BerroAnotaciones/Tomo3/Libro3/Constituciones/Cap09

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CAPÍTULO 9 Ejercicios Para hacer en la Iglesia

En la iglesia escucharán las confesiones nuestros sacerdotes destinados; y celebrarán las Misas tanto los nuestros como cualquier sacerdote de fuera, secular o regular, los cuales serán tratados con la mayor cortesía y honor. Y, para mayor comodidad de los sacerdotes que tengan que celebrar, se destinará a un sacerdote aprobado par oír las confesiones en la sacristía.

Una vez al año se expondrá la Oración de las 40 Horas en el tiempo en que cada casa lo vea más oportuno y deseable. Se deben hacer con solemnidad, música y sermones; y en ellas se pedirá a Dios Nuestro Señor por las necesidades de la Santa Iglesia, y por el progreso de la Congregación.

En la Natividad del Señor, en Pascua de Resurrección, en Pentecostés, en Epifanía, en la fiesta del Corpus Christi, en la Asunción de la Virgen, en el Domingo de Ramos, y en el día de la Conmemoración de todos los Difuntos, se cantará la Misa solemne con las Vísperas. Con mayor solemnidad, aparato y música, se hará lo mismo en la fiesta de la Natividad de la Santísima Virgen, con primeras y segundas Vísperas, por ser la fiesta propia de la Congregación, y también el día titular de la iglesia, y el aniversario de su consagración.

El miércoles de la Semana Santa, y en los otros tres días siguientes, se cantarán los acostumbrados oficios con las Misas solemnes, y se hará el Monumento y todas las demás ceremonias determinadas en estos días de la santa Iglesia.

Si en alguna ciudad hay un número grande de Padres, o porque se han reunido, o porque frecuentan la ciudad, o por otra razón, en cada fiesta se podrá cantar la Misa con las Vísperas, según lo vean mejor los Padres.

Procure el P. Rector que en las iglesias de la Congregación existan todas las indulgencias que se puedan obtener, para que, tanto los Padres como los seculares puedan hacer mayor adquisición de méritos; para nuestros Padres, Clérigos y Oblatos, existen las indulgencias concedidas por el Papa Inocencio X en común para todos los de la Congregación, según el sumario que se pone al pie de estas Constituciones.

En nuestras iglesias se podrá también tener charlas espirituales cuando haya individuos aptos, y el Ordinario y los Padres lo aprueben, sobre todo en la Cuaresma, Adviento y fiestas principales de la Iglesia, conforme parezca conveniente.

Cada domingo y todas las fiestas de la Santísima Virgen y de los santos Apóstoles, se tendrá después de la comida la Doctrina Cristiana en nuestra iglesia, para los alumnos de las escuelas y otros. Podrán ir también los Padres a practicar esta piadosa y santa obra a otra iglesia, si son solicitados por los Ordinarios.

Notas