General34/Erección de la Viceprovincia de Rumania
Erección de la Viceprovincia de Rumania
El P. Viñas intentó socorrer las casas que habían quedado en Transilvania con la misma solicitud paterna con que había intentado arreglar los asuntos de Eslovaquia. Pues, de acuerdo con las condiciones de paz establecidas en Trianon el 4 de junio de 1920, las cuatro casas de la provincia de Hungría situadas en Transilvania, a saber, Carei Mare, Marmatiei, Cluj y Temesvar, fueron separadas del reino de Hungría e incorporadas al nuevo reino de Rumania. Encontrándose en estado de gran necesidad los religiosos de estas casas, el P. Viñas con su Consejo el 16 de agosto de 1920 les envió un subsidio de 10.000 liras[Notas 1]. Al comienzo del año siguiente 1921, a propuesta del P. Provincial de Hungría permitió que las cuatro casas formaran una viceprovincia de la provincia. El P. Cornelio Szinger, con el acuerdo de su Consejo, la creó en el mes de marzo de 1921, y nombró al P. Francisco Both su Vicario[Notas 2]. El P. Viñas informó sobre la creación de esta viceprovincia a Benedicto XV en la audiencia del 7 de abril de 1921, quien aprobó lo hecho[Notas 3]. Más tarde, para que toda la viceprovincia tuviera más fuerza y autoridad en los tratos diplomáticos con el Gobierno rumano, para lograr el reconocimiento oficial, a petición del P. Provincial de Hungría[Notas 4], la Congregación General decidió pedir oficialmente a la misma Santa Sede la creación de la Viceprovincia de Rumanía[Notas 5]. Se pidió permiso el 4 de junio de 1921, y el 20 del mismo mes la S. Sede concedió al P. Provincial la facultad para crear una nueva viceprovincia, para un quinquenio[Notas 6].
En el mes de julio de 1921 el P. Viñas salió hacia Hungría, y el 23 de julio trató en sesión con el Consistorio Provincial sobre el tema de poner de acuerdo la viceprovincia de Rumanía con el Gobierno rumano[Notas 7]. Allí mismo redactó un memorial para entregar al Nuncio en Rumanía. El P. Viñas salió de Budapest hacia Carei Mare, y el 30 de julio de 1921 se entrevistó con el Excmo. y Rvdmo. D. Francesco Marmmagi, Nuncio Apostólico, sobre las casas en Transilvania, y le entregó el memorial, en el cual se pedían los siguientes derechos para el P. Provincial de Hungría sobre la viceprovincia:
- 1.Que el Provincial. ex officio, pudiera visitar nuestras casas de la Viceprovincia.
- 2.Poder completar el número deficiente de profesores con otros de Hungría, y el derecho de cambiar, si lo exigían las necesidades, a nuestros de las casas de Rumania llevándolos a Hungría, y enviar a otros allí.
- 3.Que nuestros Padres de Rumania pudieran visitar libremente la provincia de Hungría, puesto que tienen allí parientes y hermanos. Y viceversa: los religiosos enviados a Rumanía se obligan a obedecer las leyes vigentes allí[Notas 8].
El Nuncio prometió que intercedería ante el rey Fernando para conseguir los deseos de los escolapios, aunque no negó que habría dificultades para lograrlo, a causa de que el Gobierno rumano no tenía muchas simpatías hacia los húngaros ni hacia los católicos rumanos[Notas 9]. Ciertamente el Gobierno rumano rechazó tenazmente la dependencia de la viceprovincia con respecto a la provincia de Hungría, y reconocer los derechos del P. Provincial señalados más arriba, de modo que al año siguiente, 1922, ya se trataba de erigir un noviciado independiente en la casa de Marmatiei[Notas 10]. Con permiso de la Santa Sede, concedido en agosto de 1922, se erigió de hecho[Notas 11]; se erigió un juniorato a comienzos del curso escolar 1922-23 en Cluj[Notas 12], y así se preparó la erección de la provincia de Rumania totalmente independiente de la de Hungría, decidida durante el Vicariato del P. Giuseppe del Buono, en sesión de la Congregación General el 2 de diciembre de 1924[Notas 13], deseándolo así el Cardenal Prefecto de la S. Congregación de Religiosos, y realizada por la misma Santa Sede el 13 de enero de 1925[Notas 14]. El P. Giuseppe Del Buono, Vicario General, ejecutó el decreto de erección el 7 de febrero de 1925[Notas 15], la cual de hecho solo se puso en práctica en verano del mismo año 1925[Notas 16].
El P. Viñas no pudo hacer nada para conservar nuestra casa de Nagy Becskerek anexionada a Yugoslavia en 1920, que el 4 de agosto de 1920 quedó totalmente abandonada, y los religiosos fueron trasladados a Hungría. Los bienes de la casa fueron en parte vendidos durante los años siguientes, y en partes entregados en custodia[Notas 17].
Notas
- ↑ Cf. Actas de la Congregación General, 16 de agosto de 1920, RG 22 a, ff. 110-111.
- ↑ Cf. la carta del P. Provincial de Hungría al P. General, de fecha 19 de marzo de 1921 en RP 66 Hungría.
- ↑ Cf. Memorias particulares, f. 26.
- ↑ Cf. la carta del P. Provincial de Hungría al P. General, de fecha 25 de mayo de 1921 en RP 66 Hungría.
- ↑ Cf. Actas de la Congregación General, 1 de junio de 1921, RG 22 a, f. 128.
- ↑ Cf. Libro del Procurador (RG 271), día 24 de junio de 1921.
- ↑ Cf. Visita a Europa Central en 1921, f. 13.
- ↑ Cf. la carta del P. Provincial de Hungría al P. General, de fecha 24 de julio de 1921 en RP 66 Hungría.
- ↑ Cf. Visita a Europa Central en 1921, ff. 19-20.
- ↑ Cf. la carta del P. Provincial de Hungría al P. General, de fecha 10 de abril de 1922 en RP 66 Hungría.
- ↑ Cf. Libro del Procurador (RG 271), en agosto de 1922. El permiso para erigir el noviciado fue obtenido de la Santa Sede por primera vez el 23 de mayo de 1922, pero para Temesvar.
- ↑ Cf. BALANY, o.c. p. 347. Según carta del P. Both al P. General con fecha 11 de diciembre de 1922, en aquellas fechas había 6 novicios y 2 juniores (RG 255 f, 8).
- ↑ Cf. Actas de la Congregación General, 2 de diciembre de 1924, RG 22 a, f. 217.
- ↑ Cf. Libro del Procurador (RG 271), 13 de enero de 1925. Cf. también Libro Registro del Secretario de Oficios Generales (RG 22 d) f.161: “El 2 de diciembre de 1924 atesta el Vicario general que en el reino de Rumanía se ha erigido la Viceprovincia independiente de la provincia de Hungría, y se ha nombrado Vicario Provincial con todos los derechos y privilegios a Muy Rvdo. Francisco Both”.
- ↑ Cf. Libro Registro del Secretario de Oficios Generales (RG 22 d) f.164.
- ↑ Cf. BALANY, o.c. p. 349.
- ↑ Ibídem, pp. 300-301.