. Escribo a V.P. para tranquilizarle respecto del Plan de Estudios que en consonancia con el nuevo Código habrá de implantarse en nuestros Junioratos. Precisamente junto con la carta de V.P. recibí la del P. Vicario en que me hablaba del mismo asunto y me adelantaba una minuta de las modificaciones que podrían introducirse en el plan vigente para la anhelada conformidad. Era su deseo que estudiásemos aquí el asunto y se le enviase lo antes posible lo que pareciese más factible. En eso estamos y se le mandará nuestro estudio. Comprenderá dos años de filosofía y cuatro de teología con las asignaturas complementarias que el mismo Código prescribe. Así se harán con mucho más sosiego los estudios de Teología, tanto dogmática como Moral, y los de Sagrada Escritura y Derecho Canónico. La Filosofía se estudiará, como digo, en dos años, o en cuatro semestres que propiamente son de cinco meses; pues así se les hace a los jóvenes más llevadero. El tiempo es el mismo; lo que hay es que, en vez de estar arrastrando los diez meses, p.e., Lógica, Ontología y cosmología, estudian los cinco primeros meses la Lógica bien estudiada, se examinan de ella y luego los otros cinco meses la Ontología y Cosmología. al año siguiente hacen lo mismo con la Psicología (1er semestre) y la Teodiciea y Ética (2º semestre). Creo que esta distribución no afecta en nada a las prescripciones del Código y, siendo más cómoda para los jóvenes, no habrá inconveniente en adoptarla. Repito que solo en filosofía; en Teología se sigue cada tratado todo el año, los diez meses”. Sobre esto, cf. también la carta del mismo P. V. Caballero al P. General, con fecha 24 de septiembre de 1921: “En cuanto al ‘Plan de Estudios’ bien hará V.P. en hacer sus observaciones: el Derecho Canónico queda un poco desairado; la Patrística y la Historia Eclesiástica, reducidas a su mínima expresión. Los jueves conservan la vacación tradicional de la tarde. Hay tanto que estudiar que, la verdad, no se ve modo de compaginar toda la amplitud que fuera de desear”.
  31. Cf. el final de la nota anterior.
  32. Cf. la carta del Ministerio de Instrucción Pública al P. Moisés Pérez, Procurador General de España, fechada en Madrid el 1 de septiembre de 1914 (RP 64, Vicaría General): “Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. El Excmo. Sr. Ministro me comunica con esta fecha la Real Orden siguiente: Ilmo. Señor: en atención a lo expuesto por el Procurador General de las Escuelas Pías de España, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artº 153 de la Ley de Instrucción Pública de 9 sept. de 1857, S.M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien disponer, de conformidad con lo resuelto por las Reales órdenes de 25 de mayo de 1897 y de 25 de septiembre de 1906, que los Colegios de las Escuelas Pías podrán seguir dando sus enseñanzas e incorporándose a los Institutos de las respectivas provincias en que radiquen, sin otros requisitos que los que hasta el presente se les han exigido, pudiendo también sus Profesores formar parte de los tribunales oficiales en los exámenes de sus respectivos alumnos. Lo que traslado a V. para su conocimiento y efectos procedentes. Madrid 1 de septiembre de 1914. El Subsecretario.”
  33. Cf. Actas del Capítulo General de 1919, p- 57 (sesión X, prop. 2): “Para evitar las excesivas defecciones de jóvenes, y para evitar los abusos de los que piden ser admitidos en la Orden sin intención de permanecer en ella sirviendo mejor a Dios, saliéndose luego con títulos de estudios que no les han constado nada, se prohíbe que no hagan ese tipo de estudios sino después del sacerdocio. Por lo tanto, aténganse a ello, a no ser que el P. Provincial disponga de otro modo, pues si alguno lo descuidara por capricho suyo, sufriría las penas oportunas”. Se aprobó para Italia con 33 votos de 34.
  34. Cf. los documentos referentes a este proyecto en RP 64, Proyecto de fundación de Burgos. Cf. también DENES I, “Burgos”.
  35. Cf. los puntos o artículos 3 y 4 del decreto de la S. Congregación de Religiosos del 27 de noviembre de 1929: “3. Durante el currículo de estudios filosófico y teológico, los clérigos cumplan diligentemente lo que está determinado en el Código de D.C. Terminado ese currículo, hagan los estudios que parezca necesario adquirir para enseñar o adquirir diplomas. 4. Para completar correctamente el currículo de filosofía y teología, créense Casas de Estudios provinciales o interprovinciales, a no ser que ya existan; se recomienda en especial la Casa Internacional de Estudios de S. Pantaleo, a la que todos los provinciales deben enviar algunos estudiantes. Procuren además los Superiores que los estudiantes durante el currículo filosófico y teológico no sean distraídos de sus estudios enseñando en las escuelas”.
  36. Cf. este primer borrador en RG 325.
  37. Cf. el nº 192 de este segundo borrador en RG 325.
  38. Cf. nota 59.
  39. Cf. nota 378.
  40. Cf. nº 133 de las Reglas de 1956.