BerroAnotaciones/Tomo1/Libro3/Cap23

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CAPÍTULO 23 Del Capítulo General de 1637 [1637]

Se congregó el Capítulo General el día 15 de octubre de 1637, día determinado para él, en nuestra Casa de San Pantaleón de Roma, donde algunos días antes habían llegado los Padres Provinciales y los Vocales de las Provincias, cuyos nombres, así como las legitimaciones de las personas se pueden ver en el mismo Capítulo General, y en las copias auténticas de él.

Aquella mañana cantó la Misa N. V. P. Fundador y General, la sirvió de Diácono el V. P. Pedro [Casani] de la Natividad de la Virgen María, de Lucca, su 1º Asistente; de subdiácono, el P. Francisco [Castelli] de la Purificación, 2º Asistente, florentino, de Castiglione Fiorentino; y todos los Capitulares asistieron con los roquetes. Terminada la Misa, fue expuesto el SS. Sacramento con las debidas ceremonias, cantando procesionalmente el himno Veni Creator Spiritus, se llegó a nuestro Oratorio, y se dijeron las oraciones acostumbradas.

Entonces apareció la Sagrada Visita Apostólica, por orden de N. S. el Papa Urbano VIII, que fueron los siguientes:

Ilmo. y Revmo. Monseñor Juan Bautista Alteri, Vicegerente, e Ilmo. y Revmo. Monseñor Benedicto Landi, Obispo de Fosombrone.

Ilmo. y Revmo. Monseñor Julio Rospigliosi, Secretario de Breves de Nuestro Señor, ahora Cardenal, como antes lo fue Altieri, creado por Urbano VIII.

E. M. R. P. Fray Francisco de Negro, de Génova, Capua, predicador del Papa; y el P. Fray Salvador, de Génova, su acompañante, que hacía de Secretario de parte de dicha Sagrada Visita.

Dichos Ilmos. Y Revmos. Prelados, los primeros días hablaron de diversas cosas, sobre todo de la legitimación de los Padres Capitulares, y de ocupar las plazas de los que no estaban. Por la parta de la Orden, eligieron por Secretario al P. Juan Bautista [Costantini] de Santa Tecla, para la primera sesión. Y, como faltaban algunos Provinciales, dicha Sagrada Visita los nombró; entre éstos fui nombrado yo, Vicente [Berro] de la Concepción, Provincial de Toscana.

Provincial de Sicilia, el P…

Provincial de Roma, el P…

Hubo después algunas Comisiones, como acerca de las Constituciones, acerca de las Causas, en las que distribuyeron a los Padres Capitulares, procurando hacerlo con cuidado. Yo fue puesto en la de las Constituciones.

Quisieron que las Comisiones se reunieran en salas separadas, y que ella eligiera primeramente las materias, y después las llevaran a la Asamblea plenaria para ser oídas, discutidas, y después propuestas en Capítulo, para aprobarlas o rechazarlas.

Y, como el P. Estaban [Cherubini] de los Ángeles, romano, legitimó su persona con un Breve Apostólico, en el que se le nombraba Procurador General, con derecho a tener puesto en el Capítulo general por delante de los Provinciales, etc., disgustó mucho a todo el Capítulo, porque la juzgaron, no sólo contra el voto que se hace de no procurarse ni directa ni indirectamente en la Orden ninguna dignidad, sino incluso una puerta para introducirse entre los nuestros un pésimo abuso de procurarse las dignidades mediante Breve y favores; por eso, se insistió mucho en esto, y el primer decreto del Capítulo General fue acerca de esto, es decir:

“Las instancias que en el futuro se hagan desde cualquier Orden, para obtener Breves, o cartas Apostólicas a favor del mismo suplicante, sean antes firmadas por el P. General y sus Asistentes; y no pueden servir sin esta firma”.

Los Ilmos. Y Revmos. Prelados de la Sagrada Visita apostólica añadieron a esto estas palabras: “Pero cuando Nuestro Señor no las derogue, y declare que tienen lugar, aunque no exista dicha firma”.

Pero como dicho caso no aparecía incluido en dicho Decreto, como aquél había sido obtenido antes, los Padres Capitulares no se tranquilizaron hasta que dicho P. Esteban no renunció a aquel Breve y dignidad de Procurador General en público Capítulo, en presencia de dichos Ilmos. Y Revmos. Prelados. Fue entonces cuando los Padres Capitulares lo eligieron ellos como Procurador General, a condición, sin embargo, de que se colocara detrás de los Provinciales. Y no sólo él, el P. Esteban, sino también todos los demás Procuradores Generales en el futuro; pero que tengan lugar en el Capítulo General.

La Sagrada Congregación de la Visita Apostólica en su Congregación plenaria, y en presencia del Emmo. Sr. Cardenal de San Onofre, hermano de Su Santidad, N. S. el Papa Urbano VIII, decretó:

“El Breve de N. S. Urbano VIII, obtenido para ordenar a los clérigos operarios, no acredita ni para aquellos que habían sido antes hermanos Operarios, ni a los que desde el principio fueron recibidos en la Orden para clérigos operarios. Y en cuanto a los dos ya ordenados sacerdotes, la Sagrada Congregación ha resuelto que ´ad cautelam´ deben solicitar la absolución o habilitación de la suspensión; y cuando la hayan obtenido, la misma Congregación declara que deben tener y mantener el lugar según sus Profesión”.

En este Capítulo General N. V. P. Fundador y General dio de sí tantas señales de perfección, caridad, paciencia y caridad ante cualquier oposición que hicieron, que fueron muchas, que todos los Ilmos. Presidentes del Capítulo se quedaron admirados; Monseñor Rospigliosi, ahora Emmo. Cardenal, dijo: -“No sé cuándo tendréis ya otro Padre de tanta perfección y santidad como éste”. Más aún, en una sesión capitular, estuvo casi todas las horas, oyendo los discursos de los Padres Capitulares, que, de ordinario, tendían a ser largos, y las precedencias de los oficios y oficiales de la Orden, ante los problemas que podían surgir. Después de pasar así tanto tiempo N. V. P. Fundador y General, una vez que se acaloraron demasiado en aquellas materias, movido de santo celo, dijo: -“¡Ya está bien! ¿Tenemos que discutir siempre de estos asuntos, y nunca de la observancia regular y de la perfección religiosa? ¿Estas cosas tienen que ocupar nuestro corazón y no Dios?”.

Todos los Padres se pararon y callaron; y los Ilmos. y Revmos. Presidentes dijeron: -“El P. General tiene razón, ¡basta!” Comenzaron a proponer cosas necesarias a la perfección religiosa, y los Ilmos. Y Revmos. Prelados, y Negro, tuvieron en grandísima estima a N. V. P.

Una vez, porque uno de los primeros Padres Capitulares se calentó demasiado aduciendo distintas razones – siempre a nivel reverencial-, contra una opinión de N. V. P., aquellos Ilmos. Y Revmos. Lo reprendieron duramente. Y como era opuesto a nuestras Constituciones, los Ilustrísimos hablaron de ello en su Congregación, y declararon que no había fundamento alguno para oponerse a ello.

Notas