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Como habían pasado los seis años desde que el Papa Gregorio XV, de feliz memoria, había erigido nuestra Congregación en Orden, y confirmado con un Breve particular nuestras Constituciones, en las cuales, en el Capítulo Primero de la Tercera parte se ordena que cada seis años se debe convocar el Capítulo General, y con más frecuencia si el P. General lo juzga necesario, para cosas graves de la Orden, N. V. P. General y Fundador convocó aquel Capítulo de la mejor manera que pudo.
 
Como habían pasado los seis años desde que el Papa Gregorio XV, de feliz memoria, había erigido nuestra Congregación en Orden, y confirmado con un Breve particular nuestras Constituciones, en las cuales, en el Capítulo Primero de la Tercera parte se ordena que cada seis años se debe convocar el Capítulo General, y con más frecuencia si el P. General lo juzga necesario, para cosas graves de la Orden, N. V. P. General y Fundador convocó aquel Capítulo de la mejor manera que pudo.

Última revisión de 17:37 27 oct 2014

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CAPÍTULO 24 Del Primer Capítulo General De las Escuelas Pías [1627]

Como habían pasado los seis años desde que el Papa Gregorio XV, de feliz memoria, había erigido nuestra Congregación en Orden, y confirmado con un Breve particular nuestras Constituciones, en las cuales, en el Capítulo Primero de la Tercera parte se ordena que cada seis años se debe convocar el Capítulo General, y con más frecuencia si el P. General lo juzga necesario, para cosas graves de la Orden, N. V. P. General y Fundador convocó aquel Capítulo de la mejor manera que pudo.

Pero, aunque ya había en pie tres Provincias, Roma, Génova y Nápoles, sin embargo, no había Vocales legítimos con siete años de profesión y tres de sacerdocio, como requieren nuestras mismas Constituciones; y de los cuatro Asistentes asignados a N. V. P. Fundador y General por el Sumo Pontífice Gregorio XV, dos ya habían ido al cielo, como piadosamente podemos creer, por sus óptimas virtudes, es decir, el P. Viviano [Viviani], y el P. Pablo [Ottonelli], ambos de la Asunción de la Sma. Virgen, el 1º el día 23 de junio de 1623, y el 2º en marzo de 1626.

N. V. P. Fundador y General intimó, pues, dicho Capítulo General, que dio comienzo el día 21 de octubre de 1627 en nuestro Noviciado de Monte Cavallo.

A él asistieron:

N. V. P. José [Calasanz] de la Madre de Dios, Fundador y General; el Venerable P. Pedro [Casani] de la Natividad, primer Asistente suyo; el P. Francisco [Castelli] de la Purificación, que le había puesto el Papa Gregorio XV; el P. Santiago [Graziani] de S. Pablo, elegido en lugar del P. Viviano, del que se pudo decir con toda verdad: “In regulari onservantia alter Bernardus Abbas Claravalensis”; el P. Peregrín [Tencani] de San Francisco, elegido en lugar del P. Pablo, “vir profundissimae humilitatis”.

Eligieron como Secretario al P. Glicerio [Cerutti] de la Natividad del Señor.

Deseando tener un guía como director, llamaron al P. Domingo [Ruzzola], Jesús María, carmelita descalzo, religioso muy experimentado en letras y en vida de perfección, como es bien conocido en toda Europa.

Acudieron con todo devoción a la ayuda divina, con la que -como verdaderos secuaces- los colmó abundantísimamente la misericordia divina, como pudo verse por los santos decretos que hicieron.

Dicho día 21 de octubre de 1627.

Decretaron:

  • Que no se podía hacer uso de dinero.
  • Que las Casas y personas nuestras, tanto actuales como futuras, quedaban del todo incapacitadas para Legados, sucesiones y heredades; y que para las obras de edificios y reparaciones los capacitados eran los Consistorios de los lugares.
  • Renunciaron al jus natural de defenderse en cualquier juicio, o agravio, o a la defensa.

El día 27 se decretaron otras diversas cosas, como se puede ver en dicho Capítulo General, al lo que dedicaron varios días ininterrumpidamente, y para esperar a dicho V. P. Fray Domingo de Jesús María, que, por otras ocupaciones, no podía asistir de continuo.

  • Se añadió también el uno de las sandalias, como ahora las llevamos, más parecidas a las de los curas que las de antes, a la capuchina.

Notas