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CAPITULO SÉPTIMO: TERCERA CONTROVERSIA SOBRE LA HEROICIDAD DE LAS VIRTUDES

La Congregación General Coram SSmo.

La febril actividad de las últimas semanas, coronada con el éxito de la Congregación Preparatoria, hubiera justificado una pausa de merecido descanso a los actores de la Causa. Sin embargo, las tareas reanudaron su curso inmediatamente. El P. General Boschi y el Postulador Bornó no podían menos de advertir que les quedaban sólo siete meses de gobierno, pues el próximo mayo habría Capítulo General y cambio de Oficiales Mayores. Tal vez esta circunstancia les acuciaba para aprovechar el tiempo todavía disponible hasta mayo. Y en realidad, la solicitud y las prisas de estos meses fueron premiadas abundantemente con el hallazgo de importantísimos documentos, decisivos para la Causa.

Se emprendía, pues, una nueva etapa. Pero antes de emprender la tarea era necesario tener una ¡dea clara de los nuevos objetivos. El secreto Inicial sobre los resultados de la votación y las razones que habían motivado los votos no favorables de los Consultores se fueron revelando rápidamente. A ello contribuyó sobre todo el detallado informe del abogado Montecatini, referente a su entrevista preliminar con los Consultores, de que hemos hablado en el capítulo anterior. Probablemente fue requerido por el P. General o por el Postulador, pues a ellos parece dirigido[Notas 1]. Y con toda probabilidad, estaba concluido el 18 de septiembre, a los diez días de celebrada la Congregación, pues con esa fecha escribió el P. General una carta a Florencia pidiendo documentos para aclarar uno de los puntos indicados en el informe de Montecatini[Notas 2].

Según este informe, cinco eran los obstáculos en que habían tropezado los Consultores, que exigían, por tanto, nuevas diligencias y pruebas más convincentes para superarlos, a saber:

1. obediencia del Siervo de Dios a ios Decretos del Santo Oficio, referentes al reconocimiento del P. Mario como Provincial de Toscana;

2. reintegración al Generalato, decretada por la Congregación particular;

3. causas por las que no se llevó a efecto la reintegración, tomándose, por el contrario, nuevas medidas contra el Fundador y la Orden;

4. atestado infamante del Siervo de Dios contra el P. Cherubini;

5. revisión de todos los escritos.

Excepto el último punto, todos los demás exigían nuevos documentos. Y por tanto, dando prueba de heroica paciencia y constancia, si se tiene en cuenta la abundante documentación que ya se había presentado, particularmente respecto a los puntos segundo y tercero, se reanudó la exasperante tarea de rebuscar en los archivos.

La primera dificultad era nueva, y a ella había dado pie ia publicación en el último Sumario, que había sido distribuido a los Consultores en julio de aquel año 1717[Notas 3], de dos decretos del Santo Oficio: uno fechado el 14 de agosto de 1642, en el que se intimaba al Padre General y Asistentes en virtud de Santa Obediencia y bajo la amenaza de penas, que procuraran exigir a los religiosos de la Provincia de Toscana la debida obediencia al recién nombrado Provincial Padre Mario[Notas 4]; el segundo decreto llevaba fecha del 15 de enero de 1643, y en él se nombraba Primer Asistente General al P. Mario, y se deponía al Fundador de su cargo de Generai junto con sus Asistentes[Notas 5]. Era, por tanto, necesario probar que el Venerable Fundador había obedecido a estos dos Decretos.

En el referido Sumario se habían publicado también cuatro cartas del Fundador, dirigidas a Florencia, Genova, Nápoles y Fanano, en las que exhorta a la obediencia debida a los nuevos Superiores sucesivos PP. Mario y Cherubini[Notas 6], pero por lo visto no habían parecido sufientes a los Consultores, siempre ansiosos de más documentos.

Atendiendo a estas exigencias, el P. General escribió inmediatamente al P. Provincial de Toscana pidiéndole que se buscara con toda diligencia en el Archivo Provincial las cartas originales o en copia que hubiera escrito el Fundador inculcando la obediencia al Padre Mario, como también cualquier clase de memorias o notas que pudieran atestiguarlo. Recomendaba también al P. Provincial que en ocasión del Capítulo Provincial ordenara a los rectores de otras casas de la Provincia, que hicieran las mismas diligencias en sus respectivos archivos locales[Notas 7].

Una semana más tarde, escribía de nuevo el P. Boschi al Provincial de Toscana, dando instrucciones para que se mandara a Roma el original o la copia de una importantísima carta que se había encontrado en Fanano, y que podía ser decisiva para solucionar el caso en cuestión[Notas 8]. Y a primeros de diciembre, en carta escrita a Panano, notificaba el P. General que se habían recibido los "preciosísimos documentos" encontrados en el archivo local, considerados como "armas fortísimas e insuperables" para destruir las objeciones[Notas 9].

Con estos documentos se podía considerar resuelta la primera dificultad apuntada en el informe de Montecatini. Pero no era fácil encontrar respuesta satisfactoria a la segunda, referente al decreto de reintegración del Fundador, que continuaba siendo un obstáculo infranqueable, a pesar de los documentos que se habían presentado para superarlo. Los Consultores seguían considerándolos sin valor, alegando que las cartas del P. Cherubini no justificaban plenamente su existencia; el testimonio de las Memorias del P. Berro no merecía atenderse, pues muchas de las cosas por él recordadas eran inexactas; las cartas del Fundador no podían tomarse como pruebas, pues esto equivaldría a testimoniar en causa propia; las cartas de Monseñor Panicela, obispo de Ravello, tampoco tenían valor probatorio, pues Monseñor no pertenecía a la Congregación particular[Notas 10]. Debía, pues, continuar la búsqueda desesperada de otros documentos más fehacientes.

Por fin se hizo el gran descubrimiento: en el archivo del Cardenal Fabricio Paolucci fue encontrado un legajo de 35 documentos, que había pertenecido al tío del Cardenal, Francisco Paolucci, quien había sido el secretario de la famosa Congreación particular a la que se había encomendado el asunto de las Escuelas Pías y de su Fundador, es decir, la Congregación que había decretado la reintegración del Santo en sus funciones de General. Y los documentos encontrados eran precisamente las actas de dicha Congregación particular, redactadas por el secretario Paolucci, luego cardenal. Este hallazgo sensacional se dio el día diez de diciembre de 1717[Notas 11], pocos días después de haberse encontrado los "preciosísimos documentos" de Panano, que acabamos de mencionar.

Aquel mismo día 10 de diciembre murió el ex-general P. Crisostomo Salistri, que tanto se había interesado por la Causa del Fundador, y hay quien atribuye a su intercesión celestial el magno acontecimiento[Notas 12]. Montecatini, sin embargo, con bellas palabras atribuirá el hecho a la intercesión del Fundador, solícito más que nadie de su propia defensa[Notas 13]. También Benedicto XIV escribió que todo ello ocurrió non sine speciali divino praesidio[Notas 14].

Ignoramos quién fue el afortunado que encontró estos documentos trascendentales para la Causa. Con ellos sería lícito esperar que se llegara rápidamente al término del dificilísimo proceso, dado que el obstáculo de la reintegración del Fundador al Generalato era el punto crucial insuperable. Sin embargo, no fue así. Otras causas accidentales alargaron todavía once años más el curso del proceso.

Ya en septiembre, y por tanto antes del hallazgo del dossier Paolucci, habían celebrado una reunión los dos abogados defensores Montecatini y De Santis y el Promotor de la Fe Lambertini[Notas 15]. Y unos meses más tarde, el 21 de abril de 1718, una vez copiados y encuadernados los famosos documentos[Notas 16], tuvieron otra reunión, en la que probablemente trataron del nuevo rumbo que tenía que seguir el proceso[Notas 17].

A los pocos días, el 2 de mayo de aquel año, durante el capítulo General, el hasta entonces Postulador de la Causa, P. Gregorio Bornó, fue nombrado General de la Orden[Notas 18], y dos días después nombró como Procurador y Postulador al P. Joaquín Munitila, ex-asis-tente General[Notas 19]. El día 31 de julio del mismo año, confirmó en su cargo de Co-postulador de la Causa al P. Rodolfo Brasavola[Notas 20]. No deberían, pues, haberse esperado cambios sustanciales en ¡a marcha del Proceso, dado que tanto el P. General como el Co-postulador seguían interesados en el mismo. Pero el nuevo hombre, Padre Munitila, defraudó las esperanzas.

La atención de todos los que intervenían en el Proceso seguía centrada en los preciosos documentos. Para garantizar su autenticidad, fue llamado el notario y Canciller de la Sda. Congregación de Ritos Mons. Cosme Antonio Bernardini, quien en documento oficial, techado el 16 de julio de 1718, certificó la fidelidad de la copia respecto a los originales[Notas 21].

Con estos documentos de Paolucci, las cartas recibidas de Fana-no y otros escritos pertinentes se fue formando el Sumario para la tercera Posición. En dicho Sumario tenían que apoyarse tanto las Animadversiones del Promotor, como las Responsiones de los abogados, según costumbre. Consta que las Animadversiones estaban concluidas el 9 de diciembre de 1718[Notas 22]. Pero entre esta fecha y la antes indicada del 16 de julio, se compusieron otros dos escritos, con que se adelantaba la respuesta a las dificultades apuntadas en el informe de Montecatini[Notas 23].

En el primero, compuesto seguramente por Montecatini[Notas 24], se reducía a tres puntos toda la cuestión, a saber: 1 ) reintegración del Fundador a General de la Orden; 2) Obediencia del mismo a los decretos del Santo Oficio y 3) atestado "infamante" contra Cherubini[Notas 25]. En el segundo escrito se responde extensamente al punto tercero[Notas 26].

En el primero de estos escritos responde Montecatini por orden a las tres cuestiones o dificultades propuestas, haciendo notar que los nuevos documentos corroboraron lo dicho por él en sus últimas Res-ponsiones. Concretamente:

1. respecto a la reintegración. Su primera frase suena a grito de victoria: Respectu primi dubii exhibentur novo Summario Documenta ineluctabilia controversa^ Reintegrationis excerpta ex Archivio ciar. mem. Cardinalis Francisci Paulucci[Notas 27]. Y entre tales documentos escoge los siguientes:

a. un memorial de los Padres de las Escuelas Pías, que dio ocasión a los Decretos del Santo Oficio del 14. Vil. 1642 y 15. I. 1643[Notas 28];

b. el voto de Paolucci en que responde a las dudas propuestas, y el Acta de la Congregación tenida el 1 de octubre de 1643 en la que se discutió sobre la extinción de la Orden, sed votantes non fuerunt concordes[Notas 29];

c. el Acta de la Congregación del 10. III. 1644, en que el Padre Pietrasanta retulit magis expediré continuationem in Reiigionis statu, in quo est, et adesse idóneos, qui possunt régimen habere[Notas 30];

d. el Acta de la Congregación del 17. VII. 1645. En ella los Cardenales Cueva y Ginetti votaron por la no extinción y Spada y Roma por la extinción, verum cum acriter contra extinctlonem Rmus. Pau-luccius insurrexerit, conclusum fuit omnibus suffragiis pro reintegratone Patris Generalis et conservatone Reiigionis[Notas 31];

e. el Acta de la Congregación del 8. IX. 1645 en la que el Cardenal Roma de expresso ordine SSmi. declaravit quod in Congrega-íicnem Religio reducatur, et quod non sit cogitandum nisi de forma reductionis[Notas 32].

Y concluye Montecatini con este párrafo, dando por terminada la eterna discusión sobre la existencia del Decreto de reintegración del Fundador:

"cum igitur haec ita se habeant, sublata remanet in facto omnis amaritudo controversae Reintegrationis, quia eadem probatur decreta sub die 17 julii 1645. Quin obstet Resolutio facta per Sanctissimum de extinctione Religionis contra votum dictae particularis Congregationis, quoniam rationes, quibus moveri potuit sapientissimus Pontifex, nullo modo respiciunt Personam nostri Ven. Fundatoris, ut late ostensum est in nostris Responsionibus cap. 6 pag. 31, et fusius ostendetur, quatenus opus fuerit, in prosecutione Causae"[Notas 33].

2. Respecto al segundo punto, es decir a la obediencia del Santo a los decretos del Santo Oficio, se contenta Montecatini con hacer notar que dicha "obediencia ciega" queda suficientemente probada, tanto por las cartas ya editadas en el Sumario II como por las nuevas recientemente encontradas e incluidas en el Sumario III[Notas 34].

3. En cuanto a la pretendida difamación de Cherubini debida al atestado del Fundador, hace notar Montecatini que Cherubini había perdido ya la fama antes de que el Fundador escribiera su informe, como consta por un memorial editado en el Sumario II[Notas 35]. Otro memorial, hallado en el Archivo Paolucci, confirma dicha mala fama en toda la Orden[Notas 36]. Lo mismo dice en sus Memorias el Padre Berro.[Notas 37]. Además con anterioridad al discutido atestado, los pre-ados de la Visita Apostólica habían ordenado al Fundador que destituyese al P. Cherubini de su cargo de Procurador General, dados ios pésimos informes que sobre su vida habían recibido[Notas 38]. Todo lo cual prueba que el Santo no difamó a Cherubini, y que por el contrario, hubiera faltado a la justicia si no hubiera hecho dicha información, como había ya insinuado brevemente el mismo Montecatini en su informe sobre las disposiciones de los Consultores en vísperas de la Congregación Preparatoria, y como estaba dispuesto a probar de nuevo apoyado en teólogos y canonistas[Notas 39].

Estas últimas promesas de ulteriores pruebas las cumplió, segu-¡amente el mismo Montecatini, en el otro escrito a que hemos aludido fntes[Notas 40]. En primer lugar demuestra con documentos que el atestado del Fundador contra Cherubini fue posterior a una serie de cartas y memoriales en que se hablaba de las culpas y de las acusaciones movidas contra Cherubini. En efecto, el memorial del Funda dor lleva fecha de 23. II. 1644[Notas 41]. Y de ese mismo mes y año son ios siguientes documentos:

a. una carta de Cherubini del 6 de febrero al P. Rector de Nápoles, llena de indignación y de amenazas contra los autores de un memorial presentado contra él a la Congregación particular[Notas 42].

b. Carta apologética de Pietrasanta del 7 de febrero, en que se lamenta de ver acusado a Cherubini de ambición de mando y de indignidad[Notas 43].

c. Memorial de los dos Padres deputados por Pietrasanta, en que suplican que no sea elegido Cherubini Vicario General, dada su indignidad, de la que el General puede dar testimonio[Notas 44].

d. Otro memorial de los Padres de Nápoles, del 20. II. 1644, pidiendo que no se elija a Cherubini Vicario' General sin antes informarse jurídicamente de su vida y costumbres[Notas 45].

Estos documentos prueban que el P. Cherubini había perdido su fama antes de que el Santo mandara el informe a la Congregación particular. No hubo, pues, difamación en tal informe. Más todavía, el Siervo de Dios procedió por imperativo de conciencia, cumpliendo un deber de justicia y de caridad:

a. obró en conciencia, pues no sólo quien da su voto o elige para Superior a un indigno se hace reo de sus pecados pasados y futuros, sino también quien da su consentimiento a tal elección. Ni se libra de pecado grave quien pudiendo y debiendo impedir tal elección, no lo hace. Más todavía, hay obligación de hacer lo posible en público y en privado para impedir la promoción a dignidades de quien sea indigno, y por consiguiente, se deben revelar aun los delitos ocultos para impedirla. ¡Cuánto más será lícito y obligatorio acusar a aquél, cuya indignidad es pública y manifiesta![Notas 46].

b. Cumplió un deber de justicia, pues en justicia se debe proveer al bien común antes que al de un individuo en particular. Y aun en el caso de que uno previera que con su voto negativo no va a impedir la elección de un indigno, estaría, no obstante, obligado a darlo[Notas 47].

c. Cumplió un deber de caridad, tanto respecto al bien común, como respecto a los autores de los memoriales contrarios al Padre Cherubini, como incluso respecto al mismo P. Cherubini. Respecto al bien común: pues como Fundador estaba obligado más que nadie a promover el bien de la Orden, impidiendo con todos los medios entregar las ovejas en poder del lobo, cuya ambición, favorecida por la protección "de los Prepotentes", no podía ser refrenada sino con la manifestación de su indignidad y de sus delitos[Notas 48].

Respecto a los autores de memoriales dirigidos a la Congregación: pues el P. Pietrasanta había manifestado su indignación por tales memoriales en su famosa carta apologética, y el P. Cherubini no sólo se había indignado sino que había amenazado con penas a los autores de tales memoriales. Por tanto, el Siervo de Dios tuvo que ponerse de parte de los autores incriminados, tanto más, cuanto que eran acusados de calumnia[Notas 49].

Respecto al P. Cherubini, pues su ambición de mando le cegaba, impidiendo ver su grave obligación de no aceptar oficios y dignidades y de renunciar a ellos, dada su indignidad personal y sus pecados, conocidos por muchos[Notas 50].

No puede, por otra parte, alegarse que el Siervo de Dios bajo apariencia de caridad, quiso vengarse del P. Esteban, pues lo que se hace por justicia, por caridad y por imperativo de conciencia no puede considerarse venganza; además, una acción que tiende por sí misma a defender el bien común y evitar la calamidad pública que suponía la elección del P. Esteban, no puede tampoco considerarse venganza; pero sobre todo, no puede hablarse de venganza sabiendo que su declaración fue precedida por otros memoriales y por las cartas de Pietrasanta y de Cherubini, y especialmente por aquel memorial en que se invocaba expresamente su testimonio personal. Añádase a esto, que no faltaban otros medios para vengarse del Padre Esteban, a los que nunca recurrió el Fundador, antes por el contrario, se convirtió en su defensor en momentos de peligro para el propio Padre Esteban[Notas 51].

Podría también alegarse, que el Siervo de Dios no estaba obligado a impedir la elección de Cherubini, pues estaba suspenso de su cargo de General. A lo que puede responderse, que el Siervo de Dios, aun suspenso en sus funciones de General, continuaba siendo el Fundador y el Padre de la Orden y por consiguiente debía preocuparse del bien común por derecho natural. Se trataba, además, de la elección de Vicario General, que debía ser el coadjutor del Fundador, debido a su edad avanzadísima, y por consiguiente el Fundador debía preocuparse de no admitir como colaborador a un indigno y ya difamado. Por añadidura, el Santo había sido invocado como testimonio por los dos memorialistas deputados por el Visitador Pietrasanta y, por tanto, estaba obligado en conciencia a dar testimonio de la verdad, evitando con ello que dichos deputados fueran acusados de mentira y de calumnia contra el P. Cherubini[Notas 52].

Este escrito de Montecatini es una de las piezas maestras salidas de su pluma, pues a la abundancia de argumentos aducidos añade una eruditísima documentación de textos de juristas y teólogos para apoyar sus afirmaciones, tal como había prometido que estaba dispuesto a hacer en su última escritura[Notas 53].

De las cinco cuestiones que habían quedado sin resolver en la Congregación Preparatoria, según el informe de Montecatini[Notas 54], las cuatro primeras habían sido tratadas en los dos escritos que acabamos de examinar. La quinta y última se refería a la censura de todos los escritos pertinentes al Siervo de Dios, de los que sólo se había censurado hasta entonces un opúsculo[Notas 55].

Poco antes de celebrarse la Congregación Preparatoria, había aparecido el obstáculo referente a la necesidad de revisar todos los escritos, pero, dadas las prisas del momento, se respondió sumariamente que "las cartas eran pocas", y habiendo sido todas editadas en los Sumarios, no parecía necesario someterlas a nueva revisión[Notas 56]. Sea que en esta respuesta minimizaran su número, sea que en el último año de afanosa búsqueda de documentos hubieran sido encontradas otras muchas, el caso es que el día 6 de octubre de 1718 fueron entregadas para la revisión 509 cartas del Siervo de Dios, escritas desde 1617 a 1641. El censor fue el ex-general de los Agustinos, Fr. Adeodato Nuzzi, quien en menos de un mes cumplió con su cometido. En su informe propone cinco pasajes que podrían parecer mal sonantes, pero él mismo los explica, disolviendo las posibles dificultades[Notas 57].

El Promotor de la Fe, que había entregado al P. Nuzzi las cartas, recibió directamente el informe, y en la carta en que lo presentaba al Secretario de la Congr. de Ritos, hacía notar que las observaciones propuestas por el censor estaban de más, pues no le incumbía examinar lo que pudiera relacionarse con las virtudes del Siervo de Dios, sino sólo lo pertinente a la fe y buenas costumbres. Las observaciones sobre las virtudes estaban reservadas al Promotor de la Fe. De todos modos, eran tan insignificantes las sutilezas propuestas por el censor, que él mismo las había considerado despreciables y sin importancia[Notas 58].

El 28 de enero de 1719, la Sda. Congregación de Ritos daba su Decreto aprobatorio de la censura de las cartas[Notas 59]. Otro Decreto de la misma Congregación, fechado el 11 de marzo del mismo año, nos cerciora que fueron revisados por el mismo P. Nuzzi, y aprobados por la Congregación los siguientes opúsculos:

a) "Insfitutio Confraterniíatis sub invocatione Matris Dei in Givi-tate Tusculana";

b) "Regole da operarsi da Padri e Fratelli che tengono la scuola";

c) "Regole che devono operarsi dai Novitii de Poveri della Madre di Dio delle Scuole Pie"[Notas 60].

Con estos dos Decretos quedaba cerrada la cuestión de la revisión de escritos del Siervo de Dios. Y quedaban también resueltas todas las objeciones presentadas a raíz de la Congregación Preparatoria.

Las formalidades del proceso, sin embargo, exigían que en vista de la última Congregación, es decir, la General coram Ssrno., el Promotor de la Fe propusiera sus últimas Animadversiones y los abogados presentaran sus respectivas Responsiones, que unidas al relativo Sumario formarían la Positio para dicha Congregación General.

Consta que las Animadversiones de Lambertini estaban concluidas el día 9 de diciembre de 1718[Notas 61], es decir, antes de que se dieran los decretos aprobatorios de la censura de los escritos, y, por tanto, Lambertini incluyó todavía en sus objeciones la alusión a dicha revisión, aun sabiendo que se estaba haciendo.

La fuerza perentoria de los documentos encontrados últimamente, junto con las disquisiciones de Montecatini con que respondía a las objeciones que habían quedado sin resolver, desarmaron al Promotor de la Fe. Leyendo sus últimas Animadversiones, se diría que fueron hechas por simple formalidad, sin el nervio, la conexión interior y la gravedad que habían caracterizado las de antaño. Y no es de extrañar, pues el nudo gordiano de toda la polémica, es decir, la existencia del decreto de reintegración al Generalato, quedaba ya resuelto a la luz de los documentos del Archivo de Paolucci. Por primera vez, pues, desde que había empezado la discusión sobre el Dubium de virtutibus, desaparece del catálogo de objeciones la relativa a la reintegración. Más aún, de las cinco dificultades que obstaculizaron la última Congregación, quedan sólo en estas Animadversiones una protocolaria alusión a la revisión de escritos y una nueva insistencia en la cuestión del atestado del Siervo de Dios contra Cherubini, pero presentada de modo diverso. La nueva réplica de Lambertini se reduce prácticamente a un intento de revisión de viejas dificultades ya resueltas, que parecen reaflorar a la luz de los nuevos documentos[Notas 62]. He aquí, en efecto, los seis puntos que componen las Pos-tremae Animadversiones lambertinianas:

1. El Siervo de Dios, después de ser depuesto del Generalato, continuó entrometiéndose en la administración y gobierno de la Orden[Notas 63];

2. antes de que empezaran las persecuciones de Mario y Cherubini, el gobierno del Siervo de Dios fue gravemente perturbado por disensiones y escándalos, atribuibles, por tanto, a su falta de prudencia[Notas 64];

3. se confirma la conjetura, que en sus últimos años de vida, el Siervo de Dios era incapaz de gobernar la Religión[Notas 65];

4. aun suponiendo que fueran ciertos los delitos incriminados al Padre Cherubini, no puede librarse el Siervo de Dios del pecado de detracción, cometido con su atestado; más todavía, dado que antes había absuelto a Cherubini de los mismos delitos, hay que concluir que mintió o en el primer atestado o en el segundo[Notas 66];

5. no todos los escritos del Siervo de Dios han sido revisados[Notas 67];

6. fue el mismo Fundador quien, como dijo un testigo procesal, procuró el Breve de supresión de la Orden para impedir que el gobierno recayera en el P, Cherubini[Notas 68].

Tres meses más tarde estaban compuestas las Novae Responsio-nes Facti et luris, cuyo autor es indudablemente Montecatini[Notas 69], aunque al imprimirse lleven como firmantes, además de Montecatini, al ya conocido abogado Antonio Flavio de Santis y a uno nuevo, llamado Franciseus Antonius Fidatus[Notas 70].

Estas Novae Responsiones, de 52 densas páginas impresas, están divididas en cinco capítulos, de los caules sólo el último trata expresamente de las Animadversiones de Lambertini, que de seis pasan a ser ocho. En los otros cuatro capítulos trata Montecatini los temas siguientes: De síatu Causae (I); De Decretis S. Officii annis 1642 et 1643 (II); De reductione Reiigionis Scholarum Piarum... (Ili); Qui-bus de causis Ven. Fundator passus fuerit persecutiones... (IV)[Notas 71].

De las Postremae Animadversiones del Promotor sólo una-la difamación del P. Cherubini-se refería a las objeciones presentadas por los Consultores en la última Congregación. Las otras objeciones 'as consideraba resueltas a la luz de los nuevos documentos. Pero Montecatini vuelve de nuevo sobre las antiguas objeciones, esgrimiendo con satisfacción justificada los nuevos documentos de Pau-lucci contra ellas, antes de meterse directamente con las nuevas Animadversiones.

No nos vamos a detener demasiado en el examen de estos primeros capítulos de sus Responsiones, pues las ideas y los documentos aducidos son los mismos que ya hemo visto en páginas anteriores. Serán suficientes algunos párrafos más expresivos.

La trascendencia del hallazgo del dossier Paolucci, como punto fundamental para aclarar definitivamente las antiguas dificultades queda patente en estas líneas:

"ex quibus (documentos de Paulucci)

primo, veritas rerum narratarum per nostros Chronistas confirmata remanet...

secundo, redintegratio praecedenter controversa... in tuto re-ponitur,

tertio, manibus tangitur, quod nequitia et caiumniis P. Stephani Religio ad statum simplicis Congregationis redacta fuit"[Notas 72].

La reintegración del Fundador en sus funciones de General, era la prueba máxima de su inocencia, pues habiéndosele considerado como responsable de todas las perturbaciones y desórdenes de la Religión y habiendo sido por ello sancionado con Decretos adversos de la Santa Sede, jamás hubiera sido rehabilitado por la Congregación Particular, si se hubiera encontrado en él un mínimo de culpabilidad[Notas 73]. Ahora bien, el decreto de reintegración, tan contestado, había sido probado por muchos documentos, y quedaba definitivamente comprobado con el "documento auténtico" de la célebre Congregación Particular[Notas 74]. La cuestión, pues, quedaba definitivamente resuelta.

En cuanto a los Decretos del Santo Oficio de 1642 y 1643, que imponían como Provincial de Toscana al P. Mario, y a los cuales -según los objetantes-el Fundador no habría prestado la debida obediencia, recuerda Montecatini las cartas del Fundador publicadas en el Sumario de 1714, a las que se añaden las numerosas presentadas en el actual Sumario[Notas 75]. La Causa del conflicto provocado en Toscana fue la ineptitud del P. Mario para el gobierno[Notas 76]. Más aún, según Paolucci, el P. Mario era el responsable de todas las disensiones y controversias de la Orden[Notas 77].

La tercera de las objeciones propuestas por los Consultores en vísperas de la Congregación Preparatoria hacía notar, que, no obstante el pretendido decreto de reintegración del General, no sólo no se llevó a cabo dicho decreto, sino que se tomaron otras medidas contra la Orden, como fue la supresión de la misma o reducción a Congregación sin votos. Y a esta objeción responde Montecatini, afirmando "osadamente" que la supresión fue arrancada de Inocencio X "por obrepción y subrepción", como puede probarse confrontando dos documentos presentados en el Sumario de 1719[Notas 78]. Igualmente afirma Montecatini que tanto Mario como Cherubini obtuvieron sus cargos en la Orden "subrepticiamente"[Notas 79].

Montecatini se da cuenta que las palabras "subrepticio y obrepticio" pueden parecer duras, como lo eran efectivamente en aquellas circunstancias históricas en que la Iglesia Galicana tachaba con tales apelativos la Constitución Unigénitas de Clemente XI[Notas 80]. Y para calmar los ánimos, recordaba que tales ejemplos habían ocurrido ya en la Historia de la Iglesia[Notas 81]. Más todavía, Alejandro Vil y Clemente IX al restablecer la Orden, reconocieron que había sido suprimida "por obrepción y subrepción"[Notas 82].

El responsable de la supresión fue Cherubini, "zorro astutísimo", que "con espíritu satánico", mediante mentiras, calumnias y disensiones provocadas por él y atribuidas al Fundador y a sus partidarios, consiguió con el apoyo de sus Protectores, la destrucción de la Orden[Notas 83]. Tales disturbios ocurrieron durante el gobierno de Mario y Cherubini, mientras el Fundador estaba suspendido de sus funciones de General, y, por tanto, incapacitado de intervenir con su autoridad. Si hubiera intervenido, se le acusaría con razón de haberse entrometido, desobedeciendo a los decretos del Santo Oficio. Pero no habiéndose entrometido, es indigno hacerle reo de los desmanes de otros[Notas 84].

La razón última de todas las persecuciones sufridas por el Venerable Fundador, no puede ser otra que la manifestación de la gloria de Dios en el ejercicio heroico de la paciencia y demás virtudes que brillaron en su Siervo, como la pobreza, la obediencia, la humildad, la fe, la esperanza, la caridad para con Dios y el prójimo, especialmente para con sus enemigos[Notas 85].

Después de dedicar los cuatro primeros capítulos de su defensa a responder a las antiguas dificultades, emprende Montecatini en el capítulo quinto la tarea de responder a las propuestas por el Promotor en sus últimas Animadversiones, sintetizadas en ocho puntos, a saber:

I. ¿Se entrometió el Fundador en el gobierno de la Orden, después de haber sido suspendido de su oficio de General?

Así lo afirma el Promotor, apoyado en un documento anónimo[Notas 86], según el cual, el Fundador habría dado disposiciones para una nueva fundación en Polonia y respecto a los bienes que el Colegio Nazareno peseía en Cesena[Notas 87]. Pero ambas acusaciones son calumniosas. El Decreto del Santo Oficio que prohibía nuevas fundaciones lleva fecha del 14 de agosto de 1642, mientras las das casas existentes en Polonia antes de morir el Santo fueron fundadas en junio (Varsovia) y en julio (Podolín) de aquel año. La tercera (Rzeszów) es de 1658. La carta incriminada del Santo fue escrita el 1 de mayo de 1642, anterior, por tanto al decreto del S. Oficio[Notas 88]. En el asunto de Cesena, el Fundador no hizo más que informar al Administrador de lo que ocurría y pedirle informes. Y lo que ocurría era que el P. Cherubini quería enajenar algunos bienes inmuebles sin consentimiento de nadie, y los Auditores de Rota le habían parado los pies[Notas 89].

II. ¿Obró con prudencia durante su Generalato?

Según el documento anónimo, ya citado, tanto los antiguos como los nuevos Asistentes afirmaron que la Religión no podía subsistir bajo su gobierno[Notas 90]. Sin embargo, Pietrasanta en su carta apologética afirmó que tanto los viejos como los nuevos Asistentes pedían la reintegración del Fundador, y lo mismo pedían el Visitador Apostólico, el secretario de la Congregación Particular Paolucci y todos los religiosos de la Orden[Notas 91]. En todo caso, la frase incriminada tiene perfecto valor aplicada al gobierno de Mario y Cherubini. Por otra parte, la objeción queda diluida si se considera la prodigiosa fecundidad con que se extendió la Orden durante el gobierno del Venerable, tanto por el número de Provincias, de casas y de religiosos, como por la santidad de muchos de sus miembros, los elogios que merecía su labor, principalmente en la Congregación de Propaganda Fide, y las constantes peticiones de nuevas fundaciones[Notas 92].

III. ¿Fueron legítimas las reclamaciones de algunos religiosos contra la validez de la profesión religiosa?

En cierto documento anónimo se dice que muchos religiosos fueron obligados por los Superiores a hacer su profesión con violencia y amenazas[Notas 93]. Pero esta calumnia la desmienten los Breves de Urbano Vili, con los cuales, después de examinar el caso, se decidió la validez de las profesiones, y habiendo sido propuesta de nuevo la cuestión en la Congregación particular, volvió a concluirse que los reclamantes debían continuar ligados por los tres votos[Notas 94]. Por otra parte, los causantes de estas últimas disensiones fueron nuevamente Mario y Cherubini[Notas 95].

IV. ¿La ancianidad del Siervo de Dios fue obstáculo para el buen gobierno de la Religión?

El Promotor cita dos textos en que parece reconocerse la inhabi-idad del anciano Fundador[Notas 96]. A lo que responde Montecatini, que aun admitiendo dicha incapacidad por decrepitud, no puede achacársela al Santo como culpa moral. Sin embargo, las virtudes heroicas de que dio prueba el Fundador en sus últimos años, y los sapientísimos consejos que daba a sus hijos y a extraños, desmienten la pretendida decrepitud mental del Santo Anciano. Por otra parte la pretendida decrepitud la afirman sólo los adversarios del Santo, y para obviar el obstáculo se quería condescender con tales adversarios nombrándole un Vicario General[Notas 97]. Pero no faltaron voces contra este nombramiento, que insistieron en negar la calumniosa inhabilidad del Fundador[Notas 98]. Y de este parecer fue la Congregación Particular, que decidió la reintegración del General sin aludir a ningún Vicario coadjutor[Notas 99].

V. En la Congregación particular en que se decidió la reintegración del Siervo de Dios, se añadió este párrafo: "... et in executionem E. mus Card. Roma ad se vocet et corripiat sub comminatione etiam suppressionis, et cum charitate omnia fiant"[Notas 100].

El Promotor de la Fe no sacó de aquí ninguna conclusión adversa. Pero Montecatini, dado que el Promotor había citado íntegro el párrafo, temió que pudiera surgir otra objeción y se adelantó a proponerla él mismo para resolverla inmediatamente. Y la objeción fue: "unde quasi per necessariam consequentiam infertur in dicto Servo Dei aliquem defectum agnovisse"[Notas 101].

La respuesta de Montecatini es triple: 1 ) no pretendemos librar al Siervo de Dios de toda culpa leve, pues como dijo S. Juan: "si dixerimus, quod peccatum non habemus ipsi nos seducimus, et veri-tas in nobis non est" (1 Joh. 1,8), etc. Ni fue nuestro Venerable más perfecto que S. Pedro, que mereció ser corregido por S. Pablo[Notas 102]; 2) esta "corrección" pudo ser propuesta para amansar ios ánimos de quienes se oponían a la reintegración, como eran los Cardenales Spada y Roma y Mons. Albizi, y si cambiaron luego de opinión fue debido tal vez a esta concesión de quienes la patrocinaban[Notas 103]; 3) parece, sin embargo, que la "corrección" se refiera ad corpus Religionis, como pide el contexto, y no a la persona del Fundador, pues no se indica a quién se refiere la frase ad se vocet, y por otra parte, la "supresión" se refiere al cuerpo y no a la cabeza de la Religión, que se trataba de reintegrar precisamente[Notas 104].

Estas respuestas no parecen muy convincentes, pero no tienen mucha importancia, pues a nadie se le ocurrió proponer esta dificultad. Fue más bien un exceso de prudencia y de sutileza de Montecatini.

VI. Sobre el atestado infamante contra Cherubini

Los razonamientos que propone aquí Montecatini no difieren de los que ya hemos visto en otros documentos suyos anteriores[Notas 105], por lo que los omitimos. Interesa, sin embargo, la respuesta al dilema propuesto por Lambertini, según el cual, dado que el Santo había firmado una declaración favorable a Cherubini antes de que firmara el atestado acusatorio, y ambos documentos se referían precisamente a los mismos delitos, podía concluirse lógicamente que el Siervo de Dios o mintió en el primer atestado o mintió en el segundo.

Pero a pesar de la sutileza del dilema, la respuesta era facilísima. Bastaba leer el segundo documento del Siervo de Dios, en el que recordaba su primer atestado, pues en él decía expresamente que habiendo sabido que los pecados del P. Cherubini se habían descubierto, para evitar mayores males y por reverencia a la familia del reo, anuló el proceso que se había instruido contra él, exigiendo que no se molestase. Pero "no afirmaba que no fueran verdaderas las cosas contenidas en dicho proceso"[Notas 106]. El Santo, pues, había salido al paso de posibles tergiversaciones de su conducta, aparante-mente contradictoria.

VII. Revisión de escritos

Cuando Montecatini compuso sus Responsiones, la Sda. Congregación de Ritos había ya emanado sus decretos relativos a la censura de todos los escritos atribuidos hasta entonces al Siervo de Dios. Por tanto, no hizo más que aludir a dichos decretos[Notas 107].

VIII. ¿Fue el Siervo de Dios autor de la supresión de la Orden?

El Promotor lo afirma, apoyado en las palabras de un testigo, y añadiendo que lo hizo para vengarse de Cherubini[Notas 108]. Pero tal afirmación ha de rechazarse por absurda. Y en efecto, dicho testigo habla de la confianza de Dios, que sostenía al Venerable, y de la perfidia de Cherubini. La construcción gramatical del párrafo en cuestión es defectuosa, pues no se ve claramente quién es el autor de la supresión, pudiéndose entender tanto el Fundador como Cherubini. Por el contexto, sin embargo, se deduce que fue Cherubini quien provocó la supresión[Notas 109].

No faltan, por otra parte, argumentos para probar que el Santo no abrigó nunca sentimientos de venganza contra Cherubini; antes al contrario, recomendó encarecidamente a todos que le obedecieran, mientras fue Superior General, y aun le defendió en momentos críticos en que peligraba su incolumidad personal[Notas 110]. Y sobran argumen-'os para probar que el Venerable hizo todo lo que pudo para evitar ia destrucción de la Religión. Lo contrario es una idea descabellada que pugna con la evidencia de los hechos[Notas 111].

A primeros de marzo de 1719 estaba concluida la defensa de Montecatini[Notas 112]. El Postulador, P. Munitila, leyó atentamente el largo y denso escrito del abogado y no quedó satisfecho. Le pareció que era imprudente y que podía ser perjudicial para la Causa por los ataques contra Pietrasanta, Mons. Albizi y los papas Urbano Vili e Inocencio X que habían emanado decretos contra el Fundador y su Orden. Otra gran imprudencia de Montecatini habría sido, según Munitila, el haber hablado repetidamente de subrepción y obrepción, precisamente entonces en que los jansenistas y galicanos recurrían a este subterfugio para rechazar la Bula Unigenifus del Papa reinante, Clemente XI[Notas 113].

El P. Munitila manifestó sus temores a Montecatini, suplicándole que reformara sus Responsiones, eliminando todas las frases en que se incriminaba la memoria de los oficiales del Santo Oficio, del Visitador Apostólico y de los Papas en cuestión, para no herir la susceptibilidad de los Cardenales y Consultores de la Congregación en cuyas manos tenía que ponerse el escrito. Pero Montecatini se negó a retocar su defensa, alegando que el Promotor de la Fe, Lambertini, gran amigo suyo, la había aprobado tal como estaba. Por consiguiente, temiendo enemistarse tanto con Montecatini como con Lambertini, se procedió a la impresión de toda la tercera Posición, que comprendía las Animadversiones de Lambertini, las Responsiones juris et Facti de Montecatini y el Summarium correspondiente[Notas 114]. El volumen estaba ya impreso a primeros de junio de aquel mismo año 1719[Notas 115].

Los temores del P. Munitila le encerraron, por el momento, en un callejón sin salida, pues no podía encomendar a otro abogado una nueva defensa sin peligro de ofender a Montecatini y seguramente a Lambertini; ni podía distribuir tampoco las copias impresas de la Posición a Cardenales y Consultores sin peligro de perjudicar fatalmente la Causa, como él creía[Notas 116]. Tuvo, pues, que esperar un cambio de circunstancias. Y el cambio no tardó mucho en llegar, oues al año siguiente 1720 murió Montecatini[Notas 117].

En aquel intervalo de espera el P. Munitila consiguió del Rey de Polonia dos cartas postulatorias, una para el Papa Clemente XI y otra para el Card. Aníbal Albani, Protector de Polonia, en las cuales pedía el Rey que se pusiera en primer lugar entre las Causas en curso la del Fundador de las Escuelas Pías. Ambas cartas llevan fecha del 20. III. 1720[Notas 118]. Pertenece también a este período un carta del Padre General Bornó, en la que manifiesta su voluntad de que no se edite nada referente al Santo Fundador, para no entorpecer el curso de la Causa, pues las nuevas publicaciones podrían dar pie a los Consultores para hurdir nuevas objeciones y aun podrían provocar nuevas exigencias de revisión de escritos[Notas 119].

La muerte de Montecatini dejó las manos libres al P. Munitila para disponer de sus temidas Responsiones. Por el momento, con el consejo de algunos Consultores de la Congregación y el consentimiento del P. General Bornó, escondió los volúmenes impresos de la Posición de 1719, y buscó un nuevo defensor de la Causa para que preparara otra Responsio[Notas 120]. El elegido fue el P. Mazara, franciscano, consultor de muchas Congregaciones Romanas y gran amigo del Padre Munitila[Notas 121], y que, sin duda, había influido mucho en el juicio peyorativo sobre el escrito "imprudente" de Montecatini. El Padre Mazara, en efeoto, había aconsejado al P. Munitila que no se distribuyera e incluso que fuera suprimido. Había leído en el volumen de la Posición de 1702 la disquisición defensiva de Lambertini, entonces abogado defensor extraordinario de la Causa, y creía oportuno que la nueva Responsio siguiera la línea marcada por Lambertini[Notas 122].

Él P. Munitila condescendió con las ideas de Mazara. Y fue una lástima, pues la intervención de Mazara no hizo más que entorpecer el curso de la Causa, perdiendo inútilmente el tiempo en una labor que dejó incompleta. Mazara trazó el plan de la nueva defensa, que consistía en una especie de compendio de la Vida del Fundador, con particular referencia al último sexenio. Compuso para muestra el primer capítulo sobre la infancia y lo entregó al Postulador, que debía redactar los siguientes. El Postulador se retiró al tranquilo colegio de Poli para llevar a cabo su cometido durante el otoño. Pero, pasada una semana, fue llamado a Roma para cumplir funciones de secretario en Curia y tuvo que encomendar la tarea a otros. Pasaron así muchos meses sin concluirse nada definitivo[Notas 123].

Mientras tanto había sido nombrado colaborador de Mazara el Abate Mazzini, exalumno del Colegio Nazareno, a quien se encomendó la reforma del compendio de la proyectada Vida[Notas 124]. Por otra parte, el P. Mazara se había reservado la composición del último sexenio de la Vida del Fundador, y por lo visto terminó algún capítulo, pero habiendo sido nombrado Superior en su Orden, se desentendió de su trabajo de obogado defensor y dejó en manos de Mazzini la obra incompleta[Notas 125].

De los esbozos de Mazara y Munitila no ha quedado rastro entre los papeles del Proceso que conservamos. Mazzini, sin embrago, llevó a término su obra, que puede considerarse como una auténtica Res-ponsio, similar a la de Montecatini. En ella no aparece ninguna alusión a la vida del Fundador, según la idea de Mazara, sino que toda se centra en el último sexenio de ia vida de Calasanz, con títulos qué recuerdan más bien los magníficos trabajos de Montecatini y no la vieja defensa de Lambertini, tan admirada por Mazara. Esta Respon-sio ha quedado inédita en nuestro Archivo, sin título ni firma de Mazzini, pero una copia exacta del índice de esta obra, atribuye la paternidad a Mazzini[Notas 126].

Hasta el Capítulo General de 1724, en que terminó su oficio de Postulador el P. Munitila, no consta que se hicieran nuevas diligencias o nuevas escrituras.Y todas las que se hicieron desde la muerte de Montecatini resultaron inútiles. Fue un error táctico del P. Munitila él haber arrinconado la Responsio de Montecatini por infundados temores de que pudiera perjudicar la Causa, y haberse lanzado a la aventura que suponía una defensa totalmente nueva. Pero el responsable de este infausto viraje fue probablemente el P. Mazara, que se excedió en prudencia al juzgar peligrosa la defensa de Montecatini y después de proponer sus nuevos planes y esbozar alguno que otro capítulo, dejó el asunto en manos de otros y se desentendió prácticamente de ello, con la excusa, ciertamente válida, de sus muchas ocupaciones y nuevos cargos. Todo ello supuso una pérdida de tiempo precioso, pues tal como estaban las cosas, todo estaba ya dispuesto para la última y definitiva Congregación General.

No sólo se perdió el tiempo, sino sobre todo, la coyuntura especia-lísima que presentaba para las Escuelas Pías el nuevo pontificado de Inocencio XIII. Este Papa era de la familia Conti de los Duques de Poli, con quienes mantenían relación familiar y amistosa los escolapios desde el tiempo del Fundador. El Duque Appio III, tío carnal del Papa, había sido gran amigo de Calasanz, del que había conseguido la fundación de un Colegio en su feudo de Poli, que ha perdurado hasta nuestros días. Y cuando murió el Santo, fue llamado a deponer como primer testigo en el Proceso ordinario. Durante los meses de verano,en que los Duques residían en Poli, el trato con los escolapios de aquel colegio era frecuentísimo.

El Pontificado del Papa Conti duró desde mayo de 1721 hasta marzo de 1724, es decir, que coincidió con el último trienio de la Procura del P. Munitila, que estaba ya embarcado con el P. Mazara y al Abate Mazzini en la nueva defensa de la Causa. El P. General Bornó esperaba mucho de la benevolencia del Papa Inocencio XIII, pero especialmente confiaba que se llavara a feliz término la Causa de Beatificación[Notas 127]. Y sus esperanzas eran fundadas, pues en la primera audiencia que tuvo, el Papa le expresó sus deseos de favorecer al Instituto. Y probablemente hubiera concluido felizmente la congregación, que era precisamente coram SSmo., si hubiera estado ya preparada la defensa. Pero, como recordaba el P. General en una de sus cartas, en aquel entonces se estaba aun trabajando en "una nueva escritura"[Notas 128], es decir, la planeada por Mazara que no llegó a concluirse en vida de Inocencio XIII.

Tantas esperanzas, pues, quedaron frustadas. Y el pontificado del Papa Conti pasó como un meteoro, sin dejar rastro en la Causa de nuestro Siervo de Dios.

La ausencia de resultados visibles en el progreso de la Causa, debidos, como sabemos, al viraje impuesto por Munitila y Mazara, debió producir fuera de Roma sospechas de que se había abandonado. Así parece deducirse de una carta del P. General al Provincial de Toscana, en la que dice que tales sospechas son "falsísimas". Pero las explicaciones del P. Bornó son algo contradictorias, pues si afirma que la Causa se encuentra "en un estado bastante bueno" todo lo positivo que aduce se refiere a lo que él hizo siendo Procurador, y por tanto, implícitamente reconoce que no se ha hecho nada digno de notarse en los cinco años transcurridos de su Generalato. Por añadidura, se lamenta expresamente de la incuria del Postulador, Padre Munitila, que no ha sabido llevar adelante las cosas, a pesar de las muchas veces en que el General le ha insistido[Notas 129].

Con mayor vehemencia acusará más tarde el P. Bornó, ya exgeneral, a su antiguo Procurador P. Munitila en un violento memorial dirigido a la nueva Congregación General, para conseguir que se anule el nombramiento del P. Munitila para Provincial de Nápoles. Y entre las acusaciones graves pondrá en undécimo lugar la siguiente: "porque en todo el sexenio de su Procura ha descuidado la Causa máxima del Ven. P. Fundador"[Notas 130].

Este ataque contra la Inactividad o descuido del P. Munitila debió ser bastante general, si el acusado sintió la obligación de defenderse ante el Capítulo General de 1724 con un memorial en que exponía lo que se había hecho y lo que se había dejado de hacer durante el sexenio en que fue Postulador, añadiendo explicaciones más o menos convincentes sobre los obstáculos y complicaciones que impidieron el progreso de la Causa[Notas 131]. Pero antes de axaminar dicho memorial, es conveniente descorrer un velo sobre los conflictos que perturbaron las relaciones entre el P. General Bornó y su Procurador Padre Munitila; conflictos que nada tuvieron que ver con la Causa del Fundador, a no ser indirectamente, pues poca colaboración podía esperarse entre el General y su Procurador para hacer progresar la Causa, si entre ambos había tantos motivos de disensión y de animosidad.

El primer conflicto surgió en septiembre de 1722. El P. General nombró Comisario y Visitador General al P. Munitila para resolver una controversia con el obispo de Torcello, relativa a nuestro Colegio de Murano. El P. Munitila no sólo favoreció los intereses del obispo contra el sentir del P. General, sino que, arrogándose poderes que no tenía, destituyó al antiguo Rector y nombró a otro, sin contar para nada con el General. Destituido por éste, volvió a Roma y promovió un pleito contra él. Pero a pesar de que se reconocieran los derechos del General, éste tuvo que avenirse a reconocer el nuevo Rector nombrado por Munitila[Notas 132].

Apenas terminada esta controversia, el P. Munitila provocó otra. Sin contar con el General y su Congregación, pidió y consiguió de la Congregación de Ritos, en su calidad de Procurador General, la facultad de recitarse en toda la Orden el oficio del Nombre de María una vez al mes, y sin contar tampoco con la Congregación General, mandó a los Provinciales de Italia una circular comunicando el indulto de la Congregación. El P. General escribió otra circular lamentando la osadía del P. Munitila y explicando el proceso ¡legal del indulto. Pero, propuesta la cuestión en el Capítulo General del año siguiente 1724, todos los capitulares, excepto uno, aceptaron el indulto[Notas 133]. Era una segunda derrota del P. Bomó.

Durante el Generalato del P. Zanonl, en 1703, el P. Munitila ya había dado pruebas de su carácter intrigante y de su irrespetuosa libertad de acción, pues sin contar con el General y su Congregación renunció en manos de Clemente XI a su cargo de Asistente General, se hizo designar por el Papa Rector de Urbino y consiguió también del Papa que se nombrara sucesor suyo en el Asistentazgo al Padre Sallistri, y por si esto fuera poco pidió y obtuvo del Pontífice privilegios de ex-general. Ignorando el P. General el alcance de todos estos manejos, en vista de su renuncia nombró como Asistente al Padre Jacinto de Paulis, pero tuvo que atenerse al nombramiento pontificio del P. Sallistri[Notas 134]. Ahora, durante el Generalato del P. Bomó, volvió a intentar de nuevo la aventura y renunció en manos de Inocencio XIII a su cargo de Procurador General, pidiendo a cambio nuevos e insólitos privilegios, pero esta vez el P. Bomó llegó a tiempo de impedir estos enredos[Notas 135].

No podemos menos de extrañarnos de que la mayor parte de sus trapisondas tuvieran éxito positivo, y que en vez de ser retractadas por la autoridad superior, fueran por el contrario confirmadas a costa del prestigio del General y de su Congregación. Pero tampoco se entiende, cómo el P. Bornó nombrara Procurador General a semejante individuo, del que cabía esperar que tramara a su voluntad nuevas marañas. Ni se entiende tampoco por qué fuera nombrado Provincial de Nápoles en 1624, al terminar el sexenio de Procurador, y que la nueva Congregación General no hiciera ningún caso del largo y violento memorial que contra él escribió el ex-general P. Bornó, suplicando que se anulara su nombramiento en vista de las graves acusaciones que contra él presentaba.

Extraña menos, después de conocer al individuo, que por capricho más o menos justificado cambiara de rumbo totalmente el curso del Proceso, una vez nombrado Postulador. Pero no ce le puede excusar, aunque él lo intente, de no haber dado ningún paso positivo, pues si tanto hizo valer sus mañas para conseguir del Papa y de las Congregaciones tantas concesiones para satisfacer su ambición o sus caprichos, es indudable que hubiera podido conseguir mucho en favor de la Causa, si lo hubiera intentado. Cabría suponer, no obstante, que le fallaron los cálculos, y que si hizo tabla rasa de todo lo preparado por Montecatini y por su antecesor en la Procura General, Padre Bornó, tal vez fue por la ambición de empezarlo todo de nuevo para atribuirse los méritos del éxito. Pero su abogado P. Mazara no secundó sus esperanzas, y tuvo que contentarse con presentar al Capítulo General en vez de sus éxitos, una forzada autodefensa, que tenía más de ataque contra la meritísima labor del P. Bornó como Procurador, que de defensa de su propia actuación o excusa de su fracaso. El P. Munitila, en efecto, se reconoce injustamente "infamado y difamado"[Notas 136].

Pero ¿de qué podía acusar Munitila a su predecesor en el cargo, Padre Bornó? Ya en el primer párrafo de su alegato se refleja la índole del acusador, que minimiza y falsea el resultado de la Congregación Preparatoria, debido a los trabajos de Bornó. Dice, en efecto, que la mayor parte de los Consultores dieron voto negativo o suspensivo, y que si a pesar de ello pasó la Causa adelante, se debió a la intercesión del Cardenal Ponente[Notas 137]. Si esto fuera cierto, habría que reconocer que el P. Bornó, como Postulador, supo captarse la benevolencia del Card. Imperiali y conseguir que la Causa pasara, no obstante la votación adversa. Pero el juicio de Munitila es falso, pues de los 14 votantes siete dieron voto positivo, dos negativo, tres suspensivo y otros dos dilata[Notas 138]. Es decir, hubo siete votos positivos y otros siete negativos-suspensivos. ¿Dónde estaba la mayoría de votos negativos-suspensivos, proclamada por Munitila?

Pero hay más, pues la votación sobredicha era completamente normal e incluso más positiva que algunas otras que se hicieron en aquella época. En efecto, desde septiembre de 1717, en que se tuvo la Congregación Preparatoria para nuestra Causa, hacía septiembre de 1728 en que se proclamó la heroicidad de las virtudes de Cala-sanz, hubo solamente cuatro Congregaciones Preparatorias referentes a las virtudes de los Siervos de Dios: Vicente de Paúl, Camilo de Lellis, Catalina de Ricci y José de Cupertino. En todas ellas se trata de la misma especie de Congregación. En paridad, pues, de condiciones he aquí el cuadro comparativo de las votaciones:

              • Calasanz. Paúl Lellis. Ricci. Cupertino.

Votantes 14 12 13 16 17

Constare 7 3 7 5 10

non constare 2 0 0 3 1

suspendit iudicium 3 8 6 8 6

dilata 2 1 0 0 0[Notas 139]

El pesimismo de Munitila era, pues, totalmente injustificado, ni había razón para recurrir a las intervenciones extraordinarias del Cardenal Ponente para que la Causa pudiera seguir su curso normal, como lo siguieron todas estas causas que hemos recordado.

Lamenta Munitila la grave imprudencia cometida por el Procurador Bornó, por haber permitido que se editara en el Sumario de 1714 la declaración del Fundador contra los pecados de Cherubini, provocando lógicamente las graves objeciones de Lambertini y de algún Consultor[Notas 140]. ¿Fue imprudencia o fue lealtad del Procurador? Es cierto que el referido documento podía comprometer la suerte de la Causa. Pero su publicación era necesaria para dar una ¡dea completa de la personalidad del P. Cherubini, tan protegido por Albizi y Pietra-santa. Bastaba hojear el Sumario para comprender que el referido documento encajaba perfectamente en el contexto de otros documentos aducidos para probar la índole de Mario y Cherubini[Notas 141]. El atestado del Fundador tenía un valor inapreciable en aquel conjunto de testimonios adversos a Cherubini y Mario, y aun a riesgo de posibles objeciones basadas en él, no se podía omitir. Por otra parte, siendo un escrito auténtico del Venerable, era un deber de conciencia presentarlo. Lo exigía la lealtad y honradez profesional. Sobraron luego documentos y razones a Montecatini para resolver las objeciones de Lambertini y de los Consultores. Pero las respuestas de Montecatini, tanto las referentes a esta objeción como a todas las demás, no interesaron a Munitila a no ser para tacharlas de imprudentes por ciertas frases duras dirigidas contra los oficiales de la Santa Sede. El imprudente, sin embargo, fue Munitila, pues al arrinconar los escritos de Montecatini, emprendió un nuevo camino que no le llevó a ninguna parte. Confió más en su propio juicio y en el del P. Mazara que en el de Lambertini, que había aprobado toda la defensa de Montecatini[Notas 142]. Y el tiempo dio la razón a Lambertini.

La acusación más grave y la última contra el P. Bornó era la siguiente: el Papa Clemente XI hizo formar al Secretario de la Congregación de Ritos una lista de 13 Siervos de Dios, de los cuales ocho esperaban la Beatificación y cinco la Canonización, mandando que no se trataran otras Causas hasta que fueran concluidas estas 13. La Msta se compuso en 1717, después de haberse celebrado la Congregación Preparatoria para nuestro Fundador[Notas 143]. Y la finalidad era concentrar el trabajo de la Congregación de Ritos en estas Causas, de modo que pudiera llegarse al año Santo (1725) con un grupo de Venerables o de Beatos para que pudieran celebrarse con mayor abundancia solemnidades de Beatificación y Canonización[Notas 144].

Pero entre los ocho Siervos de Dios de aquella lista, no figuraba el nombre de nuestro Fundador, cuya Causa, por consiguiente, debería quedar abandonada, al menos, hasta 1726. Sin embargo, en una lista anterior había sido incluido. ¿Qué había pasado? ¿por qué el antiguo Procurador había permitido esta exclusión o no se había ingeniado para que se mantuviera el nombre de nuestro Fundador? La razón, dice Munitila, fue que el Procurador se había granjeado la enemistad del Secretario de la Congregación de Ritos, y, por tanto, todas las posibles súplicas para que corrigiera la lista hubieran sida vanas. Y Munitila se gloriaba de haber reconciliado durante el sexenio de su Procura al airado Secretario, lamentando al mismo tiempo no haber estado en Roma cuando se compuso la lista, pues seguramente hubiera conseguido que se incluyera el nombre del Fundador[Notas 145].

Si así estaban las cosas durante el pontificado de Clemente XI, era inútil confiar en que se pudiera llevar adelante nuestra Causa. Por otra parte, añadía Munitila, desde 1717 hasta 1724, es decir, durante el sexenio de su Procura, no se había beatificado a nadie, excepto al Venerable Andrés Conti, cuyo culto inmemorial había sido confirmado por Inocencio XIII, que pertenecía también a la familia Conti[Notas 146].

¿Quedaba justificado el P. Munitila con esta artificiosa diatriba? Después de un íntegro sexenio de Procurador esto es todo lo que podía decir el P. Munitila: si no se había dado ningún paso adelante en la Causa, el responsable no era él, sino su predecesor en el cargo, el P. Gregorio Bornó. Pero la acusación es demasiado ingenua, a pesar de todos los razonamientos en que se apoya. La labor del Padre Bornó como Procurador fue extraordinaria, y sería suficiente el hecho de haber conseguido hacer pasar la Causa en la Congregación Preparatoria, incluso con éxito, para desmentir las palabras de Munitila. Pero no sólo consiguió aquel éxito, sino que afortunadamente abrió el camino a una definitiva solución de las dificultades insuperables del Proceso, al encontrar el dossier Paolucci y otros documentos preciosos.

Sin embargo, no podría librarse de cierta culpabilidad si fuera cierto lo que dice Munitila de su enemistad con el Secretario de la Congregación de Ritos, por las consecuencias que de ella se derivaron. A falta de otras pruebas, no podemos explicar de otro modo la exclusión del nombre del Fundador en la lista, y hemos de atenernos a lo dicho por Munitila, aunque no sin fundamento desconfiemos de su afirmación, lamentando en todo caso que Mons. Tedeschi, Secretario de la Congregación, tomara represalias contra el P. Bornó en a-lgo tan sagrado como la Causa del Fundador. Esta exclusión de la l'sta nos parece palmaria injusticia. SI la preferencia hubiera recaído sólo sobre Beatos, cuyas causas se deseaba concluir para el Año Santo, o en todo caso sobre Venerables cuyas causas estaban muy adelantadas y podría también esperarse llegar a la Beatificación en el Año Santo, no habría tanto que lamentar. Pero lo cierto es que de las ocho causas de Siervos de Dios incluidas en la lista, sólo una, la de Pedro Fourier, había superado las tres Congregaciones referentes a la heroicidad de las virtudes. Las otras siete estaban más atrasadas que la nuestra[Notas 147].

Si dicha lista se mantenía en vigor, no cabía ciertamente esperar que nuestra Causa diera un paso más en el pontificado de Clemente XI. Sin embargo, después de haber consultado las Actas de la Congregación de Ritos en el período que va desde septiembre de 1717, en que se tuvo la Preparatoria de Calasanz, hasta el final del pontificado de Clemente XI, resulta que la Congregación se ocupó también de las Causas de Vicente de Paúl, Jacinta de Marescotti, Jerónimo Emiliano, Ignacio de Azevedo y compañeros mártires de Brasil, Rodolfo de Acquaviva y compañeros mártires de Goa[Notas 148], y ninguna de estas Causas estaba incluida en la famosa lista. Luego si el P. Bornó no pudo hacer nada durante los últimos meses de su Procura por la supuesta enemistad con Mons. Tedeschi, ¿cómo no hizo nada el P. Munitila durante el trienio primero de su cargo, que coincidió con el último trienio del pontificado de Clemente XI? Si otros Procuradores pudieron intercalar sus Causas en la Congregación, a pesar de las normas restrictivas ¿cómo no pudo hacer lo mismo nuestro Procurador Munitila?

Si nada pudo conseguirse en el pontificado de Clemente XI, a pesar de ser Causae et Religionis nostrae amantissimo, corno confiesa Munitila[Notas 149], ¿cómo no pudo tampoco conseguirse nada en todo el pontificado de Inocencio XIII? No se puede dudar del afecto especial que sentía hacia nuestra Orden y nuestras cosas el Papa Conti, como hemos recordado antes[Notas 150]. Y por si fuera poco, apenas había nombrado Cardenal a su propio hermano Bernardo Conti, le inscribió entre los Cardenales de la Congregación de Ritos[Notas 151], que era sin duda el puesto más indicado para poder favorecer los intereses de nuestra Causa. Todavía más, en diciembre de 1721, había nombrado el Papa Consultor de la misma Congregación al Padre Mazara, el abanderado de nuestra Causa,[Notas 152]. ¿No bastaban estas influencias para sacar la Causa del lamentado estancamiento?

En cuanto a la lista restrictiva se refiere, hay que añadir, que durante este pontificado siguieron celebrándose Congregaciones relativas a Jacinta de Marescotti y a los mártires jesuítas de Goa, que no constaban en la lista, y ambas Causas fueron tratadas en Congregación General coram SSmo.[Notas 153]. Además, se introdujo una nueva Causa, que fue ia del beato Andrés Conti, cuyo culto inmemorial fue reconocido por Inocencio XIII en relativo decreto, en atención a pertenecer a la familia Conti, que era la del Papa[Notas 154].

Otra de las excusas que aduce Munitila es que desde 1717 a 1724 (período de su Procura), no se celebró ninguna Beatificación[Notas 155], lo cual es cierto, aunque no venga a cuento. Pues si no las hubo, no por ello se sigue que no las pudiera haber, ni mucho menos que no pudiera presentarse nuestra Causa en la Congregación General coram SSmo., que es lo que interesaba por el momento.

Todas estas excusas y tergiversaciones de Munitila pretendían ocultar la causa verdadera de su fracaso como Procurador. Si no pudo presentar la Causa ni en el pontificado de Clemente XI ni en en el de Inocencio XIII fue simplemente porque no tenía preparada "su nueva defensa", al haber rechazado la de Montecatini. Le fallaron los cálculos y sobre todo le defraudó la confianza puesta en Mazara. Y se perdieron inútilmente seis preciosos y largos años.

No contento aún con haber hecho recaer la culpa de sus fracasos sobre el P. Bornó, todavía pretendía Munitila retrasar más el curso de la Causa, pidiendo encarecidamente a los PP. Capitulares que no permitieran que fuera presentada coram SSmo. Según él, el resultado de la Congregación Preparatoria había sido tan negativo, que era preferible volver a presentar la Causa en otra Congregación Preparatoria . Era mejor perder tiempo y dinero que perder la Causa para siempre[Notas 156]. Con tono melodramático y espíritu de profeta de desventuras, terminaba Munitila su autodefensa con estas palabras:

"Et si coram SSmo. proposita, iterum pauca habebit vota favorabilia. Lapis, ut aiunt, sepulchralis ¡Ili imponetur, sicuti caeterorum exempla nos docent. Et per multos et multos annos, requiescat in pace, gementes et flentes et dicere poterimus"[Notas 157].

Con estos últimos párrafos hizo que se tambaleara todo el tinglado de su autodefensa y de su ataque contra Bornó. En efecto, ¿qué importancia tenía todo lo dicho sobre la famosa lista, si ahora aconsejaba que la Causa no debía presentarse coram SSmo., sino volver a ser presentada en otra Congregación Preparatoria? Con ello reconocía implícitamente que si no se había logrado llevar la Causa a la Congregación General, no era porque había sido excluida en la lista, sino porque no estaba aún madura. La dificultad, por tanto, era de orden interno a la Causa misma, y no de orden externo, como era la inclusión o exclusión de la lista. Y si era lógico en sus ideas, hubiera tenido que reconocer que aunque la lista no hubiera existido, no hubiera él presentado la Causa coram SSmo. Si esa era, pues, la dificultad, ¿por qué no había logrado durante seis años encontrar una respuesta adecuada y madura a las objeciones de Lambertini, que al fin de cuentas no eran tan graves como las superadas en la Congregación Preparatoria, y cuya solución podía encontrarse en los nuevos documentos? Eso había dependido exclusivamente de él y de los abogados defensores que se había elegido. Y la lista no tenía que haberle importado lo más mínimo. Era, pues, un fracaso atribuible solamente a su persona y a sus colaboradores. Y de su fracaso no tenía ninguna culpa el P. Bornó, a no ser por el hecho de haberle elegido como Postulador de la Causa.

Pero hay más malicia aún en la última diatriba de Munitila, pues no sólo atribuía a Bornó la paralización de la Causa durante el sexenio de su procura, sino que quería también considerar nulo todo el trabajo que había hecho el P. Bornó como Procurador. Si proponía volver a otra Congregación Preparatoria, quería decir que la ya celebrada gracias a Bornó, no había servido para nada.

Afortunadamente, nadie hizo caso de las "ardentísimas súplicas" de Munitila, y la Causa siguió su curso por el camino trazado por Bornó y Montecatini, cerrando así el paréntesis del inútil sexenio malgastado por el último Postulador.

En el Capítulo de 1724 fue elegido General de la Orden el hasta entonces Rector de Viena, P. Adolfo Groll, quien el día 4 de mayo nombró Procurador General y Postulador de la Causa al P. Casio Blandolisi[Notas 158]. La elección fue acertadísima, pues el P. Blandolisi era conocidísimo y apreciadísimo en la Curia Romana, en la que había sido nombrado Consultor de la Congregación de Propaganda Fide en 1722 por sus méritos y experiencias adquiridas en su viaje misional a China junto al Legado Apostólico Mons. Carlos Ambrosio Mezzabarba[Notas 159]. Entre los nuevos Asistentes fue elegido el P. Ángel M.a Valletta, quien en sus años de permanencia en Benevento había entablado profunda amistad con el Arzobispo, Cardenal Vicente María Orsini, O. P., elegido papa con el nombre de Benedicto XIII el día 29 de mayo de 1724, es decir, 25 días después de haber sido elegido Asistente General el P. Valletta[Notas 160]. La benevolencia y el aprecio profundo con que Benedicto XIII destinguio siempre al Padre Valletta quedan ampliamente testimoniadas con la visita personal que el Papa le hizo a S. Pantaleón en su última enfermedad en 1728, llegando incluso a prescribir preces públicas por su salud, y mandando que se le tratara con todas las atenciones que se usarían con su Santidad[Notas 161].

Con la presencia de estos dos Padres en la Curia Generalicia de S. Pantaleón podía confiarse que la Causa entrara en vías de solución definitiva.

El nuevo Postulador debió encontrarse inmediatamente ante la alternativa de seguir el camino nuevo trazado por Munitila y Mazara o volver a la antigua Posición ya preparada y editada de Montecatini. La ausencia total de nuevos escritos durante este período del Padre Blandolisi, y de cualquier alusión en el libro de cuentas (Esito del Beato) a la preparación de una nueva Posición o defensa parecen indicar que se consideró válida y aceptable la antigua Posición de Montecatini. Y esta hipótesis se confirma por el hecho de que una vez intimada la Congregación General coram SSmo. en el año 1728, fueron distribuidos a los Cardenales y Consultores los volúmenes de la Posición de 1719, es decir, la preparada por Montecatini[Notas 162].

Los abogados y colaboradores de Munitila fueron dejados de parte[Notas 163], y en 1625 fue nombrado Procurador secular de la Causa el Sr. José Luna, y abogaao de la misma el Rdo. Carlos Alberto Gul-dobono Cavalchini, que en mayo de 1728 sustituirá a Lambertini en el oficio de Promotor de la Fe, al ser elevado éste último a la dignidad cardenalicia[Notas 164].

La intención de preparar para el Año Santo 1725 un nutrido grupo de Canonizaciones y Beatificaciones se manifestó ya, como hemos visto en la autodefensa de Munitila, en 1717 durante el Pontificado de Clemente XI. Y a medida que se acercaba el jubileo se iban centrando los trabajos de la Congregación de Ritos en las Causas de Beatos, quedando arrincqnadas todas las demás. Efectivamente, desde el 27 de julio de 1723 hasta el 7 de mayo de 1725 fueron celebradas 23 Congregaciones de Ritos, todas ellas dedicadas a Beatos, que fueron: Peregrino Laziosi, Inés de Montepulciano, Margarita de Cortona, Juan de la Cruz, Juliana de Falconieri, Jacobo della Marca, Toribio de Mogrovejo, Francisco Solano y Luis Gonzaga[Notas 165]. Y a pesar de tantas diligencias no se llegó a celebrar ninguna Canonización ni Beatificación durante el entero año Santo 1725. Sólo en diciembre de 1726 se pudieron celebrar tres solemnísimas Canonizaciones en tres días distintos, a saber: el día 10 la de los Beatos Toribio de Mogrovejo, Jacobo della Marca e Inés de Montepulciano; el día 27 la de los Beatos Juan de la Cruz, Peregrino Laziosi y Francisco Solano; y el día 31 la de los Beatos Luis Gonzaga y Estanislao de Koska[Notas 166]. Mientras Margarita de Cortona y Juliana de Falconieri fueron conizadas respectivamente en 1728 y 1737.

Todavía, desde el 7 de mayo hasta el 9 de julio de 1726 fueron celebradas otras cuatro Congregaciones, una dedicada al B. Francisco Solano, canonizado aquel mismo año; dos a la Ven. Jacinta de Marescotti, que fue beatificada en septiembre de aquel año; y ia cuarta al Mártir Fidel de Sigmaringa, que fue la única que logró intercalarse en las nuevas listas, pues la Ven. Marescotti se había incluido en tiempos de Clemente XI, por deferencia al Card. Marescotti que patrocinó eficazmente la Causa de su pariente[Notas 167].

Desde julio hasta fines de 1726 no hubo ninguna otra Congregación de Ritos[Notas 168]. Y en ese intervalo, como acabamos de ver, fueron celebradas la única Beatificación y las ocho Canonizaciones.

Debido, pues, a esas diligencias extraordinarias para preparar las Canonizaciones del Año Santo, el nuevo Procurador P. Blando-lisi no intentó siquiera suplicar la presentación de nuestra Causa coram SSmo. hasta pasado julio de 1726. Mientras tanto se pidieron Cartas postulatorias a España, Austria y Polonia.

El P. Valletta fue quien consiguió las cartas de Felipe V de España por mediación del Cardenal español Belluga[Notas 169]. Las del Emperador Carlos VI las impetró el P. General, que desde sus años de Rector del Colegio de Viena era apreciadísimo en la Corte[Notas 170]. Las de Polonia se debieron sin duda a los Padres polacos, que tantas otras cartas postulatorias habían conseguido en tiempos pasados tanto de la corte como de las altas personalidades eclesiásticas y políticas[Notas 171].

En agosto de 1726 el P. Valletta presentó y recomendó personalmente al Papa un memorial del P. Procurador Blandolisi, en el que se suplicaba que en el "nuovo Folio" o lista de las Causas que tenían que proponerse ante S. Santidad, se diera lugar conveniente al nombre del Ven. Fundador. El Papa acogió la súplica dei P. Valletta y escribió al pie del memorial de su puño y letra la frase siguiente: Pro primo loco in novo folio, diciéndole que lo llevara al Secretario de la Congregación[Notas 172].

A pesar de la intervención personal del Papa, las cosas procedieron de diversa manera, pues la primera causa presentada en Congregación General coram SSmo. después del agosto de 1726, fue ,a de Sor Catalina de Ricci el día 4 de marzo de 1727[Notas 173]. No obstante, podría todavía explicarse esta excepción, pues por esas lechas de marzo no se había aún compuesto la lista o "nuevo folio", que debió componerse entre el 4 de marzo y el 15 de julio de 1727. Pero el caso es que en la nueva lista tampoco se puso nuestra Causa en primer lugar, sino en el último de las cuatro que esperaban la Congregación coram SSmo.[Notas 174].

Podrá parecer extraño que habiendo mandado el Papa personalmente que la Causa de nuestro Fundador figurara en primer lugar en la nueva lista, no se le hiciera caso. Podría sospecharse que los responsables de tales manejos en la Congregación barajaran a su antojo los nombres, según sus simpatías o recomendaciones personaos, aun prescindiendo de la voluntad expresa del Pontífice. Sin negar radicalmente la hipótesis, nos parece más razonable suponer que después de haber dado el rescripto en que se prometía el primer lugar in novo folio, otras intervenciones y recomendaciones de última hora hicieran cambiar de opinión al Papa. Nuestro rescripto era del 28 de agosto de 1726. Y desde esta fecha hasta que se compuso la lista definitiva (marzo-julio de 1727) pasaron bastantes meses. Y cuando se corrió la voz de que en la Congregación se estaba componiendo una nueva lista, los Postuladores interesados debieron buscarse recomendaciones por todos los medios para conseguir que sus propias Causas tuvieran precedencia sobre las demás, y en todo caso que fueran incluidas en el nuevo folio. Así lo había hecho nuestro Postulador, P. Blandolisi, apoyado en la amistad del Padre Valletta con el Papa, y en las cartas del Rey de España y del Emperador entre otras. Y es lógico que los otros Postuladores se movieran también con el mismo interés y parecidos manejos. Todas estas, que podríamos llamar sin malicia, "intrigas de corte por el celo de la gloria de los Santos", se entrevén en una carta que el abogado de la Causa, Sr. José Luna, escribía al P. Procurador Blandolisi, en la que recomienda vivamente que el P. Ángel Valletta vuelva a hablar con el Papa para que nuestra Causa sea colocada en los primeros puestos, pues sabe que otros Postuladores pretenden lógicamente lo mismo con recomendaciones "fortísimas"[Notas 175].

Ignoramos si el P. Valletta volvió a importunar al Papa. Lo cierto es que en la nueva lista fueron colocadas en este orden, para ser presentadas coram SSmo., las cuatro causas siguientes: 1.a Vicente de Paúl, 2.a Juan de Prado, 3." Camilo de Lellis y 4.a y última José Calasanz. La primera fue presentada el 16 de septiembre de 1727[Notas 176]. Pero antes de celebrarse la segunda Congregación General dedicada a Juan de Prado, fue alterado el programa, interponiéndose la Causa de la B.a Margarita de Cortona, que con extraordinaria celeridad ocupó las tres Congregaciones siguientes del 2 y 23 de diciembre de 1727 y la del 17 de febrero de 1728, en la que se decidió que podía procederse a su canonización[Notas 177], que tuvo lugar efectivamente el 17 de mayo de aquel año.

En la última Congregación coram SSmo. del 17 de febrero, fue presentada la 2.a Causa, según la lista, es decir la de Juan de Prado[Notas 178]. La próxima Congregación dedicada a Camilo de Lellis debía celebrarse en el mes de abril. Pero a mediados de marzo, la Congregación de Ritos había admitido otra excepción al orden establecido, intercalando entre Camilo de Lellis y José de Calasanz la Causa del mártir capuchino Fidel de Sigmaringa, que debía ser examinada en Congregación Preparatoria.

Temiendo que estas excepcionales intromisiones continuaran aplazando indefinidamente nuestra Causa, el P. General dirigió al Papa otra súplica, apelándose al orden establecido por la Congregación, y suplicando que después de la Causa del mártir capuchino fuera examinada por encima de todo la de nuestro Fundador[Notas 179].

El Papa acogió benignamente la súplica y con rescripto de 16 de marzo de 1728 mandó que nuestra Causa fuera absolutamente propuesta coram SSmo., después de la Causa del mártir capuchino, dentro del mes de julio[Notas 180]. Pero tampoco este mandato de Benedicto XIII pudo cumplirse, pues la Causa de Camilo de Lellis fue aplazada a mediados de junio, y debiendo seguir luego la de Fidel de Sigmaringa, no era fácil que en el mes de julio pudiera presentarse la nuestra. El rescripto pontificio, pues, perdía su valor. Por lo que el P. General tuvo que elevar nueva súplica al Papa, haciéndole notar estas dificultades y pidiendo encarecidamente que sin otra posible dilación fuera presentada nuestra Causa dentro del mes de septiembre[Notas 181]. El Papa emanó otro rescripto, mandando al Secretario de la Congregación de Ritos el 5 de junio, que absolutamente se propusiera dicha Causa coram SSmo. antes de las vacaciones[Notas 182].

Seguramente fue el P. Valletta quien llevó personalmente esta última súplica ai Papa, pues a primeros de junio fue a informarle detalladamente del estado de la Causa y le llevó además las tres Posiciones editadas, es decir, las correspondientes a las dos Congregaciones Antepreparatoria y Preparatoria, ya celebradas, y la última preparada para la próxima Congregación General[Notas 183].

El 15 de junio, efectivamente, fue celebrada la Congregación General para Camilo de Lellis y el 27 de julio la Preparatoria para Fidel de Sigmaringa[Notas 184]. Y dos días más tarde, el 29 de julio de 1728, se intimaba la Congregación General para la Causa de José de Calasanz, que debía celebrarse el 7 de septiembre próximo[Notas 185].

Dejemos por un momento la Causa ya intimada y volvamos de nuevo la vista atrás, pues en los últimos meses había habido cambios importantes en los actores de la Causa. El día 30 de abril de 1728 fue declarado Cardenal en Consistorio secreto el hasta entonces Promotor de la Fe, Mons. Próspero Lambertini, creado in pectore desde el 9 de diciembre de 1726[Notas 186]. Y para ocupar su cargo de Promotor de la Fe fue llamado el 19 de mayo Mons. Carlos Alberto Guidobono Cavalchini que hasta entonces había sido abogado de nuestra Causa[Notas 187]. Fue necesario, por tanto, buscar nuevos abogados, y en mayo de 1728 fueron nombrados para este oficio el Abate Bonzetti y el Sr. Domingo Colmeta[Notas 188].

Cavalchini era ya el segundo abogado de nuestra Causa que ascendía al oficio de Promotor de la Fe, pasando de defensor a opositor. Y su carrera siguió de cerca las huellas de Lambertini, pues el 9 de septiembre de 1743 será nombrado también cardenal[Notas 189]. Y en el conclave que siguió a la muerte de Benedicto XIV (Lambertini), hubiera llegado al Supremo Pontificado, si el veto de la corte de Francia no le hubiera cerrado el camino[Notas 190]. El día que fue consagrado obispo, que fue el 6 de junio de 1728, el Papa -anota con satisfacción nuestro cronista- le recomendó ardientemente la Causa de nuestro Fundador[Notas 191].

Con el ascenso al cardenalato y la consiguiente renuncia al oficio de Promotor de la Fe, Lambertini había prácticamente terminado sus funciones en la Curia Romana. Un año antes, el día 1 de enero de 1727, había sido nombrado obispo de Ancona[Notas 192]. Por este motivo, a mediados de junio de 1728, decidió partir para su propia sede, pero al ir a saludar al Papa, éste le rogó que se quedara en Roma hasta que se celebrara la Congregación General coram SSmo., con la que quedara resuelta la Causa sobre la heroicidad de las virtudes del P. José de la Madre de Dios. Y con esta ocasión Lambertini informó también favorablemente al Papa sobre dicha Causa[Notas 193]. Más todavía, el Papa mismo hizo saber al P. Valleta la decisión de Lambertini, y le rogó que fuera a hablar con el Cardenal para informarse sobre las diligencias oportunas[Notas 194].

La Congregación General coram SSmo. fue, pues, intimada el 29 de julio para el 7 de septiembre de 1728. Y a raíz de tal intimación el P. General escribió una circular a toda la Orden suplicando preces para el feliz éxito de dicha Congregación[Notas 195]. Fueron también distribuidas a los Consultores y Cardenales las tres Posiciones de la Causa, es decir, no sólo la tercera, preparada por Bornó y Montecatini expresamente para la Congregación coram SSmo.[Notas 196], sino también las dos anteriores, relativas a la Congregación Antepreparatoria de 1708 y a la Preparatoria de 1717, dado que muchos de los actuales Consultores y Cardenales no habían asistido a ellas y tenían que ser informados ampliamente sobre todo el curso de la Causa[Notas 197].

Todo procedía ya con celeridad. La última gran tarea preparatoria para la Congregación General era la información personal a cada uno de los que tenían que asistir y que eran en total 53. Los abogados Colmeta y Bonzetti fueron, según costumbre, los encargados de llevar a cabo la información oficial, a los cuales acompañó en algunos casos el P. Procurador Blandolisi, particularmente cuando se trató de informar al Cardenal Ponente Imperiali. La información duró desde el 29 de julio hasta la víspera de la Congregación General[Notas 198].

Como era de esperar y tal como había sucedido en las dos Congregaciones anteriores, no faltaron durante la información nuevas insistencias de Consultores y Cardenales sobre algunas dificultades anteriores no totalmente superadas, a pesar de las numerosas respuestas editadas en las antiguas y nuevas Responsiones de los abogados, particularmente las de Montecatini, y de los alegatos que habían quedado manuscritos. Además de las explicaciones dadas directamente por los abogados durante las entrevistas, se creyó conveniente extender un nuevo alegato en el que se respondiera con mayor precisión y apoyo de documentos a estas nuevas objeciones, que se habían concretado en diez puntos[Notas 199]. Aunque no conste expresamente, es probable que se hicieran copias de esta última escritura para repartirlas a los Consultores, o en todo caso, que fuera presentada en Congregación para resolver en público las últimas dificultades, antes de la votación[Notas 200].

Estas diez objeciones de última hora no son totalmente nuevas, sino que vuelven a proponer cuestiones ya resueltas o al menos aspectos particulares de controversias superadas en anteriores Posiciones. Tales reiteraciones nos hacen sospechar que los nuevos Consultores no habían podido leer totalmente o con la debida atención los tres volúmenes de las Posiciones, cuya abundancia de documentos auténticos, de reflexiones y de argumentos contundentes, aducidos por los abogados, bastaban para dar respuesta satisfactoria a sus "nuevas" dificultades[Notas 201]. No obstante, todavía se añadió un pequeño sumario complementario de nuevos documentos, para ratificar las pruebas presentadas en esta última defensa, aunque de tal sumario no ha quedado rastro en nuestro Archivo[Notas 202].

A pesar de la reiteración de los temas, creemos conveniente exponer, brevemente, por no pecar de prolijidad, este último debate, con el que se cierra definitivamente la larga y grave controversia sobre las virtudes heroicas del Fundador de las Escuelas Pías.

Las diez objeciones y sus relativas respuestas fueron las siguientes:

1.a Dado que los que en Roma no quisieron aceptar al Padre Cherubini corno Superior, eran amigos del Siervo de Dios ¿por qué éste no les reconvino para que lo aceptaran?

Respuesta: Tanto en Roma como fuera de Roma el P. José hizo lo que pudo de palabra y por escrito para que el P. Cherubini fuera aceptado como Superior, como lo testifican las cartas del Santo y los dos cronistas Berro y Caputi[Notas 203].

2.a Pietrasanta propuso la reintegración del P. General, pero aconsejando que se le diera un Vicario. ¿Lo aceptó el Fundador? Y si consintió ¿cómo no fue restablecido?

Respuesta: La Congregación cardenalicia decidió reintegrarle en el Generalato sin aludir para nada a un Vicario, ni consultarle a él tampoco sobre el particular. Ni hay indicios de que el Fundador fuera contrario a aceptar un Vicario[Notas 204]. En cuanto al segundo interrogante, nada responde el abogado. Demasiado se había escrito ya sobre el particular[Notas 205].

3.a En una carta el Siervo de Dios dice que hará todas las diligencias posibles para conservar el Instituto, y añade utinam non differatur restituito eius. Esta restitución o restablecimiento ¿se refiere a la Orden o al deseo personal de volver a ejercer el mando?[Notas 206].

Respuesta: Dejando para la objeción 8.a una mayor explicación de las razones por las que el Siervo de Dios no debía renunciar ai Generalato, baste hacer notar que las palabras del Santo no dejan lugar a duda sobre su deseo de que la Religión mantuviera sus Constituciones antiguas, sobre todo en lo referente a la pobreza[Notas 207].

4.a El P. General, junto con otros muchísimos religiosos, suscri-cribió un libelo contra el P. Cherubini para evitar que se le nombrara Superior General. En este libelo, que no debió admitirse ni fue admitido por la Congregación particular, suponía cosas falsas y omitía otras verdaderas, como el título de Superior debido al P. Cherubini. Por tanto, el Fundador faltó contra la prudencia si lo suscribió sin leerlo antes, o faltó contra la justicia si firmó después de haberlo leído[Notas 208].

Respuesta: En el memorial no se decía nada falso sobre Cherubini, pues tanto su ambición de gobierno, como los escándalos de su conducta, quedan suficientemente probados documentalmente. Ni se cometió injusticia contra él, pues interesaba en primer lugar al bien común de la Religión, aun a costa de la honorabilidad de Cherubini, que por otra parte era nula, pues sus delitos y sus pésimas intenciones eran de dominio público. No se ocultó tampoco la verdad de su título, pues aunque se le llamara Procurador y no Superior General, se pedía que no fuera "confirmado" en su cargo, lo cual era admitir implícitamente que hasta entonces era el Superior Mayor, pues de ello se trataba. Añádase que si la Congregación Particular parece no haber tenido en cuenta el memorial en un primer momento, debió luego darle valor, pues al reintegrar al Fundador en sus funciones de General, no nombró Vicario a Cherubini, corno deseaba Pietrasan-ta[Notas 209].

5.a La Religión fue suprimida por la depravación de sus miembros, de la que era responsable el Fundador por no haber corregido a tiempo.

Respuesta: La Religión no fue suprimida, sino reducida a Congregación sin votos, y no por la depravación de sus miembros, sino por las discordias provocadas por la nulidad de la profesión de los Hermanos Operarios y sus pretensiones de promoción al sacerdocio y consiguiente precedencia respecto a los Padres. Las relaciones de los Visitadores Ubaldini y Pietrasanta desmienten la tesis de la pretendida depravación[Notas 210].

6.a El doble atestado del Fundador sobre Cherubini sugiere el siguiente dilema: si Cherubini era culpable ¿por qué el Siervo de Dios escribió el primer atestado favorable? Y si no era culpable ¿por qué escribió el segundo?

Respuesta: En el primer atestado declaró nulo el proceso contra Cherubini, pero no dijo que fueran falsas las acusaciones contia él[Notas 211].

7.a El Fundador juzgaba indigno del Provincialaío de Toscana al P. Mario. No obstante, al cabo de unos meses, le ofreció el Pro-vincialato de Sicilia. No se ve en este caso la justicia, al menos heroica, en el Siervo de Dios.

Respuesta: El Fundador hizo saber a Mons. Alblzi, que el Padre Mario no era apto para ser Provincial. Pero Albizi respondió que el Santo Oficio lo juzgaba apto. Por lo cual el Siervo de Dios firmó la patente de Provincial de Toscana. Si luego, al ser desterrado Mario de Toscana, el Siervo de Dios le ofreció el Provincialato de Sicilia, fue para proveer a la tranquilidad común y evitar males mayores, como era el peligro de que el Santo Oficio, para compensar el destierro de Toscana, le encumbrara más en los cargos centrales de la Orden, como de hecho ocurrió[Notas 212].

8.a Parece contrario a la prudencia y a la humildad heroica el hecho de que el Fundador no pensara nunca en renunciar a su cargo, a pesar de que su renuncia hubiera podido tranquilizar la Orden y evitar su supresión.

Respuesta: No faltan ejemplos de santos obispos que no quisieron renunciar a sus sedes, a pesar de los cismas internos. En nuestro caso, el Siervo de Dios estaba obligado en conciencia a no dimitir, para evitar que fuera nombrado Superior General una persona tan indigna como Cherubini o uno de sus partidarios, con los que se hubiera llevado la Religión a una completa relajación, particularmente respecto a la pobreza. Bajo el nuevo régimen, los partidarios del Fundador, que eran los observantes, hubieran sido probablemente perseguidos. La reducción de la Orden no fue debida a los contrastes entre partidarios del Fundador y partidarios de Cherubini, sino al problema de la nulidad de profesiones y sus consecuencias, que nada tenían que ver con la renuncia del Fundador. Aunque hubiera renunciado, hubiera quedado en pie la razón última por la que Inocencio X redujo la Religión a Congregación sin votos[Notas 213].

9.a El Siervo de Dios rechazó o descuidó el apoyo del embajador de España y de Austria con el que hubiera podido impedir las persecuciones.

Respuesta: Aunque el Siervo de Dios no quiso servirse de tales intermediarios para defenderse a sí mismo, sí que los buscó y procuró para el bien de la Orden, consiguiendo cartas de cardenales, Prelados, Príncipes de Italia y de fuera de ella, del Rey de Polonia y del Emperador de Austria, etc. como puede verse en los Sumarios[Notas 214].

10.a Sabiendo el Fundador que eran ciertos los delitos de que era acusado el P. Cherubini en el proceso de Nápoles, ¿cómo condescendió con sus parientes y dejó de castigar al reo con penas canónicas?

Respuesta: El Fundador no anuló el Proceso solamente por miramiento a la dignísima familia de Cherubini, sino también por razones jurídicas. Y aunque lo hubiera absuelto, no por ello hubiera faltado, pues los Generales tienen potestad de absolver a sus subditos, aunque reos de delitos graves. Por otra parte, en todo este asunto intervino el Card. Francisco Berberini, entonces Cardenal Padrone que para evitar el escándalo de la familia Cherubini, ordenó al Fundador que anulara el proceso e hiciera que no se publicaran tales delitos. Añádase a esto, que si el Fundador no castigó con penas jurídicas a Cherubini, usó con él medidas severas, alejándole de Roma y de su familia, y mandándole a Cesena con la excusa de atender a intereses económicos que tenia allí el Colegio Nazareno[Notas 215].

¿Quién fue el autor de está defensa, la última de toda la Causa sobre las virtudes heroicas del Ven. Fundador? No nos consta con certeza documental, pero ciertos indicios nos hacen suponer que fuera el abogado Colmeta, pues alude constantemente a la información hecha por él a los Consultores[Notas 216]; parece llevar las riendas de la defensa, como abogado principal[Notas 217]; su nombre continúa figurando en las Posiciones sobre los milagros, mientras desaparece el nombre de Bonzetti[Notas 218].

No cabe duda que a lo largo del Proceso fueron presentadas otras dificultades, cuyas respuestas no se han conservado[Notas 219], como hemos visto, por el contrario, aparecer folios sueltos con respuestas a objeciones, cuya formulación se ha perdido[Notas 220].

Informados los Cardenales y Consultores y respondidas debidamente todas sus dificultades, sóio faltaba ser informado Benedicto XIII. Y la víspera de (a Congregación General, 6 de septiembre, fueron a hablar con el Papa el Procurador, P. Blandolisi, el abogado Colmeta y el amigo del Papa, P. Ángel M.a Valletta. Estaba también presente a la audiencia el Decano de la Sacra Rota Romana, Monseñor Aldovrandi, que era por derecho Consultor de la Congregación de Ritos, al cual el Papa recomendó vivamente la causa y Monseñor manifestó a su vez sus buenas disposiciones a favor de la misma[Notas 221], correspondiendo luego con su voto positivo en la votación del día siguiente[Notas 222].

Y amaneció el tan deseado día de la Congregación General coram SSmo., que fue el 7 de septiembre de 1728. Según costumbre, el Procurador mandó recoger a todos los Consultores religiosos en carrozas para trasladarlos al Palacio Apostólico del Vaticano. Y él, acompañado del P. Valletta, se adelantó para esperarles a todos en una sala del Palacio, de modo que a medida que iban llegando, tanto Cardenales, como Prelados y Religiosos, les saludó cumplidamente, recomendádoles sin duda, por última vez, el éxito de la Causa[Notas 223].

De los 53 miembros que tenían que asistir por derecho a la Congregación General, estuvieron presentes sólo 32, de los cuales 13 eran cardenales, 8 Prelados y 11 Religiosos[Notas 224]. Los cardenales ausentes fueron: Barberini, Ottoboni, Albani, Pico della Mirandola, Zondarari, Corradini, Origo, Salerni, Coscia, Marefoschi, Panfili y Olivieri, y los 13 presentes fueron: Imperiali, Polignac, Belluga, Cien-fuegos, Conti, Pipia, Lercari, Lambertini, Fini, Gotti, Porzia, Falconieri y Banchieri.

La sesión duró cuatro horas[Notas 225], lo cual indica que todavía se debió discutir bastante. En esta Congregación coram SSmo., votaban no sólo los Consultores, como en las anteriores, sino también todos los Cardenales. El Cardenal Porzia se abstuvo de votar por ser la primera vez que asistía a tales Congregaciones. Los votantes, por tanto, fueron 31, de los cuales 29 votaron constare, mientras dos votaron dilata[Notas 226]. El resultado, pues, fue plenamente positivo y satisfactorio, aunque extrictamente hablando no fuera plenis votis, como anotó el Procurador[Notas 227].

Satisface constatar el voto positivo de Lambertini, que había asistido a las dos Congregaciones anteriores, pero por válidas razones no había votado. En esta tercera Congregación dio por primera vez su voto a la Causa y fue constare. También Imperiali, el Cardenal Ponente de la Causa, dio voto afirmativo. De los dos cardenales españoles el jesuíta Cienfuegos votó también constare, mientras el Cardenal Belluga, a quien Felipe V había recomendado calurosamente la Causa, votó diiaía. Cavalchini, Promotor de la Fe y ex-abogado de la Causa, votó constare, y lo mismo hizo Aldovrandi, Decano de la Rota, a quien hemos visto que el Papa había recomendado la Causa el día anterior. Pero el voto que más nos extraña es el del Padre Mazara, que no contento con haber desbaratado el curso de la Causa y haber hecho con ello perder tiempo, todavía dio su voto desfavorable, siendo el único que exigió en plena Congregación nuevos documentos.

Todos los votantes, pues, dieron su voto positivo constare, excepto el Card. Belluga y el P. Mazara, que votaron dilata, de los cuales podíamos haber esperado un rotundo voto positivo; de Belluga por ser español y por haber puesto en él su confianza el Rey de España, como válido promotor de la Causa; de Mazara, por haber sido abogado defensor, aunque su labor como tal fuera totalmente negativa. No obstante, respetemos la libertad de conciencia de ambos, únicas voces disonantes en aquella unánime aclamación de la heroicidad de las virtudes de nuestro Siervo de Dios.

Terminada la sesión, el P. Blandolisi volvió a cumplimentar a todos los asistentes, como había hecho antes de que entraran en Congregación[Notas 228].

La votación en esta Congregación coram SSmo. no se reducía a expresar de palabra el propio voto, sino que cada votante había escrito antes unos folios, dando un juicio global sobre la heroicidad de las virtudes del Siervo de Dios, es decir, justificando su propio voto. Y estos votos o escritos fueron leídos en público ante toda la Congregación. No cabe duda que el contenido de estos votos tiene particular importancia, por manifestar el juicio que se habían formado los votantes respecto al Siervo de Dios, después de haber leído y discutido lo que sobre él se había dicho a lo largo de los Procesos. De aquí que nuestros Padres tuvieran interés en conocer tales escritos. Para ello el P. Ángel Valletta pidió al Papa que le permitiera copiar al menos los votos de los Padres Dominicos, ya que el Papa había sido dominico. El Papa condescendió a los deseos del Padre Valletta y con generosidad le dio no sólo los votos de los dominicos sino otros muchos[Notas 229]. Gracias a estas diligencias del P. Valletta, se conservan en nuestro Archivo General 20 de los 29 votos positivos[Notas 230].

El valor innegable de estos preciosos documentos exige un comentario, tanto por las ideas singulares de algunos de ellos, como por las coincidencias que se manifiestan en un examen comparativo.

El más digno de mención es el voto del Promotor de la Fe Monseñor Cavalchini, quien dejando de parte su oficio de "abogado del diablo", se nos presenta más bien de nuevo como el antiguo abogado defensor de la Causa. Hemos lamentado antes, que el P. Mazara fue el único entre los 31 votantes que exigió nuevas explicaciones, proponiendo una objeción inédita. Si alguno de los presentes hubiera debido acogerla como propia y exigir "por oficio" una respuesta, no cabe duda que el más indicado era el Promotor de la Fe. Sin embargo, fue precisamente Mons. Cavalchini quien se asumió el honor de solucionarla. Todos los asistentes llevaban su propio voto escrito antes de comenzar la Congregación, y lo mismo hizo Cavalchini. Pero al oír la inesperada objeción, revolvió los Sumarios de las Posiciones para encontrar documentos adecuados para resolverla, y escribió en una de las páginas en blanco de sus folios la respuesta correspondiente, enlazándola con un signo especial con el texto de su voto, antes de la última frase conclusiva.

Mazara había dicho en su voto: Dilata et communicentur Scripturae sive documenta super facúltate dispensatone[Notas 231]. Con ello quería indicar que el Siervo de Dios no constaba que tuviera facultad para dispensar sobre las Constituciones Gregorianas respecto a las Profesiones. Cavalchini respondió que tal facultad se apoyaba en los Breves de Urbano VIII de 1639 y 1641, confirmados, incluso, luego por la Congregación Particular en 1644, y citaba al efecto los Sumarios II y III[Notas 232].

Los Votos difieren en extensión, pues mientras alguno se agota en una sola página, otro ocupa nueve y media. En líneas generales siguen todos la misma estructura, exaltando por una parte las virtu-dos heroicas del Siervo de Dios y evocando por otra las principales objeciones presentadas a través del Proceso y las soluciones correspondientes . Algunos resaltan el punto clave que les parece incontrovertible para probar la inocencia del Venerable; otros acentúan la virtud que les parece más admirable; otros comparan al Siervo de Dios con personajes del Antiguo Testamento, notando semejanzas o diferencias, o le aplican ciertos textos escriturísticos, que parecen actuarse de modo especial en él; otros aluden al "error" del Santo Oficio por haber aprisionado a un inocente etc.

En la imposibilidad de reproducir por entero los veinte Votos, por no alargar demasiado este capítulo y por no parecer tampoco necesario, creemos interesante aducir los conceptos más notables, siguiendo las indicaciones del párrafo anterior.

Es, sin duda, excepcionalmente importante el voto de Lambertini por ser el único de los presentes que había asistido a las dos Congregaciones anteriores, la Antepreparatoria y la Preparatoria, además de ser el único protagonista que desde principios de siglo se había mantenido inmutable en el centro de la controversia. Su voto es como una sumaria evocación histórica de todo el Proceso. Por ello tiene un valor especial su primera afirmación de que en dichas Congregaciones nadie había puesto en duda la heroicidad de las virtudes del Siervo de Dios, ni la suficiencia de pruebas[Notas 233]. Y el mismo concepto repite Cena, uno de los Consultores Prelados[Notas 234]; concepto que había ya expresado Montecatini por dos veces, en sus Responsio-nes[Notas 235]. Ferroni completa la idea, añadiendo que en él encontraron su propia sede todas las virtudes, y que las dificultades presentadas por los objetores (a las que aludían también Lambertini y Cena), en vez de obstaculizar la Causa, le dieron mayor firmeza[Notas 236]. De esta plenitud de virtudes se complace en exaltar Pieri, no sin cierto tono oratorio, muy común en muchos de estos Votos, "la admirable conformidad con la voluntad de Dios, la rara serenidad de espíritu, la .nvicta fortaleza, la ilustre obediencia, la eximia y prodigiosa humildad, la excelsa esperanza, la ardiente y espléndida caridad, la vigorosa paciencia"[Notas 237].

Esta última virtud de la paciencia es proclamada por alguno como una especie de milagro[Notas 238]; como un ejemplo singularísimo para todos los hombres[Notas 239]; como una de las cosas que, junto con la caridad, más se admiran en el Siervo de Dios[Notas 240]; como invictísima[Notas 241]. Y la comparación con Job surge espontánea, tanto más, cuanto que el Siervo de Dios, en el momento más dramático de su vida, es decir, cuando se leyó el decreto de la supresión de la Orden, hizo suyas las famosas palabras de Job: Dominus dedit, Dominus abstulit, Sicut Domino placuit ita factum est. Sit nomen Domini bene-dictum[Notas 242]. Con Job le comparan expresamente Gagliart[Notas 243], León[Notas 244] y el Card. Lambertinl[Notas 245].

Es casi común a todos los votantes, cuando recuerdan las objeciones más graves de todo el Proceso, referirse al último sexenio de la vida del Fundador, evocando el traslado infamante al Santo Oficio, la suspensión y privación del Generalato y la reducción de la Orden a Congregación, con alusiones imprecatorias contra Mario y Cherubini, dejando aparte a Pietrasanta y Albizi. Y todos manifiestan su conformidad en que de todo ello fue ¡nocente el Siervo de Dios.

En la conducta de Albizi se apoya Cavalchinl, sin nombrarle, como en la prueba más evidente de la inocencia del Venerable, pues a pesar de haber sido uno de los actores de las calamidades sufridas por él, la fama de santidad que siguió después de su muerte le hizo cambiar de opinión, y no sólo no se opuso al crecimiento de tai fama, sino que la favoreció positivamente. De donde lógicamente concluye Cavalchini que la presunción de justicia que suele garantizar las decisiones del Santo Oficio no produjo en este caso la más leve sombra de sospecha sobre la inocencia del Siervo de Dios[Notas 246]. Los decretos del Santo Oficio contra el Fundador-añade Aldovrandi-fueron permitidos por Dios para probar la constancia de su Siervo y para poner de manifiesto que aquel sacro Tribuna!, aunque por otra parte respetabilísimo, no e*tá regido por Angeles, sino por hombres que pueden equivocarse en casos en que no se expone con evidencia la verdad de los hechos[Notas 247].

Para Aldovrandi no es la conducta de Albizi, sino la del Cardenal Ginetti la que constituye ia prueba más evidente de la inocencia del Siervo de Dios, pues habiendo sido miembro de todas las Congregaciones que trataron su caso, estaba perfectamente informado de toda ia cuestión, y no obstante, como Vicario del Papa, introdujo el Proceso de Beatificación del Fundador, y precisamente durante el pontificado de Inocencio X, que estaba igualmente bien informado de todo lo ocurrido. Y no hubiera permitido la incoación de tal proceso si no hubiera estado convencido de la inocencia del Siervo de Dios y de sus heroicas virtudes[Notas 248]. El teatino Meratti considera también este argumento como uno de los más convincentes de la inocencia del Siervo de Dios, recordando que el Cardenal era entonces Prefecto de la Congregación de Ritos, uno de los Inquisidores Generales del Santo Oficio y uno de los Deputados de la Congregación Particular sobre la cuestión de las Escuelas Pías. Y, por tanto, no hubiera permitido tal Proceso Ordinario si no hubiera estado convencido de que, a pesar de tantas tribulaciones y contratiempos, la fama de santidad del Siervo de Dios no había sido empañada por la más leve sombra[Notas 249].

El carmelita P. Eustaquio recurre al juicio que sobre la heroicidad de las virtudes del P. José dio el Promotor de la Fe, Monseñor Bottini. Y concluye que si el Opositor reconoció tal heroicidad no es necesario añadir nada más[Notas 250], aunque de hecho añada luego una página entera, recordando sus tribulaciones y la heroicidad con que supo sobrellevarlas. Hace notar que el Decreto de Reintegración equivale a una sentencia absolutoria ex capite innocenìiae, según se ve por la práctica del Santo Oficio[Notas 251]. Este último concepto lo expresa también en términos similares el Auditor del Papa. Monseñor Accoramboni[Notas 252].

A la misma Santa Sede apela el P. jesuíta Guerini, llamándola como testigo de la Inocencia del Santo, en una de las páginas más vibrantes de todos los votos. En efecto, todas las graves objeciones que se han ¡do proponiendo hasta última hora, fueron ya resueltas por la Santa Sede desde un principio, sí no de palabra, al menos tácitamente con los hechos. Pues al proponerse ante Clemente IX la Signatura Commissioni?; para este proceso, fueron presentadas y examinadas esas mismas dificultades. Y la Signatura Commissionis fue acordada. Por tanto, aunque no existieran otros indicios para reivindicar la inocencia del Siervo de Dios, bastaría este "silencio" de la Santa Sede como elocuentísimo testimonio[Notas 253].

El Decreto de reintegración del Fundador, recordado por casi todos los votantes como prueba de su inocencia, da pie al dominico Padre Membrina para hacer notar con un texto de S. Bernardo que la Santa Sede no se demora en retractar lo que sabe que le ha sido arrancado fraudulentamente[Notas 254].

Hemos visto anteriormente comparar al Siervo de Dios con el patriarca Job por su invicta paciencia, y ésta es una de las comparaciones que más fortuna ha tenido posteriormente, pues hasta nuestros días se le aplica al Fundador de las Escuelas Pías el apelativo de "Job de la Ley de Gracia", avalado por los Papas Benedicto XIV y Pío XII[Notas 255]. Pero no fue Job el único personaje veterotestamentario a quien acudieron los Consultores y Cardenales para encontrar, con más o menos ingenio, un paralelo con el P. José. El nombre de José evocó en algunos la historia del patriarca homónimo, hijo de Jacob, por el hecho de haber sido vendido por sus propios hermanos y encerrado en la cárcel. José de Calasanz fue también traicionado por sus propios hermanos, o más bien, por sus propios hijos Mario y Cherubini, y llevado prisionero al Santo Oficio. Y como el hijo de Jacob, después de las tribulaciones recibió de Dios recompensa. Este paralelismo fue puesto en evidencia por el Cardenal Fini y por los dos carmelitas descalzos, PP. León y Miguel[Notas 256].

Cualquiera que, conociendo medianamente la vida de S. José de Calasanz, quisiera hacer un parangón con la historia del Patriarca José, recurriría probablemente a la tentación de la mujer de Putifar, por haberle ocurrido un caso semejante a nuestro José Calasanz, cuando estudiaba en Valencia[Notas 257]. Pero como este episodio no fue mencionado durante las controversias entre Promotor de la Fe y abogados defensores, sin duda no lo conocían estos tres votantes, de lo contrario la evocación era necesaria. La traición fratricida o parricida de Mario y Cherubini había llenado, sin embargo, muchas páginas de Promotores y abogados y era, por tanto, más lógico encontrarle un paralelismo con el José de Egipto.

A esta misma traición alude el Cardenal Lercani, sin evocar al patriarca José, pero aplicando a nuestro Siervo de Dios aquellas palabras de la Sda. Escritura: Filii matris meae pugnaverunt contra me (Cant. 1,5)[Notas 258].

La piadosa Infancia del Siervo de Dios induce a Accoramboni a compararlo con Tobías[Notas 259].

Un poco más rebuscados son los paralelismos, pero de signo contrario, que encuentra el dominico Membrina respecto a Noé y el agustino Berroni respecto al profeta Jonás. Recuerda Membrina que Noé, al despertarse de su sueño y saber que Cam se había burlado de su desnudez, le maldijo. Nuestro Venerable, sin embargo, sufrió las persecuciones de sus dos hijos, pero en vez de maldiciones, rogaba por ellos, a imitación de Aquel que por sus perseguidores factus est maiedictum (Gal. 3,13)[Notas 260]. Berroni evoca la escena histórica en la que el Siervo de Dios, habiendo llegado a la sala de espera del Santo Oficio, durmióse plácidamente sin lamentarse ni sentir miedo por su pretendida culpabilidad. Jonás se durmió también en el fondo de la nave, después de haber desobedecido a Dios, pero su sueño estaba impregnado de profunda tristeza[Notas 261].

También por contraposición cita el P. Guerini otro texto de la Escritura. Si es cierto, dice, que muchas veces se lleva Dios de este mundo a los justos en edad temprana ne malitia mutet intellectum (cfr. Sap. 4,11), conservó, sin embargo, al Venerable Anciano hasta una edad avanzadísima a fin de que las muchas tribulaciones hicieran brillar como el oro sus virtudes. Si hubiera muerto algunos años antes, hubiera sido posible dar de sus méritos y virtudes un juicio quizá más seguro, pero ciertamente no más excelente[Notas 262].

Es muy común en todos la aplicación del versículo tamquam aumm in fornace probavit illos... (Sap. 3,6), cuando hablan de las tribulaciones del Siervo de Dios. Y es común también reconocer que tales tribulaciones fueron providenciales para hacer brillar con mayor fulgor la riqueza de virtudes del Venerable. Las tribulaciones -dice Berroni-en vez de ser indicio de culpabilidad, pueden ser prueba de inocencia[Notas 263], como en nuestro caso. El Siervo de Dios -proclama Cavalchini- no mereció tales tribulaciones, pero en ellas se apoya la prueba máxima de su santidad[Notas 264]. Y son a la vez la causa-añade el dominico Zuanelli-de la fecundidad de su propia obra, pues el Siervo de Dios tenía que ser mortificado con persecuciones y contrariedades, como el grano evangélico, para que pudiera multiplicarse su fruto después de su muerte, como él mismo lo había predicho[Notas 265].

Entre las aplicaciones de textos escriturísticos más acertadas, sugestivas y apropiadas a la vocación y carisma específico del Fundador de las Escuelas Pías, se pueden considerar las de Olivieri; y precisamente sus dos textos citados formarán parte luego del formulario propio de la Misa del Santo. El primer párrafo de su voto, con ambos textos, merece ser citado íntegro:

"qui fecerit et docuerit, hic magnus vocabitur in Regno Coelorum (Math. 5,19). Utrumque implevit Ven. Josephus a Matre Dei: Docuit enim et per filios, quos in Religione ab ipso instituía Christo Domino genuit, adhuc docet et doce-bìt legem scientiae et disciplinae pueros scholas pias fre-quentantes, et adhuc per suos Religiosos, quasi continuo asserii, 'venite, filii, audite me, timorem Domini docebo vos'" (Ps. 33, 12)[Notas 266].

En las gravísimas Animadversiones de los Promotores de la Fe, particularmente en las de Lambertini, hemos visto muchas veces acusar al Siervo de Dios de imprudencia en el gobierno de la Orden y en otras actuaciones de su vida. Y entre los veinte Votos conservados, no hay ningún párrafo tan elocuente que exalte la heroica prudencia del Siervo de Dios como éste del teatino P. Meratti:

"consideret nunc Sanctitas Vostra si Heroem suis ma-nibus plasmare vellet, et prudentissimum super omnes effi-cere, an nullam aliam Prudentiae et quidem heroicae notam superaddere posset. Quis, quaeso, ¡n talibus circumstantiis constitutus humilius, quis prudentius se gerere potuis-set"[Notas 267].

No añadimos más citas ni más comentarios. Lo dicho hasta ahora basta para formarse una idea de lo que debió ser la Congregación General eoram SSmo. La unanimidad casi absoluta de los votantes en proclamar constare corre parejas con la unanimidad de elogios tributados a las virtudes heroicas del Siervo de Dios. Lamentamos, sin embargo, no poseer los restantes nueve Votos positivos, de los cuales ocho eran de Cardenales. Entre ellos nos hubiera gustado leer el del Cardenal Imperali, Ponente de la Causa desde 1716, y gran protector de la misma, como lo había sido en los principios su pariente, el Cardenal Lorenzo Imperiali, el gran amigo del memorable P. Juan Carlos Caputi.

Volvamos de nuevo al aula en que se ha celebrado la Congregación General coram SSmo. El ceremonial que regulaba esta Congregación había sido determinado por los Decretos de Urbano Vili. Los primeros en emitir su voto eran los Consultores, y lo hacían en pie, mientras en las Congregaciones Antepreparatoria y Preparatoria estaban sentados. Una vez emitido su voto, salían del aula y quedaban sólo ante el Papa los Cardenales, el Promotor de la Fe, los Maestros de Ceremonias y el Secretario de la Congregación de Ritos[Notas 268], que en nuestro caso no asistió por encontrarse indispuesto[Notas 269]. Entonces daban su voto los Cardenales, pero el Papa se abstenía de dar su juicio definitivo en la misma sesión, y después de dar las gracias a los Cardenales por su fatiga y solicitud respecto a la Causa, se encomendaba a sus oraciones para implorar el auxilio divino antes de dar la sentencia definitiva[Notas 270]. Y cuando lo creía conveniente, al cabo de unos días, llamaba al Promotor de la Fe y al Secretario de la Congregación de Ritos a su presencia, y ordenaba a éste último extender y editar el Decreto pontificio de aprobación de la heroicidad de las virtudes del Siervo de Dios[Notas 271].

La Congregación General había tenido lugar el día 7 de septiembre de 1728. Al día siguiente, fiesta de la Natividad de Nuestra Señora, Benedicto XIII fue a celebrar la solemnidad mariana en la iglesia de Santa María del Popolo junto a la Puerta Flaminia. Fue llamado el Promotor de la Fe, Mons. Cavalchini, y en presencia del General de las Escuelas Pías, P. Adolfo Groll, del Procurador y Postulador General de la Causa, P. Casio Blandolisi, y del Asistente General, Padre Ángel Valletta, el amigo del Papa, mandó el Pontífice a Mons. Cavalchini que hiciera redactar y editar el Decreto aprobatorio de las virtudes heroicas al Secretario de la Congregación, Mons. Tedeschi, que no había podido asistir personalmente a esta ceremonia por hallarse enfermo, como hemos recordado antes[Notas 272].

Todavía, el día 9 el Promotor de la Fe envió una comunicación escrita al P. Blandolisi, ordenando que fuera a Mons. Tedeschi para que extendiera el Decreto. Y una vez redactado, firmado y sellado con todas las formalidades de rigor, fue impreso y distribuido por las Iglesias principales de Roma para su publicación, según costumbre. La publicación se hizo el día 12 de septiembre, Solemnidad del Santísimo Nombre de María[Notas 273], Fiesta principal y titular de la Orden de las Escuelas Pías.

El texto de este importantísimo Decreto, punto final del largo proceso sobre la heroicidad de las virtudes de José de Calasanz, es el siguiente:

"Romana Beatificationis et Canonizationis V. Ser. Dei Josephi a Matre Dei Clericorum Regularium Pauperum Ma-tris Dei Scholarum Piarum Fundatoris.

Coram SSmo. Dno. Nro. Benedicto XIII die VII septem-bris currentis anni 1728 habita fuit Congregatio Generalis Sac. Rituum, in eaque per Rmum. D. Cardinalem Imperia-lem Ponentem, seu Relatorem proposita Causa Beatis et Canoniz.is V. Servi Dei Josephi a Matre Dei Scholarum Piarum Fundatoris super Dubio An constet de Virtutibus tum Theologalibus, tum Cardinalibus ipsius V. Servi Dei in Casu, et ad effectum de quo agitur. Cumque super eo Dni. Consultores primo, deinde Rmi. Dni. Cardinales Suf-fragia sua tulissent, idem SSmus. D.N. iis auditis, resolu-tionem praedicta die diferre censuit, ad finem implorandi de more Divinam Opem, et auxilium. Sequenti vero infrascripta die Nativitati Bmae. Virginis dicata, Stas. Sua post sacrum in Ecclesia Stae. Mariae de Populo celebratum, so-llemnibus functionibus occasione eiusdem festivitatis in ea peractis, publican iussit super proposito Dubio responsum Affirmativum, videlicet Constare de Virtutibus V. Servi Dei Josephi a Matre Dei tam Theologolibus, scilicet Fide, Spe, et Charitate, quam Cardinalibus, Prudentia, Justitia, Tem-perantia, et Fortitudine, earumque respective annexis in gradu heroico in casu et ad effectum de quo agitur. Et ita etc. Hac die 8 septembris 1728"[Notas 274].

El P. General Adolfo Groll, con la satisfacción y el gozo que se puede suponer, comunicó a toda la Orden el éxito de la Congregación General coram SSmo. en carta circular del 11 de septiembre. En ella ordenaba, además, que durante un mes entero se hicieran preces especiales por la incolumidad del papa Benedicto XIII, a quien la Orden debía agradecer tan señalado beneficio. Y excitaba a la vez a todos a una más fiel observancia de las Constituciones, pues no debían solamente gozarse de que el Fundador fuera añadido al número de los Santos, sino también demostrar con la propia vida la adhesión plena a sus Constituciones[Notas 275].

A su propia provincia de Germania escribió otra carta especial el Padre General, haciendo notar con cierto orgullo "nacionalista", que lo que apenas parecía posible, fue llevado a cabo bajo el gobierno de un "Germano"[Notas 276].

La emoción del éxito conseguido, y el hecho de que en aquel mismo verano de 1728 se había empezado a preparar la primera Congregación sobre los milagros antes de que se celebrara la última sobre las virtudes[Notas 277], hizo nacer en el P. General la ilusión y la esperanza de que el día de la Beatificación estaba muy cerca, y confiaba que llegaría él mismo a cosechar este nuevo éxito, si se prolongaba un poco más su gobierno[Notas 278]. Muy plausibles sus buenos deseos y sus fundadas esperanzas, pero la realidad fue muy otra. El proceso sobre los milagros duró insospechadamente veinte años, y cuando en 1748 se celebró finalmente la solemne Beatificación, hacía ya cinco que había muerto el P. Groll.

Notas

  1. El informe empieza con estas palabras: «Per render conto a Vra. Paternità Rma....» Si lo hubiera dirigido al Promotor o a otra personalidad de la Congregación, hubiera empleado otro tratamiento. Por otra parte, ni el Promotor ni nadie de los que habían intervenido en la Congregación Preparatoria necesitaban información sobre el asunto. Los interesados eran el P. General o el P. Procurador.
  2. Cfr. dicha carta en la nota 7 de este capítulo.
  3. Cfr. Erario, p. 133.
  4. «Quarto, mandavit eadem Sanctitas Sua eidem Patri Generali, et Assisten-tibus praedictis in virtute sanctae obedientiae, ac sub poena indignationis suae ac Sacrae Congregationis, ut omnino curent et incumbant, ut Superiores ac Religiosi Domorum dictae Provinciae Thusciae pareant et obediant mandatis Patris Mani alias contra inobedientes Sac. Congregatio procedei» (Epistolario, IX, pp. 114-115).
  5. «Insuper mandavit deputari in primum dictae Religionis Assistentem eun-dem Patrem Marium... Insuper mandavit per R. P. D. V. Gerentem suspendí ab Officio Generalatus P. loseph a Matre Dei...» (Ibid., pp. 115-116).
  6. Cfr. Positio 1714, Sumario, n. 5, pp. 22-23 y las cuatro cartas en Epistolario, VIII, nn. 4070, 4167, 4184 y 4229. Como muestra, léase este párrafo de la tercera carta (4184), dirigida al P. Berro y fechada el 14 de mayo de 1644: «lo esorto V. R. che procuri d'accomodarsi col tempo che corre et tenga per sicuro che quanto ordinano i superiori che hoggidi governano, tutto si deve pigliar dalla manó di Dio et cavarne quel profitto che procede dalla santa obbedienza e se sapremo caminare con questa fede et obbedienza spero che acquisteremo merito grandissimo alla presenza di Dio».
  7. Cfr. SANTHA, P. Andreas Boschi, en Eph. Cal., 34 (1965) 209-210, nota 56. La carta está fechada el 18 de septiembre de 1717.
  8. Cfr. Reg. Gen., 149, pp. 349-350.
  9. Ibid., p. 490. Fecha de la carta: 4.XII.1717. Estos documentos pasaron lueqo al Sumario impreso para la Congregación General (cfr. Positio 1719, Sumario, números 12-13, pp. 19-25).
  10. Cfr. MONTECATINI, Relazione dell'Informazione a voce, Rei. Cal., 25, 5.
  11. En carta del P. General al Provincial de Alemania, fechada el 11 de diciembre de 1717, se lee: «Dolorem de amisso Patre Joanne Chrisostomo minuit nobis Dominus quodammodo 'ipsa hesterna die'; nam sub idem fere tempus repertum mox ad manus nostras delatum decretum de reintegratione Ven. Patris Fundatoris Nostri in muñere Generalatus, quod cum ad hoc usque tempus defuis-set, ¡ncredibiles fecerat Causae beatificationis ipsius difficultates a quibus non sine singulari Dei misericordia iam tandem ut sperare fas est emersimus» (SAN-THA, P. Joannes Chrysostomus Salistri, en Eph. Cal., 34 (1965) 24, nota 268 - Cfr. Erario, p. 135).
  12. Cfr. SANTHA, o. c, p. 15. Apoya su afirmación en el texto citado anteriormente en la nota 11 (carta del P. General). Pero de él no parece poderse deducir semejante intervención del P. Salistri.
  13. «Etenim combustis dolose Scripturis per Rev.mum Albitium obtentis om-nis opera Postulatorum ¡n perquirendis alibi similibus exemplaribus inutilis fuisset, nisi Servus Dei de sua defensione sollicitus ¡nsperatam hanc viam aperuisset» (Positio 1719, «Novae responsiones facti et juris», p. 4).
  14. Cfr. BENEDICTO XIV, De SS. Dei Beatificatione, III, e. 30, n. 18.
  15. Cfr. Erario, p. 135.
  16. Ibid., p. 138.
  17. Ibid., p. 139.
  18. Cfr. SANTHA, P. Gregorius Bornó, en Eph. Cal., 35 (1966) 54.
  19. Ibid., p. 58.
  20. Ibid.
  21. Este certificado consta en las últimas páginas del volumen de los documentos Paolucci, conservado en nuestro Archivo Gen., Reg. Cal. 68, pp. 287-290.
  22. Cfr. Esito del Beato, Reg. Cal., 60, f. 2v. Este volumen continúa las notas económicas referentes al proceso, que hasta ahora constaban en el Erario.
  23. Cfr. ambos documentos en Reg. Cal 25, 10 y 15. En ambos documentos se citan los documentos Paolucci y no se alude aún a las Animadversiones de Lambertlni; más todavía, en el segundo (Reg. Cal. 25, 15) se alude a la legalización del Notario de la Sda. Congr., hecha el 16 de julio.
  24. La grafía es idéntica a la del informe sobre la Congregación Preparatoria. Alude también a sus Responsiones anteriores y reitera argumentos ya aparecidos en su informe sobre la Congr. Preparatoria (cfr. nota 39).
  25. «De tribus disceptatum fuit in Congr. Preparatoria...: 1) de eiusdem Fun-datoris redintegratione; 2) de eiusdem obedientia ad Decreta S. Oficli praesertlm in collatione Provincialatus Patri Mario; 3) de attestatione facta adversus P. Ste-phanum» (Reg. Cal. 25, 15).
  26. «Dubium. An Servus Dei testificando de mala vita Ptris. Stephani ab Angelis ¡ncurrerit allquam notam, quae obsit heroicitati virtutum ipsius» (Reg. Cal. 25, 10).
  27. Cfr. Reg. Cal., 25, 15, f. 1v, no numerado.
  28. lbid. f. 2r; el Memorial en Positio 1719, Sumario, n. 2, p. 5-6.
  29. lbid. f. 2rv; el voto de Paolucci en Positio 1719, Sumario n. 7, pp. 13-15 y el Acta en Epistolario, IX, pp. 134-35.
  30. lbid. f. 3r; el Acta en Epistolario, IX, p. 177.
  31. lbid. f. 3rv; el Acta en Epistolario, IX, pp. 210-211.
  32. lbid. f. 3v; el Acta en Epistolario, IX, p. 212.
  33. Ibid., f. 4r.
  34. Ibid., f. 4rv. Cfr. las cartas en Positio 1714, Sumario n. 5, pp. 22-23. (Cfr. nota 6 de este Cap.); y Positio 1719, Sumario n. 12, pp. 19-25.
  35. Cfr. dicho memorial en Positio 1714, Sumario, n. 27, p. 79 y en Epistolario, IX, p. 161. En él se dice: «L'infrascritti due Deputati dall'istesso P. Visitatore Apostolico... rapprasentano anche con il giuramento, qualmente non è servitio d: Dio e d'essa Religione il governo del P. Stefano degl'Angeli, per il discrédito nel quale è generalmente della sua vita, come deputandosi persona a riceverne le prove ed udirne le cause deporranno tutti giuridicamente e volendosi, si puole udire dall'istesso Padre Generale che n'è informatissimo»,
  36. Cfr. Positio 1719, Sumario n. 4, pp. 7-9. En éste se repiten las razones por las que se detesta el gobierno de Cherubini: «per il gran discredito di sua persona appresso Religiosi e Secolari per i suoi costumi e modo di vivere»... «dal quale offizio (de Procurador General) essendo stato per le molte querele dategli nel Capitolo Generale penultimo deposto, ma dal P. General sospesa per qualche tempo l'esecuzione, fu poi per cause, che per degni rispetti sì tacciono, rimosso...»
  37. Cfr. Positio 1719, Sumario n. 19, p. 46. Los Padres de Ñapóles -dice Berro- «non volevano intendere per niente l'assunzione del detto P. Stefano, come quello, che in detta Città molto puzzava» (Memorie Hist., Il, I, e. 2, p. 77).
  38. Así lo dice el Fundador en el discutido informe: «mi fu ordinato dalli Signori Prelati della Visita, per l'informazione che havevano havuta contro detto Padre, che io lo privassi dell'Ufiitio di Procuratore Generale...» (Positio 1714, Sumario n. 22, p. 70).
  39. «Ex his enim credimus clare constare de diffamatione, qua supposita parum interest, an Ven. Fundator de ordine Congregationis particularis, vel proprio motu controversam Attestationem fecerit... Credimus, quod graviter peccasset contra bonum commune Religionis, si a dieta Attestatione abstinuisset, prout piene probabimus ex doctrina Theologorum et Canonistarum, quando opus fuerit» (Reg. Cal. 25, 15, ff. 5v-6r).
  40. Cfr. nota 26.
  41. Cfr. Positio 1714, Sumario n. 22, pp. 70-71.
  42. Ibid., n. 28, pp. 80-81 y en Epistolario, IX, p. 164. En esta carta alude Cherubini a un memorial anterior escrito por los Padres de S. Pantaleón y firmado por 43 religiosos, encabezados por el Fundador (Cfr. Epistolario, IX, p. 160), desconocido por Montecatini.
  43. Cfr. Positio 1714, Sumarlo n. 10, pp. 36-37 y en Epistolario, IX, pp. 165-172.
  44. Cfr. nota 35.
  45. Cfr. Positio 1714, Sumado n. 27, p. 79.
  46. «Dubium. An Servus Dei testificando...» Reg. Cal., 25, 10, ff. 3-4.
  47. Ibid., f. 4.
  48. Ibid., f. 5r.
  49. Ibid., f. 5.
  50. Ibid., ff. 5v-6r.
  51. Ibid., f. 6.
  52. Ibid., ff. 7-8. El escrito termina con esta conclusión: «Ex quibus omnibus constai Servum Dei sánete, ¡uste, prudenter, iuxta regulam iuris processisse in testificando contra P. Stephanum ab Angelis» (Ibid., f. 8v).
  53. Cfr. nota 39.
  54. Cfr. p. 282.
  55. Cfr. pp. 209-210. (Cap. V).
  56. Cfr. ACCS, fondo S. Gius. Calasartzio.
  57. Cfr. Reg. Cal., 25, 16.
  58. «Casa 16 gennaro 1718. Prospero Lambertini riverisce V. S. Illma., rimandandole la Relazione sopra le lettere del Servo di Dio Fondatore delle Scuole Pie fatta per ordine del Emo. Sig. Cardinale Ponente dal Rmo. Padre Nuzzi. In sostanza il Relatore conclude non esservi nelle lettere dottrina contro la Fede o contro i buoni costumi, che è quell'unica cosa alla quale il Revisore deputato dal Sig. Cardinal Ponente nelle Cause dei Servi di Dio deve attendere, non essendo sua incombenza il discorrere delle cose, che possino ostare alle Virtù, appartenendo questo al Promotore della Fede. S'aggiunge, che le piccole cose notate contro le Virtù, e non contro la dottrina sono tanto leggere e disprezzate dal medesimo che le ha proposte che sembrano esser fatte per mostrare d'aver veduto non per fare ostacolo alla Causa. Questo è il debole sentimento di chi scrive, protestandosi di sottoporlo a quello dell'Emo. Ponente ed ancora di lei, con che, etc.» (Reg. Cal 25, 16, folio suelto).
  59. Cfr. ACCS, Deci-. 1713-22, ff. 245v-246r.
  60. Ibid., f. 250rv.
  61. Cfr. nota 22.
  62. «tantumque abest, ut ex novis documentis dissolutae reputan veleant difficultates ¡n meis praecedentibus Animadverslonibus expositae, quod adiectum ¡isdem dici debet pondus, et robur, ut ex his quae modo exponentur facile desumi valet» (Positio 1719, Animad., p. 2).
  63. He aquí parte de una cita: «Devo anche dire, che il P. Generale istesso, con tutto che è ottimo Religioso per altro, e di buona intenzione, non sa astenersi, durante la sospensione, che ha della sua Carica, dall'esercizio di essa, etiamdio ¡n cose proibite dalla Sacra Congregazione del Sant'uffizio...» (Ibid.). Este párrafo está sacado de un documento anònimo del «dossier» Paolucci, incluido en el Sumario (Positio 1719) n. 14, pp. 25-31, y atribuido por sus compiladores al P. Cherubini. El P. Bau lo atribuye a Pietrasanta (Cfr. Biografía crítica, c. LVI: «Un documento siniestro»), y lo mismo hace el P. Picanyol, intitulándolo «Seconda relazione del P. Pietrasanta» (Cfr. Epistolario, IX, pp. 178-181).
  64. Y aduce este párrafo del documento antes citado: «E' cosa manifesta che per mancamento di governo questa Religione si è più volte ritrovata in gravi sconcerti, ne in questo vi è discrepanza di parere, perche tanto gl'Assistenti nuovi, quanto gl'Assistenti vecchi e li partigiani medesimi del P. Generale asseriscono, che con il governo da lui tenuto non può la Religione mantenersi» (Positio 1719, Animad., p. 2; Sumario p. 28 y Epistolario, IX, p. 180. Otro texto se refiere al problema de la nulidad de las profesiones. (Positio 1719, Animad., pp. 2-3).
  65. Ibid. De los tres textos que cita, he aquí el segundo: «quoad remotionem Patris Generalis, si adsunt Constìtutiones in casu inhabilitatis, servanda videtur forma in eis praescripta, et insinuari potest eidem, ut sibi assumat personam habi-liorem arbitrio huius Congregationis, vel Cardinalis Protectoris deputandam» (Voto de Paolucci, cfr. Positio 1719, Sumario p. 16).
  66. «nullatenus, attenta responsione, quod crimina Patris Stephani non erant falsa sed vera, id enim non facit quin revelans peccet peccato detractionis..., crescitque, in hypothesi praesenti discursus, quandoquidem ante attestationem, de qua nunc agimus, Dei Servus aliam fecerat attestationem, favorabilem Patri Stephano...; in qua facti specie non videtur Dei Servus a mendacio in re gravi excusarl posse, cum falsum in prima, aut in secunda pernecesse dixerit attestatione» (Positio 1719, Animad., p. 4. Cfr ambos atestados en la nota 179 de nuestro cap. VI).
  67. Cfr. Positio 1719, Animad., p. 4.
  68. El testigo aludido dijo: «Era esortato detto Servo di Dio dalli Padri suoi Figli ed amorevoli a ricorrere ai favori della Casa d'Austria, come nobile Spagnolo, con far apparire la sua innocenza, ed in particolare a favori dell'Ambasciatori di Spagna in Roma, e Vice-Re di Napoli, ma egli sempre rispose in voce et in lettere lasciamo fare a Dio, e perchè il detto P. Stefano non governava bene la Religione, mortificando tutti gl'Aderenti del Servo di Dio, finalmente operó tanto, che fece spedire un Breve Apostolico publicato li 17 di Marzo 1646 con dichiarare la Religione simile a quella della Chiesa Nuova, senza Capo, senza Governo e soggetta agl'ordinarii de Luoghi» (Ibid., pp. 4-5).
  69. «(2.III. 1719) Al Sig. avv. Montecatini per suo onorario della Nuova scrittura per la causa» (Esito, f. 3v). Desde el apunte relativo al honorario de Lambertini por sus Animadversiones, fechado ed 9.XII.1718 (Esito, f. 2v), hasta el relativo a la impresión de toda la Posición de 1719, fechado el 1.VI.1719 (Ibid., f. 4v), no hay ninguna alusión a otros escritos ni a otros abogados, excepto la citada. Pollo que puede concluirse que las últimas Responsiones fueron hechas exclusivamente por Montecatini; lo cual se confirma por el estilo y disposición interna del escrito, del todo similar a las anteriores Responsiones, que ya vimos fueron hechas por Montecatini, a pesar de que a su nombre se uniera el de Flavio de Santis en la impresión (cfr. pp. 240 y 265 del cap. VI). A ello se añaden las críticas expresamente dirigidas contra Montecatini, corno autor de estas Responsiones, como veremos más adelante.
  70. Cfr. Positio 1719, Resp., p. 52.
  71. Ibid., cap. I (pp. 1-4); cap. II (pp. 5-7); cap. III (pp. 8-14); cap. IV (pp. 15-24); cap. V (pp. 24-52).
  72. Ibid., p. 4.
  73. Ibid., p. 7.
  74. Ibid., En el Voto de Paolucci se lee: «Ac propterea procuranda reformatio gubemii reintegrando Generalem...» (Epistolario, IX, p. 210).
  75. Cfr., nota 34.
  76. «quod si Superiores locales iurisdictionem P. Marii excusserunt, causa refundí debet ¡n illius ineptitudinem ad régimen» (Positio 1719, Resp., p. 6),
  77. Paolucci «Patrem Marium agnoscit tanquam causam ac fomentum omnium rixarum, et controversiarum Religionis» (ibid.). Las palabras de Paolucci son: «Pater Marius, ex cuius persona suscitatae sunt tot rixae...» (Positio 1719, Sumario, p. 14).
  78. «Veniam dabunt praestantissimi Patres, si audacter asserimus, hanc reductionem a SSmo. Pontífice nonnisi per obreptionem ac subreptionem extortam fuisse.» (Positio 1719, Resp., p. 9).
  79. «Sed praedicti Marius et Stephanus, penes quos munus gubernii in facto resídebat, cum optime cognoscerent, obtentam subrepticie iurisdictionem retiñere non posse in statu Religionis...» (Ibid., p. 11).
  80. Más tarde seré acusado Montecatini de imprudente por haber abusado de estas palabras, precisamente por aquellas circunstancias históricas.
  81. Y cita el caso del Papa Sfmaco respecto a S. Equicio; de Constantino respecto a Atanasio; de León IX respecto a Pedro Damián, con citas de Gregorio Magno, Teodoreto y Baronio respectivamente (Ibid., p. 12).
  82. «Hic enim est stylus Sedis Apostolicae revocare, quae cognoscuntur per obreptionem, seu subreptionem extorta» (Ibid., p. 13).
  83. «Vulpécula calldisslma procul dubio fuit P. Stephanus author indubitatus suppressionis Religionis, ut patet ex eiusdem scriptura nullo alio spirltu quam satanico exarata ad Sanctissimae Matris destructionem.» (Ibid., p. 10). Montecatini alude al documento anónimo, incluido en el Sumario de 1719, n. 14, y atribuido por él a Cherubini, pero los PP. Bau y Picanyol lo atribuyen a Pietrasanta (cfr. nota 63).
  84. «Si enim stante suspensione, sedare tentasset turbulentias Religionis, forsan non inmerito accusaretur transgressionis, quoniam contra praeceptum sus-pensionis egisse diceretur; cum vero non se ¡mmiscuerit, res prorsus inaudita, atque indigna videtur, quod aliorum reatus eidem imputentur» (Ibid., p. 13).
  85. Ibid., pp. 15-24.
  86. Se trata del documento citado en la nota 63.
  87. Cfr. Positio 1719, Resp., p. 25, y Animad., p. 2.
  88. Ibid., Resp., pp. 26-27; la carta en Epistolario, Vili, e. 3983.
  89. Cfr. Positio 1719, Resp., pp. 27-28; carta del Fundador en Epistolario, VIII, c. 4329.
  90. Cfr. nota 64.
  91. Cfr. Positio 1719, Resp., p. 29; la carta apologética de Pietrasanta en Positio 1714, Sumario n. 10, pp. 36-37 y en Epistolario, IX, pp. 165-172. Cfr. el voto de Paolucci en la nota 74.
  92. Cfr. Positio 1719, Resp., pp. 30-32. Cita la Primera Relación de Pietra-santa, ya editada en el Sumario del 1714, n. 6, pp. 23-26, según versión imperfecta del P. Berro (Cfr. texto completo en Epistolario IX, pp. 125-134). De esta cuestión había ya tratado Montecatini en sus anteriores Responsiones (Cfr. p. 254d).
  93. «Che si siano fatte le Professioni per forza minacciando carceri, dando schiaffi et usando violenza a quei che nel Noviziato volevano lasciare l'Abito...» (Positio 1719, Animad., pp. 2-3).
  94. ibid., Resp., p. 33. Los Breves urbanianos se editaron en el Sumario de 1714 n. 7, pp. 26-28. En el Acta de la Cuarta Congregación (8.IX.1645), en la que se redujo la Orden a Congregación, se lee: «Restino legati quelli, che vi sono, de tre Voti sostanziali» (Epistolario, IX, p. 212).
  95. Cfr. Positio 1719, Resp., p. 33.
  96. «non pare che alla parte reclamante suffraghi la pretesa inhabilita di lui per la somma vecchiezza...» (Positio 1719, Animad., p. 3 y el documento citado en Sumario, Ibid., n. 4, p. 9); «quoad remotionem Patris Generalis, si adsunt Constitutiones in casu inhabilitatis, servanda videtur forma...» (El texto es del voto de Paolucci, cfr. Ibid., n. 8, p. 16).
  97. En ambos textos citados anteriormente se propone como solución el nombrar Vicario General, como ayudante del Fundador.
  98. «Inoltre si supplica, che non essendo il detto Padre inabile per il dett' offizio, conforme se ne può fare esperienza, non gli sia dato Vicario Generale» (Positio 1719, Sumario n. 17, p. 45).
  99. Ibid., Resp., p. 36. La decisión de la Congregación dice: «Ac propterea procuranda reformatio gubernii, reintegrando Generaiem, sed dando Assistentes et Adiunctos, quos dictus Pater Visitator idóneos et indifferentes iudicaverit...» (Epistolario, IX, p. 210).
  100. Ibid. Este texto sigue inmediatamente al citado en la nota anterior.
  101. Cfr. Positio 1719, Resp., p. 36.
  102. lb¡d„ p. 37.
  103. Ibid., pp. 37-38.
  104. Ibid., p. 38.
  105. Cfr. pp. 275-276; 288-292.
  106. Cfr. ambos atestados en la nota 179 del Cap. VI.
  107. Los Decretos aludidos llevan fecha de 7.VI.1704; 21.1.1719 y 11.111.1719. De ellos hemos hablado a su debido tiempo.
  108. Cfr. nota 68, y Posítio 1719, Animad., p. 5.
  109. Ibid., Resp., pp. 49-50.
  110. Alude a un caso, referido por el P. Fedele, que es el testigo que ha provocado la presente dificultad (Ibid., pp. 50 y 23; BAU, Biografía Crítica, p. 1000).
  111. En el Sumario de 1719 (n. 5, p. 10) se cita un documento del Fundador en el que expresamente pide que no se destruya la Orden. Montecatini cita además unos cuantos textos de cartas del Fundador en que expresa sus conatos para evitar el desastre. Por lo que concluye nuestro abogado: «Rem tamen ut ¡mpos-sibilem omnis prudens reiiciet... Quamobrem etiamsi millies Testis ¡nductus a Defensoribus cum juramento firmasset, revera Ven. Fundatorem fuisse suimet operis destructorem, ex facti evidentia de mendacio convinceretur» (Positio 1719, Resp., p. 49).
  112. Cfr. nota 69.
  113. Cfr. Reg. Cal. 25, 7. Este documento no lleva firma, pero por criterios internos se deduce que lo escribió el P. Munitila para el Capítulo General de 1724, como «autodefensa» contra las acusaciones de que había descuidado la Causa durante su cargo de Postulador. Véanse, como prueba de lo dicho, estos párrafos: «Nullus ab anno 1717 ad hunc usque annuiti 1724 Ínter Beatos relatus est...». «Interim Religiosissimos Patres ¡n Comitiis generalibus congregatos idem Procu-rator Gen. oratos omnes cupit...» (Ibid,). El Procurador Gen. era el P. Munitila elegido en 1718 (Cfr. SANTHA, P. Gregorius Bornó, en Eph. Cal., 35 (1966) 58).
  114. Ibid.
  115. Cfr. Esito, f. 4v.
  116. Cfr. «Autodefensa de Munitila».
  117. Montecatini debió morir antes del mes de agosto de 1720, pues con fecha de 1.Vili.1720 anota el Postulador los honorarios que solía distribuir a los oficiales del Proceso en dicho mes de agosto y recuerda «Al Sig. Avvocato de Santis» y no nombra ya a Montecatini (Esito, f. 7v). Con fecha 24.VIII.1720 se dice expresamente «difunto Sig. Montecatini» (Ibid.).
  118. Cfr. «Autodefensa de Munitila» y las cartas en Reg. Cal. 25, 1, 71.
  119. Cfr. SANTHA, P. Gregorius Bornó en Eph. Cal., 35 (1966) 68, nota 50.
  120. Cfr. «Autodefensa de Munitila».
  121. Ibid. y Esito, f. 8r. Cfr. nota siguiente.
  122. Léase esta carta del P. Mazara dirigida al P. Munitila: «Nelle riverite Mani del Rmo. P, Procuratore Generale delle Scuole Pie. S. Pantaleo. Aracaeli 1 7bre 1720. Al Rmo. P. Proc. Gen.le delle Scuole Pie divotamente s'inchina il P. Mazara; ed avendolo ubbidito nel dare una scorsa alla Posizione Grande del Ven. Fondatore, ed all'Aggiunta del 1714, dice non poter egli punto rimuoversi dal primo giudizio che formó delle nuove Risposte Juris et Factl; cioè, che siano improprie, che nuocerebbe il distribuirle, e che perciò debbiano riformarsi. Si conferma piuttosto in quel giudizio, perché credendo essere il Maggior Ostativo ciò che accadde al Servo di Dio in Roma dal 1642 sino al 1648, non vede altra strada propria di rispondere, se non quella che da principio stimolla unica; ed è quella appunto che ora legge con gusto, in fondo della Grande Posizione, nella dotta e prudentissima Risposta di Monsig. Lambertini, allora nostro Avvocato, ed ora Giudice. Poiché dunque la nuova Risposta s'allontana enormemente da quella e batte una strada contradittorìa; crede chi scrive, aver motivo giustissimo di confermarsi nell'opinione di sopprimerla, e formarne altra univoca a quella di Monsignore. Spera nell'intercessione del Servo di Dio, poter formare la nuova Pianta della Risporta, che forse non sarà inutile a chi dovrà stenderla, e metterla in stato di stamparla: con quale speranza Intende chi scrive di conformarsi ubbidientissimo Servid.e di Sua Rma.» (Reg. Cal., 25, 6).
  123. Cfr. «Autodefensa de Munitila».
  124. Ibid., «(20X1723) Al Sig. Abbate Mazzini che scrive per il N. Ven. Padre sotto la direzione del Remo. P. Mazzara» (Esito, f. 12r).
  125. Cfr. «Autodefensa».
  126. Cfr. la obra en Reg. Cal., 40, y el índice aparte en Reg. Cal, 25, 8. Al principio de dicho índice se lee: «Elenchus notarum marginalium in sequentibus Capitibus scripturae elucubratae per Dnum. Mazzinum. ìam nostri Collegii Nazareni Convictorem, pro Causa N. V. Fundatoris». Los títulos de los siete capítulos son como sigue: «Cap. I. De statu Causae.-Cap. II. De ultimo vitae sexennio.- Cap. III. De traductione Servi Dei ad Sacrum Inquisitionis Tribunal.-Cap. IV. De Approbatione eorum quae gesserai bo.mem. Albitius Sacrae Inquisitionis Assessor.- Cap. V. De suspensione Servi Dei ab officio Generalatus.-Cap. VI. De reductione Religionis ad Congregationem saecularem.-Cap. VII. De remotione et privatione Servi Dei ab Officio Generalatus.»
  127. En carta al P. Andrés Boschi, fechada el 10 de mayo de 1721, dos días después de la elección de Inocencio XIII, escribía el P. General Bornó: «Anche prima di oggi saranno costà percorse le nuove della creazione del Sommo Pontefice succeduta in persona del Sìgn. Card. Conti, da cui possiamo fondatamente sperare delle molte beneficenze per la Religione, e le mie prime mire sono e saranno fissamente drizzate al sollecito disbrigo, per quanto sia possibile, della Causa del Nostro Ven. Fondatore, nella quale II primo testimonio fu Don Appio Conti, Duca di Poli, se mal non mi sovviene. La beatificazione del nostro Ven. Padre è il sommo de' benefizii per noi nello stato In cui siamo» (SANTHA, P. Gregorius Bornó, en Eph. Cal., 35 (1966) 68, nota 53.
  128. Cfr. carta al Rector de Posìlipo, fechada el 21 de sept. de 1721 (Ibid.). En otra carta del 1 de octubre habla de la influencia que pueden ejercer con la familia Conti los Padres de Poli (Ibid.).
  129. Cfr. SANTHA, P. Gregorius Bornó, en Eph. Cal., 35 (1966) 61, nota 19.
  130. Cfr. Acta Congr. Gen. 1704-36, p. 521, fecha 23.V.1724, en que se leyó el memorial en la Congregación General.
  131. Cfr. Reg. Cal. 25, 7. Se trata de la que hemos llamado «Autodefensa de Munitila». Aunque vaya dirigido a los PP. Capitulares, no consta en las Actas del Capítulo que se leyera en público (Cfr. Archivum Sch. P., 8 (1943) 3-14 (Cap. Gen. a. 1724).
  132. Cfr. SANTHA, o. c, pp. 156-157.
  133. Ibid., pp. 157-158.
  134. Cfr. IDEM, P. Petrus Franciscus Zanoni, en Eph. Cal., 33 (1964) 178.
  135. Cfr. IDEM, P. Gregorius Bomó, p. 90.
  136. «Sed postquam superlus relata qui leget, intellexerit, mentem mutabit, et in hoc etiam negotio, sicut in caeteris omnibus, Procuratorem Generalem gratis infamatum et diffamatum fatebitur» («Autodefensa de Munitila»).
  137. «Scivimus enim, quod ex multis e supra decem DD. Consultoribus, major eorum pars aut negativum, aut saltem suspensivum votum dederunt. Nihilominus Emi. Ponentis favor et gratia id obtinuit, ut coram Sancissimo in posterum Causa proponenda diceretur et foret» ílbid.).
  138. Cfr. p. 278.
  139. Cfr. ACCS, Decr. 1713-22, f. 199 (18.XII.1717, Vicente de Paul); f. 226 (24.V.1718, Camilo de Lellis); ff. 346-347 (28.IV.1722, Catalina de Ricci); Decr. 1723-1730, f. 5 (26.1.1723, José de Cupertino). En las votaciones referentes a Caia-sanz, Paúl y Ricci hubo además una abstención, debida a uno de los miembros que por asistir por primera vez a tales Congregaciones, solía abstenerse, por tanto lo consideramos como «no votante».
  140. Cfr. «Autodefensa de Munitila».
  141. He aquí algunos de dichos documentos: n. 20: «Mores P. Marii...» n. 21; «Obitus P. Marii...»; n. 22: atestado del Fundador contra Cherubini; n. 23: «Expulsio P. Stephanl a Collegio Nazzareno per Sac. Rotae Auditores ob elusdem turpitudine suspicionem»; n. 24: «Alienatio 27 Locorum Montium Novennalium... facta a P. Stephano...»; n. 25: participación de Cherubini en el Carnaval Romano etcétera. (Positio 1714, Sumario).
  142. Cfr. nota 114.
  143. He aquí la lista, según la copia conservada en nuestro archivo (Reg. Cal. 25, 18): «1717. De mandato SS. D. N. Papae infrascriptae Causae hoc ordine erunt ponendae; Causae Beatorum: B. Gregorii X, B. Joannis a Cruce, B. Peregrini Latiosi, B. Agnetis a Monte Politiano, B. Aloysii Gonzagae. Causae Servorum Dei: Alexandri Sauli, Catharinae de Riccis, Pauli Burilis (Burali), Josephi a Cupertino, Petri Forerii (Fourier), Juvenalis Ancina, Camilli de Lellis, Simonis de Rojas. Su-pradicta notula extracta fuit ex proprio originali in secretaria Congregationis SS. Rit. de mandato S. M. Clementis PP. XI de anno 1717 affixo. In cuius fidem.. N. M. Tedeschi Arch. Apam. Secret. Loco sigilli».
  144. «Clemente XI Pontífice, nulla nobis spes esse poterat proponendae Causae.. Praecipiens insuper (el Papa), ne caeterae aliorum Dei Servorum Causae ad examen vocarentur, antequam tresdecim illae in notula selectae, fuissent in 8. Congr. examinatae» («Autodefensa»).
  145. Ibid.
  146. Ibid,
  147. Sin embargo, el 18 de diciembre del mismo año 1717 fue presentada en Congregación Preparatoria la Causa de Vicente de Paúl, que no constaba en la lista (cfr. nota 143). Luego la lista no fue respetada. Pudo, no obstante, ser compuesta la lista después del 18 de diciembre, pues el documento dice por dos veces que fue compuesta en 1717 (cfr. ibid.), en cuyo caso debió salir entre el 18 y el 31 de diciembre. Pero si así fue, tendríamos que explicarnos por qué fue excluida también la causa de Vicente de Paúl.
  148. Cfr. ACCS, Dece 1713-22, en las fechas siguientes: 18.XII.1717 (Paúl); 15.111.1718 (Marescotti); 3.XII.1718 (Emiliano); 28.111.1719 (Azevedo); 14.I.1721 (Acquaviva).
  149. Cfr. «Autodefensa».
  150. Cfr. p. 308.
  151. «(26.VI.1721 SSmus. D.N. mandavit adscribí ínter Emos. et Rmos. Dnos. Sacr. Rit. Congr. Praepositos Cardinales Emmum. de Comitibus» (ACCS, Decr, 1713-1722, f. 323v).
  152. «(20.XII.1721) SSmus. D.N. Innocentius P. XIII in locum Rmi. P.a Panormo subrogavit in Consultorem Sac. Rit. Congr. Rmum. P. Mazara Ordinis Minorum Observ. St. Francisci» (Ibid., f. 238v).
  153. Cfr. ibid. en las fechas 13.1.1722 (Preparatoria de los mártires de Goa); 2.VI.1722 (Coram SSmo. de Marescotti); 15.IX.1722 (Coram SSmo. de los Mártires de Goa).
  154. Cfr. «Autodefensa».
  155. ibid.
  156. «Et interim Religiossimos Paires ¡n Comitüs generalibus congregatos idem Procurator Gen. oratos omnes cupit, et ardentissimis precibus deprecatur, quatenus statuant, ne Ven. P. Fundatoris N. Causa coram SSmo. proponatur, sed cmnino sponte sua Postulatores curent, ut in altera praeparatoria Congregatione proponatur. Satius erit, temports et nummorum jacturam faceré, quam Causae ruinam deinde defiere» («Autodefensa»),
  157. Ibid.
  158. Cfr. SANTHA, P. Adulphus Groll, en Eph. Cal., 35 (1966) 300. En aquel Capítulo General se propuso que se nombrara un Postulador especial para la Causa del Fundador. Pero el Capítulo rechazó la propuesta por esta razón: «cum ¡am apud P. Procuratorem Generalem sit onus huiusmodi maxime commendatum, et praecipuum eius auctoritatis officium» (Archivum Sch. P., 8 (1943) 10. Cap. Gen. a. 1724).-Bibliografía sobre el P. Groll cfr. en SANTHA, o. c, p. 303, nota 3.
  159. Cfr. SANTHA, P Gregorius Bornó, en Eph. Cal., 35 (1966) 154-55 con la nota 195.-VIÑAS, Index bio-blbliographlcus, II, pp. 119-123,-PiCANYOL, Ephem. Cal., (1931) 72-73.
  160. Cfr. el manuscrito Vita del servo di Dio P. Angiolo della Croce (Reg. Serv. Dei, 48') libro I, cap. Vil y IX; y SANTHA, P. Adulphus Groll, p. 300. Ulterior bibliografía sobre el P. Valleta; VIÑAS, o. c, I, pp. 28-29.-E. LLANAS, Escolapios insignes, III, pp. 100ss.-HORANYI, Scriptores Piarum Scholarum, II, pp. 773-78.-PICANYOL, Eph. Cal., 6 (1937) 35; IDEM, Biblioteca S. di S. Pantaleo, I, p. 209.
  161. «Propter tantas dotes Sancissimo Domino Nostro Benedicto XIII Papae feliciter Regnanti et ante Pontificatum et ¡n Pontificatu dilectissimus fuit... In extrema ¡nfirmitate... idem Beatissimus Pater, eum in domo S. Pantaleonis invisit, Benedictione impertitus est, ac pro Eo publicas preces indixit. Acerbissimum de tanti viri iactura dolorem, palam et saepe testatus, nihil omnino, quod ad recupe-randam veletudinem conferre visum est, desiderari passus, eo modo administrari omnia mandavit, quo Suae met Sanctitati administrarentur» (Reg. Reí. 38, Defunc-torum memoriae, C, n. 57. Editado en VIÑAS, Index bio-bibliographicus, I, n. 6, pp. 28-29).
  162. Cfr. Esito, f. 17r. Los dos ejemplares editados, conservados en nuestro Archivo General (Reg. Cal. 39), llevan, en efecto, las firmas autógrafas del Sub-promotor y del Secretario con el sello correspondiente, y se trata de la Posición de 1719 con las Responsiones de Montecatini.
  163. (31.XII.1724) al Avvocato della Causa si son dati (los regalos de Navidad) per questa sola volta e non più...» (Esito, f. 15r).
  164. «Nell'anno 1725 fu preso per Prore, della Causa II Slg. Giuseppe Luna, e per Avvocato l'avvocato Cavalchini, che poi fu fatto Promotore della Fede nel maggio del 1728» (Memorie di quanto si è operato pei- proseguire la Causa di Beatificazione del N. V. P. Fond., 1726, 27, 28, 29, Reg. Cal. 25, 17, p. 1).
  165. Cfr. ACCS, Decr. 1723-1730.
  166. Cfr. L. von PASTOR, Geschichte der Pàpste, XV, p. 509.
  167. Cfr. ACCS, Decr. 1723-1730, ff. 151-174. «Et licet idem Innocentius XIII in gratiam Emi. Marescotti, affinis sui causam Ven. Servae Dei Marescotti, circa miracula semel audierit...» (Autodefensa de Munitila). Es cierto que Inocencio XIII celebró Congregación a tal efecto el día 2.VI.1722. Pero ya Clemente XI había celebrado otra sobre el mismo asunto el 15.111.1718 en la que no pasó la Causa (Cfr. ACCS, Decr. 1713-1722, a la fecha).
  168. Cfr. ACCS, Deci-. 1723-1730, ff. 174-212.
  169. «impetró per mezzo del Emo. Sig. Cardinale Belluga lettere di Filippo V Re delle Spagne» (Vita del servo di Dio P. Angiolo della Croce, p. 212). Conservamos dos cartas de Felipe V, ambas fechadas el 23 de marzo de 1726: una en italiano (Cfr. Memorie di quanto..., p. 15) y otra en español (cfr. Reg. Cal., 25, 1, 120-76).
  170. Cfr. la carta original al Papa en Reg. Cal., 25, 1. 120-57.
  171. Cfr. las cartas del Arzobispo de Gnesna (15.XI.1726), del Mariscal del Reino (16.XI.1726), del Palatino de Cracovia (21.X1.1726), del Obispo de Cracovia (21.XII.1726) en Reg. Cal. 25, 1. La primera de ellas va también a nombre del Senado del Reino: «...ac simul mea totiusque Senatus Poloni tam spiritualis, quam Politici desideria».
  172. «Et in visitando una volta il Papa, con tenerissime espressioni lo supplicò per qualche buon luogo da assegnarsi per discutersi la Causa del Ven. Padre et avendoglielo sinceramente il Papa con espressioni ancor tenere promesso, si degno il Santo Padre nell'esserli poi porto il memoriale, scriverci di propio pugno: 'Pro primo loco in novo folio' ordinando al P. Angelo ¡stesso che lo portasse a Mons. Segretario della Congregatione de Riti». (Vita del servo di Dio P. Angiolo della Croce, pp. 210-211). Cfr. el memorial en Memorie di quanto..., p. 18. Y que este Rescripto fue efectivamente emanado nos lo confirma el siguiente apunte del Postulador: «28 agosto 1726, essendosi ottenuto dal Papa il rescritto che si dovesse porre la Causa del V. P. Fondatore nel nuovo foglio -Pro primo loco in folio- si diede di mancia alli Servitori di Palazzo, del Prefetto de Riti e del Segretario in tutto 3.60» (Esito, f. 16v).
  173. Cfr. ACCS, Decr. 1723-1730, ff. 212-213.
  174. La nuova lista era la siguiente. «Nelle Congregazioni Generali de' Riti che si terranno avanti S. Santità si proporranno le seguenti Cause» (y sigue por orden) 1.a Vicente de Paúl; 2.a Juan de Prado; 3.a Camilo de Lellis; 4.a José de la Madre de Dios (y continúa el texto) «Nei tempi intermedi fra le Congregazioni Generali de' Riti che si terranno avanti S. Santità si proporranno nelle Congr. antepreparatorie e preparatorie rispettivamente le Cause seguenti» (y siguen por orden) 1.a B.a Juliana de Falconieri; 2.a B.a Margarita de Cortona; 3.a Pedro Fourier; 4.a Alejandro Sauli; 5.a Juvenal Ancina; 6.a Bernardino Realini (Reg. Cal. 25, 18). En este folio no consta ninguna fecha. Pero confrontando las Congregaciones celebradas por la Congregación de Ritos, la presente lista sólo puede encajar entre las referidas fechas del 4 de marzo de 1727 (en que se tuvo la Congregación coram SSmo. de Sor Catalina de Ricci) y el 15 de julio del mismo año en que se tuvo la antepreparatoria de la B.a Juliana de Falconieri (Ibid. a la fecha) que aparece en primer lugar de la segunda serie. La siguiente Congregación, celebrada el 16.IX.1727, fue coram SSmo., dedicada a Vicente de Paúl (Ibid., f. 230-231). En todo caso, la lista no puede ser posterior a esta última fecha, pues en ella aparece Vicente de Paúl en primer lugar para la coram SSmo.
  175. «Casa 18 del 1727 (sin mes). Giuseppe Luna rassegna li suoi humili rispetti al Rmo. P. Procuratore Gen. delle Scuole Pie, e gli fa sapere, come hieri in Segretaria de' Ritti hebbe notitia che havendo il Papa richiesta a Mons. Mimo, Segretario per mezzo di Mons. Lambertini una nota di tutte quelle Cause si de' Canonizandi, che de' Beatificandi, quali di già si trovino in pronto per potersi proporre nelle Congr. Generali, per formarne un nuovo Foglio, ed assegnare a ciascheduna il suo luogo, questa di già gli è stata mandata da detto Prelato, e benché detto Giuseppe supponga che il medesimo in detta lista vi habbi decritta anche quella del Nostro Ven. Fondatore, con tutto ciò ha stimato bene di dargli questa notitia acciò Sua Paternità Revma. se ne possi accertare, e nel medesimo tempo per mezzo del P. Angelo disporre Nostro Signore non solamente a descrivere in detto nuovo Foglio questa Causa, ma anche ad assegnarle uno de' primi luoghi, acciò possa presto proporsi; e questo passo procuri Sua Paternità Rma. che il detto P. Angelo lo faccia con tutta celerità ed efficacia, mentre sa chi scrive, che vi sono dell'impegni fortissimi d'altri Postulatori, procurando ognuno d'havere la prelatione in detto Foglio per le loro Cause, onde se detto P. Angelo non si adopra con tutta l'efficacia presso Nostro Signore dubita detto Giuseppe che la nostra Causa possa rimanere descritta tra le ultime; e pregandola a compatire se per una grave sua occupatione non viene in persona a riverirla' (Reg. Cal., 25, 17, folio suelto).
  176. Cfr. ACCS, Decr. 1723-1730, ff. 230-231.
  177. Ibid., según las fechas.
  178. Ibid., ff. 250-252.
  179. «Beatissimo Padre. Adolfo di S. Giorgio Generale de' Chierici Regolari delle Scuole Pie, prostrato a suoi SSmi. Piedi, umilmente espone, come essendosi fatto nell'anno scorso 1727 il nuovo foglio per le Cause delle Beatificazioni da portarsi avanti alla Sta. Vra., fu in esso assegnato alla Causa del Ven. Giuseppe della Madre di Dio, Fondatore del suo Ordine, il luogo immediato dopo quella del Ven. Camillo de Lellis, Fondatore de' PP. Crociferi. Dovendosi, per tanto, la Causa del detto Ven. Camillo portare alli 27 di Aprile prossimo, e doppo di essa framet-tersi la Congregazione preparatoria per un martire Cappuccino, supplica istantemente la Sta. Vra. a degnarsi di ordinare che con ogni conto dopo la Causa del detto martire Cappuccino si porti inmediatamente quella del sudetto Ven. Giuseppe della Madre di Dio, secondo l'ordine disposto nel medesimo Foglio e lo riceverà a grazia. Et Deus...» (Memorie di quanto..., pp. 18-19).
  180. «Rescritto. Omnino proponatur coram Nobis inmediate post Causam Martyris Cap.ni intra mensem Julii. 16 martii 1728» (Ibid., p. 19).
  181. Ibid., pp. 19-20.
  182. «Rescritto. A Mons. Secretario affinchè onninamente si proponga coram Nobis la Causa prima delle vacanze. 5 Giugno 1728) (ibid.).
  183. «Nel principio del mese di Giugno 1728 fu dal P. Assistente Angelo informato pienamente il Papa sopra la Causa del V. Padre, e gli diede le Posizioni» (ibid., p. 19).
  184. Cfr. ACCS, Decr. 1723-30, según las fechas.
  185. Cfr. Memorie di quanto.., p. 24.
  186. Cfr. Hier. Cath., V, p. 37.
  187. Ibid., pp. 313-314. Aunque el decreto de nombramiento, según esta cita, lleva fecha del 19 de mayo, la designación del nuevo Promotor se sabía ya el mismo día en que fue declarado Lambertini Cardenal, es decir el 30 de abril, seqún anota nuestro Procurador: «30.V.1728. Mons. Cavalchini nuovo Promotore della Fede vacato per promotione al Cardinalato di Lambertini» (Esito, f. 17v).
  188. Cfr. Memorie di quanto... p. 20.
  189. Cfr. Hier. Cath., V, pp. 313-314.
  190. Cfr. MORONl, Dizionario, voi. IX, p. 5.
  191. Cfr. Memorie di quanto..., p. 20. (Hier. Cath., V, pp. 313-314).
  192. Cfr. Hier. Cath., V, p. 83.
  193. Cfr. Memorie di quanto..., p. 20.
  194. «Al P. Angelo M.a As.te Gen. delle Scuole Pie.-Da Torre de' Venti, 18 Giugno 1728. Essendo venuto dal S.to. Padre questa mattina il Sig. Card. Lambertini, gli ha Sua Beatitudine parlato circa la Causa del Ven. Fondatore. Che pero mi comanda la Sta. Sua di notificare alla P.V.Rma., di portarsi dal Sig. Card. Lambertini sudetto per restare informato di ciò che occorre su tal proposito; e col mio umilissimo ossequio le baccio le mani. Di V. Rma. U.mo et Ob.mo L.re vero Angelo Maria Errico» (Ibid.).
  195. Cfr. SANTHA, P. Adulphus Groll, en Eph. Cal., 35 (1966) 345.
  196. Cfr. nota 162.
  197. Cfr. nota 185. Memorie di quanto..., p. 24.
  198. Ibid., pp. 24-25.
  199. Cfr. Reg. Cal., 25, 9. El elenco de las 10 objeciones lleva al principio esta fecha: «Die 19 Augusti 1728». El alegato se titula «Risposta alle dieci difficoltà proposte» y no lleva fecha ni firma. Consta de 14 páginas sin numerar.
  200. Con fecha 19 de julio de 1728 hay un apunte que dice: «Al P. Eustachio Carmelitano scalzo per studio da lui fatto sopra la scrittura che deve distribuirsi ed esaminarsi nella Congregazione Generale» (Esito, f. 17v). Evidentemente no puede referirse a la Risposta citada en la nota anterior, pues el 19 de julio aún no había sido intimada la Congregación Gen., ni había empezado la información a los Consultores, que provocó dicha Risposta. No hay indicio alguno que nos aclare el contenido del estudio del P. Eustaquio ni de la escritura que se presentó en Congregación. El P. Eustaquio era Consultor de la Congregación de Ritos, y como tal aparecerá en la votación de la Congregación General.
  201. Podría interpretarse como una alusión al hecho de que ciertas dificultades habían sido propuestas, sin haber leído con la debida atención las Posiciones anteriores, esta frase del autor de la Risposta en que exige que se lean ciertos razonamientos de Montecatini en la tercera Posición: «...come abastanza bene discorre nella 3.a posizione pag. 45, n. 14 e 15 omnino videnda» (Risposta, p. 3).
  202. Cfr. Risposta, pp. 3, 5.
  203. ibid., p. 1. (Sobre este asunto tenían abundante documentación los Consultores en el Sumario de 1719, n. 13, pp. 22-24 y en el de 1714 n. 5, pp. 22-23).
  204. Ibid., p. 2.
  205. Cfr. por ejemplo la Positio 1714, Resp., cap. V, n. 21.
  206. La objeción se basa en el texto de esta carta del Fundador: «...non havendosi saputa impedire la reintegratione nel mio offitio, si procura quanto si può d'impedire l'effetto di detta risolutione, per mantenersi nell'offitio e possesso, e si propongono diversi modi d'accommodamento, senza sapersi, che modo si pigliare, dovendo questo risolversi dall'istessa Congregatione de' Signori Cardinali. Non lasciammo qui di fare alcune diligenze per conservare l'Istituto. in maniera che si possa camminare alla perfetione religiosa. Dio voglia, che questa risolutione che si desidera, non si differisca quanto gl'Avversari pretendono», (Cfr. Epistolario, Vili, p. 285, e. 4286). La frase latina citada en la objeción traduce «risolutione» por «Restitutio», que no es exacto. Sin embargo, según el texto citado, «questa risolutione», puede referirse al «risolversi» o a «detta risolutione», dando, por tanto, pie a la objeción.
  207. Cfr. Risposta, pp. 2-3. Se apoya también en la carta citada en la nota anterior.
  208. Cfr. folio suelto, junto a la Risposta, en el que consta el elenco de las objeciones, que vamos citando. La objeción se basa no en el famoso atestado personal del Fundador contra el P. Cherubini, del que se volverá a hablar en la objeción 6.a, sino en otro memorial acusatorio contra Cherubini, que fue firmado por el Fundador y por otros 43 religiosos de Roma (cfr. Epistolario, IX, p. 160, d).
  209. Cfr. Risposta, pp. 3-7. La frase incriminada era en su contexto: «Presentendosi da Pdri. delle Scuole Pie di Roma, che TEE. VV. per loro benignità siano per terminare quanto prima le cose della loro Religione, con darli superiore Maggiore si supplica per quanto amano la quiete ed il buon progresso di detta Religione, a non permettere che sia eletto o confermato il P. Stefano degl'Angeli di presente Procuratore Generale o altro da lui proposto, se prima non si prende informazione de vita et moribus...» (Epistolario, IX, p. 160, d).
  210. Cfr. Risposta, p. 7. Esta objeción era una de las constantes durante todo el Proceso. Cfr. cap. V, pp. 218-19, objeción X; cap. VI, p. 230, n. 2; p. 257, n. 5, etc.
  211. Cfr. Risposta, p. 7. También esta objeción es muy conocida (Cfr. Cap. VI, p. 274-76; Cap. Vil, pp. 288-292; p. 303, VI).
  212. Cfr. Risposta, pp. 7-8.
  213. Ibid., pp. 8-11. Es otra de las objeciones acostumbradas (Cfr. Cap. VI, p. 264, c).
  214. Cfr. Risposta, pp. 9-11.
  215. Ibid., pp. 13-14.
  216. «Alia 6.a difficoltà fu abastanza risposto a voce e mostrato che...» (Risposta, p. 7). «In ordine al fatto agiungo di presente che di tutto ció non solo fu partecipe (come dissi avoce) il Cardinale...» (ibid., p. 13).
  217. «furono costituiti per Avvocati della medesima Causa L'Abate Bonzetti e Avvocato Colmeta» (Memorie di quanto..., p. 20); Colmeta fue elegido para informar al Papa, y no Bonzetti (Ibid., pp. 25-26; Esito, f. 17r).
  218. Cfr. Positio 1743.
  219. He aquí un ejemplo: «Attesi i Decreti fatti contro il Servo di Dio bisogna dire che due Papi e tutti I Cardinali fussero ciechi, se non conobbero la di lui innocenza. Non ci fu nessuno de' Cardinali che s'interessasse a favore del Servo di Dio e pure si dice che era in grande opinione appresso di tutti. Pare inverosimile, che in quattro anni dal principio delle turbolenze sino alla reduzione della Religione non venisse al chiaro e fusse conosciuta l'innocenza. Se si dice conosciuta per il Decreto della Reintegrazione, Primo, tal Decreto non costa ne per via di essecu-zione, ne per via di Rescritto; Secondo, passarono otto mesi dal tempo del Decreto fino alla riduzione della religione, il qual tempo pareva bastantissimo che fusse venuta all'essecuzione la reintegrazione. I Cardinali che avevano fatto tal Decreto non s'interessorono appresso del Papa, come avrebbero dovuto fare per l'effetto della Reintegrazione. Quei che ricorsero a Papa Innocenzo X parlarono a favore del Fondatore e pure per il ricorso di tali Religiosi non fu reintegrato il Fondatore ma fu ridotta la Religione allo stato di Congregazione come quella di S. Filippo Neri. Il Ven. Fondatore vedendo i disturbi, et essendo in età così avvanzata dovevasi risolvere a rinunciare il Generalato. Non si vede un gran dono di Orazione e di Contemplazione. Non seguirono gran cose ne ci fu gran grido nella morte» (Reg. Cal. 25, 14). Por criterios internos sólo se puede deducir que estas nueve objeciones fueron propuestas antes de que se encontrara el dossier Paolucci, con el que se resolvió la cuestión de la Reintegración. Estas dificultades fueron resueltas más o menos directamente a lo largo de la controversia procesal, pero algunas, como las dos últimas, son totalmente nuevas.
  220. Cfr. Cap. VI, pp. 226-227, 270-272, etc.
  221. Cfr. Memorie di quanto..., pp. 25-27.
  222. Cfr. nota 226.
  223. Cfr. Memorie di quanto..., p. 26.
  224. Cfr. nota 226. En Memorie di quanto..., pp, 26-27, se dice que fueron 31 los asistentes, de los cuales 11 religiosos, 7 prelados y 13 Cardenales, de todos los cuales cita el nombre o apellido. Pero entre los Religiosos se omite al «P. Florentinus Congr. Reform. S. Bernardi», que votó «constare». Por otra parte, coloca al P. Giovanelli (sic), Maestro del Sacro Palacio, entre los regulares, mientras en el Acta oficial figura entre los Prelados y con el apellido Zuannelli.
  225. Cfr. Memorie di quanto..., p. 27.
  226. «Romana. 1728. Feria 3. Die VII Septembris hora 12 1/2 habita fuit in Palatio Aplico. Vaticano Congregatio Sac. Rit. Generalis coram SSmo. pro Causa Romana Beat.is et Canoniz.is V. Ser. Dei Josephi a Matre Dei Scholarum Piarum Fundatoris, Ponente Emo. Imperiali super dubio: An constet de Virtutibus Theologa-libus, et Cardinalibus in gradu heroico in casu etc. in qua interfuerunt Emi. et Rmi Dni. Cardles., Illmi. et Rmi. Dni. Consultores Praelati, et Rmi. P. Dres. Consultores Theologi, qui omnea fuerunt in voto, prout infra Rml. PP. Consultores Theologi P. Michael a Xpto. Ord.is Carmelitarum Excalceat. Congr.is Hispaniae.-Constare. P. Fr. Augustinus Berroni Ord.is Eremit. Sti. Augustini.-Constare. P. Mag. Gagliart Ord. Praedicator.-Constare. P. Leo a Sto. Felice Ord.is Carmel. Excalc.-Constare. P. Eustachius a S. Maria Ord. Carm. Excalc.-Constare. P. Caravita Soc. Jesu.-Abfuit. P. Mag. Membrina Ord.is Praedicat.-Constare. P. Guerinus Soc. Jesu.-Constare. P. Florentinus Congr.is Reformat. S. Bernardi.-Constare. P. Pereti Ord. Min. Obs. non interfuit. P. Mazzara Ord. Min. Obs. Dilata, et comunicentur Scripturae, sive documenta super facúltate dispensatoria. P. Barberinus Ord.is Cappuccinor. Non interfuit. P. Maccabei Congr.gis Clericorum Regular. Sti. Pauli non Interfuit. P. Meratti Congreg.is Clericor. Reg. Theatinor.-Constare. P. Mag. Guillelmus Molus Ord.is Praedicat. abfuit. P. Romilius Ord.is Min. Convent. abfuit. P. Mag. Pierius Ord.is Servor. B. M.V.-Constare. Mimi, et Rml. Dni. Consultores Praelati. P. Mag. Zuannelli Mag. Sac. Palatii Apli.-Constare. Corlus Sac. Rotae Auditor non interfuit. Gamaches Sac. Rotae Auditor.-Constare. Coena Prothus. Aplus.-Constare. Oliverius Epus. Porphyrien.-Constare. Cavalchinus Archipus. Philippen. Promotor Fidel.-Constare. Ferronius Archipus. Damascenus.-Constare. De Hieronymis Archipus. Damiaten. Assessor Sti. Officli non interfuit. Accorambonus Archipus. Epus. Imolen. Smi. D. N. P. Auditor.-Constare. Tedeschi Archipus. Apamenus Secr.us abfuit. Aldovrandus Archipus Neocesareen. Sac. Rotae Decanus.-Constare. Et Emi., et Rmi. Dni. Cardles. Barberinus non ¡nterfuit. Otthobonus non interfuit. Imperialis.-Constare. Sti. Clementis non interfuit. Picus non ¡nterfuit. Zondedarius non interfuit. Corradinus non interfuit. Origus non interfuit. Polignac.-Constare. Belluga.-Dilata. Salernus non interfuit. Cienfuegos.-Constare. De Comitibus.-Constare. Coscia non interfuit. Marefuscus non interfuit. Pipía.-Constare. Lercarius.-Constare. Lambertinus.-Constare. Fini.-Constare. Gotti.-Constare. Portia abstinuit, quia pro prima vice praestitit solitum Juramentum. Pamphilius.-Non interfuit. Oliverius.-Non interfuit. Falconeria.-Constare. Bancherius.-Constare. Scmus. vero distulit resolutionem, ad affectum implirandi de more Divinam Opem» (ACCS, Deci-. 1723-30, ff. 291v-92r).
  227. «Furono dunque in tutti 30 votanti e la Causa passo plenis votis» (Memorie di quanto..., p. 27). Los votantes fueron 31 y no 30 (cfr. nota 224).
  228. Ibid.
  229. Ibid., p. 28.
  230. Los 20 votos se conservan en tres series repetidas, una de las cuales encuadernada en pergamino y con un frontispicio interno que lleva el título con letras de oro (Cfr. Reg. Cal. 41). Las otras dos series se hallan en Reg. Cal., 25, 19.
  231. Cfr. nota 226.
  232. Cfr. Reg. Cal. 25, 19. En dos copias de este voto se añade junto al párrafo nuevo esta nota marginal «Verba lineata (el párrafo nuevo está subrayado en ambas copias) fuerunt ex tempore addita post auditam difficultatem a nemine alio praevisam quam ab uno ex PP. Consultoribus, qui propter illam abstinuit a proferendo suffragio favorabili» (Reg. Cal. 41, p. 53; Reg. Cal. 25, 19).
  233. «In superioribus, quibus interfui, Congregationibus cum nemo de huius Servi Dei virtutum heroicitate, earumque sufficienti probatione dubitaret, quaedam tamen occurrebant, quae splendore earundem non nihil offuscare videbantur» (Reg. Cal. 41, pp. 3).
  234. «In hac Causa Ven. Servi Dei Josephi a Matre Del, aliquando de obsta-tivis, numquam vero, ut relatum est, fuit dubitatum de heroicitate virtutum» (Ibld., página 17).
  235. Cfr. nota 130 del e. V.
  236. Cfr. Reg. Cal. 41,pp. 14-15.
  237. Ibrd., pp. 20-21. Entre todos los Votos, tal vez el que sabe más a panegírico és el del francés Gamaches (Ibid., pp. 59-65).
  238. «Et sicut tot tantisque percussionibus evenit usque ad miraculum virtus suae invictae patientiae, ita ex dolore verberis aucta est gloria divinae remunera tionis» (Meratti, Ibid., p. 27).
  239. «Si patientia virtus contumeliarum est, omnino adversitatis ímpetus aequanimiter portans, omnibus ut singularissimum patientiae exemplum Servus Dei proponitur» (Gagliart, Ibid., p. 40).
  240. «Multa quidem sunt, Beatissime Pater, quae omni vita Ven. Josephi a Matre Dei singularem pariunt admirationem, sed prae caeteris eximia charitas et invicta patientia» (Card. Lercari, Ibid., p. 1).
  241. «ut omnium oculos in sui admirationem traheret... invictissimam patien-tiam Job imitando» (León, Ibid,, p. 50).
  242. Cfr. BAU, Biografía crítica, p. 1111, que cita a Caputi, I, i, p. 75.
  243. Cfr. Reg. Cal. 41, p. 41.
  244. Cfr. nota 241.
  245. «Atque adeo nisi aliter Sanctitati Vrae. vldeatur, crederem de Virtutibus Ven. Servi Dei, uti Job usque ad finem probati, in gradu heroico constare» (Reg. Cal. 41, p. 5).
  246. Ibid., pp. 11-12.
  247. «Qua quidem in re mirum videri non debet... cum id contingere potuerit ex Dei permissu ad probandam Sui Servi constantiam, et ad patefaciendum illud Sac. Tribunal, quamvis alioquin spectabilissimum, non regi ab Angelis, sed ab hominibus errare aliquando valentibus in facto mlnus vere expósito» (Ibid., p. 56).
  248. Ibid., pp. 57-58.
  249. Ibid., p. 26.
  250. Ibid., p. 47.
  251. Ibid.
  252. «Absit cogitare, quod gravissimum et Sacrosanctum Tribunal huiusmodi reintegrationem decreverit, et constituto de aliquo Inquisiti reatu» (ibid., p. 10).
  253. «pro vindicanda Servi Dei innocentia, ipsam hanc Sanctam Sedem appello ac testem voco; quae nunc objiciuntur, pridem iam apud hanc Sanctam Sedem agitata sunt atque discussa. Super iis si non verbis facto ipso iam pridem ab hac Sancta Sede videtur esse pronunciatum atque decretum. Siquidem nondum elapsis viginti ab obitu Servi Dei annis coram S. Mem. Ciernen. IX de Signatura Commis-sionis est actum, hae ipsae animadversiones propositae atque perpensae, cum adhuc recens factorum memoria... Si alia omnia ad vindicandum Servum Dei dees-sent indicia tacitum hoc Sanctae Sedis ¡udicium luculentissimum mihi est argu-mentum, et ¡psum hoc silentium quovis alio, quod in rem nostram adduci posset, illustrius t&stimonium» (Ibid., p. 30).
  254. El texto de S. Bernadro que se cita, dice: «Hoc enim habet praecipuum Apostolica Sedes, ut non pigeat revocare, quod a se fore deprehenderit fraude elicitum non in veritate promeritum...» (Ibid., p. 38).
  255. Cfr. nota 138 del cap. VI.
  256. Cfr. Reg. Cal. 41, pp. 7, 50, 52.
  257. No es éste el momento de entrar en polémica con el P. Calasanz Bau, ouien habiendo negado que José Calasanz hubiera estudiado en Valencia ÍCfr. BAL), Revisión efe la Vida r'e S. José de Calasanz, pp. 39-"-2), tiene que trasladar necesariamente la tentación a la ciudad en que el Santo estudió la teología, encontrando sucesivamente argumentos para colocarla en Barbastro, en Lérida, en Barcelona... Creemos que la tradición primigenia y la abundancia de testimonios que la acreditan, no dejan lugar a dudas de que el Santo estuvo en Valencia y aue la tentación ocurrió en aquella ciudad.
  258. Cfr. Reg. Cal. 41, p. 1.
  259. Ibid., p. 8.
  260. Ibid., p. 35.
  261. Ibid., pp. 44-45.
  262. Ibid., p. 29.
  263. Ibid., p. 44.
  264. Ibid., p. 11.
  265. «Granum ¡llud mortificandum et multiplicandum fuit Noster Ven. P. Joseph. Mortificandum praecipue in Senectute persecutionibus et aerumnis, multiplicandum post mortem benedictionibus et felicitatibus. Religionem, quam longa annorum serie, innumerisque laboribus aedificaverat, de repente collapsam vidit. En tribulatio magna; post eius obitum, uti praedixerat, reparata fuit, crevit, floruit et floret. En benedictio summa» (Ibid., p. 34).
  266. Ibid., p. 16.
  267. lb¡d„ p. 25.
  268. Cfr. BENEDICTO XIV, o. c, I, cap. XVI, n. 32.
  269. Cfr. Memorie di quanto..., p. 29.
  270. Cfr. BENEDICTO XIV, o. c, I, cap. XXII, n. 13.
  271. Ibld., n. 21.
  272. Cfr. Memorie di quanto..., p. 29.
  273. Ibid.
  274. Cfr. una copia del Decreto impreso al final de la Positio 1719, y el Acta oficial en ACCS, Decr. 1723-30, f. 294- Bullarium Scholarum Piarum, pp. 99-100.
  275. Cfr. el texto íntegro en SANTHA, P. Adulphus Groll, en Eph. Cal., 35 (1966) 356, nota 91.
  276. «Quantos labores subiverimus, discrimina accesserimus quisque vestrum reputet apud se et coiligat ex decem lustrorum silentio et spe, quod fieri vix posse credebatur, factum est Germano homine gubernacula tenente» (Ibid., p. 357).
  277. Con fecha 9 de julio de 1728 presentó el P. Procurador una súplica e¡\ Papa para el reconocimiento de uno de los milagros elegidos para la Beatificación (Cfr. Memorie di quanto..., pp. 21-23) y con fecha del 4 de agosto anota el primer Decreto relativo a los mismos (Ibid., pp. 23-24).
  278. Cfr. las cartas citadas en las notas 275 y 276.